SRPA 1. Atención Inicial: a. Centro transitorio: adolescentes en conflicto con la ley atrapados en flagrancia. 2. Sanciones no privativas de la libertad: a. Amonestación: Es la recriminación que la autoridad judicial le hace al adolescente sobre las consecuencias del hecho delictivo y la exigencia de la reparación del daño. En todos los casos deberá asistir a un curso educativo sobre respeto a los derechos humanos y convivencia ciudadana b. Reglas de conducta: imponer reglas o prohibiciones para regular el modo de vida del adolescente. Compromete al adolescente y a la familia a llevar un estilo de vida acorde con los parámetros sociales de su formación c. Prestación de servicios sociales a la comunidad: tareas de interés general que el adolescente debe realizar. Se pretende restaurar lazos con la comunidad, que haya reciprocidad d. Libertad vigilada / asistida: concesión de la libertad que da la autoridad judicial al adolescente con la condición obligatoria de someterse a la supervisión, la asistencia y la orientación de un programa de atención especializada. Esta medida no podrá durar más de dos años Es un encuentro personal, individual o grupal, con el adolescente o joven, y su familia, en los lugares de trabajo, en el entorno o en espacios de vida de este, de duración mínima de una hora en los que trabaje inserción en comunidades promoviendo la cultura, recreación, deporte, arte y ciudadanía. i. Se debe hacer un proyecto de reparación a la comunidad e. Internación en medio semicerrado: se debe asistir en horario no escolar o los fines de semana. Se reevalúa el proyecto de vida del adolescente, las situaciones que causaron la conducta punible y sus consecuencias, y se prepara para la inclusión social y el ejercicio de la ciudadanía. i. Internado. Cuando la familia o red de apoyo no sea garante de derechos del menor. No es solo un medio institucional, también lúdico, cultural, social, recreativo … ii. Externado jornada completa: viven con las familias y asisten a jornadas de 8 horas diarias. Realizan nivelación educativa ya que por lo general tiene extra-edad. iii. Externado media jornada: 4 horas. Enfocado en el apoyo psicosocial. 3. Sanciones Privativas privación de la libertad solo como medida pedagógica a. Centro de internamiento preventivo: se da antes de la audiencia de juicio (impuesta por el juez de control de garantías). Criterios: i. Riesgo de evasión del proceso ii. Temor de destrucción u obstaculización de pruebas iii. Peligro para la víctima, el denunciante, el testigo o la comunidad. Se pretende realizar un proceso formativo para que el adolescente reconozca el daño causado, sus derechos y los de otros, propiciar la vinculación de la familia / red de apoyo y restablecer el proyecto de vida. (máximo 5 meses). Vigilado por
Policía de Infancia y Adolescencia. Se debe hacer valoración integral para determinar el plan de atención individual. b. Centro de atención especializado: entre 16 y 18 años para penas mayores a 6 años. LA duración en el centro es entre 1-5 años, a excepción de: i. Adolescentes hallados responsables de homicidio doloso, secuestro, extorsión y delitos agravados contra la libertad, integridad y formación sexual duración entre 1 y 8 años sin beneficios ii. Si el adolescente fue constreñido para la comisión de delitos, no habrá privación de libertad. iii. Será diferente la atención de menores de edad y los que cumplieron la mayoría pagando la pena iv. Además de atender la naturaleza y gravedad del delito, también se atenderá las circunstancias del adolescente. v. Se escolarizará a los adolescentes - ATENCIÓN A MUJER GESTANTE, EN PERIODO DE LACTANCIA O CON HIJOS MENORES DE 3 AÑOS: se acogerá al hijo en el centro de reclusión para fortalecer el vínculo entre madre e hijo. Se garantiza el desarrollo psicofísico del menor. A la madre se deberá educar y concientizar en su rol. - ESTRATEGIA DE FOCALIZACIÓN SEGÚN EL PROCESO: o Atención pre-egreso: centros de detención abierto para menores (debe tener buenos antecedentes). Esta estrategia le facilita al adolescente vincularse a redes públicas y privadas, por ende, se les ofrece oportunidades laborales, académicas y de formación. o Atención en detención domiciliaria: para adolescentes que cuente con familia en condiciones de atención y contención
Fortalecimiento a la inclusión social -
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Apoyo post - institucional SRPA: servicio en medio sociofamiliar. Se apoya a los jóvenes que han egresado del SRPA. Es una intervención orientada a la inclusión social. Debe haber una red de apoyo adecuada. Centro de integración social: apoyo de prevención secundaria y terciaria. Enfocado en aquellos beneficiarios del principio de oportunidad. Tiene como ideal ser un factor de protección hacia SPA y delincuencia juvenil. Se aplican principios de justicia restaurativa y se intenta promover la reparación del daño, responsabilización y restauración.
Población beneficiaria Autoridades que definen la ubicación de las unidades según el momento del proceso: -
La Fiscalía, frente a su permanencia en el Centro Transitorio El Juez con función de Control de Garantías: imposición de la medida de Internamiento Preventivo Los Jueces con función de Conocimiento: imposición de sanción
La defensoría -
Busca garantizar el cumplimiento de los derechos del adolescente en el SRPA Informa qué tanto compromiso existe por parte de la familia
Derechos del adolescente: -
Plan de atención individual Aplicación del principio de oportunidad Asistir, participar y asumir el proceso pedagógico Participar en la formulación y cumplimiento del acuerdo de convivencia Procesos de justicia restaurativa reflexionar sobre el daño provocado y oportunidades de resarcir a la víctima, a su familia y a la comunidad Acuerdos para conciliar y reparar el daño Dirigirse al juez para el cumplimiento de la sanción
Responsabilidades -
Asistir a las citaciones Evitar comportamientos lesivos para sí mismo y para los demás. Ser facilitador en los conflictos que se puedan dar con sus compañeros Usar adecuadamente los suministros que se le dan Participar en las actividades posterior al egreso del cumplimiento de la sanción Contribuir en el fortalecimiento de vínculos familiares y redes de apoyo.
Red comunitaria Opera por la participación activa de los integrantes/ciudadanos del barrio o del municipio, vistos como comunidad que interactúa con las instituciones de la localidad. Dentro de la red comunitaria cada persona, grupo u organización es un actor social, es decir, un agente capaz de transformar su entorno al mismo tiempo que se transforma a sí mismo.
Justicia restaurativa -
Reflexionar sobre los hechos, sus consecuencias y los daños a la víctima y a la comunidad Trabajar en empatía Buscar alternativas de reparación (centradas en el diálogo, profundizando en sentimientos propios y de las partes, identificando las problemáticas, el impacto del delito y trabajando en reconstrucción de tejido social).
Intervención en crisis Crisis situación de tensión y estrés significativo que para resolverse necesita un cambio (apreciación de la realidad y mecanismos de afrontamiento). La persona es incapaz de darle trámite o solución a la situación que vive. -
Trabajar recursos adaptativos, mecanismos de afrontamiento y de solución de problemas
Tipos de intervención: 1. 2.
Primeros auxilios psicológicos: atención inmediata después al evento desencadenante. Intervención en segunda instancia. Ayuda a dar resolución a las crisis (días, semanas o meses).
Preguntas