Modelo De Desarchivamiento Y Otro.docx

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ESTUDIO JURÍDICO ASOCIADOS ASTUCURI SAC

Especialista : Abog. Zeida De La Cruz Hidalgo. Expediente : No.00147-2000-0-1501-JR-FC-01. Escrito : No. 004.-EJAA/SAC.-Cuad.Princ. Sumilla: Se Curse Oficio a Archivo Central -Desarchivamiento y Otro. SR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE HUANCAYO –SEDE CENTRAL. Mario ASTUCURI QUISPE en representación de Kely Roció Armas Bonilla; en el Proceso Único seguido por Ortencia Bonilla Reyes con Yony Armas Samaniego; sobre Prestación de Alimentos. En ejecución de sentencia. A Ud. atentamente expongo: Que, estando en ejecución de sentencia el presente proceso; máxime ser de naturaleza alimentaria. IMPETRO se CURSE oficio pertinente a la Oficina del Archivo Central de esta jurisdicción para que en la brevedad REMITAN a su Despacho el expediente en referencia, a fin de proseguirse con la respectiva ejecución de sentencia, el mismo que se encuentra en el Paquete N° 31, remitido por la secretaria cursor Abog. Zeida De La Cruz Hidalgo. PRIMER OTROSÍ DIGO.- Que, estando a la Resolución Cuarenticuatro (44) del 20 de abril del 2018, se reitera se cumpla con hacerse efectivo el apercibimiento decretado en la Resolución Cuarentidos (42) más aun del 22 de enero del 2018, por ende; REMITIRSE las copias certificadas de las piezas pertinentes al Ministerio Público para la formalización de la denuncia penal por el delito de omisión a la asistencia familiar en agravio del alimentista. SEGUNDO OTROSÍ DIGO.- Que, IMPETRO se autorice a Erika ASTUCURI SULCA y Hugo ASTUCURI QUISPE a fin de que puedan revisar y dar lectura la secuencia del presente proceso y poder realizar actos de procuraduría que fueren pertinentes; máxime no estarse prohibido por Ley. TERCER OTROSÍ DIGO.- Que, se comparece en aplicación de lo dispuesto por el Art.290 LOPL; debiendo proveerse conforme se peticiona. POR TANTO; Ruego a Ud. señor Juez, acceder el petitorio. Huancayo, 03 de abril del 2 019. HUANCAYO: Jr. A. Lobato No. 475 El Tambo Telefax: (064) 241258 Cel.: 954 014200 -RPM. #883233/ CHUPACA: Jr. B. Dorregaray No. 278 Cel.: 954014200 / LA MERCED: Av. Circunvalación No. 524 Tel: 531008-954013330 –RPM. #882928 / SATIPO: Jr. F. Irazola No. 435 Tel: 546366 / LIMA: Jr. José A. Quiñones No. 389 Urb. Valdiviezo –Ate. Tel: 1 3263634. E-mail: [email protected]

ESTUDIO JURÍDICO ASOCIADOS ASTUCURI SAC

Especialista : Abog. Jesús Meza Gonzales. Expediente : No. 01667-2013-0-1512-JP-FC-01. Escrito : No. 003.-EJAA/SAC.-Cuad.Princ. Sumilla: Se Requiera su Pago con Apercibimiento. SR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LA PROVINCIA DE CHUPACA. Mario ASTUCURI QUISPE en representación de Ccory Liz Montes Aliaga, en el Proceso Sumarísimo seguido con Marlon Pérez Orihuela; sobre Prestación de Alimentos. En ejecución de sentencia. A Ud. atentamente expongo: Que, estando a la Resolución Cuarentiocho (48) de fecha, 15 de marzo del 2019; sin que fuera cumplido su pago, máxime estar notificado válidamente el demandado para tal efecto. IMPETRO se requiera al demandado para que dentro del término legal cumpla con el pago del monto liquidado y aprobado en autos; con expreso apercibimiento de REMITIRSE copias certificadas de las piezas pertinentes al Ministerio Público para la formalización y/o requerimiento por el delito de omisión a la asistencia familiar en agravio del menor alimentista. PRIMER OTROSI DIGO. - Que, IMPETRO se autorice a Erika ASTUCURI SULCA y Hugo ASTUCURI QUISPE, a fin de que puedan revisar y dar lectura la secuencia del presente proceso y poder realizar actos de procuraduría que fueren pertinentes; máxime no estar prohibido por Ley, bajo responsable del Letrado que autoriza. PRIMER OTROSI DIGO. – Que, se comparece en aplicación de lo dispuesto por el Art.290 LOPL; debiendo proveerse conforme se peticiona. POR TANTO; Ruego a Ud. señor Juez, acceder el petitorio. Chupaca, 08 de abril del 2 019.

HUANCAYO: Jr. A. Lobato No. 475 El Tambo Telefax: (064) 241258 Cel.: 954 014200 -RPM. #883233/ CHUPACA: Jr. B. Dorregaray No. 278 Cel.: 954014200 / LA MERCED: Av. Circunvalación No. 524 Tel: 531008-954013330 –RPM. #882928 / SATIPO: Jr. F. Irazola No. 435 Tel: 546366 / LIMA: Jr. José A. Quiñones No. 389 Urb. Valdiviezo –Ate. Tel: 1 3263634. E-mail: [email protected]

ESTUDIO JURÍDICO ASOCIADOS ASTUCURI SAC

Especialista Expediente Escrito Sumilla

: Abog. Jesús Meza Gonzales : No. 01810-2016-0-1512-JP-FC-01. : No. 019.-EJAA/SAC.-Cuad.Princ. : Se Practique nueva Liquidación.

SR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CHUPACA –SEDE CHUPACA. Mario ASTUCURI QUISPE; en representación de Liliana Bruno Inga, en el Proceso Sumarísimo seguido con Henry Ernesto Hinostroza Fernández; sobre Aumento de Alimentos. En ejecución de sentencia. A Ud. atentamente expongo: Que, estando a la Resolución Veinte (20) de fecha, 12 de marzo del 2019; se cumple con realizar la propuesta de liquidación de alimentos, con la respectiva deducción del saldo de los depósitos efectuados por el demandado; PRIMER OTROSI DIGO. – Que, estando a lo prescrito por el Art. 568 del Código Procesal Civil, se practique nueva liquidación de las pensiones devengadas, teniendo en cuenta la propuesta que se formula: Liquidación última realizada hasta 25-02-2018; habiendo transcurrido a la fecha trece (13) meses y a razón de Doscientos Veinte y 00/100 Soles (S/. 220.00) mensuales, que asciende a la suma de:

S/. 2 860.00 Interés al 4%

114.40

Mes adelantado

220.00

SUB TOTAL:

2 965.60

Saldo a favor del demandado

(-)

TOTAL:

1091.07 S/ 1 874. 53

En consecuencia, el demandado adeuda por concepto de devengados la suma de Mil Ochocientos Setenta y Cuatro con 53/100 Soles (S/. 1 874.53), que deberá abonar dentro del término legal. PRIMER OTROSI DIGO. - Que, se comparece en aplicación de lo dispuesto por el Art. 290 LOPJ; debiendo proveerse conforme se peticiona. POR TANTO; Ruego a Ud. señor Juez, acceder el petitorio. HUANCAYO: Jr. A. Lobato No. 475 El Tambo Telefax: (064) 241258 Cel.: 954 014200 -RPM. #883233/ CHUPACA: Jr. B. Dorregaray No. 278 Cel.: 954014200 / LA MERCED: Av. Circunvalación No. 524 Tel: 531008-954013330 –RPM. #882928 / SATIPO: Jr. F. Irazola No. 435 Tel: 546366 / LIMA: Jr. José A. Quiñones No. 389 Urb. Valdiviezo –Ate. Tel: 1 3263634. E-mail: [email protected]

ESTUDIO JURÍDICO ASOCIADOS ASTUCURI SAC

Chupaca, 26 de marzo del 2 019.

HUANCAYO: Jr. A. Lobato No. 475 El Tambo Telefax: (064) 241258 Cel.: 954 014200 -RPM. #883233/ CHUPACA: Jr. B. Dorregaray No. 278 Cel.: 954014200 / LA MERCED: Av. Circunvalación No. 524 Tel: 531008-954013330 –RPM. #882928 / SATIPO: Jr. F. Irazola No. 435 Tel: 546366 / LIMA: Jr. José A. Quiñones No. 389 Urb. Valdiviezo –Ate. Tel: 1 3263634. E-mail: [email protected]

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