Contrato De Trabajo

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CONTRATO DE TRABAJO 1ra. Parte

AST

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CONTR ATOS DE TRAB AJO EVOLUCION HISTORICA

EPOCA CONTEMPORÁNEA Luego de la Revolución Industrial de 1850, surgen las tres figuras más importantes en el Derecho de Trabajo: 

Contrato de Trabajo: Que es una nueva figura incorporada, diferente de todas las anteriormente vistas



Contratos de Locación de Servicios, cuyo antecedente es la prestación de servicios no dependientes



Contrato de obra, cuyo antecedente es la locatio conductio operis AST

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CONTR ATOS DE TRAB AJO

El contrato de Trabajo es todo acuerdo por el cual, el trabajador se obliga personal y voluntariamente a poner su fuerza de trabajo a disposición del empleador de manera subordinada, a cambio de una remuneración.

AST

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CONTR ATOS DE TRAB AJO

NATURALEZA JURÍDICA Teoría de la Compra – Venta: Esta teoría es sostenida por Carnelutti. Se equipara el contrato de trabajo con una relación jurídica de compra – venta, donde el empleador sería el comprador, el trabajador sería el vendedor y el bien materia de transferencia sería la fuerza de trabajo. AST

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CONTR ATOS DE TRAB AJO

Críticas a Teoría de compra venta No se puede cuantificar la fuerza de trabajo. Se puede sumar la energía, pero la inteligencia y el alma que pone el hombre en el trabajo sólo es cuantificable por el vendedor por lo tanto, no se puede vender.

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CONTR ATOS DE TRAB AJO NATURALEZA JURÍDICA Como contrato de sociedad: Importancia del factor asociativo en el tráfico mercantil y jurídico. Fue acogida por Pio XI, que en su encíclica Quadragésimo Anno, considera que la producción es una relación del factor naturaleza y, en lo personal, un concurso del hombre que dirige y pone su capital con el hombre que aporta su energía, estos elementos son del mismo valor y se fusionan en un mismo producto, en cuya relación parece característica de comunidad, la asociación, tanto que esto constituye su ideal- la cooperación. y a ello se encamina por las diferentes formas de la participación de beneficios. AST

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CONTR ATOS DE TRAB AJO Críticas a Teoría como Contrato de Sociedad La sociedad es una persona diferente de la de los socios que la integran. En la sociedad, no existe subordinación o dependencia jerárquica que hay en el contrato; además, las partes no se encuentran ligadas por los eventos económicos de la marcha del establecimiento, ya que si bien los trabajadores podrán aportar en los beneficios, no lo hacen en las pérdidas. Los intereses de una y otra parte están en perfecta contradicción, no existe el llamado affecto societatis, sino mas bien lo contrario. AST

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CONTR ATOS DE TRAB AJO

ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO  Elementos esenciales,  Sujetos Capaces  Consentimiento  Objeto  Fin Lícito

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CONTR ATOS DE TRAB AJO

ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO 

Elementos naturales propios    

Subordinación Exclusividad Permanencia y Estabilidad Profesionalidad

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CONTR ATOS DE TRAB AJO

ELEMENTOS TRABAJO

DEL

CONTRATO

DE

 Elementos accesorios  Son aquellos que se ponen en cláusulas especiales del contrato, sin los cuales el contrato de trabajo no se desnaturaliza

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CONTR ATOS DE TRAB AJO

PARTES EN EL CONTRATO DE TRABAJO  El Trabajador  Ejecución Personal  Subordinación  Dependencia jurídica, económica técnica  Sujeción a Jornada máxima AST

y

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CONTR ATOS DE TRAB AJO PARTES EN EL CONTRATO DE TRABAJO  El Empleador  Poder Directivo  Poder Disciplinario  Teoría contractualista  Clausula Penal  Teoría de la Organización de la empresa  Teoría del Interés de la Producción AST

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CONTR ATOS DE TRAB AJO

PARTES EN EL CONTRATO DE TRABAJO  El Empleador  Ius Variandi  Cambio de tareas  Cambio de horario  La Ajenidad AST

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CONTR ATOS DE TRAB AJO LA CAUSA  Reciprocidad obligacional La prestación del trabajo y la remuneración son obligaciones reciprocas, una es causa de la otra. Una parte sabe que se obliga a cambio de un bien que la otra habrá de entregarle; pero también esta presente en todo momento de la ejecución del contrato cuando el pago de la remuneración debe suceder a la prestación del trabajo AST

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CONTR ATOS DE TRAB AJO

PERIODO DE PRUEBA  Prueba del Contrato de Trabajo  Boletas de pago  Inscripción de los trabajadores en planillas  Contratos escritos  Documentos que prueben subordinación AST

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CONTR ATOS DE TRAB AJO

DISTINCIÓN DE CONTRATOS TRABAJO DE OTROS CONTRATOS    

De Locación de Servicios. De Locación de Obra Del Contrato de Mandato Del Contrato de Asociación Trabajo y la Producción

AST

para

DE

el

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CONTR ATOS DE TRAB AJO CRITERIOS PARA DETERMINAR LA EXISTENCIA DE UNA RELACIÓN LABORAL 

Objeto del contrato: existe dependencia laboral cuando: 1. El empleador se muestra imperativo sobre las labores 2. El empleador sanciona al trabajador 3. Ius Variandi 4. Remuneración periódica 5. Convenio de exclusividad laboral 6. Otros que acrediten subordinación. AST

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CONTR ATOS DE TRAB AJO SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO  Invalidez temporal  Enfermedad y accidente de trabajo comprobado  Maternidad: Descanso pre y post natal  Descanso vacacional  Licencia por cargos cívicos o servicio militar obligatorio  Licencia y permisos sindicales  Sanción disciplinaria  Derecho de huelga  Detención del trabajador sin pena privativa de libertad  Inhabilitación administrativa o judicial  Permisos o licencias  Caso fortuito o fuerza mayor  Otros establecidos por norma expresa AST

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CONTR ATOS DE TRAB AJO

CONSECUENCIAS DE LA SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO    

Conservación del empleo Puede ser remunerada Los beneficios del contrato estarán vigentes Se interrumpen las prestaciones pactadas

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CONTR ATOS DE TRAB AJO

EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO  Fallecimiento de una de las partes  Renuncia o retiro voluntario  Terminación de obra o servicio (sujetos a modalidad)  Mutuo discenso  Invalidez absoluta y permanente  Jubilación  Despido conforme a ley AST

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CONTR ATOS DE TRAB AJO CAUSAS JUSTAS DE DESPIDO Por la capacidad del trabajador  Detrimento de aptitud física, mental o la ineptitud sobrevenida del trabajador  El rendimiento deficiente en relación con la capacidad del trabajador  La negativa injustificada del trabajador a someterte a examen médico previamente convenido por ley o a cumplir con las medidas profilácticas o curativas prescritas por el médico para evitar enfermedades o accidentes. AST

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CONTR ATOS DE TRAB AJO CAUSAS JUSTAS DE DESPIDO Por la conducta del trabajador 

Por comisión de falta grave por parte del trabajador  El incumplimiento de las obligaciones de trabajo  La reiterada resistencia a las órdenes relacionadas con las labores acordadas  La inobservancia del reglamento interno de trabajo o del reglamento de seguridad e higiene industrial  La disminución deliberada y reiterada en el rendimiento de las labores o del volumen o de la calidad de la producción  La competencia desleal  El abandono injustificado del trabajo  Las reiteradas paralizaciones intempestivas de las labores AST

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CONTR ATOS DE TRAB AJO CAUSAS JUSTAS DE DESPIDO Por la conducta del trabajador  Por comisión de falta grave por parte del trabajador  La apropiación de bienes y servicios del empleador  El uso de información reservada del empleador  La sustracción o utilización de documentos de la empresa  Información falsa con la intención de causar daño  La concurrencia reiterada en estado de embriaguez o bajo influencia de drogas o sustancias estupefacientes  Los actos de agravio al empleador, de sus representantes, del personal jerárquico o de otros trabajadores  La grave indisciplina  El faltamiento de palabra verbal o escrita  El daño intencional a edificios, instalaciones y/o bienes de propiedad de la empresa o en posesión de ésta AST

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CONTR ATOS DE TRAB AJO CAUSAS JUSTAS DE DESPIDO Por la conducta del trabajador 



La condena por delito doloso La ley exige una sentencia condenatoria que establezca una pena para el trabajador, ante lo cual el empleador estará facultado para despedirlo La inhabilitación por sanción judicial y/o administrativa Son las que establecen las autoridades dentro del marco de su calidad sancionadora, siempre que esta inhabilitación perjudique la labor esencial que realizaba el trabajador dentro del centro de trabajo AST

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CONTR ATOS DE TRAB AJO

EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO Por causal objetiva  Caso Fortuito o fuerza mayor  Los motivos económicos, tecnológicos, estructurales o análogos  La disolución y liquidación de la empresa, y la quiebra  Reducción del personal de la empresa y entidades estatales en proceso de privatización AST

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CONTR ATOS DE TRAB AJO CONSECUENCIAS DE LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO  Certificado del Contrato de trabajo  Compensación por Tiempo de Servicios  Otras consecuencias

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CONT RAT OS DE TR AB AJO DE N AT UR AL EZA TE2d MP OR AL a. P arte

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CONTR ATOS DE T RAB AJO DE NATUR ALEZA TEMP ORAL ORÍGENES El tema contratos de trabajo de naturaleza temporal, se encuentra totalmente ligado al tema de la estabilidad laboral, que resulta ser dominante en los orígenes de nuestros sistemas de relaciones laborales. En 1970, con la dación del Decreto Ley N° 18471 (del 10 de noviembre de 1970) la situación cambia totalmente, se pasa de un sistema que consentía el despido libre a otro de estabilidad plena o absoluta. AST

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CONTR ATOS DE T RAB AJO DE NATUR ALEZA TEMP ORAL ORÍGENES

Desde la segunda mitad de los años 80, se va extendiendo poco a poco una visión recuperadora de la autonomía individual y del contrato como expresión máxima de ésta que tiende a robustecer las potencialidades del libre acuerdo de voluntades e la regulación de las condiciones de trabajo. El 12 de noviembre de 1991, se dicta el Decreto Legislativo N° 728, Ley de Fomento del Empleo, la estabilidad laboral habría sufrido ya varios cambios, volviéndose relativa, se contempla aún la figura de la indemnización por despido arbitrario, por lo que la flexibilidad, si bien da un paso enorme frente a la estabilidad que se bate en retirada, aún no es de carácter pleno o abierto. AST

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CONTR ATOS DE T RAB AJO DE NATUR ALEZA TEMP ORAL CONTRATOS ATÍPICOS Contratos Típicos: Características  Son contratos a plazo indefinido  Son trabajos que se realizan dentro del Centro de Trabajo  Son aquellos que se Jornada determinada AST

desarrollan

en 30

CONTR ATOS DE T RAB AJO DE NATUR ALEZA TEMP ORAL CONTRATOS SUJETOS A MODALIDAD

Contratos de Naturaleza Temporal  Por inicio o incremento de actividad  Por necesidades de mercado  Por reconversión empresarial

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CONTR ATOS DE T RAB AJO DE NATUR ALEZA TEMP ORAL CONTRATOS SUJETOS A MODALIDAD

Contratos de Naturaleza Accidental  Contrato Ocasional  Contrato de Suplencia  Contrato de Emergencia

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CONTR ATOS DE T RAB AJO DE NATUR ALEZA TEMP ORAL CONTRATOS SUJETOS A MODALIDAD

Contratos para Obra o Servicio  Contrato para obra determinada o servicio específico  Contrato intermitente  Contrato de temporada  Otros contratos AST

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CONTR ATOS DE T RAB AJO DE NATUR ALEZA TEMP ORAL Contratos atípicos de personal extranjero

Porcentajes Limitativos Las empresas nacionales o extranjeras podrán contratar personal extranjero en una proporción de hasta el 20% del número total de sus servidores, empleados y obreros. Sus remuneraciones no podrán exceder del 30% del total de la planilla de remuneraciones.

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CONTR ATOS DE T RAB AJO DE NATUR ALEZA TEMP ORAL Convenio de prácticas pre profesionales

Las Prácticas pre profesionales se efectuarán en mérito del convenio de formación profesional que se suscribirá entre la empresa y el estudiante, previa presentación de éste por la Institución de enseñanza a la que pertenece.

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CONTR ATOS DE T RAB AJO DE NATUR ALEZA TEMP ORAL Contrato de trabajo a domicilio

Se ejecuta habitual o temporalmente, de forma continua o discontinua, por cuenta de uno o más empleadores, en el domicilio del trabajador o en el lugar designado por éste, sin supervisión directa e inmediata del empleador. El empleador tiene la facultad de establecer las regulaciones de la metodología y técnicas del trabajo a realizarse.

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CONTR ATOS DE T RAB AJO A TIEM PO DETERM INAD O CONTRATOS SUJETOS A MODALIDAD

Concepto.El contrato de trabajo a tiempo determinado es aquel cuya finalización se precisa al momento de la celebración del acuerdo; puede ser: a plazo fijo, en cuyo caso la fecha de terminación debe ser indicada; o con una duración condicionada a la realización de una obra o trabajo, o al cumplimiento de una condición. AST

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CONTR ATOS DE T RAB AJO A TIEM PO DETERM INAD O RENOVACIÓN Y RECONTRATACIÓN

RENOVACIÓN Supuesto mediante el cual la relación laboral no se ha extinguido, sino que sólo se produce una prórroga de la vigencia de la misma. RECONTRATACIÓN Extinguido el vínculo laboral por al cumplimiento del plazo del contrato a modalidad celebrado y luego de la liquidación de beneficios sociales, las partes celebran un nuevo contrato a modalidad, no importando si la modalidad empleada es idéntica a la anterior toda vez que estamos ante una nueva relación laboral. AST

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CONTR ATOS DE T RAB AJO A TIEM PO DETERM INAD O PERIODO DE PRUEBA

En los contratos sujetos a modalidad, hay período de prueba legal o convencional, de modo similar al del contrato a tiempo indeterminado, pero sólo en la primera contratación del trabajador, salvo que las contrataciones siguientes sean para labores notoria y cualitativamente distintas de la desempeñada previamente. AST

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CONTR ATOS DE T RAB AJO A TIEM PO DETERM INAD O

RESOLUCIÓN ANTICIPADA DE PROCESO

RESCISIÓN.- En el derecho civil, se dice de la acción y el efecto de quitar la eficacia a un contrato por causal existente al momento de celebrarlo. Su fundamento se encuentra en la celebración de un contrato contrario a la equidad, por ejemplo, la lesión. RESOLUCIÓN.- En el derecho Civil, es la acción y efecto de quitar la eficacia a un contrato por causal sobreviniente a su celebración, es decir, por la imposibilidad de cumplir con la obligación nacida del acto. Por ejemplo: cuando en un contrato de compra-venta, se entrega el bien, pero no se paga el AST precio.

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CONTR ATOS DE T RAB AJO A TIEM PO DETERM INAD O

DESNATURALIZACIÓN DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO SUJETOS A MODALIDAD

1. Cuando el trabajador continúa laborando después de la fecha de vencimiento del plazo estipulado, o después de las prórrogas pactadas, si éstas exceden del límite máximo permitido. Cuando se trata de un contrato para obra determinada o de servicio específico, si el trabajador continúa prestando servicios efectivos, luego de concluida la obra materia del contrato, sin haberse operado renovación. 2.

AST

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CONTR ATOS DE T RAB AJO A TIEM PO DETERM INAD O

CLASES DE CONTRATOS SUJETOS A MODALIDAD

El TUO del D. Leg. N° 728 ha liberalizado la posibilidad de celebrar el contrato de trabajo a tiempo determinado creando tres grandes grupos de contratos sujetos a modalidad: 2. Los de naturaleza temporal 4. Los de naturaleza accidental 6. Los de obra o servicio AST

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CONTR ATOS DE T RAB AJO A TIEM PO DETERM INAD O CONTRATOS DE NATURALEZA TEMPORAL

1. Contrato por inicio o lanzamiento de una nueva actividad 3. El contrato por necesidades del mercado 5. El contrato por reconversión empresarial

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CONTR ATOS DE T RAB AJO A TIEM PO DETERM INAD O CONTRATOS DE NATURALEZA TEMPORAL 1.

Contrato por inicio o incremento de una nueva actividad El contrato temporal por inicio de una nueva actividad es aquel celebrado entre un empleador y un trabajador originados por el inicio de una nueva actividad empresarial. Su duración máxima es de tres años. AST

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CONTR ATOS DE T RAB AJO A TIEM PO DETERM INAD O

CONTRATOS DE NATURALEZA TEMPORAL 2. Contrato por Necesidades del Mercado

El contrato temporal por necesidades del mercado es aquel que se celebra entre un empleador y un trabajador con el objeto de atender incrementos coyunturales de la producción originados por variaciones sustanciales de la demanda en el mercado aun cuando se trate de labores ordinarias que formen parte de la actividad normal de la empresa y que no pueden ser satisfechas con personal permanente. AST

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CONTR ATOS DE T RAB AJO A TIEM PO DETERM INAD O CONTRATOS DE NATURALEZA TEMPORAL

3. Contrato por Reconversión Empresarial Es contrato temporal por reconversión empresarial el celebrado en virtud a la sustitución, ampliación o modificación de las actividades desarrolladas en la empresa, y en general toda variación de carácter tecnológico en las maquinarias, equipos, instalaciones, medios de producción, sistemas, métodos y procedimientos productivos y administrativos. Su duración máxima es de dos años. AST

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Fi nal de Exp osi ci ón

* Ma ter ia l prepa rado s obr e l a ba se del ma ter ial del di pl oma do de D . l abo ral del CAL. AST

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