HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS MESA DE ENTRADAS Y SALIDAS ENTRO: 22/04/2009 HORA: 10:15 PROY. Nº: 092 BLOQUE UNION CIVICA RADICAL
EL PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ RESUELVE
Artículo 1º.- SOLICITAR al Poder Ejecutivo, se forme bajo la competencia del Ministerio de Asuntos Sociales, Subsecretaría de Salud Pública, un servicio de ambulancias para la atención de emergencias médicas externas y domiciliarias, en forma separada e independiente de los servicios de guardia de los hospitales públicos provinciales, tomándose como modelos los servicios en vigencia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en el Partido de Morón, provincia de Buenos Aires. Artículo 2º.- De Forma.-
Firman los Señores Diputados: Jorge Fernando CRUZ – Nadia Lorena RICCI – Omar Husain HALLAR.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente: Es del conocimiento público los recurrentes inconvenientes surgidos en los distintos servicios de atención médica en los Hospitales públicos de Santa Cruz, debido a la cantidad de demanda de atención de urgencias y demanda espontánea, los que repercuten directamente en la calidad y eficiencia de la prestación de estos servicios, los cuales se ven colapsados con frecuencia, teniendo en cuenta además la escasez de recursos humanos tanto profesionales como técnicos, y recursos materiales. A estos factores objetivos que inciden sobre la prestación del servicio de salud en los hospitales públicos de nuestra provincia, también se han sumado, como consecuencia natural, conflictos reincidentes de naturaleza laboral y sindical entre el personal de los distintos establecimientos, que con legítima razón demandan mayor inversión y mejoras de todo tipo en las condiciones de trabajo, más allá de los normales reclamos de índole salarial. Puntualmente, nos llama la atención el servicio de atención de emergencias médicas en los establecimientos públicos, los cuales dividen sus recursos humanos y materiales en el servicio de guardia que se ocupa de la atención de las personas que espontáneamente se acercan para la atención de distintas dolencias, y en el servicio de urgencias externas a través del servicio de ambulancias, las que en muchas ocasiones deben compartir el personal médico con el servicio de guardia, quedando las personas que aguardan la asistencia de un facultativo en una situación de espera angustiante, hasta que se produce la reincorporación del personal afectado a las emergencias externas. Consideramos que a fin de propender a una mayor eficiencia en la prestación del servicio, evitando la interferencia entre ambas labores – el servicio de guardia y el de emergencias médicas externas-, una medida idónea sería la separación de dos servicios bien diferenciados, incluso estableciéndose en lugares físicos distintos, con personal especializado separado, con partidas presupuestarias y estructuras administrativas independientes entre si, fuera de la orbita de los hospitales regionales o distritales de cada zona. A modo de referencia y modelo, cabe citar los servicios actualmente en actividad en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado Sistema de Atención Médica de Emergencia –SAME-, y en la Municipalidad del Partido de Morón –pcia. de Buenos Aires-, denominado Servicio de Asistencia Médica de Emergencia –SAME-. En el caso del sistema operativo en la Municipalidad de Morón, se trata de un servicio gratuito de atención médica de urgencias graves y emergencias en la vía pública. Está compuesto por seis ambulancias completamente equipadas para ofrecer a la comunidad una atención veloz y con amplia cobertura territorial. Trabaja las 24 hs. de manera coordinada con los 13 centros de salud, el Hospital Municipal y los centros de mayor complejidad del distrito. También colabora activamente con la Policía, los Bomberos y Defensa Civil. En promedio, atiende 1200 auxilios al mes. Los radio-operadores, que
reciben una llamada por minuto, contienen a las personas, evalúan las demandas de acuerdo a su urgencia y prioridad, y envían el móvil más cercano a la zona de emergencia. Además, desde abril de 2007 funciona en Morón el Sistema de Atención Médica Pediátrica Integral (SAMPI). En la misma línea de atención del SAME, las y los pediatras atienden los casos de niños y niñas de 0 a 14 años; asesoran al grupo familiar, acuden al domicilio y proveen medicamentos de ser necesario. En el caso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, este servicio tiene como objetivo brindar una respuesta adecuada a las necesidades de la población frente a emergencias y urgencias médicas, individuales o colectivas, surgidas dentro del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires. La atención médica prehospitalaria de los habitantes de la Ciudad de Buenos Aires o la de los que por ella transiten está a cargo del Gobierno de la Ciudad. Es el SAME (Sistema de Atención Médica de Emergencia) el organismo responsable de proveer este servicio a los ciudadanos a través de una dotación de ambulancias que se movilizan a lo largo y ancho de la ciudad procurando llevar una respuesta eficaz a los requerimientos en tal sentido. Sin embargo, el permanente incremento de solicitudes de asistencia domiciliaria o de la vía pública ha generado la necesidad de contar con respuestas alternativas en función de la importancia de las patologías, considerando adecuado para ello utilizar recursos distintos a los habituales. Es por ello que se crea el PADU (Programa de Atención Domiciliaria de Urgencia). El mismo consiste en destacar médicos pediatras o clínicos, quienes se movilizan en sus propios automóviles. ¿A quienes atienden?. Cuando se recibe el pedido telefónico de atención médica domiciliaria, se hace un breve interrogatorio que permite establecer " a priori" la urgencia del cuadro y establecer que recurso destacar para su atención ("triage"). Si se tratan de casos de relativa importancia, que no requieren traslado al hospital para su asistencia y, por lo tanto no necesita ambulancia, es cuando actúa el médico del PADU. Ello permite mayor disponibilidad de ambulancias para pacientes críticos, accidentes en vía pública y, en definitiva, para todo aquel que necesite ser trasladado al hospital. Esto representa un importante avance en el sistema pues libera a las ambulancias de un significativo número de auxilios. Sin embargo, el éxito de este programa radica también en un uso racional por parte de la población. Sin duda el sistema público tiene la responsabilidad de dar respuesta, pero es necesario crear conciencia en la comunidad sobre la necesidad de utilizar este servicio en caso de real necesidad. En síntesis, la implementación de un servicio autónomo y autárquico de atención de emergencias médicas, o atención prehospitalaria, tendrá como efecto inmediato la descompresión de la demanda de asistencia en los centros sanitarios, ya que gran cantidad de dichas demandas se tratan de dolencias de menor gravedad que pueden ser asistidas en el domicilio del paciente, para luego en caso de requerir atención de mayor complejidad, poder ser atendido en el hospital en el consultorio médico correspondiente. Como efecto secundario, se facilitará la especialización del servicio, adoptándose normas profesionales de actuación o protocolos, que propenderán a una mayor eficiencia en la utilización de los recursos disponibles, y en consecuencia a la obtención de más y mejores resultados en el tratamiento de emergencias médicas. Desde ya que la instrumentación de un servicio de urgencias médicas como el que se pretende, importará una importante inversión en materiales, equipamientos e insumos, además de los recursos humanos profesionales y técnicos necesarios. En este punto, cabe tener presente que si
servicios de esta naturaleza son posibles en el Partido de Morón, por ejemplo, no debe haber mayores obstáculos presupuestarios para su implementación en la provincia de Santa Cruz, la que ostenta uno de los mayores presupuestos provinciales en el concierto nacional. Además, aún cuando se considerara que el presupuesto provincial para el área de Salud sea insuficiente, el Ejecutivo Provincial siempre dispone de la herramienta de los llamados ‘superpoderes’ para ejecutar la reasignación de partidas presupuestarias al margen de la pautas establecidas por esta Cámara de Diputados, recurso autorizado en la actual ley de presupuesto nº 3050 –aún no promulgada-, en su artículo 17º. En la convicción de que el progreso de la presente iniciativa significará un avance de gran relevancia para mejorar la salud y en definitiva la calidad de vida de nuestra comunidad, es que propiciamos su trámite favorable. DIOS GUARDE A VUESTRA HONORABILIDAD.-
Firman los Señores Diputados: Jorge Fernando CRUZ – Nadia Lorena RICCI – Omar Husain HALLAR.-