DILIGENCIAS VOLUNTARIAS DE REPOSICIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO 09011-2017-00085 Oficial 3º
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL DE QUETZALTENANGO. CINCO DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE. 1. Se tiene por planteada y se admite para su trámite las presentes DILIGENCIAS VOLUNTARIAS JUDICIALES DE REPOSICIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, y con los documentos adjuntos, se forma el expediente respectivo. 2. Se tiene por señalado el lugar para recibir notificaciones el indicado, como abogado director al auxiliante. 3. Se tienen por ofrecidos y aceptados los medios de prueba individualizados en el rubro correspondiente, y se le concede audiencia al registrador civil del municipio de Cajolá, departamento de Quetzaltenango para que se pronuncie al respecto. 4. Se le concede audiencia a la Procuraduría General de la Nación. 5. Lo demás solicitado téngase presente para su momento procesal oportuno.-Artículos: 28, 29, 44, 45, 50, 51, 61, 62, 63, 66, 67, 70, 71,72, 73, 79, 106, 107, 111, 112, 126, 128, 129, 130, 142, 172, 177, 178, 186, 191, 194,195, 229, 230, 249, 259, 260, 261, 262, 572, 573, del Código Procesal Civil y Mercantil; 141, 142, 142 Bis, 143 de la Ley del Organismo Judicial.-
Licenciado. HENRY NEFTALI COBON GOMEZ. Juez ENMA MARIELA SAMAYOA VILLATORO. Secretaria.