Ampliación Del Estudio Sobre La Observancia Del Reglamento De Construcciones En Las Edificaciones Nuevas Del Distrito Federal.pdf

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Ampliación del estudio sobre la observancia del reglamento de construcciones en las edificaciones nuevas del Distrito Federal.

Instrucciones: Realizar una crítica sobre el documento. Mínimo tres cuartillas. La construcción en la ciudad de México ha tomado un gran impulso en lo referente a la construcción de edificaciones de altura, desarrollo de urbanizaciones y obra pública en general; sin embargo, este crecimiento no ha ido a la par con el desarrollo e implementación de un sistema para garantizar el cumplimento de la observancia del Reglamento de Construcciones. En países como EUA, Japón y Chile tienen un adecuado sistema para el cumplimiento del código de construcción. En estos países existen instituciones (DSA/SSS en California, el Instituto de la Construcción en Chile y el Japan Building Center en Japón) que se encargan de supervisar la seguridad estructural y sísmica de edificios; sin embargo, para lograr tal seguridad se requiere de una tarea enorme, de una apropiada comunicación entre los participantes, de métodos bien desarrollados, de competencia profesional y de dedicación. Se trata de revisar que los planos, cálculos y especificaciones cumplan estrictamente con el reglamento vigente y supervisar que los edificios sean construidos con apego a los documentos aprobados.

En México no se cuenta con mecanismos oficiales de revisión estructural de forma similar como al que se emplea en los países mencionados. Para el caso de la Ciudad de México, la seguridad y cumplimiento de la Observancia del Reglamento y demás disposiciones legales están a cargo de un profesional: El Director Responsable de Obra.

En la Ciudad de México no existe una institución similar que como mínimo proporcione los servicios siguientes: 

Una revisión verdaderamente independiente del diseño estructural



Una supervisión estricta e independiente de los procesos constructivos



Medidas que eviten conflictos de interés en las diferentes etapas del diseño y construcción

La seguridad estructural y sísmica de edificios en California (E.U.A.) es asegurada, en general, por un sistema compuesto por leyes y reglamentos, profesionales calificados y oficinas gubernamentales reguladoras.

El sistema para la seguridad estructural y sísmica de escuelas públicas, hospitales y edificios de servicios esenciales en California, E.U.A. se puede considerar como el más estricto y sofisticado en uso en los E.U.A. para edificaciones estándar.

La seguridad estructural y sísmica de escuelas públicas, hospitales y edificios de servicios esenciales en California, E.U.A. es supervisada por la Sección de Seguridad Estructural de la División del Arquitecto del Estado (DSA/SSS son sus siglas en ingles) y por la Oficina de Planeación y Desarrollo de la Salud (OSHPD). DSA/SSS y OSHPD pertenecen al Gobierno Estatal. Las estaciones de bomberos y de policía, las prisiones y los centros de operaciones de emergencia son definidos como servicios esenciales El trabajo de la DSA/SSS y OSHPD es revisar que los planos, cálculos y especificaciones cumplan estrictamente con el reglamento vigente y supervisar que los edificios sean construidos con apego a los documentos aprobados. Esta es una tarea enorme ya que se construyen anualmente edificios bajo la jurisdicción de la DSA/SSS y OSHPD con valor de 2,500 millones de dólares aproximadamente. También es una labor que requiere métodos bien desarrollados, competencia profesional y dedicación.

El sistema para asegurar la seguridad estructural en Chile, ubicado en una importante zona sísmica, surgió como respuesta a la observación de una innovación insuficiente y, a su vez, un menor esfuerzo de investigación, desarrollo y modernización respecto de otras actividades del país, tanto a nivel tecnológico como a nivel profesional, lo que se tradujo en una importante disminución de competitividad, para todo el sector de la construcción. Para lograr esto, existió un alto consenso sobre la importancia de articular y coordinar los mejoramientos de calidad y la productividad del sector.

La seguridad estructural se verifica mediante un sistema compuesto por revisores de Proyecto de Cálculo Estructural, los cuales son profesionales calificados y certificados por oficinas gubernamentales a través de organismos colegiados privados. En Japón cuando se diseña o se construye un edificio es necesario seguir las regulaciones de construcción establecidas en el Building Standard Law (BLS). El BLS provee, entre otras cosas, los procedimientos para aprobar construcciones, estándares técnicos para edificios y medidas de control para obras colectivas. Dependiendo de la situación local, el BLS nombra al alcalde de un municipio como el Organismo Administrativo Designado y le da poder para que instituya acciones correctivas contra los edificios que violen las regulaciones, establezca los límites de las construcciones y aprueben casos especiales de construcción de edificios en zonas con uso de suelo designado.

Además del Organismo Administrativo Designado, el BLS estipula la figura municipal del oficial de obras para encargarse de la administración de las aprobaciones de obra bajo la dirección y supervisión del alcalde.

El Reglamento de Construcciones de la Ciudad de México está constituido por previsiones generales incluidas en el cuerpo principal del Código, y por Normas Técnicas Complementarias para materiales específicos como concreto, acero, mampostería o madera y para algunas acciones específicas como vientos o terremotos.

Estas previsiones son adoptadas generalmente para otras partes del país, con las debidas consideraciones de las diferencias en el riesgo sísmico y condiciones de suelo.

Las Normas Técnicas Complementarias definen requisitos mínimos; el diseñador, de acuerdo con el propietario, puede escoger requisitos más conservadores para reducir las pérdidas económicas.

El propósito de las Normas Técnicas Complementarias es obtener una seguridad adecuada para garantizar que, para el terremoto de mayor intensidad probable, no habrá ninguna falla estructural mayor ni pérdida de vida, aunque podría haber daños que impidan los servicios y demanden reparaciones significativas.

El Reglamento publicado en el 2004 está a la vanguardia en el mundo, comparable con los que tienen en Estados Unidos, Japón o Chile, países con intensa actividad sísmica y que se han preocupado por mejorar sus construcciones para sufrir el menor de los daños frente a un terremoto. La observancia del Reglamento de Construcciones no se está cumpliendo como lo indica la reglamentación debido a la impunidad en su aplicación. Si se quisiera evaluar el riesgo sísmico de cada una de las estructuras es imposible contar con información confiable de memorias de cálculo y planos estructurales, además que no se dispone de una metodología consensada para conocer el riesgo en que se encuentran cientos de inmuebles.

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