PRINCIPALES COMPETENCIAS Y NOCIONES BÁSICAS DE LA TRIBUTACIÓN YURI ALEJANDRA MORENO ID 491985 CRISTIAN ROJAS OVIEDO ID 492869 ANGEL CASTRO BAUTISTA ID 385241
PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO
20 DE MARZO DE 2019
COMPETENCIAS Y FUNCIONES DE LAS RAMAS DEL PODER PÚBLICO -
PODER EJECUTIVO
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PODER LEGISLATIVO
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PODER JUDICIAL
PODER EJECUTIVO
Esta se encuentra gestionada por el gobierno nacional y su responsabilidad recae, principalmente sobre el presidente de la republica y sus ministros. Lidiar la gestión con la gestión diaria del país Representar al país internacionalmente Elegir a los ministros Promulgar leyes Expedir los decretos Ejercer control sobre la inversión de los recursos públicos Esta compuesta por Presidente, vicepresidente, ministros, directores de los departamentos administrativos
PODER LEGISTATIVO
Ejerce sus funciones mediante los gobiernos Nacional, Departamental, distrital, Municipal. Los miembros son elegidos por voto popular por un periodo de 4 años Mantener el control político y reformar la constitución cuando sea necesario. Funciones del senado Admite la renuncia del presidente y vicepresidente. Aprueba el ascenso de los militares. Autoriza al gobierno una guerra a otras naciones. Elige el procurador general de la nación.
• Funciones de la cámara de presentantes
Elige al defensor del pueblo Examina y concluye la cuenta nacional del tesoro Acusa ante el senado a los altos funcionarios del estado. Es la encargada de comisionar funcionarios para ejecutar las pruebas correspondientes ante los acusados.
PODER JUDICIAL
Es la encargada de administrar la justicia en el estado colombiano esta compuesta por distintos órganos articulados del poder publico destinado a dirimir conflictos conforme al derecho colombiano art. 228 Esta conformada por tres cortes Corte suprema de justicia Corte constitucional Consejo de estado
OBLIGACIONES TRIBUTARIAS FORMALES Se dice que toda persona tiene el deber de contribuir con las finanzas del estado y esto lo realizan por medio del pago de tributos o impuestos. Según el art 571 del Estatuto tributario, se dice que los contribuyentes o responsables directos del pago del tributo deben cumplir los deberes formales señalados en la ley, bien sea personalmente o por medio de sus respectivos representantes, si alguno de los anteriores no puede hacerlo procederá el administrador de dicho patrimonio.
QUIENES DEBEN CUMPLIR LOS DEBERES FORMALES Segun el Atr 572 Deben cumplir los deberes formales de sus representados, sin perjuicio de lo dispuesto en otras normas : a. Los padres por sus hijos menores, en los casos en que el impuesto debe liquidarse directamente a los menores; b. Los tutores y curadores por los incapaces a quienes representan; c. Los gerentes, administradores y en general los representantes legales, por las personas jurídicas y sociedades de hecho. Esta responsabilidad puede ser delegada en funcionarios de la empresa designados para el efecto, en cuyo caso se deberá informar de tal hecho a la administración de Impuestos y Aduanas correspondiente. d. Los albaceas con administración de bienes, por las sucesiones; a falta de albaceas, los herederos con administración de bienes, y a falta de unos y otros, el curador de la herencia
e. Los administradores privados o judiciales, por las comunidades que administran; a falta de aquellos, los comuneros que hayan tomado parte en la administración de los bienes comunes; f. Los donatarios o asignatarios por las respectivas donaciones o asignaciones modales; g. Los liquidadores por las sociedades en liquidación y los síndicos por las personas declaradas en quiebra o en concurso de acreedores, y h. Los mandatarios o apoderados generales, los apoderados especiales para fines del impuesto y los agentes exclusivos de negocios en Colombia de residentes en el exterior, respecto de sus representados, en los casos en que sean apoderados de éstos para presentar sus declaraciones de renta o de ventas y cumplir los demás deberes tributarios.
DECLARACIONES TRIBUTARIAS Los contribuyentes, responsables y agentes de retención en la fuente, deberán presentar las siguientes declaraciones tributarias:
Declaración anual del impuesto sobre la renta y complementarios. Declaración bimestral del impuesto sobre las ventas. Declaración mensual de retenciones en la fuente. Declaración del impuesto de timbre Declaración anual del Impuesto Mínimo Alternativo Simple "IMAS". Declaración anual de activos en el exterior.
OTROS RESPONSABLES DE DECLARAR También son responsables de realizar declaraciones:
Las sucursales de sociedades extranjeras. Los establecimientos permanentes de personas naturales no residentes o de personas jurídicas o entidades extranjeras. Las sociedades subordinadas.
Si quienes quedan sujetos a esta obligación no la cumplieren, serán responsables por los impuestos que se dejaren de pagar.
REFERENCIAS https://estatuto.co/