Sistema Tributario Comparado Brazil.docx

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En un país sin grandes embates culturales causados por diferencias de idiomas, de religión o, incluso, étnicas, la federación brasileña fue creada en 1891, después de la proclamación de la república, en respuesta a las diferencias regionales y a las necesidades administrativas, vista la dimensión continental del territorio. En lo que se refiere al sistema tributario, la federación interesaba principalmente a las provincias más desarrolladas del sur y del sudeste, especialmente a São Paulo, en donde se concentraba el nuevo sector exportador. El principal objetivo, entre otros, era el de la obtención de mayor libertad de movimiento para imponer impuestos locales a sus exportaciones.3 A cambio de esto, se ofreció a las regiones menos desarrolladas una representación más que proporcional en el Poder Legislativo. En sus operaciones de comercio exterior (importaciones y exportaciones), Brasil mantiene relaciones comerciales con la Unión Europea, Estados Unidos, Asociación de Integración latinoamericana, Japón y países de la OPEC. En la década del 90, Brasil lanzó su programa de privatización, trayendo inversiones externas considerables. Aproximadamente, 90 sociedades federales y 30 estaduales fueron privatizadas en Brasil, con destaque de los sectores de telecomunicaciones, siderúrgico y petroquímico. Nos encontramos con un Sistema Tributario bastante diversificado, en donde todas las entidades colaboran y cooperan entre sí, para subsanar aquellas deficiencias o inconsistencias por concepto de ingresos que pueda en algún momento dado, tener una región o distrito determinado En Brasil hay multiplicidad de órganos con funciones típicas de Administración Tributaria, fruto, principalmente, de su estructura federativa de organización política. El principal órgano de Administración Tributaria es la Secretaría de la Renta Federal (SRF), que es la responsable por la administración de todos los tributos de potestad de la Unión y de las principales contribuciones sociales para la Seguridad Social – a excepción de las contribuciones que inciden sobre la nómina de pagos y sobre el trabajo autónomo.. Los demás miembros de la Federación - Distrito Federal, Estados y Municipios – mantienen administraciones tributarias propias, en el ámbito de los tributos de sus potestades, ejerciendo cada una de ellas todas las funciones inherentes a una administración tributaria. Debe ser resaltado que Brasil posee un Distrito Federal, veintiséis Estados y más de cinco mil quinientos Municipios, cada uno de ellos con su propia administración tributaria. La economía brasileña depende de inversiones y préstamos extensos, y por eso acumula una deuda externa aproximadamente de US$ 200.000 millones de dólares. El sector público brasileño presenta un déficit próximo a los 50% de su PIB, haciendo con que el gobierno deliberara aumentos de tributos y redujera sus inversiones. Como consecuencia, Brasil presenta una de las mayores cargas tributarias del mundo, con 70 modalidades de impuestos aproximadamente, lo cual hace que

los inversionistas programen sus aplicaciones en Brasil, por medio de una eficaz planificación fiscal y tributaria. El sistema tributario de Brasil se caracteriza por la existencia de impuestos propios a cada uno e los tres niveles de gobierno (federación, estados y municipios) y de dos mecanismos fiscales que son bien diferentes, primero, un sistema de repartición de ingresos tributarios que igualmente figuran en los fiscos de las unidades que los comparten como recursos propios y segundo, un sistema de transferencias intergubernamentales que opera en forma redistributiva y compensatoria atenuando desigualdades regionales. Tiene esta última un direccionamiento vertical hacia abajo, es decir el gobierno federal transfiere hacia los estados y municipios y a su vez los estados transfieren a sus municipios. La estructura tributaria brasileña está definida por la Constitución Federal de 1988. Los impuestos vigentes en Brasil, clasificados por su naturaleza y por la respectiva competencia, son los siguientes: IMPUESTOS VIGENTES EN BRASIL IMPUESTOS COMPETENCIA - Impuestos sobre el Comercio Exterior - Impuesto sobre la Importación – II Unión - Impuesto sobre la Exportación – IE Unión - Impuestos sobre el Patrimonio y la Renta - Impuesto Predial y Territorial Urbano – IPTU Municipios - Imposto Territorial Rural - ITR Unión - Impuesto de Transferencia Inter Vivos de Bienes Inmuebles – ITBI Municipios - Impuesto de Transferencia Causa Mortis y Donaciones – ITCD Estados

- Impuesto sobre la Propiedad de Vehículos Automotores – IPVA Estados - Impuesto sobre la Renta y Ganancias – IR Unión - Impuestos sobre la Producción y Circulación - Impuesto sobre Productos Industrializados – IPI Unión - Impuesto sobre Circulación de Mercancías y Servicios de Transporte y Comunicación – ICMS Estados - Impuesto sobre Servicios de Cualquiera Naturaleza – ISS Municipios - Impuesto sobre Servicios de Cualquiera Naturaleza – ISS En Brasil, cada esfera de gobierno posee competencia tributaria propia. Mientras, la Constitución Federal determina algunas transferencias de ingresos tributarios, con vista a corregir desequilibrios regionales y propiciar una mejor distribución de los ingresos, de acuerdo con las distintas necesidades de Estados, Municipios y regiones del País. Administrando todos los impuestos de competencia federal y varias contribuciones sociales para la Seguridad Social, la SRF tiene a su cargo la tributación y fiscalización de toda la actividad económica y financiera del País (inclusive la realizada con el exterior), contando en sus Registros con documentos de más de 100 millones de contribuyentes personas físicas y más de 10 millones de contribuyentes personas jurídicas. 1La Secretaría de la Renta Federal (SRF) fue creada por medio del Decreto n.º 63.659/68. Su estructura actual está definida por el Decreto nº 3.786, de 24.07.2001. La Secretaria de Ingresos Federales-SRF fue creada por el Decreto nº 63.659/68. Su estructura actual está definida por el Decreto n.º 63.659/68, su estructura actual está definida por el Decreto nº 3.786, de 24.07.2001. La SRF forma parte de la estructura del Ministerio de Hacienda y se caracteriza por ser un órgano central de dirección superior de la administración tributaria. A la SRF compete la planificación, supervisión, ejecución, control y evaluación de las actividades relacionadas a los tributos en la esfera federal, inclusive aquéllos relativos al comercio exterior.

La estructura organizativa de la Secretaria de Ingresos Federales presenta los siguientes niveles: Central, que abarca las funciones de dirección general y asesoría; Regional, de supervisión y controle: y Local, de ejecución. La SRF mantiene una estructura funcional, descentralizada y sistémica, con cada uno de los niveles jerárquicos desarrollando las funciones básicas de la administración tributaria. Con excepción de los Juzgados, que tienen una estructura diferenciada, cada uno de los órganos descentralizados posee sus propias divisiones especializadas en las áreas de atención y registro del contribuyente, fiscalización, recaudación y cobro de tributos, y control aduanero (cuando sea apropiado). La dirección de la Institución es ejercida por el Secretario de Ingresos Federales, que ocupa el cargo de mayor nivel jerárquico de la SRF. El Secretario es auxiliado en sus tareas por tres Secretarios Adjuntos, además de contar con las Unidades Centrales. Todos son tributos y están sujetos a las reglas generales de la Constitución y del Código Tributario Nacional. No obstante, algunas reglas de cómo estos tributos deben ser pagados, modificados, etc. son especificas para cada uno de estos tipos. Impuestos No tienen destinación específica Contribuciones Tienen destinación específica pero no es necesario que el hecho gravado tenga relación con su destinación Tasas Tiene destinación y sirve para mantener un servicio Préstamo Compulsorio Casos excepcionales

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