VICTOR AUDELI DOMINGO HERNANDEZ CARNÉ 2126407
LEY REGULADORA DE ASUNTOS DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA TITULO I
CAPITULO UNICO
DISPOSICIONES GENERALES
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
DEL ARTICULO 1 AL ARTICULO 7
REGULA: El consentimiento de las partes, actuaciones y regulaciones, la colaboración de las autoridades, audiencia a la PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION, el ámbito de aplicación, inscripción y remisión al ARCHIVO GRENERAL DE PROTOCOLOS.
TITULO II
CAPITULO DOS
DE LOS ASUNTOS QUE PUEDEN TRAMITARSE ANTE NOTARIO
AUSENCIA
DEL ARTICULO 8 AL ARTICULO 10
REGULA: la declaratoria de ausencia de una persona, la solicitud ante el notario, intervención a la PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION, publicación en el DIARIO OFICIAL, y la remisión al Tribunal Competente
NOTARIADO II
VICTOR AUDELI DOMINGO HERNANDEZ CARNÉ 2126407
CAPITULO II DISPOSICION Y GRAVAMEN DE BIENES DE MENORES, INCAPACES Y AUSENTES
DEL ARTICULO 11 AL ARTICULO 13
REGULA: La solicitud para gravar bienes de menores, incapaces y ausentes, las pruebas que deben presentarse ante al notario y la remisión del expediente al órgano competente.
CAPITULO III RECONOCIMIENTO DE PREÑEZ Y PARTO
CAMBIO DE NOMBRE
DEL ARTICULO 14 AL ARTICULO 17
DEL ARTICULO 18 AL ARTICULO 20
REGULA: La solicitud de la mujer ante el
REGULA: La solicitud del cambio de
notario del reconocimiento de preñez o parto, las medidas de oficio, declaración notarial y oposición.
nombre, el tramite, la resolución del notario y finalmente la oposición si lo hubiere.
CAPITULO IV PARTIDAS Y ACTAS DEL REGISTRO CIVIL
ARTICULO 21
REGULA: La omisión y la rectificación de partidas de nacimiento, audiencia a la PGN.
NOTARIADO II
DETERMINACIÓN DE EDAD
DEL ARTICULO 22 AL ARTICULO 23
REGULA: Determinación de la edad, y omisiones y errores en el acta de inscripción.
VICTOR AUDELI DOMINGO HERNANDEZ CARNÉ 2126407
CAPITULO V PATRIMONIO FAMILIAR
DEL ARTICULO 24 AL ARTICULO 27
REGULA: El patrimonio familiar, solicitud, publicidad y oposición, escrituración y el registro
CAPITULO VI ADOPCIÓN DEROGADOS (28 AL 33)
NOTARIADO II
ARTICULO 34 VIGENCIA