EXPEDIENTE N° ESPECIALISTA ESCRITO SUMILLA
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DEMANDA SOBRE OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO
SEÑOR JUEZ DE PAZ LETRADO DE SANTA ANITA ALCEDO BARRETO RENATO con DNI N° 47785501, con domicilio real en CALLE ENRIQUE CHOCANO 558 URB LOS FICUS SANTA ANITA, y señalando DOMICILIO PROCESAL en JR. LUIS DE LA PUENTE UCEDA NRO 512 1RA ETAPA COOPERATIVA DE VIVIENDA LA UNIVERSAL, DISTRITO DE SANTA ANITA; a Ud. con el mayor respeto, dice: I.
PETITORIO:
Que, DEMANDO VÍA PROCESO ÚNICO DE EJECUCIÓN, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, dirigiendo la acción contra JAIME RICARDO NÚÑEZ ARÉVALO, con domicilio en la AV. DEL AIRE 679 URB TUPAC AMARU DISTRITO DE SAN LUIS, para que previo los tramites de ley cumpla con pagarme la suma total ascendente de S/. (26,949.52) SOLES y $ (3,600.00) DÓLARES, más los intereses legales, moratorios y compensatorios, hasta la fecha de liquidación para su pago más costas y costos, que corresponden a los depósitos que realice a nombre del demandado al BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ y BANCO SCOTIABANK, por la compra del vehículo modelo SEDAN – MARCA KYA, conforme los recibos girados que adjunto a la presente; y que la demanda debe entenderse también los intereses legales; costas y costos del presente proceso; por los siguientes fundamentos: II.
FUNDAMENTOS DE HECHO: PRIMERO: Que, el mes de julio del año 2018, tomé la decisión de adquirir un vehículo – automóvil escogiendo el modelo SEDAN – MARCA KYA, para ello me sometí a ser evaluado por el banco SCOTIABANK, a fin de obtener financiamiento para el indicado vehículo, lamentablemente mi situación crediticia no calificaba para ser beneficiario del indicado crédito.
SEGUNDO: Por el motivo señalado en el punto anterior, conversé con el demandado, a quien consideraba una persona de confianza y parte de mi familia, en razón de que era pareja estable de mi hermano, MANUEL ALBERTO ALCEDO BARRETO, durante muchos años; es así que luego de llegar a un acuerdo, celebramos un contrato verbal, mediante el cual el demandado, sería quien obtenga el crédito financiero a su nombre, pero quien iba a realizar los pagos era mi persona, es por este motivo que la entidad crediticia, luego de evaluarlo, aceptó otorgar el crédito a nombre del demandado. TERCERO: Que, una vez aprobado el crédito el recurrente, tal como lo habíamos acordado, pagué la cuota inicial para la compra del vehículo por el monto de $ 3600.00, recibiendo el vehículo a mi entera satisfacción el día 27 de septiembre de 2016, a partir de la indicada fecha, ejercí todos los derechos de propietario del vehículo materia de la presente solicitud. CUARTO: Que, cumpliendo con mi obligación acordada en el contrato verbal, cumplí con el pago de las siguientes cuotas por el costo del vehículo: CUOTA INICIAL A LA CUENTA DEL BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ – CUENTA EN DÓLARES N° 1941144981183 N°
FECHA
MONTO
1
12 de Agosto del 2016
$ 2000 DÓLARES
2
12 de Agosto del 2016
$ 1600 DÓLARES
TOTAL
$ 3600 DÓLARES
CUOTAS MENSUALES AL BANCO SCOTIABANK – CUENTA N° 74047333908704 N° 1
FECHA
30 de octubre del 2016
MONTO
S/1280.27
2
30 de noviembre del 2016
S/1280.27
3
06 de diciembre del 2017
S/2100.00
4
30 de enero del 2017
S/1280.27
5
01 de febrero del 2017
S/1280.30
6
29 de marzo del 2017
S/1280.27
7
29 de abril del 2017
S/1280.27
8
30 de mayo del 2017
S/1280.27
9
30 de junio del 2017
S/1200.00
10
27 de julio del 2017
S/2560.53
11
31 de agosto del 2017
S/1277.00
12
30 de setiembre del 2017
S/1000.00
13
30 de octubre del 2017
S/1280.27
14
30 de noviembre del 2017
S/1280.27
15
30 de diciembre del 2017
S/800.00
16
30 de enero del 2018
S/700.00
17
26 de febrero del 2018
S/1280.27
18
31 de marzo del 2018
S/370.00
TOTAL
S/ 22810.26
DEPÓSITOS A LA CUENTA DEL SEÑOR JAIME NUÑEZ AREVALO – CUENTA N° 0210124 EN SOLES – SCOTIABANK N°
FECHA
MONTO
1
01 de junio del 2018
S/400.00
2
02 de junio del 2018
S/100.00
3
05 de junio del 2018
S/390.00
4
06 de junio del 2018
S/110.00
5
07 de junio del 2018
S/100.00
6
08 de junio del 2018
S/100.00
7
09 de junio del 2018
S/100.00
8
11 de junio del 2018
S/100.00
9
15 de junio del 2018
S/100.00
10
19 de junio del 2018
S/100.00
11
20 de junio del 2018
S/100.00
12
25 de junio del 2018
S/200.00
13
26 de junio del 2018
S/200.00
14
28 de junio del 2018
S/150.00
15
12 de julio del 2018
S/200.00
16
13 de julio del 2018
S/100.00
17
30 de julio del 2018
S/200.00
18
31 de julio del 2018
S/200.00
TOTAL
S/ 2950.00
Asimismo realice los pagos por conceptos tributarios a la Municipalidad – SAT. N°
FECHA
MONTO
1
29 de marzo del 2017
S/186.67
2
15 de enero del 2018
S/332.44
3
15 de enero del 2018
S/435.64
4
14 de febrero del 2018
S/234.51
TOTAL
S/1189.26
QUINTO: Que, el demandado, el mes de julio del 2018, aprovechándose tener un duplicado de la llave del vehículo y que además que el vehículo se encontraba estacionado en la puerta de mi domicilio, en un acto de total mala fe e ignorando el acuerdo al que habíamos llegado, se apropió del vehículo pagado en su totalidad por el recurrente, negándose posteriormente a retornarme el vehículo a pesar de mis reiterados requerimientos. SEXTO: Es por tal motivo, señor juez, que siendo que el demandado, no pretendía ni pretende devolverme el vehículo de mi propiedad, con fecha XXXXX, lo invite al centro de conciliación XXXXX, al cual no arribo, por lo que con fecha, XXXX, le invite por segunda vez a conciliar, llegando a presentarse en tal oportunidad, sin embargo, lamentablemente no se llegó a ningún acuerdo, en razón de que el demandado se niega a retornarme el vehículo o de otra forma, devolverme el dinero total que pague por el vehículo, tal como lo acredito adjuntando a la presente el acta de conciliación N°XXXX, expedida por el centro de conciliación XXXXXXXXX. SÉPTIMO: Que, a fin de comprobar que el recurrente tuvo en su posesión el vehículo de placa XXX, durante más de XXX años, debo precisar que es el recurrente quien ha solventado todos los mantenimientos del vehiculo, tal como consta en los recibos que adjunto como medio probatorio, acreditándose de esta manera el cumplimiento del contrato verbal que celebramos el demandado y el recurrente. Asimismo, el recurrente también costeaba los pagos por concepto de multas impuestas al vehículo, hecho que también demuestra que el contrato verbal realizado con el demandado se hizo efectivo al ejercer el recurrente el uso del vehículo en calidad de propietario, tal como lo acredito con la copia de los recibos pagados por la papeleta en las cuales se encuentra consignado mi nombre. OCTAVO: Que, por lo señalado en los puntos anteriores y con todos los comprobantes de pago que obran en mi poder, porque fue el recurrente
quien los pago, se demuestra que he cumplido con pagar el monto de S/26949.52 SOLES y $ 3600 DÓLARES, por el vehículo, y que ahora aprovechando que el crédito se encuentra a nombre del demandado, este pretende apropiarse del vehículo, por lo cual mediante la presente demanda, siendo que esta situación me perjudica de sobremanera económicamente, solicito el demandado me cancele el monto pagado por el vehículo, junto con los intereses incrementados durante el tiempo, incluyendo costos y costas del proceso judicial, de ser el caso. III.
FUNDAMENTOS DE DERECHO: Amparo mi Demanda en el Art. 1219 del Código Civil que a su letra dice: Art. 1219 C.C.: “Es efecto de las obligaciones autorizar al acreedor para lo siguiente: 1.-) Emplear las medidas legales a fin de que el deudor le procure aquello a que está obligado...” Es decir que de acuerdo a la Ley Sustantiva, ésta me faculta el poder iniciar la presente acción judicial, a fin de procurar hacerme cobro de la deuda que mantiene el accionado para con mi persona. Asimismo amparo mi Demanda en los Arts. 424, 425 y siguientes de nuestro Código Procesal Civil; que establece los requisitos de toda Demanda los cuales se han cumplido a cabalidad en la presente.
IV.
MONTO DEL PETITORIO: El monto asciende a la suma de S/. (26,949.52) SOLES y $ (3,600.00)
DÓLARES, por lo que su Despacho es competente para conocer de este proceso. V.
VIA PROCEDIMENTAL:
A la
presente
pretensión le
corresponde
la
VIA PROCEDIMENTAL
SUMARÍSIMA de conformidad con lo establecido por el Art. 546 inc. 7 del Código Procesal Civil, toda vez que la cuantía no supera las 100 Unidades de Referencia Procesal. Siendo competente para conocer el Juez de Paz Letrado, solo para efectos de fijar la cuantía de la pretensión señalamos que la suma puesto a cobro equivale a S/. (26,949.52) SOLES y $ (3,600.00)
DÓLARES. V.
MEDIOS PROBATORIOS:
1. Cuadro de pagos que he realizado ante el BANCO DE CREDITO DEL PERÚ Cuenta en dólares N° 1941144981183, cuentas mensuales al BANCO SCOTIABANK en la cuenta de ahorros N°74047393908704, depósitos realizados en la cuenta a nombre del demandado del BANCO SCOTIABANK cuenta N° 0210124 y por ultimo pagos tributarios realizados a la Municipalidad – SAT. 2. Recibos de mantenimiento del vehículo con los cuales demuestro que en cumplimiento del acuerdo verbal, al cual arribe con el demandado ejercí el derecho de propiedad del vehículo.
3. Papeletas de multa por infracción al reglamento de tránsito con los cuales también demuestro, que en cumplimiento del acuerdo verbal, al cual arribe con el demandado ejercí el derecho de propiedad del vehículo. VI.
ANEXOS:
1.A Tasa Judicial por pruebas
1.B Copia de mi D.N.I. 1.C Cuadro de pagos que he realizado ante el BANCO DE CREDITO DEL PERÚ Cuenta en dólares N° 1941144981183, cuentas mensuales al
BANCO SCOTIABANK en la cuenta de ahorros N°74047393908704, depósitos realizados en la cuenta a nombre del demandado del BANCO SCOTIABANK cuenta N° 0210124 y por ultimo pagos tributarios realizados a la Municipalidad – SAT. 1.D Recibos de mantenimiento del vehículo con los cuales demuestro que en cumplimiento del acuerdo verbal, al cual arribe con el demandado ejercí el derecho de propiedad del vehículo. 1.E Papeletas de multa por infracción al reglamento de tránsito con los
cuales también demuestro, que en cumplimiento del acuerdo verbal, al cual arribe con el demandado ejercí el derecho de propiedad del vehículo. POR TANTO: A Ud. Señor Juez, ruego admitir a trámite la presente demanda y en su oportunidad declararla fundada, con costas y costos. Lima, 7 de marzo del 201