Asignatura: Derecho Mercantil Catedrática: Abg. Rubén Carbajal Velásquez Alumno: Josué Wilfredo Calderón Torres Campus: Santa Barbará
Sociedad Anónima
Características
-El nombre termina en S.A -Responsabilidad depende del aporte. -Las acciones pueden emitirse nominativas. -Su carácter es mercantil. -Las acciones son individuales.
Entidad Jurídica
Como se administra las Sociedad?
Administrador
Forma Legal
-Escritura Pública. -Ley de sociedades de capital. -Reglamento del Registro Mercantil.
Constitución de una Sociedad
-Cinco socios como mínimo. -capital social no menor a Lps.25, 000.00. -Que se exhiba en dinero efectivo cuando menos el 25% del valor de cada acción pagadera en numerario. -Que se exhiba íntegramente el valor de cada acción que haya de pagarse con bienes distintos del numerario.
Disolución de Sociedades
Disolución Parcial de Sociedades
Colectivas y Comanditas Simples -Quiebra -Inhabilitación para el ejercicio del comercio de uno de los socios. -Muerte. La Sociedad de responsabilidad limitada no se disolverá en caso de muerte de uno de los socios, si no que continuara con los herederos.
-Si se usaren de la firma o del patrimonio social para negocio propio. -Por infringir sus obligaciones estatutarias o legales. -Por cometer actos fraudulentos o dolosos contra la sociedad. -Por la pérdida de las condiciones de capacidad o calidades necesarias.
Causas de exclusión de socios.
Sociedades colectivas, comanditas simples, cooperativas, las de responsabilidad social y comandita por acciones
Retiro de socios.
Sociedades colectivas, comanditas simples, y las de responsabilidad social.
-Modificación de la escritura social. Por acuerdo de no repartir un dividendo igual. -Nombramiento como administrador a una persona extraña. -Por manifestación de voluntad del socio.
Sociedades por acciones
-Cambio de finalidad. -Prorrogue su duración. -Traslade su domicilio. -Se transforme o fusione.
Liquidación y Fusión de las Sociedades
Liquidación de sociedades anónimas y en comandita por acciones.
-El balance final se publicara y mostrará la parte del haber social que corresponde a cada socio. -Aprobado el balance general, los liquidadores proceden a hacer los pagos correspondientes. -En caso de no ser cobrada la suma en el transcurso de dos meses, se depositara a una institución con la indicación del accionista, si transcurrieren cinco años será depositada a la beneficencia pública.
Facultades de los Liquidadores
-Concluir las operaciones sociales pendientes. -Cobrar lo que se deba o pagar lo que se debe. -Vender bienes de la sociedad. -Practicar el balance final de la liquidación. -Liquidar a cada socio su haber social.
Una fusión se da cuando una o más sociedades se disuelven para integrar otra. La fusión tendrá efecto a partir de los tres meses de las referidas publicaciones. Los socios de las sociedades fusionadas que vengan a la nueva sociedad recibirán participaciones sociales.
Liquidación de las sociedades en nombre colectivo, en comandita simple o de responsabilidad limitada
-Los bienes se repartirán, en proporción que corresponda a cada socio. -Si existen bienes que fueron aportados por un socio serán entregados de preferencia al mismo. -Bienes de diversa naturaleza se fraccionaran en partes proporcionalmente respectivas.