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FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS

"Año del Buen Servicio al Ciudadano"

TRABAJO ACADEMICO TEMA: SUPERINTENDENCIA DE MERCADO DE VALORES (SMV). INTEGRANTES: HERRERA SANTILLAN, MILENA PFURO CCOÑAS, ROGER QUINTANA GUISADO, MICHEL

ASIGNATURA: DERECHO ECONÓMICO DOCENTE: Muños Ramírez Jorge CICLO: VII

LIMA - PERÚ.

2017. pág. 1

ÍNDICE I. MARCO TEÓRICO CONCEPTUAL

5

1. DEFINICION

5

2. FUNCIONES

5

3. RESEÑA HISTÓRICA

6

4. MISION Y VISION INSTITUCIONAL

7

4.1. VISIÓN

7

4.2. MISIÓN

7

5. ORGANIZACIÓN

8

5.1. ÓRGANO DE ALTA DIRECCIÓN.

8

5.1.1. DIRECTORIO:

8

5.1.2. SUPERINTENDENTE DEL MERCADO DE VALORES

9

5.1.3. SECRETARÍA GENERAL

9

5.2. ÓRGANOS DE CONTROL.

9

5.2.1. ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL

9

5.3. ÓRGANO DE DEFENSA JURÍDICA.

10

5.3.1. PROCURADURÍA PÚBLICA.

10

5.4. ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO.

10

5.4.1. OFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA.

10

5.4.2. OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO.

10

5.5. ÓRGANOS DE APOYO.

10

5.5.1. OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN.

10

5.5.2. OFICINA DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN

11

5.6. ÓRGANOS DE LÍNEA.

11

5.6.1. Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial.

11

5.6.2. Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de

11

Mercados. 5.6.3. Superintendencia Adjunta de Investigación y Desarrollo.

11

5.6.4. Superintendencia Adjunta de Riesgos.

11

GRÁFICO ORGANIGRAMA.

12

GRÁFICO DE ÓRGANOS DE LÍNEA

12

5.7. ÓRGANOS DE LÍNEA SEGÚN ROF.

12

6. CONTROL DE LAS MODIFICACIONES DEL CLASIFICADOR DE

13

6.1. DEFINICIÓN.

13

6.2. OBJETIVOS GENERALES.

14

6.3. DESCRIPCIÓN DE LOS CARGOS CLASIFICADOS.

14

6.4. EN LA ACTUALIDAD EL DIRECTORIO ESTÁ CONFORMADO POR.

14

6.4.1. SUPERINTENDENTE DEL MERCADO DE VALORES.

14

6.4.2 OTROS MIEMBROS DEL DIRECTORIO DE LA SMV.

14

7. EL SISTEMA DE CONTROL INTERNO – SCI. GRÁFICO. 8. CÓDIGO DE ÉTICA. 8.1. EL RESPETO DE LAS LEYES.

pág. 2

CARGOS.

14 15 15 15

8.2. LA VOCACIÓN DE SERVICIO PÚBLICO.

15

8.3. LA LEALTAD Y RESPONSABILIDAD.

16

8.4. LA CALIDAD DEL SERVICIO.

16

8.5. LA CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN.

16

8.6. EL ESPÍRITU DE EQUIPO.

16

8.7. EL DESARROLLO PROFESIONAL.

16

9. MERCADO DE VALORES.

17

9.1. DEFINICION.

17

GRÁFICO

17

9.2. VENTAJAS.

18

9.2.1. EMISOR.

18

9.2.2. INVERSIONISTA.

18

10. CONSIDERACIONES MÍNIMAS QUE DEBE TENER PRESENTE EL INVERSIONISTA AL PARTICIPAR EN EL MERCADO DE VALORES.

19

10.1. ¿QUÉ ROL CUMPLE LA SMV EN EL MERCADO DE VALORES?

19

10.2. ¿POR QUE LA SMV VELA POR LA PROTECCIÓN DE LOS

20

INVERSIONISTAS?

10.3. ¿COMO SE EXPRESA LA PROTECCIÓN DE LOS INVERSIONISTAS? 11. DEFENSORÍA DEL INVERSIONISTA.

20 20

11.1. ORIENTACIÓN ANTE UN PROBLEMA.

20

11.2. DEFENSOR DEL INVERSIONISTA.

20

12. LA UNIDAD DE INTELIGENCIA FINANCIERA:

21

13. DEVENSOR DEL INVERSIONISTA

21

BIOGRAFÍA

22

INTRODUCCIÓN pág. 3

En

el

presente

trabajo

desarrollaremos

breve

resumen

sobre

la

SMV

(Superintendencia del Mercado de Valores), el cuál por ser una empresa pública con estructura orgánica bien constituida no se pude dejar de mencionar de forma literal todo lo referente a esta, importante empresa supervisora del sistema financiero de intermediación directa, Como sabemos en el mercado público de valores se mantuvo como uno de los canalizadores de recursos más importantes del sistema financiero peruano, proporcionando una fuente alternativa de financiamiento para un gran número de empresas, principalmente vinculadas al sector de la demanda interna. De esta manera se destacando emisiones por montos grandes lo cual refleja la confianza por parte de los inversionistas en la estabilidad macroeconómica y en los fundamentos de las principales empresas del país, pese al inestable entorno internacional, sobre todo, allá por los años 2005 donde la economía del Perú andaba altos índices económicos, pese a haber pasado por una crisis mundial, este presentaba un buen mercado de inversión, apostando por una economía sólida y estable.

SUPERINTENDENCIA DE MERCADO DE VALORES pág. 4

I.

MARCO TEÓRICO.

1. DEFINICION. La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) Es una institución pública del sector economía, funciona como un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas que tiene por finalidad promover el mercado de valores también velar por la protección de los inversionistas, la eficiencia y transparencia de los mercados bajo su supervisión, la correcta formación de precios, procurando la difusión de toda la información necesaria para la adopción de las decisiones financieras relativas a los valores y la igualdad de trato a todos ellos, a través de la regulación, supervisión y promoción. Tiene personería jurídica de derecho público interno y goza de autonomía funcional, administrativa, económica, técnica y presupuestal.1 2. FUNCIONES. Estudiar, promover y reglamentar el mercado de valores, así como controlar y supervisar a las instituciones que participan en él. a) Velar por la transparencia de los mercados de valores: 1. transparencia de la información. 2. transparencia de las operaciones. b) Velar por la correcta formación de precios en los mercados secundarios. c) Promover el adecuado manejo de las empresas que participan en el mercado de valores y normar la contabilidad de las mismas. d) Dictar las normas legales que regulen materias del mercado de valores, mercado de productos y sistema de fondos colectivos. e) Supervisar el cumplimiento de la legislación del mercado de valores, mercado de productos y sistemas de fondos colectivos por parte de las personas naturales y jurídicas que participan en dichos mercados. Las personas naturales o jurídicas sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Banca, 1 LEY 29782) pág. 5

Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) lo están también a la SMV en los aspectos que signifiquen una participación en el mercado de valores bajo la supervisión de esta última. f) Promover y estudiar el mercado de valores, el mercado de productos y el sistema de fondos colectivos. Asimismo, corresponde a la SMV supervisar el cumplimiento de las normas internacionales de auditoría por parte de las sociedades auditoras habilitadas por un colegio de contadores públicos del Perú y contratadas por las personas naturales o jurídicas sometidas a la supervisión de la SMV en cumplimiento de las normas bajo su competencia, para lo cual puede impartir disposiciones de carácter general concordantes con las referidas normas internacionales de auditoría y requerirles cualquier información o documentación para verificar tal cumplimiento. 2 3. RESEÑA HISTÓRICA. La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) fue creada formalmente mediante la Ley No 17020 publicada el 28 de mayo de 1968, bajo la denominación de Comisión Nacional de Valores, habiendo iniciado sus funciones el 02 de junio de 1970, a partir de la promulgación del Decreto Ley No 18302. Dicha norma dispuso que la Comisión Nacional de Valores sería un organismo público desconcentrado del sector economía y finanzas, responsable del estudio, reglamentación y supervisión del mercado de valores, de las bolsas de valores, de los agentes de bolsa y demás partícipes de dicho mercado. Las competencias originales de la Comisión Nacional de Valores fueron ampliadas posteriormente, destacando entre estas las siguientes: El Decreto Ley No 19648, publicado el 07 de diciembre de 1972, que otorgó a la Comisión la supervisión de las personas jurídicas organizadas de acuerdo a la entonces Ley de Sociedades Mercantiles y sustituyendo la denominación de Comisión Nacional de Valores por la de Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores (CONASEV). Posteriormente, mediante Ley No 27323 publicada el 23 de

2 http://www.smv.gob.pe pág. 6

julio de 2000, dicha función fue trasladada al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI); El Decreto Ley No 21907, publicado el 01 de septiembre de 1977, que encargó a la CONASEV la supervisión de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos; y, La Ley No 26361, publicada el 30 de septiembre de 1994, que otorgó a la CONASEV la facultad de supervisar el mercado de productos y a los agentes que participan en dicho mercado. Sustituyese la denominación de Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores (CONASEV) por la de Superintendencia del Mercado de Valores (SMV). Mediante la Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores, aprobada por Ley No 29782, que entró en vigencia el 28 de julio de 2011, se sustituyó la denominación de Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores por la de Superintendencia del Mercado de Valores, otorgándole a su vez mayores facultades para el cumplimiento de sus funciones.3 4. MISION Y VISION INSTITUCIONAL. 4.1. VISION: Promover un mercado de valores transparente, eficiente e íntegro,

que genere confianza en el público y contribuya al desarrollo económico

y social

del país.

4.2. MISIÓN: Proteger al inversionista y promover el desarrollo de los mercados

de valores, de productos y del sistema de fondos colectivos, a través de

altos estándares internacionales de regulación, supervisión y orientación; con un equipo especializado y comprometido con la excelencia y con el uso de tecnologías de avanzada. VALORES INSTITUCIONALES:

3 http://www.smv.gob.pe pág. 7

1. Integridad 2. Vocación de servicio Público 3. Respeto 4. Imparcialidad 5. Confidencialidad 6. Eficiencia ENFOQUES DE INTERVENCIÓN: 1. Inclusión Financiera 2. Mejora Continua 3. Gestión por Resultados 4. Competitividad 5. Simplificación Administración LEMA: SMV, Superintendencia del Mercado de valores. 5. ORGANIZACIÓN. ESTRUCTURA ORGÁNICA. ARTÍCULO 6° (MODIFICADO MEDIANTE RSUP N.º 043-2014) La estructura orgánica de la SMV, cuyo organigrama se muestra en el anexo adjunto, el mismo que forma parte del presente Reglamento, es la siguiente: 5.1. ÓRGANOS DE ALTA DIRECCIÓN. 5.1.1. Directorio: El Directorio es el órgano de la SMV encargado de aprobar las políticas y objetivos institucionales, así como la normativa aplicable a los mercados bajo competencia de la SMV. Se compone de cinco (05) miembros nombrados por resolución suprema refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas:4 1. El Superintendente, quien preside el Directorio. 4 DECRETO SUPREMO No 216-2011-EF pág. 8

2. Un (01) director a propuesta del Ministerio de Economía y Finanzas. 3. Un (01) director a propuesta de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. 4. Un (01) director a propuesta del Banco Central de Reserva del Perú. 5. Un (01) director independiente del sector privado. Los miembros del Directorio son nombrados por un periodo de seis (06) años no pudiendo ser nombrados para el periodo inmediato y perciben dieta. 5.1.2. Superintendente del Mercado de Valores: El Superintendente es la máxima autoridad ejecutiva de la SMV, preside el

Directorio de la SMV,

ejerce las funciones ejecutivas de dirección de la SMV,

así

como

representación legal y oficial de la SMV. Es el titular de la entidad y

la del

pliego presupuestario. 5.1.3. Secretaría General: La Secretaría General es el órgano encargado de prestar asistencia

administrativa al Superintendente y al Directorio y de

gestionar las actividades referidas a la imagen institucional y comunicación, tanto interna como externa,

de la SMV. Asimismo, es el órgano

encargado

de la gestión documental de la

de trámite

documentario, administración de archivo y gestión de la línea de

producción y

SMV, conduciendo el servicio

almacenamiento de micro formas institucional.

5.2. ÓRGANO DE CONTROL. 5.2.1. Órgano de Control Institucional: El Órgano de Control Institucional es el órgano conformante del Sistema Nacional de Control, cuya finalidad es ejercer el control gubernamental de la SMV, de conformidad con la Ley No 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, sus normas modificatorias, reglamentarias, y complementarias. 5.3. ÓRGANO DE DEFENSA JURÍDICA. 5.3.1. Procuraduría Pública: La Procuraduría Pública es el órgano encargado de ejercer la representación y la defensa jurídica de los intereses y derechos pág. 9

de

la SMV en todo el territorio nacional conforme a la Constitución Política

del Perú,

el Decreto Legislativo No 1068, del Sistema de Defensa Jurídica

del Estado y su reglamento, tanto en sede judicial como arbitral, Tribunal Constitucional y

ante los órganos administrativos, así como ante el

Ministerio Público, Policía Nacional, Centros de conciliación y otros de similar naturaleza, en los que la SMV demandada o emplazada,

tenga

la

condición

de

demandante,

administrado, denunciante, tercero civilmente

responsable o parte civil. 5.4. ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO. 5.4.1. Oficina de Asesoría Jurídica: La Oficina de Asesoría Jurídica es el órgano encargado de brindar asesoría al Superintendente o al Directorio de la SMV, coordina y establece las necesidades normativas, elabora y evalúa las normas que le corresponde emitir a la Superintendencia para el desempeño de

sus funciones, y propone al Directorio las interpretaciones normativas

que

correspondan.

5.4.2. Oficina de Planeamiento y Presupuesto: La Oficina de Planeamiento y

Presupuesto es el órgano de asesoramiento en materia de

planeamiento,

presupuesto, gestión de la calidad, racionalización y

cooperación técnica. Este órgano depende jerárquica y funcionalmente del Superintendente. 5.5. ÓRGANOS DE APOYO. 5.5.1. Oficina General de Administración: La Oficina General de Administración es el órgano encargado de administrar los recursos humanos, materiales y financieros de la SMV. Se encarga de programar, efectuar y controlar los procesos técnicos y administrativos de recursos humanos, logística,

presupuesto, contabilidad, finanzas, tesorería y ejecución

coactiva, con

observancia de las normas dispuestas por el Gobierno y

entidades correspondientes.5 ARTICULO 25.- Son unidades orgánicas de la Oficina General de Administración: 5 DECRETO SUPREMO No 216-2011-EF pág. 10

1. La Unidad de Recursos Humanos. 2. La Unidad de Finanzas. 3. La Unidad de Logística. 5.5.2. Oficina de Tecnologías de Información: La Oficina de Tecnologías de Información es el órgano de apoyo encargado de brindar servicios de información y comunicación oportuna y veraz, mediante la implementación de plataformas tecnológicas de vanguardia y de acuerdo con los objetivos y estrategias institucionales, generando valor a los procesos estratégicos a través

del uso de tecnologías de información y comunicaciones.

Asimismo, se encarga

de administrar los recursos informáticos, asegurar la

continuidad de los procesos, velar por la seguridad de información y la calidad de los sistemas de

información de la SMV y promover el

adecuado uso de las tecnologías de la información. 5.6. ÓRGANOS DE LÍNEA. 5.6.1. Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial. 5.6.2. Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados. 5.6.3. Superintendencia Adjunta de Investigación y Desarrollo. 5.6.4. Superintendencia Adjunta de Riesgos.

ORGANIGRAMA 6

6 http://www.smv.gob.pe pág. 11

5.7. ÓRGANOS DE LÍNEA SEGÚN ROF. INTENDENCIA GENERAL DE RIESGOS

SUPERINTENDENCIA ADJUNTA DE SUPERVISIÓN PRUDENCIAL

INTENDENCIA GENERAL DE SUPERVISIÓN DE ENTIDADES

INTENDENCIA GENERAL DE CUMPLIMIENTO PRUDENCIAL

SUPERINTENDENCIA DE MERCADO DE VALORES

INTENDENCIA GENERAL DE SUPERVISIÓN DE CONDUCTAS

SUPERINTENDENCIA ADJUNTA DE SUPERVISIÓN DE CONDUCTAS DE MERCADOS

INTENDENCIA GENERAL DE CUMPLIMIENTO DE CONDUCTAS

INTENDENCIA GENERAL DE ESTUDIOS ECONÓMICOS SUPERINTENDENCIA ADJUNTA DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO INTENDENCIA GENERAL DE

6. CONTROL DE LAS MODIFICACIONES DEL ORIENTACIÓN CLASIFICADOR DE AL INVERSIONISTA CARGOS. En la fecha 28 de noviembre de 2011 Mediante Resolución de Superintendente

No 054-2011-EF/94.01.2, El Memorando Conjunto No

2562-2011-EF/94.05.1/

94.04.2,

Administración y la Oficina de

presentado

Planeamiento

aprobación del Clasificador de Cargos de Mercado de Valores, SMV. pág. 12

la

por y

la

Oficina

Presupuesto, Superintendencia

de sobre del

RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Clasificador de Cargos de la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV, según el detalle del Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución CONASEV No 067-2007EF/94.01.1

y sus modificatorias, así como las demás disposiciones que se

opongan al Clasificador de Cargos aprobado en el artículo anterior. Artículo 3°. - Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, y la difusión del anexo que contiene el Clasificador de Cargos

en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal

del Mercado de Valores Peruano (www.smv.gob.pe). Artículo 4°. - El Clasificador de cargos de la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV, entrará en vigencia al día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. 7 Es importante mencionar que esta institución tiene un riguroso control de clasificador de cargos para formar el equipo especializado en el sector económico financiero. 6.1. DEFINICIÓN. El Clasificador de Cargos es un documento técnico normativo que contiene una

estructura clasificada y ordenada de los cargos que requiere la

Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), para el cumplimiento de sus objetivos y funciones. 6.2. OBJETIVOS GENERALES. a) Ordenar

los

cargos

por

Grupos

Ocupacionales,

distinguiéndolos,

jerarquizándolos y estableciendo los requisitos mínimos de éstos. b) Racionalizar los cargos en atención a los requerimientos cuantitativos y cualitativos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales. c) Proporcionar información de la responsabilidad, grado de complejidad y requisitos mínimos que demanda un cargo con el fin de facilitar los procesos 7 Resolución de Superintendente No 054-2011-EF/94.01.2 pág. 13

de reclutamiento, selección, evaluación, capacitación, desplazamiento y promoción del personal. 6.3. DESCRIPCIÓN DE LOS CARGOS CLASIFICADOS. Los aspectos más relevantes de los cargos clasificados existentes en la SMV se detallan a continuación, debiéndose tener en cuenta que estos son criterios genéricos mínimos que serán complementados con los requerimientos específicos que cada órgano y unidad orgánica señalen para los puestos existentes en ellos.8

6.4. EN LA ACTUALIDAD EL DIRECTORIO ESTÁ CONFORMADO POR: 6.4.1. Superintendente del Mercado de Valores: 1. Lilian Rocca Carbajal. 6.4.2 Otros miembros del Directorio de la SMV. 1. Liliana Rosa Casafranca Diaz. 2. Carlos Augusto Ballón Ávalos. 3. Mila Luz Guillén Rispa. 7. EL SISTEMA DE CONTROL INTERNO – SCI. Es el conjunto de acciones, actividades, planes, políticas, normas, registros, organización, procedimientos y métodos, incluyendo las actitudes de las autoridades y el personal, organizados y establecidos en cada entidad del Estado; cuya estructura, componentes, elementos y objetivos se regulan por la Ley N' 28716 y la normativa técnica que emite la Contraloría sobre la materia. A continuación, se muestra el Modelo de Implementación del SCI, con sus respectivas fases, etapas y actividades, respecto a los avances logrados en la Superintendencia del Mercado de Valores:

8 Resolución de Superintendente No 054-2011-EF/94.01.2 pág. 14

8. CÓDIGO DE ÉTICA. La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) es una institución pública cuya actividad se rige por los siguientes principios: 8.1. El respeto de las leyes: El trabajador de SMV tiene un profundo respeto por la Constitución Política, las leyes, las normas y la ética profesional. 8.2. La vocación de servicio público: El trabajador de SMV está al servicio del público por encima de cualquier interés particular y no acepta ningún

tipo de obsequio o retribución por los servicios que brinde como

parte de sus funciones, del mismo modo no recibe asignaciones por cargos no desempeñados. El trabajador de SMV guía su comportamiento en la honradez y actúa imparcialmente sin ofrecer trato preferencial a ninguna persona natural o jurídica.9

9 http://www.smv.gob.pe pág. 15

8.3. La lealtad y responsabilidad: El trabajador de SMV se preocupa porque en su actividad diaria prime la lealtad hacia su Institución y es consciente

de la responsabilidad que recae sobre sus actos, en tal sentido

cumple con las

políticas dictadas por SMV orientadas a evitar la

ocurrencia de comportamientos irregulares. 8.4. La calidad del servicio: El trabajador de SMV usa eficientemente su tiempo, encontrándose en una constante búsqueda de simplicidad, celeridad y eficiencia, para de esta manera dar un sentido de excelencia a los servicios que

brinda al mercado, en términos de oportunidad y calidad. En tal sentido,

se

preocupa de incorporar permanentemente las innovaciones que sean

necesarias para desarrollar sus actividades de regulación, supervisión y difusión. 8.5. La confidencialidad de la información: El trabajador de SMV no revela la

información a la que tiene acceso por el ejercicio de sus funciones, ni la

utiliza para beneficio propio o de terceros. 8.6. El espíritu de equipo: La interrelación de los trabajadores de SMV es estimulado por un ambiente de camaradería, respeto mutuo y colaboración, lo cual permite un trabajo interdisciplinario coordinado y eficiente. SMV aspira a buscar un equilibrio entre las iniciativas individuales y el trabajo en equipo, a través del cual se comparten ideas y experiencias. 8.7. El desarrollo profesional: SMV ofrece a sus trabajadores un ambiente adecuado para su desarrollo profesional y les inculca, en su trabajo diario, la investigación, la búsqueda de nuevos conocimientos y la supervisión permanente. Ofrecemos a cada uno de nuestros trabajadores capacitación y entrenamiento continuo, reconocimiento por la labor realizada y una remuneración que premie sus aportes en relación al cumplimiento de nuestros Planes (Estratégico y Operativo). 9. MERCADO DE VALORES. pág. 16

9.1. DEFINICIÓN: El mercado de valores constituye una opción de financiación e inversión para los diversos agentes de la economía. Así, por ejemplo, empresas que necesitan financiamiento (emisores) pueden emitir valores representativos de deuda (bonos o instrumentos de corto plazo) o de participación (acciones), ofreciendo para ello una tasa de interés, dividendos o participación en las decisiones de la empresa, según sea el caso. De esta manera, el mercado de valores contribuye al financiamiento del desarrollo económico del país. De otro lado, los inversionistas riesgo, adquieren dichos valores con la expectativa de obtener un retorno determinado por su inversión, decidiendo ellos mismos dónde colocar su dinero, según su propia evaluación de la información que se encuentra a su alcance.

Esta transferencia de dinero y valores entre emisores e inversionistas en el mercado de valores se facilita con la participación de una serie de actores que cumplen un rol estratégico en el proceso, sea interconectando a emisores e inversionistas, o brindando los servicios, sistemas y mecanismos adecuados para la compra y/o venta de valores de manera transparente, competitiva, ordenada y continua: pág. 17

Clasificadoras de riesgo, sociedades titulizado ras, sociedades agentes de bolsa, bolsas de valores, instituciones de compensación y liquidación de valores, sociedades administradoras de fondos mutuos. A ellas se suma la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV). 9.3. VENTAJAS. 9.3.1. EMISOR. Opción de elegir entre diversas alternativas de acuerdo a sus necesidades de financiamiento, tales como: deuda a corto o mediano plazo (bonos o instrumentos de corto plazo), emisión de acciones con derecho a voto o sin derecho a voto, titulización de activos, entre otras. 1. Flexibilidad en plazos, monedas y tasas de interés. 2. Acceder a montos importantes de financiamiento a un costo competitivo. 3. Estimula el manejo profesional y crea historia e imagen al emisor. 4. Incorpora prácticas de buen gobierno corporativo. 9.3.2. INVERSIONISTA. 1. Opción de acceder a una serie de alternativas de inversión que se ajustan a diferentes expectativas de rendimiento y perfiles de riesgo: acciones, bonos, instrumentos de corto plazo, operaciones de reporte, fondos mutuos, etc. 2. Obtener rendimientos superiores a los del sistema financiero tradicional, aunque a un mayor riesgo. 3. Acceder a un mercado organizado y supervisado, con información para la toma de decisiones de inversión.

10. CONSIDERACIONES MÍNIMAS QUE DEBE TENER PRESENTE EL INVERSIONISTA AL PARTICIPAR EN EL MERCADO DE VALORES. Si bien el mercado de valores ofrece diversas ventajas, el inversionista debe tener siempre presente lo siguiente:

pág. 18

Una mayor rentabilidad está asociada, por lo general, a un mayor riesgo; y, la rentabilidad pasada de una inversión no asegura que ésta se repita en el futuro. No dejarse influenciar solo por la información publicitaria sobre las elevadas rentabilidades registradas en la bolsa de valores o en los fondos mutuos. Hay que informarse siempre sobre las características del valor en que se invierte para evitar sorpresas o malos entendidos. Realizar un seguimiento permanente de la evolución de sus inversiones, lo cual

es posible hacer a través del sistema de consulta integrado de CAVALI

S.A., ICLV (www.cavali.com.pe) Recurrir siempre a las sociedades agentes de Bolsa o sociedades administradoras de fondos mutuos debidamente autorizadas por la SMV. No endeudarse para invertir en bolsa o en fondos mutuos. 10.1. ¿QUÉ ROL CUMPLE LA SMV EN EL MERCADO DE VALORES? La SMV es una institución pública, perteneciente al sector Economía y Finanzas, encargada de velar por la protección de los inversionistas, la eficiencia y transparencia de los mercados bajo su supervisión, la correcta formación de precios y la difusión de toda información necesaria para tales propósitos a través de la regulación, supervisión y promoción. Para cumplir con dichos objetivos, la SMV reglamenta el funcionamiento de los diversos participantes del mercado de valores; supervisa el cumplimiento de las

normas y sanciona la infracción a las normas bajo su supervisión; así

como promueve, entre los agentes económicos, los diversos instrumentos y mecanismos de inversión y/o financiamiento que ofrece el mercado de valores, informando sobre sus bondades y riesgos. Mercado de Valores (Decreto Legislativo No 861 y por los diversos reglamentos aprobados por la SMV. 10.2. ¿POR QUE LA SMV VELA POR LA PROTECCIÓN DE LOS INVERSIONISTAS? Porque ellos adquieren acciones bonos papeles comerciales emitidos por las empresas que requieren financiamiento y estos asumen diferentes niveles de riesgo rentabilidad y liquides es un mercado de intermediación directa. pág. 19

10.3. ¿COMO SE EXPRESA LA PROTECCIÓN DE LOS INVERSIONISTAS? La regulación pretende que el accionista pueda contar con información relevante de las sociedades emisora de valores que permite evaluar los riesgos

y beneficios de su inversión en iguales condiciones y

oportunidades busca

preservar que dicha información suficiente veraz y

oportuna. La SMV en el portal pone a disposición de manera inmediata la información que

las sociedades emisoras listadas en bolsa deben cumplir con remitir

periódicamente los hechos de importancia estados financieros memorias anuales el nivel de cumplimiento del de los principios del buen gobierno corporativo 11. DEFENSORÍA DEL INVERSIONISTA. La Defensoría del Inversionista tiene por finalidad contribuir con el fortalecimiento de la protección de los inversionistas, con el propósito de velar por el respeto de sus derechos en el mercado de valores, en el mercado de productos y en los sistemas de fondos colectivos. 11.1. Orientación ante un problema. Si usted requiere orientación general sobre el funcionamiento del mercado de valores, el mercado de productos o el sistema de fondos colectivos, acceda al siguiente sitio Web: Centro de orientación de mercado de valores 11.2. Defensor del Inversionista. Es un funcionario designado por el Superintendente del Mercado de Valores y se encuentra adscrito a su despacho. Desempeña sus funciones con autonomía

y neutralidad, reportando directamente al Superintendente.

Desde el 1 de julio de 2016, el señor Milko Zárate Quiñones se desempeña como Defensor del Inversionista. 12. La Unidad de Inteligencia Financiera: UIF-Perú cuenta con un Consejo Consultivo, con la finalidad de realizar una adecuada labor de coordinación en la elaboración de estrategias, políticas y procedimientos para la persecución pág. 20

del

delito de lavado de activos y/o del financiamiento del terrorismo, así

como para

atender los casos que el Director Ejecutivo de la UIF-Perú

considere necesario

someter a su opinión, y está constituido por:

LEY QUE CREA LA UNIDAD DE INTELIGENCIA FINANCIERA - PERU Ley No 27693-2002 Publicado el 12/04/2002 Esta unidad está conformada por: 1. Un representante de la Superintendencia de Banca y Seguros, quien ocupa el cargo de presidente. 2. Un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien ocupa el cargo de vicepresidente y reemplaza al presidente en caso de

ausencia.

3. El Director Ejecutivo de la UIF-Perú, quien ocupa el cargo de secretario. 4. Un representante del Ministerio Público. 5. Un representante de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT). 6. Un representante de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores (CONASEV). 7. Un representante del Ministerio de Economía y Finanzas. 8. Un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. 9. Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores. 10. Un representante de la Contraloría General de la República. 11. Un representante del Ministerio del Interior. 12. Un representante del Ministerio de la Producción.

pág. 21

Conclusiones: La Superintendencia de mercado de valores es una entidad con mucha importancia en el mercado financiero directo, puesto que esta regula controla fiscaliza y publicita en favor de los

inversionistas y los

emisores que participes, es propicio mencionar que dicha entidad cuenta con una plataforma muy útil de información y acceso a todos los posibles agentes que deseen participar, dicho portal ofrece todo los referido al mercado de valores y todas las instituciones que supervisa, la transparencia y la publicidad son los pilares del portal.

pág. 22

BIOGRAFIA. 1. LEY 29782). 2. http://www.smv.gob.pe

3. Resolución de Superintendente No 054-2011-EF/94.01.2. 4. DECRETO SUPREMO No 216-2011-EF. 5. Decreto Ley No 26126-1992. 6. Ley No 27641 publicada el 19.01.2002 7. Ley No 30050 publicada el 26.06.2013

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