Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho S2. Actividad integradora. Interpretación de la norma a partir de un caso Docente: Jeiel Mizraim Rangel Villafaña Nombre del alumno: Mary Carmen Renteria Godinez Ixtapaluca. Estado de Mexico. 8 de Marzo del 2019
ACTIVIDAD SESIÓN 2 Hecho:
En fecha 23 de marzo de 2018 siendo momentos previos a las 22:37 horas ingresan los ahora acusados al domicilio de las víctimas, el cual se ubica en la delegación Milpa Alta, toda vez de que dichas víctimas no se encontraban en su domicilio, siendo que los ahora acusados JULIO JIMENEZ AZUA y MARIO LUNA LUNA, se apoderan de una mochila de color beige con flores, de una caja d cartón con la leyenda Player que contenía 27 cartuchos calibre 20 milímetros, un llavero con cinco llaves, un suvenir en forma de charola de color dorado con la leyenda RDO. BARCELONA y una moneda antigua de 20 centavos, y al momento de estar dichos acusados en el interior del domicilio, el testigo de los hechos MIGUEL ANGEL MORA MORA se percata de la presencia en el interior del citado domicilio de los hoy acusados, por lo que les solicita apoyo a dos vecinos de nombres MAURICIO LIMA LOPEZ y LAURA AMBALE POOL para que lo ayudaran a detenerlos, por lo que dicho testigo grita “quien anda ahí”, siendo que los acusados al ser descubiertos salen corriendo del interior de la casa para darse a la fuga, siendo perseguidos por los testigos de los hechos quienes al percatarse de la presencia de elementos de la SSP solicitan el apoyo siendo detenidos por éstos, por lo que al realizarle una revisión al ahora acusado JULIO JIMENEZ AZUA le son encontrados cruzada en el pecho una mochila de color beige con flores, de una caja d cartón con la leyenda Player que contenía 27 cartuchos calibre 20 milímetros, un llavero con cinco llaves, un suvenir en forma de charola de color dorado con la leyenda RDO. BARCELONA y una moneda antigua de 20 centavos , mismas que el testigo de los hechos MIGUEL ANGEL MORA MORA reconoció como propiedad de sus padres JULIAN HIUX LIU Y MIRIAM GONZALEZ GARZA, asimismo en la parte de atrás de la cintura del lado derecho se le encontró una pistola tipo revolver pavonada calibre 22 con un cartucho útil en el cilindro, motivo por el cual son puestos a disposición.
Una vez leído lo anterior establece: ¿Qué ley es la aplicable? ¿Qué fuero corresponde? ¿Cuál es la clasificación jurídica que corresponde?
Lee el apartado “Fuentes del Derecho”. Identifica cuáles son las fuentes históricas, reales y formales. Fuentes del Derecho Históricas
Reales
Formales
Nos referimos a la evolución misma
Son los factores, elementos,
Son los procedimientos mediante los
de la humanidad a través del tiempo.
circunstancias e ideales de carácter
cuales se concretan la regla jurídica
Con base a ello, lo que actualmente
social, político, económico,
y se señala la fuerza obligatoria. En
es una ley tuvo una vida propia
valorativo y de cualquier otra índole
otras palabras, son los medios por
partiendo de la concepción de una
que determinan el contenido y
los que se hacen palpables las
simple idea hasta convertirse en
estructura del Derecho. Podemos
normas jurídicas. Se trata de los
norma de observancia obligatoria.
definirlas como las causas que
medios para conocer el Derecho.
Las fuentes históricas no pueden
impulsaron al legislador a darles
Algunas fuentes son las siguientes:
considerarse para el Derecho Penal
vida; son los motivos de
La legislación
ya que solamente la ley que ha
conveniencia social tomados en
La costumbre
cumplido con todos los requisitos del
cuenta por el legislador en un
La jurisprudencia
proceso legislativo es la única fuente
momento histórico dado y en un
La doctrina
del Derecho Penal, al resultar de un
determinado lugar.
Los principios generales del
proceso específico de creación por
derecho
parte del órgano o autoridad facultada al efecto. Ejemplifica cada una de estas fuentes. Fuente histórica
Fuentes Reales
Fuentes formales
Presenta, además, un ejemplo de las fuentes formales, para la ley, la jurisprudencia y la doctrina. Legislación
Costumbres
Doctrina
Codigo Civil Federal
Dia me Muertos
La conforman los estudios
Ley de Ingresos
Carnaval
científicos de los juristas, ya sea
Ley Federal de Derechos
Preparación de Mucbipollo
con el fin de sistematizar sus
(tamal de muertos).
preceptos, ya para interpretar las
Reglamento de la Ley de Propiedad Industrial
normas jurídicas y su aplicación
Jurisprudencia Tesis:IV.1º.P.C9 K
Semanario Judicial de la Federación y su
Novena Época
192256
1 de 1
Pág. 1002
Tesis Aislada (común)
Gaceta Tribunales Colegiados
Tomo XI, Marzo de 2000
de Circuito JURISPRUDENCIA. CASO EN QUE SU APLICACIÓN ESTA SUJETA AL PRINCIPIO DE NO RETROACTIVIDAD. La jurisprudencia puede ser de distintos tipos: confirmatoria, o sea, aquella que simplemente corrobora el sentido claro y preciso de una ley; interpretativa, cuando determina el alcance de una norma legal definiendo su contenido; y supletoria, la que llena una laguna de la ley, por no haber previsto el legislador todas las hipótesis que pudieran presentarse sobre un problema jurídico determinado, caso en el que, ante el vacío de la ley, la jurisprudencia viene a constituir una verdadera fuente formal del derecho, al integrar al orden jurídico una norma general, abstracta, impersonal y obligatoria. Esta jurisprudencia supletorias tiene su fundamento en el artículo 14 constitucional, que establece que en los juicios del orden civil la sentencia debe ser conforme a la letra o interpretación de la ley, y a falta de esta se fundara en los principios generales del derecho; así como en el artículo 18 del Codigo Civil Federal, que prescribe que el silencio, oscuridad o insuficiencia de la ley, no autoriza a los Jueces o tribunales para dejar de resolver una controversia. Así, el Juez o tribunal que a falt6a de una ley aplicable resuelve conforme a los principios generales del derecho, excede la función de mera interpretación, pues crea nuevas normas jurídicas y de esa forma los casos no previstos por las leyes son resueltos por la jurisprudencia, que adquiere obligatoriedad para ser aplicada por los tribunales. Ahora bien, en esa hipótesis la aplicación de la jurisprudencia está sujeta al principio de no retroactividad consignando en el artículo 14, primer párrafo, de la Constitución Federal, porque, al igual que la ley, su ámbito temporal de validez se inicia en el momento de su emisión y publicación, que es cuando queda integrada al orden jurídico que antes de la labor jurisprudencial era incompleto, por lo que no puede regir hacia el pasado sin contrariar la garantía de seguridad jurídica que consigna el referido precepto constitucional. PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y CIVIL DEL CUERTO CIRCUITO. Amparo directo 655/98. Fianzas Mexico Bital, S.A, Grupo Financiero Bital. 9 de marzo de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Abraham S. Marcos Valdez. Secretaria: María Isabel González Rodríguez.
Responde a las siguientes preguntas sobre el Derecho Penal: ¿Qué entiendes por fuentes del Derecho? Refiere a donde emanan las leyes y preceptos obligatorios en nuestro país, es decir el conocer los diferentes creadores de las normas, así como los distintos procedimientos empleados, de esta manera entenderé los componentes de un sistema jurídico y la correlación que guardan esos elementos. Entendiendo que en todo orden jurídico solo hay dos posibilidades: hacer normas o aplicarlas, sugiriendo de éste modo jerarquías entre las normas y su finalidad específica para lo que han sido elaboradas ¿Por qué la única fuente para el Derecho Penal está constituida por la ley? (Señala tres puntos.) Derivado que el Artículo 14 constitucional está prohibido en su segundo párrafo la costumbre como fuente del derecho penal. Las penas deben ser decretadas en alguna ley. Los ordenamientos que aún no son propiamente penales, pues si contienen la ley penal y en ellos se encuentran delitos especiales. ¿Por qué la jurisprudencia no es fuente del Derecho Penal, pero es válida en cuanto a la interpretación de la norma? Puesto que la jurisprudencia solo nos explica conceptos o interpretaciones sobre alguna norma, pero no es la norma en concreto que impone penas o sanciones, solo como para aclarar conceptos en su interpretación. Lo que quiso decir el legislador, sobre todo cuando los conceptos son muy generales de ahí su validez.
Concluye la lectura de tu texto de apoyo. Identifica cuáles son los ámbitos de validez a los que se hace referencia. Ámbitos de Validez Ámbito Material
Se refiere a poder determinar la legislación de que se trate de acuerdo a la materia, es decir, si es de índole fiscal, civil o penal, sin embargo en la Constitución se establecen temas específicos a la federación los cuales son primordiales para que subsista la nación, en cada estado tambien cuenta con su legislación que atenderá aquellos delitos que no son de índole federal, se le denominan delitos del fuero común.
Ámbito Espacial
Debido al principio de soberanía de los Estados, debe entenderse que cada uno de ellos generara la legislación que requiera de acuerdo a sus necesidades y, por tanto, esta solamente podrá ser aplicada en el territorio para el que fue promulgada y no en otro.
Territorialidad: cada código promulgado se encuentra adecuado a las necesidades propias de una entidad federativa, por lo que solamente podrá ser aplicado en esa entidad, sin importar la nacionalidad de los involucrados.
Extraterritorialidad: se presentan casos en los que un ilícito se inicia en un país y continua cometiéndose en Mexico o entre una entidad federativa y otra. Se presentan casos también en el que el ilícito se comete en otro país o entidad y sus efectos se presentan en una entidad diversa; estos casos serán juzgados en el territorio nacional o la entidad federativa donde se resienta el ilícito, siempre y cuando no hayan sido juzgados previamente en la otra entidad.
Ámbito Temporal
Bajo este principio es primordial determinar la ley que se encuentra vigente al momento de cometer la conducta ilícita, ya que será ésta la que resulte aplicable al caso concreto. Otros ámbitos de Validez
Personal
Atiende a la persona a quien va dirigida la accion penal, dependiendo de la persona que cometió el ilícito, los transgresores de la ley deberán ser juzgados en los tribunales previamente establecidos.
Hay dos excepciones a la regla: El Fuero militar y el Fuero Político y la inmunidad (para el caso de Diplomáticos de otros países acreditados en México).
Real
Pueden ser genéricas particulares e individuales.
o
Se refiere a los bienes jurídicamente tutelados, el Estado que debe sancionar al delincuente.
Universal
Todos los Estados podrán sancionar las trasgresiones cometidas a la ley en territorio propio o ajeno, siempre que tuviera a su alcance al delincuente.
Ejemplifica cada uno de estos ámbitos de validez. Responde las siguientes preguntas sobre los ejemplos que has planteado: ¿Aplican o pueden aplicar a un ámbito de validez personal? ¿Aplican o pueden aplicar a un ámbito de validez real? ¿Aplican o pueden aplicar a un ámbito de validez universal?