FACTOR DE RELACIÓN OBJETIVO: EXPLICAR LA APLICACIÓN DEL FACTOR DE RELACION
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FACTOR DE RELACION
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FACTOR DE RELACION ¿Cómo se aplica? En el sistema a suma alzada, como el caso entre Jergo SAC y Antapaccay, se valoriza cada mes con el presupuesto base, y se obtiene un monto, y se multiplica este monto por el factor, para así respetar el contrato firmado entre ambas partes y no variar el monto contratado En mayo por ejemplo tenemos el monto base valorizado del mes de Mayo multiplicado por el Factor de Relación y obtener la Valorización de Mayo según lo ofertado:
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FACTOR DE RELACION ¿Por qué se usa el factor de relación? - Para cumplir dos aspectos del contrato: 1.- Cumplir con los alcances del contrato o expediente, que incluyen los metrados y precios analíticos de cada componente. 2.- Respetar el monto ofertado, que varia del monto base.
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FACTOR DE RELACION ¿Qué pasa si no uso el facto de relación? En el caso de no usar el factor de relación, se generaría un presupuesto alterno al base, que es el ofertado por Jergo, sin embargo como solo es una oferta económica, no se puede valorizar con este presupuesto, porque este nuevo presupuesto al no ser producto de una oferta técnica nueva, si no una oferta comercial para ejecutar una obra por un monto global, no tiene un sustento técnico de : cálculos, planos, memorias descripticas, especificaciones, nuevos, de los que viene los precios nuevos, diferentes al base. Es por esto que el suma alzada, es un sistema practico, y sencillo para valorizar el expediente sin modificarlo, con un precio oferta que puede ser mayor o como en nuestra caso menor. Comentarios: Este sistema también es usado por el estado en sus obras, donde se menciona este factor, de manera sencilla:
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FACTOR DE RELACION Articulo 166.- Valorizaciones y metrados 166.3. En el caso de las obras contratadas bajo el sistema a suma alzada, durante la ejecucion de la obra, las valorizaciones se formulan en funcion de los metrados ejecutados(hasta el total sean mayores o menores los reales realizados) contratados con los precios unitarios del valor referencial (presupuesto base), agregando separadamente los montos proporcionales de gastos generales y utilidad del valor referencial. El subtotal así obtenido se multiplica por el factor de relación, calculado hasta la quinta cifra decimal (puede ser mas hasta ajustar el monto a la oferta económica) a este monto se agrega, de ser el caso, el porcentaje correspondiente al Impuesto General a las Ventas. Nota: Aclaraciones de paréntesis añadido. 6