Novedades Marzo 2009 -2

  • Uploaded by: ricardo candela casas
  • 0
  • 0
  • May 2020
  • PDF

This document was uploaded by user and they confirmed that they have the permission to share it. If you are author or own the copyright of this book, please report to us by using this DMCA report form. Report DMCA


Overview

Download & View Novedades Marzo 2009 -2 as PDF for free.

More details

  • Words: 4,911
  • Pages: 19
Actualización Laboral Peruana

Lic. Ricardo Candela Casas [email protected] crrii Nro 0334 Consultas al : 5645097/999062932

Boletín de distribución gratuita

Novedades

Contenido

Año 03. Nro 51

Del 01 al 15 de Marzo 2009 “Año de la Union Nacional frente a la crisis externa” D.S. 086-2008-PCM

Contenido Actualidad Cautela con el salario Mínimo Mas noticias.....

Normas del periodo Ley que establece el porcentaje que deben pagar Essalud y la ONP a Sunat Mas normas....

Análisis Ante la crisis : alternativas laborales Mas información.....

Seguridad y salud en el trabajo Código de Hammurabi Mas información.....

Recursos In”Humanos” A donde te llevan los hilos

Breves Mype rechaan aumento de Remuneracion Minima Mypes dar empleo al 70 % de trabajadores Se teme ademas la posible migración de personal calificado a otras empresas

Gratificaciones : plantearan exoneración Del pago del impuesto a la renta , aportes de Essalud y a los sistemas pensionarios Propuesta incluye algunos topes , para los que menos ganan.

Lic. Ricardo Candela Casas [email protected]

Actualización Laboral Peruana

crrii Nro 0334 Consultas al : 5645097/999062932

Boletín de distribución gratuita

Novedades

Contenido

Año 03. Nro 51

Del 01 al 15 de Marzo 2009 “Año de la Union Nacional frente a la crisis externa” D.S. 086-2008-PCM

Actualidad

Saldrá procesión el Viernes Santo

los trabajadores infectados con VIH y SIDA por parte del resto del personal, según la RM Nº 376-2008-TR.

La imagen del Señor de los Milagros saldrá a las calles el Viernes Santo (10 de abril) en el marco de un recorrido procesional que se iniciará en el monasterio de las Madres Nazarenas Carmelitas Descalzas y concluirá en la Basílica Catedral de Lima, donde presidirá el Sermón de las Siete Palabras y la celebración de la Pasión del Señor.

Inicia cronograma para cierre del libro de planillas Este miércoles 1 de abril empieza el cronograma que los empleadores deberán observar para el cierre de las planillas manuales, considerando para ello el último dígito del RUC de la empresa, de conformidad con la RM Nº 061-2009-TR.

Empresas deben adoptar medidas ante VIH-SIDA

En contra de la discriminación

Este miércoles 8 de abril vence el plazo legal para que los empleadores puedan adecuar dentro de sus organizaciones empresariales y en el reglamento interno de trabajo diversas medidas conducentes a evitar todo trato discriminatorio hacia

Ninguna empresa de servicio público o privado podrá ejercer discriminación sobre las empleadas del hogar, ya sea por su condición laboral o imponiéndoles el uso de uniforme, sostuvo el ministro de Trabajo y Promoción de Empleo, Jorge

Actualización Laboral Peruana

Lic. Ricardo Candela Casas [email protected] crrii Nro 0334 Consultas al : 5645097/999062932

Boletín de distribución gratuita

Novedades

Contenido

Año 03. Nro 51

Del 01 al 15 de Marzo 2009 “Año de la Union Nacional frente a la crisis externa” D.S. 086-2008-PCM

Villasante Araníbar, tras la publicación del Decreto Supremo N° 004-2009, que les otorga la posibilidad de elegir si desean llevar éste puesto o no.

Responsabilidad solidaria En el Perú, salvo las normas que regulan la intermediación, tercerización y el régimen de construcción civil, no hay norma legal que declare la solidaridad del grupo de empresas que constituyan un grupo económico, en el cumplimiento de obligaciones laborales. .(ver detalle en sección Analisis )

“La mayoría de docentes se someterá a prueba” La mayoría de docentes peruanos postulará para ingresar al segundo y tercer nivel de la Carrera Pública Magisterial (CMP), estimó el viceministro de Gestión Pedagógica, Idel Vexler, quien señaló que la mayor parte de maestros, directores y especialistas se ubica en esos niveles.

Grupos de empresas empleadoras En el Perú, la regulación de los grupos de empresas ha sido tratada de manera fragmentada .Esta forma de organización y funcionamiento plantea conflictos que es el centro de preocupación de diversas disciplinas del derecho.(ver detalle en sección Analisis )

Actualización Laboral Peruana

Lic. Ricardo Candela Casas [email protected] crrii Nro 0334 Consultas al : 5645097/999062932

Boletín de distribución gratuita

Novedades

Contenido

Año 03. Nro 51

Del 01 al 15 de Marzo 2009 “Año de la Union Nacional frente a la crisis externa” D.S. 086-2008-PCM

Reglamentan atribuciones de Essalud El sector Trabajo reglamentó las atribuciones de Essalud para verificar la condición de asegurados del régimen contributivo del seguro social y de otros regímenes administrados por la entidad, a través del DS Nº 002-2009-TR

Reconversión laboral lista El Registro Nacional de Trabajadores del Programa Especial de Reconversión Laboral (Perlab), que se denominará Revalora Perú, será habilitado en unas dos semanas, informó el ministro de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), Jorge Villasante, quien aseguró que de este modo las personas afectadas por la crisis mundial podrán ser inscritas, capacitadas en 45 días y lograr su inmediata reinserción al mercado laboral

Cautela en debate del sueldo mínimo Cautela y responsabilidad en la elaboración de propuestas para incrementar la remuneración mínima vital (RMV) solicitó el titular de Trabajo, Jorge Villasante, a los miembros del Consejo Nacional de Trabajo (CNT), quienes este jueves se reunirán nuevamente para evaluar el planteamiento del sector empleador respecto a un probable aumento del salario básico.

Publicarán los nombres de empresas sancionadas Los nombres de las empresas infractoras de la legislación laboral que, al mes de enero, cuentan con una resolución firme, difundirá en breve el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

Actualización Laboral Peruana

Lic. Ricardo Candela Casas [email protected] crrii Nro 0334 Consultas al : 5645097/999062932

Boletín de distribución gratuita

Novedades

Contenido

Año 03. Nro 51

Del 01 al 15 de Marzo 2009 “Año de la Union Nacional frente a la crisis externa” D.S. 086-2008-PCM

Ratifican aplicación del principio de primacía de la realidad en lo laboral El Tribunal Constitucional (TC) a través de la sentencia recaída en el ExP. Nº 0015-2008PA/TC ratificó la existencia del principio de primacía de la realidad como un elemento implícito en el ordenamiento jurídico laboral peruano, concretamente impuesto por la propia naturaleza tuitiva de la Constitución. .( ver detalle en sección Analisis ) Una mentira que se repite lo suficiente , acaba pareciendo una verdad . Goebbels Jefe de Propaganda partido nazi Es legal la directiva de sindicatos El ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) remarcó la legalidad de la directiva nacional que faculta a los sindicatos de empresas el poder delegar las negociaciones del pliego de reclamos con su empresa a las

organizaciones de mayor nivel, llámese centrales sindicales, federaciones y confederaciones.( ver detalle en sección Analisis )

Lic. Ricardo Candela Casas [email protected]

Actualización Laboral Peruana

crrii Nro 0334 Consultas al : 5645097/999062932

Boletín de distribución gratuita

Novedades

Contenido

Año 03. Nro 51

Del 01 al 15 de Marzo 2009 “Año de la Union Nacional frente a la crisis externa” D.S. 086-2008-PCM

Normas laborales

Marzo 2009 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26

D.S. 001-2009-TR RM 085-2009-TR

21/03/2009 RM 085-2009-TR Aprueban Directiva Nacional " Gestión de los observadores socio económicos laborales regionales D.S. 002-2009-TR RD. 016-2009-EF/76.01

27 28

D.S.077-2009-EF

29

30 31

19/03/2009 D.S. 001-2009-TR Decreto supremo que crea el programa temporal de reconversión laboral – PERLAB denominado también Programa Revalora Perú.

26/03/2009 D.S. 002-2009-TR Aprueban reglamento de la Ley 29135 . Ley que establece el porcentaje que deben pagar Essalud y la ONP a Sunat . por la recaudación de sus aportaciones y medidas para mejorar la administración de tales aportes

D.S. 004-2009-TR

RD. 016-2009-EF/76.01 Aprueban “ Directiva para el uso del aplicativo informático para el registro actualizado de planilla para los datos de los recursos humanos del sector publico

-

D.S.077-2009-EF Establecen disposiciones relativas al pago de devengados de pensionistas del SNP –D.L. 19990 en aplicación del D.S. 150-2008-EF D.S. 004-2009-TR Precisan actos de discriminación en contra de las trabajadoras del Hogar

Actualización Laboral Peruana

Lic. Ricardo Candela Casas [email protected] crrii Nro 0334 Consultas al : 5645097/999062932

Boletín de distribución gratuita

Novedades

Contenido

Año 03. Nro 51

Del 01 al 15 de Marzo 2009 “Año de la Union Nacional frente a la crisis externa” D.S. 086-2008-PCM

ANALISIS

Alternativas laborales REDUCCION DE PERSONAL ANTE LA CRISIS

Reducción de personal: Reducción de menos del 10 % de trabajadores por efectos de la crisis ,no es posible , no cabe iniciar un cese colectivo porque se exige una mínimo de 10 % . Tampoco ceses individuales , pues el TC estableció desde el 2002 la reposición cuando no hay causa para el cese.

Sabias que : La legislación peruana es una de las 30 mas rígidas del mundo.

Reducción horas laborables: Para distribuir el menor trabajo entre el personal , no existe procedimiento posible , depende de la aceptación del trabajador o del sindicato.

Rebaja de beneficios : Onerosos en tiempos de crisis , no es posible plantear la onerosidad de las condiciones económicas , nuevamente , dependerá del trabajador.

Medidas del gobierno : Lo que se debe hacer Previa demostración y agotado el dialogo con los trabajadores ( reducción de ciertas condiciones laborales y hasta el cese individual o colectivo ), siempre que se den compensaciones adecuadas , esto es indemnizaciones , prestaciones sociales , reconversión laboral , jubilación adelantada.

Actualización Laboral Peruana

Lic. Ricardo Candela Casas [email protected] crrii Nro 0334 Consultas al : 5645097/999062932

Boletín de distribución gratuita

Novedades

Contenido

Año 03. Nro 51

Del 01 al 15 de Marzo 2009 “Año de la Union Nacional frente a la crisis externa” D.S. 086-2008-PCM

Ratifican aplicación del principio de primacía de la realidad en lo laboral Tribunal Constitucional precisa los requisitos indispensables para su vigencia El Tribunal Constitucional (TC) a través de la sentencia recaída en el ExP. Nº 0015-2008-PA/TC ratificó la existencia del principio de primacía de la realidad como un elemento implícito en el ordenamiento jurídico laboral peruano, concretamente impuesto por la propia naturaleza tuitiva de la Constitución. Así, remarcó que en caso de discordancia entre lo que ocurre en la práctica y lo que fluye de los documentos, debe darse preferencia a lo primero; es decir, a lo que sucede en el terreno de los hechos. A efectos de aplicar este principio, agregó, debe acreditarse el cumplimiento de un horario de trabajo, la emisión de papeletas de permisos de entradas y salidas, u otro medio fehaciente que corrobore una situación de dependencia y permanencia. El Colegiado, de este modo, declaró infundada la demanda de amparo interpuesta por Rufino Tovar Meneses contra la Municipalidad Provincial de Tarma, respecto a la reposición en su centro de labores como obrero de tal municipio. Si bien el TC reconoce que, en el expediente, obran memorandos e informes de los servicios que realizaba el recurrente a favor de la emplazada; a su criterio, estos documentos, por sí solos, no acreditan la existencia de una relación laboral, debido a que el certificado expedido por la emplazada no indica el tiempo de labores realizadas. Respecto a la solicitud y constancia sindical, el TC considera que éstas carecen de valor, pues el recurrente se encontraba prestando servicios bajo la modalidad de locación de servicios; razón por la que el demandante no podría formar parte integrante de un sindicato. En consecuencia, no habiéndose acreditado que el recurrente realizó labores en forma subordinada, permanente y continua, en este caso no es de aplicación el principio de primacía de la realidad. Por ello, no se puede invocar la existencia de un despido arbitrario al no haberse podido acreditar una relación laboral entre las partes. Indispensable • Para aplicar el principio de primacía de la realidad debe haberse determinado la existencia de una relación laboral de carácter subordinado

Actualización Laboral Peruana

Lic. Ricardo Candela Casas [email protected] crrii Nro 0334 Consultas al : 5645097/999062932

Boletín de distribución gratuita

Novedades

Contenido

Año 03. Nro 51

Del 01 al 15 de Marzo 2009 “Año de la Union Nacional frente a la crisis externa” D.S. 086-2008-PCM

Grupos de empresas empleadoras el elemento relevante es la dirección unitaria

Problema laboral En el ámbito laboral, pone en riesgo la vigencia de derechos de trabajadores vinculados a las empresas del grupo; de una parte, confunde la identidad de una de las partes del contrato de trabajo, es decir, del empleador, y de otra, confunde el ámbito y dimensión de la empresa como entidad en que se ejercen los derechos laborales. Se hace necesario identificar quién es el empleador del trabajador de una empresa que pertenece a un grupo económico, cuando éste prestó sus servicios en forma simultánea para sus diferentes empresas. El grupo puede ser considerado como empleador En estos supuestos se discute sobre si el grupo puede ser considerado como empleador, aun cuando no goce de personalidad jurídica o sólo será el empleador de aquella empresa del grupo que se constituye como su empleador formal. De concluir que es el grupo el que debe asumir las responsabilidades, éstas se imputarán de manera solidaria a las empresas que conforman el grupo.

Elementos relevantes Los elementos que han servido a la jurisprudencia para acreditar la existencia del grupo de empresas como centro de imputación normativa en responsabilidad empresarial son: a) Confusión de trabajadores, cuando la prestación de servicios se efectúa de forma simultánea y sucesiva para varias empresas del grupo, denotando un único ámbito de organización y dirección. b) Confusión de patrimonios sociales, cuando entre las empresas del grupo existe un alto grado de comunicación entre sus patrimonios; las notas que evidencian esta confusión son la existencia de una caja común entre empresas, pago de deudas entre ellas, etc. c) Dirección unitaria, cuando las empresas del grupo actúan bajo un mismo poder de dirección y mismos dictados; la empresa subordinada carece de autonomía de actuación. d) Apariencia externa de unidad empresarial, se presenta como resultado de una actuación conjunta en el mercado y que produce una apariencia externa unitaria que induce a confusión a quienes contratan de buena fe. Se sustenta en la doctrina prevaleciente del “empresario aparente”.

Actualización Laboral Peruana

Lic. Ricardo Candela Casas [email protected] crrii Nro 0334 Consultas al : 5645097/999062932

Boletín de distribución gratuita

Novedades

Contenido

Año 03. Nro 51

Del 01 al 15 de Marzo 2009 “Año de la Union Nacional frente a la crisis externa” D.S. 086-2008-PCM

El elemento relevante : Ejercicio del poder de dirección Algunos consideran que el elemento relevante es la dirección unitaria y los otros no son más que notas distintivas de esa dirección. El elemento definitorio es la forma cómo se ejercita el poder de dirección en las empresas que integran el grupo, la confusión de trabajadores y patrimonios, así como la apariencia externa única, son solo manifestaciones del mismo fenómeno.

Responsabilidad solidaria Solidaridad de grupos de empresas En el Perú, salvo las normas que regulan la intermediación, tercerización y el régimen de construcción civil, no hay norma legal que declare la solidaridad del grupo de empresas que constituyan un grupo económico, en el cumplimiento de obligaciones laborales. Así, cabe preguntar si los tribunales están facultados para declarar la solidaridad al margen de la ley o la voluntad de las partes. Código Civil Según el Código Civil, la responsabilidad solidaria es establecida por la ley o por convenio. Igualmente, la doctrina es unánime al señalar que la solidaridad no solo no se presume, sino que debe ser instruida de forma expresa. Tribunal Constitucional y el Pleno Jurisdiccional El Tribunal Constitucional ha declarado que sí existe la solidaridad en el grupo de empresas. Luego, el pleno jurisdiccional laboral de junio de 2008 concluyó por unanimidad que: “Existe solidaridad en las obligaciones laborales no solo cuando se configuran los supuestos previstos en el art. 1183 del Código Civil sino, además, en los casos en que exista vinculación económica, grupo de empresas o se evidencie la existencia de fraude con el objeto de burlar los derechos laborales de los trabajadores.

Actualización Laboral Peruana

Lic. Ricardo Candela Casas [email protected] crrii Nro 0334 Consultas al : 5645097/999062932

Boletín de distribución gratuita

Novedades

Contenido

Año 03. Nro 51

Del 01 al 15 de Marzo 2009 “Año de la Union Nacional frente a la crisis externa” D.S. 086-2008-PCM

Es legal la directiva de sindicatos RATIFICA MTPE

El ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) remarcó la legalidad de la directiva nacional que faculta a los sindicatos de empresas el poder delegar las negociaciones del pliego de reclamos con su empresa a las organizaciones de mayor nivel, llámese centrales sindicales, federaciones y confederaciones. "Si las empresas suelen delegar a abogados o estudios de abogados la capacidad de negociar las demandas de trabajadores o sindicatos de trabajadores, ahora por una razón de equidad se está permitiendo que éstos también permitan que organizaciones de mayor nivel los representen". Se han realizado observaciones formuladas a dicha directiva Actualmente las federaciones y confederaciones de trabajadores ya están participando activamente en las negociaciones y conciliaciones con las empresas, sin que alguien hubiese puesto objeción alguna. Según la directiva, debe existir la documentación respectiva que sustente la representación de las federaciones y confederaciones.

Actualización Laboral Peruana

Lic. Ricardo Candela Casas [email protected] crrii Nro 0334 Consultas al : 5645097/999062932

Boletín de distribución gratuita

Novedades

Contenido

Año 03. Nro 51

Del 01 al 15 de Marzo 2009 “Año de la Union Nacional frente a la crisis externa” D.S. 086-2008-PCM

Son los trabajadores, dentro de su libertad sindical, que pueden permitir o no el ingreso de sindicatos de mayor nivel con los riesgos que implica por ejemplo que negocien sin conocer la realidad de la empresa o que puedan acordar montos menores a sus bases, por ejemplo. Igual ocurre cuando una empresa delega poderes para negociar a sus abogados. Negociación obligatoria a nivel de rama Se descarta igualmente la existencia de alguna norma que obligue a negociar a nivel de rama. A modo de ejemplo, la directiva no indica que las empresas textiles deban negociar con la federación textil.

Actualización Laboral Peruana

Lic. Ricardo Candela Casas [email protected] crrii Nro 0334 Consultas al : 5645097/999062932

Boletín de distribución gratuita

Novedades

Contenido

Año 03. Nro 51

Del 01 al 15 de Marzo 2009 “Año de la Union Nacional frente a la crisis externa” D.S. 086-2008-PCM

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Código de Hammurabi Ley 229: Si un arquitecto hizo una casa para otro, y no la hizo sólida, y si la casa que hizo se derrumbó y ha hecho morir al propietario de la casa, el arquitecto será muerto. Ley 230: Si ello hizo morir al hijo del propietario de la casa, se matará al hijo del arquitecto. Ley 231: Si hizo morir al esclavo del dueño de la casa, dará al propietario de la casa esclavo como esclavo (un esclavo equivalente).

. Ley 232: Si le ha hecho perder los bienes, le pagará todo lo que se ha perdido, y, porque no ha hecho sólida la casa que construyó, que se ha derrumbado, reconstruirá a su propia costa la casa. Ley 233: Si un arquitecto hizo una casa para otro y no hizo bien las bases, y si un nuevo muro se cayó, este arquitecto reparará el muro a su costa.

En las culturas del Próximo Oriente Antiguo son los dioses quienes dictan las leyes a los hombres, por eso, las leyes son sagradas. En este caso es el dios Samash, el dios sol, dios de la Justicia , quien entrega las leyes al rey Hammurabi de Babilonia (1790-1750? a. C.), y así se representa en la imagen que figura sobre el conjunto escrito de leyes. De hecho, antes de la llegada de Hammurabi al poder, eran los sacerdotes del dios Samash los que ejercían como jueces pero Hammurabi estableció que fueran funcionarios del rey quienes realizaran esta trabajo, mermando así el poder de los sacerdotes y fortaleciendo el del propio monarca.

Lic. Ricardo Candela Casas [email protected]

Actualización Laboral Peruana

crrii Nro 0334 Consultas al : 5645097/999062932

Boletín de distribución gratuita

Novedades

Contenido

Año 03. Nro 51

Del 01 al 15 de Marzo 2009 “Año de la Union Nacional frente a la crisis externa” D.S. 086-2008-PCM

El código de leyes unifica los diferentes códigos existentes en las ciudades del imperio babilónico. Pretende establecer leyes aplicables en todos los casos, e impedir así que cada uno "tomara la justicia por su mano", pues sin ley escrita que los jueces hubieran de aplicar obligatoriamente, era fácil que cada uno actuase como más le conviniera.

El codigo Hammurabi , para algunos los primeros indicios de la seguridad y salud en el trabajo

Cuando lo extraño es cotidiano

1.- Avisos de seguridad en la oficina administrativa Una empresa industrial para quedar bien con el inspector del ministerio de trabajo , que estaba por realizar una visita por motivos de seguridad y salud en el trabajo , coloco en la oficina donde se iba a recibir a dicho personaje un “ popurri” de afiches de seguridad . El “empapelamiento “ tuvo ribetes de jocosidad , cuando el mismo inspector le dijo al Gerente General :” Señor sus avisos están bien , pero por favor debe ponerlos en la planta , no creo que usted cada mañana haga desfilar a su personal por esta oficina para que se recuerde que la seguridad es importante ...”

Actualización Laboral Peruana

Lic. Ricardo Candela Casas [email protected] crrii Nro 0334 Consultas al : 5645097/999062932

Boletín de distribución gratuita

Novedades

Contenido

Año 03. Nro 51

Del 01 al 15 de Marzo 2009 “Año de la Union Nacional frente a la crisis externa” D.S. 086-2008-PCM

2.- Equipo de seguridad con sandalias La realizar una visita de inspección , en una planta comercializadora el inspector de trabajo queda extuperfacto al ver el siguiente cuadro : Un supervisor del area de acabados con su casco de seguridad , su mascarilla contra polvo , uniforme impecable de la empresa , guantes de seguridad y con .... sandalias. ¿ Que paso ?: El supervisor el area tenia hongos en los pies , por lo cual no podia utilizar botas de seguridad .. (¿????)

3.- Caso : trabajador que se volvió sordo en el trabajo Un trabajador demando a la empresa pues en el tiempo que estuvo laborando , se volvio sordo. Se demostró que dicha sordera tenia sus inicios , cuando el trabajador presto servicio militar como artillero Eso le origino el mal , el cual se vino desarrollando con el tiempo , llegando a su maximo avance durante el tiempo de trabajo en la empresa. Esto le debe recordar que es Necesario un examen medico al momento de ingresar como nuevo trabajador a la empresa.

4.-Señales diseñados por un artista Una empresa estuvo desarrollando su programa de seguridad y le tocaba el momento de diseñar sus avisos de seguridad . El dilema era que el Gerente tenia un amigo que era un celebre pintor de obras de arte y queria que este fuera quien diseñe los avisos. Bueno , al fin de cuentas se le encargo dicho trabajo . Después de algún tiempo se recibió los avios . Grande fue la sorpresa cuando se reviso los avisos. Todos habían sido realizados como si fueran pinturas para una exposición de galería de arte . Mas con la escuela impresionista del pintor , era difícil saber por ejemplo si un aviso de “ Colóquese el casco” era una mancha de tinta o un pie con casco.

¿Trabajo en equipo? O ¿Trabajo para uno?

Actualización Laboral Peruana

Lic. Ricardo Candela Casas [email protected] crrii Nro 0334 Consultas al : 5645097/999062932

Boletín de distribución gratuita

Novedades

Contenido

Año 03. Nro 51

Del 01 al 15 de Marzo 2009 “Año de la Union Nacional frente a la crisis externa” D.S. 086-2008-PCM

5.- Charla de seguridad a discapacitados por accidentes de trabajo Un expositor de la oficina de seguridad y salud en el trabajo fue invitado a una institución de salud para dar una charla de seguridad en el trabajo . Se acepto la invitación , y la sorpresa fue mayor cuando el expositor se dio cuenta al inicio del mismo que el público no era el adecuado para hablarles de prevención contra accidentes de trabajo ( ese era el tema ) , pues todos tenían algún nivel de discapacidad ( falta de miembros ) originado por accidentes de trabajo que habían sufrido. 6.- Copia del reglamento interno y preséntalo para cumplir con la ley Se que pocas empresas hacen esto, pero .... Una Comercializadora por la urgencia de cumplir con presentar el reglamento de seguridad , después de una visita inspectiva donde se le dio plazo para su confección . No se le ocurrió mejor idea que solicitárselo a la empresa vecina , que se dedicaba al rubro textil . El tiempo apremia , y solo cambiaron el nombre de la empresa , la dirección y el número del RUC. Al poco tiempo reciben una esquema donde se le sancionaba con X UIT por prendar un reglamento mal confeccionado .las actividades declaradas no tenían relación con las incluidas en el documento.

7.- Auditoria del Reglamento interno o del sistema de seguridad Una empresa por obligación contractual con su cliente extranjero , se le notifica que recibirá la visita de un Auditor en temas de seguridad . La empresa había manifestado que su sistema de seguridad funcionaba al 100 % . Sin embargo en la planta no se aplicaba ningún principio de seguridad. Para esto la organización

Actualización Laboral Peruana

Lic. Ricardo Candela Casas [email protected] crrii Nro 0334 Consultas al : 5645097/999062932

Boletín de distribución gratuita

Novedades

Contenido

Año 03. Nro 51

Del 01 al 15 de Marzo 2009 “Año de la Union Nacional frente a la crisis externa” D.S. 086-2008-PCM

pulió su reglamento interno de seguridad ( una Biblia de 200 hojas ) . Al llegar el Auditor , lo hicieron pasar a la Gerencia y en dicho lugar se le entrego el maravilloso reglamento de seguridad y salud en el trabajo aprobado por el comité de seguridad de la empresa ( las normas deben cumplirse , usted sabe ....) El Gerente le dijo : Señor puede tomarse todo el tiempo que desee para revisar el reglamento , usted vera que somos cumplidores con las normas de seguridad .” Y el Auditor le responde :” Bien señor, pero yo no he venido a Auditar un Manual , he venido a Auditar su sistema de Gestión aplicado a su planta ... asi con permiso donde esta el área de producción....” 8.- Breves : Exceso de extintores Una distribuidora tenia instalado cada 03 metros un extintor en su centro de trabajo . La intención es buena pero debería buscarse un mejor asesor en seguridad. El Ministerio de trabajo no aprueba reglamentos internos de seguridad y salud en el trabajo , eso lo hace el comité de seguridad. Parece raro , pero es verdad . Esto no se aplica para las empresas industriales Envía una copia del reglamento interno de seguridad al Ministerio de trabajo El Ministerio de trabajo no recibe reglamentos internos de seguridad y salud en el trabajo Salvo el caso de empresa industriales , para los demás casos no se recibe copia alguna.

Actualización Laboral Peruana

Lic. Ricardo Candela Casas [email protected] crrii Nro 0334 Consultas al : 5645097/999062932

Boletín de distribución gratuita

Novedades

Contenido

Año 03. Nro 51

Del 01 al 15 de Marzo 2009 “Año de la Union Nacional frente a la crisis externa” D.S. 086-2008-PCM

Recursos In “ Humanos” Mas artículos sobre Gestión de Personas en : http://www.articuloz.com/authors_73133.html

A donde te llevan los hilos inclinada levemente hacia adelante, aferrando con firmeza su tejido.

pero

Durante semanas sus bordados me parecían extraños y confusos, puesto que mezclaba hilos de distintos colores y texturas, que se veían en completo desorden. Cuando le preguntaba que estaba tejiendo o bordando, sonreía y gentilmente me decía: - Ten paciencia, ya lo verás.

Mi abuela bordaba los manteles más hermosos. Cuando era niño me quedaba junto a ella las tardes enteras charlando mientras sus hábiles manos danzaban en perfecta armonía con los hilos y telas. Su estado de ánimo variaba dependiendo del día. A veces estaba alegre y conversadora, otras lucía seria y silenciosa. Y de vez en cuando se quejaba más de la cuenta. Sin embargo siempre, sin importar el día, cosía con la misma mística. Frecuentemente la encontraba en su silla, dormitando, con la cabeza

Al mostrarme la obra terminada, me percataba que donde había habido hilos de colores oscuros y claros, resplandecía bordada una linda flor o un precioso paisaje. Lo que antes parecía desordenado y sin sentido, se entrelazaba creando una hermosa figura. Me sorprendía y le preguntaba: - Abuela, ¿cómo lo haces? ¿Cómo puedes tener tanta paciencia? Es como la vida. -respondía-. Si te fijas en la tela y los hilos en su estado original, se asemejarán a un caos, sin sentido ni relación, pero si recuerdas lo que estás creando, todo tendrá sentido. AMIGO, si juzgas tu vida solamente por la rutina de lo cotidiano, mucho de lo que haces

Actualización Laboral Peruana

Lic. Ricardo Candela Casas [email protected] crrii Nro 0334 Consultas al : 5645097/999062932

Boletín de distribución gratuita

Novedades

Contenido

Año 03. Nro 51

Del 01 al 15 de Marzo 2009 “Año de la Union Nacional frente a la crisis externa” D.S. 086-2008-PCM

parecerá inútil y sin sentido, pero si recuerdas el bordado que estás tejiendo, aun los enredos más

Mitos Laborales

Dirección : http://mitoslaborales.soy.es/ Descripción : Mitos y creencia en la aplicación de la legislación laboral peruana.

caóticos cobrarán significado.

Agencia Privada de empleo

Información actualizada sobre los pasos , requisitos y tramites que debe realizar si gestiona o desea formar una agencia privada de empleos. Dirección : http://www.gratisweb.com/legal 30/inicio.htm

“Actualización laboral peruana “ es una publicación gratuita, distribuida a ejecutivos y profesionales del área de recursos humanos .Si usted o un amigo , esta interesado en convertirse en uno de nuestros suscriptores permanentes.

Envié un mensaje a [email protected], con la palabra “Suscribir “en el campo de Asunto. Copyright©2007

Related Documents


More Documents from "ricardo candela casas"