Competencias De Los Municipios Para El Otorgamiento De Licencias Ley N°27972 - Arq.jorge Huapaya Arias.pdf

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DECRETO LEGISLATIVO N°1426 (16.09.18)

Modifica definiciones, conformación de CT, regula la revalidación

LEY N° 29090

¿POR QUÉ SE REQUIERE UNA AUTORIZACIÓN MUNICIPAL? FRENAR LA INFORMALIDAD E INSEGURIDAD DE LAS HABILITACIONES URBANAS Y LAS EDIFICACIONES



Ocupación racional y sostenible del territorio



Desarrollo ciudades



Reducción de la vulnerabilidad ante desastres



Eficiencia en la dotación servicios a la población



Promoción de mejores condiciones de vida

ordenado

de

Las Municipalidades promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de la ciudad

las

de

MODIFICACIONES A LA LEY:

D.S. N° 006-2017-VIVIENDA

Texto Único Ordenado de la Ley N° 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones

TEXTO UNICO ORDENADO - TUO CONSULTA

CONSULTA

RESPUESTA

REGLAMENTO DE LICENCIAS DE HABILITACION URBANA Y LICENCIAS DE EDIFICACION

CONSULTA

RESPUESTA

REGLAMENTO DE LICENCIAS DE HABILITACION URBANA Y LICENCIAS DE EDIFICACION

CONSULTA

RESPUESTA

OBJETO DE LA LEY Establecer la regulación administrativos para la:

• • • • • •

jurídica

de

los

procedimientos

Independización de predios rústicos Subdivisión de lotes Obtención de las licencias de habilitación urbana y de edificación Fiscalización en la ejecución de los respectivos proyectos Recepción de obras de habilitación urbana Conformidad de obra y declaratoria de edificación.

Establece el rol y responsabilidades de los diversos actores vinculados en los procedimientos administrativos que regula.

Garantizando la calidad de vida y la seguridad jurídica privada y pública

ÁMBITO DE APLICACIÓN Y PRINCIPIOS ÁMBITO DE APLICACIÓN: LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA LEY N° 29090 SON ÚNICOS Y DE APLICACIÓN OBLIGATORIA A NIVEL NACIONAL. LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LA LEY N° 29090 Y REGLAMENTO DE LICENCIAS SE APLICAN A NIVEL NACIONAL.

Requerimientos o requisitos adicionales

PRINCIPIOS: Principio de Unidad

BARRERA BUROCRÁTICA ILEGAL

Orden de prelación

Ley N° 29090

para su aplicación:

Reglamentos de la Ley N° 29090 Normas de carácter nacional Normas de carácter local provincial Normas de carácter local distrital

Los procedimientos de Habilitaciones Urbanas de Oficio no están sujetos al silencio administrativo positivo

Principio de Transparencia Principio de Participación Principio de Subordinación

BARRERAS BUROCRATICAS CONSULTA

RESPUESTA

ACTORES DIFERENTES Y OTROS REQUISITOS CONSULTA

RESPUESTA

Habilitación Urbana:

Proceso de convertir un terreno rústico o eriazo en urbano.

Mediante la ejecución de obras de : Accesibilidad Distribución de agua Recolección de desagüe Distribución de energía e iluminación pública

Aportes gratuitos obligatorios:

Recreación pública Educación Salud Y otros fines Adicional:

Redes de distribución de gas Redes de comunicaciones

Lotes regulares edificables RNE

DEFINICIONES Edificación:

(D.L. N° 1426)

Resultado de construir una obra PERMANENTE sobre un predio, que cuente como mínimo con proyecto de habilitación urbana aprobado; y, cuyo destino es albergar a la persona en el desarrollo de sus actividades.

Comprende de instalaciones fijas y complementarias adscritas a ella

Edificación nueva Ampliación Remodelación Refacción Acondicionamiento Puesta en valor histórico monumental Cerco Demolición

Instalaciones fijas Instalaciones complementarias

DEFINICION DE EDIFICACION CONSULTA

RESPUESTA

Independización o Parcelación de Terreno Rústico: Partición de un predio rústico ubicado en áreas urbanas o de expansión urbana, en una o más parcelas, con áreas superiores a una (1) hectárea.

Áreas urbanas y de expansión urbana.

Pueden efectuarse simultáneamente con la ejecución de los proyectos de habilitación urbana, para una o varias de las parcelas independizadas.

RNE

PARCELAS SUPERIORES A 1 Ha.

Subdivisión de Predio Urbano: Subdivisión o fraccionamiento de un lote habilitado como urbano en uno o varios lotes que cumplen los parámetros y condiciones urbanísticas establecidos en el Plan Urbano o norma urbanística.

Predio subdividido

Antes de subdivisión

Planeamiento Integral: :

(D.L. N° 1426)

Forma parte de la habilitación urbana y debe ser calificada por la COMISIÓN TÉCNICA

Cuando el área por habilitar esté comprendida en los PDU y/o zonificación.

El área por habilitar no colinde con zonas habilitadas. Se realice la independización o la parcelación de un predio rústico.

Proyecto Integral: (D.L. N° 1426) Proyecto de HU o de edificación desarrollado POR ETAPAS independientes en modalidades C y D por la Comisión Técnica, cuya dictamen tiene un plazo de vigencia de diez (10) años; para cada etapa se solicita la licencia respectiva.

Recepción de Obras: Determina que las obras de HU se han concluido conforme a los planos y a la licencia aprobada, pudiendo tramitarse con o sin variaciones, así como de forma parcial, cuando es proyecto integral.

Conformidad de Obras y Declaratoria de Edificación: Determina que la obra o las obras pendientes de ejecución, se han concluido conforme a los planos aprobados. Para viviendas multifamiliares, comercio y oficinas, la conformidad de obra se puede otorgar a nivel de CASCO HABITABLE; puede tramitarse con o sin variaciones.

ACTORES 1. EL PROMOTOR INMOBILIARIO ó HABILITADOR URBANO

2. LOS PROPIETARIOS

3. PROFESIONALES RESPONSABLES DEL PROYECTO

4. RESPONSABLE DE LA HABILITACIÓN URBANA Y/O EDIFICACIÓN

RESPONSABILIDADES 7. DELEGADOS AD 6. LOS REVISORES 8. DELEGADOS DE HOC – NORMAS INCUMPLIMIENTO URBANOS DE LEY – REGLAMENTOS TÉCNICAS SERVICIOS PÚBLICOS

5. COMISIÓN TÉCNICA

Configura

INFRACCIÓN ADMINISTRATIVA 9. LAS MUNICIPALIDADES

10. MVCS

SANCIÓN PENAL

RESPONSABILIDAD CIVIL 11. EL 12. COLEGIO DE REGISTRADOR ARQUITECTOS DEL PÚBLICO PERÚ E INGENIEROS DEL PERÚ

COMISIONES TÉCNICAS :

(D.L. N° 1426)

ÓRGANOS COLEGIADOS Ley N° 27444 Emiten: DICTÁMENES de carácter vinculante para el otorgamiento o denegación de una Licencia.

CONFORMACIÓN PARA HABILITACIÓN URBANA

CONFORMACIÓN PARA EDIFICACIÓN

Un representante de la Municipalidad, quien la preside.

Un representante de la Municipalidad, quien la preside.

Un representante del Colegio de Arquitectos del Perú - CAP.

Dos representante del Colegio de Arquitectos del Perú - CAP.

Un representante del Colegio de Ingenieros del Perú - CIP.

Tres representante del Colegio de Ingenieros del Perú - CIP. (Civil, sanitario y eléctrico o electromecánico)

Un representante de la Cámara Peruana de la Construcción – CAPECO. Un representante por la entidad prestadora de servicios públicos.

CONFORME

NO CONFORME

CONFORME CON OBSERVACIONES

DELEGADOS AD HOC DELEGADOS AD HOC ACREDITADOS POR INSTITUCIONES:

PROYECTOS DE HABILITACIÓN URBANA

INSTITUCIONES CON FUNCIONES ESPECÍFICAS

Ante:

Comisión Técnica Revisores Urbanos Entidad Municipal

OPINIÓN

PROYECTOS DE EDIFICACIÓN

DELEGADOS AD HOC

SE ACREDITAN EN LOS SIGUIENTES CASOS: a. MINISTERIO DE CULTURA - MC: •

PARA PROYECTOS DE H.U. Y/O DE E. UBICADOS DENTRO O EN EL ENTORNO DE BIENES INMUEBLES INTEGRANTES DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN.

b. SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO - SERNANP •

PROYECTOS DE HABILITACIONES URBANAS, CON LA FINALIDAD PRESERVACIÓN Y CONSERVACIÓN DE LAS ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS.

REVISORES URBANOS REVISORES URBNOS

CERTIFICADO POR:

CAPACITA CERTIFICA

PROFESIONAL FACULTADO AUTÓNOMO PROYECTOS DE HABILITACIÓN URBANA

• EJERCICIO DE SUS FUNCIONES. • RESPONSABLE DE SU ESPECIALIDAD.

ANTEPROYECTOS Y/O PROYECTOS DE EDIFICACIÓN

INSCRIBE SUPERVISA SANCIONA

B,C,D DISPOSICIONES URBANÍSTICAS Y/O EDIFICATORIAS

CUMPLAN

REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES - RNE

EMITEN NORMAS DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y/O OTRAS NORMAS COMPETENTES INFORME TÉCNICO FAVORABLE CON EL PROYECTO DESARROLLO URBANO

Son órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público.

MUNICIPALIDADES

AUTONOMIA EN ASUNTOS DE SU COMPETENCIA POLITICA – ECONOMICA - ADMINISTRATIVA ACTOS DE GOBIERNO

ORDENANZAS

ACTOS ADMINISTRATIVOS

LICENCIAS

ACTOS DE ADM. INTERNA

DOC. GESTION

Sujetas a leyes y disposiciones general

DISPOSICIONES COMUNES Sujeción a planes urbanos: Ninguna obra de HU o de Edificación podrá construirse sin sujetarse a las normas urbanísticas establecidos en lo planes de desarrollo urbano y/o acondicionamiento territorial y/o planes integrales.

Definición de las Licencias: :

(D.L. N° 1426)

Constituyen actos administrativos mediante los cuales las municipalidades otorgan autorización para la ejecución de obras de habilitación urbana o de edificación.

• Prórroga. • Desistimiento • REVALIDACIÓN.

Características: Se otorga conforme a los planos y especificaciones técnicas aprobadas. Se requiere pago de tasa por concepto de Licencia. Para edificaciones que acrediten que el predio cuente, por lo menos, con proyecto de habilitación urbana aprobado. Para la Conformidad de Obra se Requiere Inscripción registral individualizada de un predio urbano.

DISPOSICIONES COMUNES Obligatoriedad: Están obligados a solicitar las licencias, las personas naturales y jurídica, públicas o privadas, propietarios, usufructuarios, superficiarios, concesionarios o titulares de una servidumbre o afectación en un uso o todos aquellos titulares que cuentan con derecho a habilitar y/o edificar.

Excepciones: (no aplica en inmuebles que constituyan parte integrante del Patrimonio Cultural de la Nación.) • Los trabajos de acondicionamiento o de refacción

Basta declararlos en el autovaluo.

• Cerco Frontales hasta 20 m de longitud.

Régimen de propiedad exclusiva y común.

• Instalación de casetas de venta. • Departamentos modelos. • Otra instalación temporal.

Demostrarse antes de la conformidad de obra.

Vigencia: (La vigencia se computa desde la emisión de la Licencia) • La Licencia tiene una vigencia de 36 meses • Prorrogable por 12 meses por única vez. • HU y E a ejecutarse por tapas, en base a un proyecto integral, tiene una vigencia por 10 años

Solicitar 30 días calendario a su vencimiento.

Efectos: • • • •

Otorga derechos y obligaciones para habilitar o edificar. No otorga titularidad sobre derechos reales. Recaen sobre uno o más predios y producen efectos al ser enajenados. No exime a las municipalidades del control posterior.

LICENCIA SOBRE UNO O MAS PREDIOS CONSULTA

RESPUESTA

LICENCIA SOBRE UNO O MAS PREDIOS CONSULTA

RESPUESTA

MODALIDADES DE APROBACIÓN

A

B

C

D

AUTOMÁTICA

LICENCIA TEMPORAL LICENCIA DEFINITIVA

EVALUACIÓN PREVIA

VERIFICACIÓN PREVIA

FIRMA DE PROFESIONALES Y PROPIETARIOS SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO MUNICIPALIDAD

COMISIÓN TÉCNICA REVISORES URBANOS INMUEBLES DE PATRIMONIO CULTURAL

VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA 100%

FISCALIZACIÓN POSTERIOR – LEY N° 27444 VERIFICACIÓN TÉCNICA

DISPOSICIONES COMUNES Deberes del titular de la Licencia de H.U. y E.: Ejecutar las obras con sujeción a los proyectos aprobados para garantizar: • La salubridad y seguridad de las personas • La estabilidad de los terrenos y edificaciones colindantes • La estabilidad de los elementos constitutivos del espacio público Mantener, en la obra, la licencia y los planos, debiendo exhibirlos cuando sean requeridos por la municipalidad competente. Solicitar la recepción de obras o la conformidad de obra en cualquiera de sus dos procedimientos, al concluir con la ejecución del proyecto de HU o E. Someterse a supervisión municipal

Restituir los elementos del espacio público que sean afectados por causa del proceso de construcción, del ser el caso. Dar cumplimiento al Reglamento Nacional de Edificaciones – RNE, y demás normas vigentes.

DISPOSICIONES COMUNES INFORMACIÓN O DOCUMENTOS PREVIOS Aquellos que regulan el diseño o las condiciones técnicas que afectarán el proceso de habilitación urbana o de edificación de un predio.

CERTIFICADO DE ZONIFICACIÓN Y VIAS

CERTIFICADO DE PARÁMETROS URBANÍSTICOS Y EDIFICATORIOS

CERTIFICADO DE FACTIBILIDAD DE SERVICIOS

•Municipalidades Zonificación. provinciales • Afectación de vías que forman parte del Plan Vial. • Usos de los suelos permisibles y Secompatibles. especifican los parámetros de diseño que regulan el • Coeficientes máximos y mínimos de edificación. proceso de habilitación • Área de lotede normativo. urbana un predio. • Cuadro de Aportes Reglamentarios. • Calificación de bien cultural Emitirse: 5 días hábiles inmueble. • Fecha de emisión. Vigencia: 36 meses

• Municipalidades Zonificación. provinciales • Alineamiento de fachada. distritales • Usos de los y suelos permisibles y compatibles. • Coeficientes máximos y mínimos de Seedificación. especifican los parámetros • Porcentaje mínimo de área libre. de diseño que regulan el • Altura máxima y mínima de edificación proceso edificación sobre expresadade en metros. • Retiros. un predio urbano. • Área de lote normativo. • Densidad neta de habitantes por hectárea. • Exigencias de estacionamientos. Emitirse: días hábiles • Calificación de5bien cultural inmueble. • Fecha de emisión. Vigencia: 36 meses

Entidades prestadoras de • Condiciones técnicas para servicios el servicio, precisando obras e instalaciones de infraestructura pública que Condiciones técnicas para deberán efectuarpara las la otorgar servicios empresas prestadoras. Habilitación Urbana y la • El plazoEdificación. en que podrá accederse al servicio. • Fecha de emisión. • Fecha de 15 vigencia. Emitirse: días hábiles Vigencia: 36 meses

HABILITACIÓN URBANA CONCLUIDA UNA HABILITACIÓN URBANA RECEPCIÓN DE OBRAS

SIN VARIACIONES

CON VARIACIONES

EJECUTADA CONFORME A LOS PLANOS APROBADOS

MODIFICACIONES QUE NO MODIFIQUEN CUADRO DE APORTES

RECEPCIÓN PARCIAL EJECUTADAS LAS OBRAS PROYECTADAS Y AUTORIZADAS CON LA LICENCIA PARA LA ETAPA RESPECTIVA

FUHU

Planos de replanteo

Memoria descriptiva

Resolución de Recepción de obras

INSCRIPCIÓN REGISTRAL

HABILITACIÓN URBANA Modificaciones al proyecto: MODIFICACIÓN SUSTANCIAL Implique: • •

• •

Disminución de las áreas del cuadro de aportes. La modificación de áreas destinadas a inversiones públicas para equipamiento urbano. Reservas de obras viales. Modificación de las sección de alguna vía del Plan vial de la localidad.

Las que incurran deberán iniciar un nuevo procedimiento para la aprobación.

MODIFICACIÓN NO SUSTANCIAL En la ejecución han requerido de replanteo de lotes: • •

Dimensionamiento. Superficie o número.

Mantiene el esquema aprobado en la licencia de habilitación urbana.

Concluyen su trámite de recepción de obras, respetando las áreas del cuadro de aportes.

HABILITACIÓN URBANA Habilitaciones urbanas de oficio

CARACTERISTICAS

Declarar habilitado a un predio inscrito en SUNARP como rústico que se encuentra ubicado en una zona urbana consolidada con edificaciones y servicios públicos domiciliarios.

PREDIO MATRIZ

Encontrarse inscrito en la oficina registral como predio rústico.

ZONA URBANA CONSOLIDADA

Edificaciones destinadas a vivienda y demás complementarias a dicho uso. El nivel de consolidación será del 90% del total del área útil del predio matriz.

SERVICIOS PUBLICOS

Servicios de agua potable, desagüe o alcantarillado, energía eléctrica y alumbrado público.

MANZANEO Y LOTIZACIÓN

Encontrarse definido el manzaneo y lotización y ejecutadas las vías acorde con los planes urbanos y alineamiento vial, aprobados por la municipalidad.

No se encuentran sujetas a los aportes de la habilitación urbana.

EDIFICACIONES Resultado de construir una obra cuyo destino es albergar al hombre en el desarrollo de sus actividades. ANTES

DESPUÉS

EDIFICACIÓN NUEVA

AMPLIACIÓN

REMODELACIÓN

REFACCIÓN

DEMOLICIÓN

ACONDICIONAMIENTO

CERCO

PUESTA EN VALOR HISTORICO

EDIFICACIONES EDIFICACIÓN NUEVA

Aquella que se ejecuta totalmente o por etapas, sobre un terreno sin construir.

AMPLIACIÓN

Obra que se ejecuta a partir de una edificación preexistente, incrementando el área techada.

REMODELACIÓN

Obra que modifica total o parcialmente la tipología y/o el estilo arquitectónico original

PUESTA EN VALOR HISTÓRICO MONUMENTAL

Restauración, recuperación, rehabilitación, protección, reforzamiento y mejoramiento de una edificación

CERCADO

Construcción de muros perimétricos en un terreno y vanos de acceso

DEMOLICIÓN

Eliminación total o parcialmente una edificación existente

REFACCIÓN

Obra de mejoramiento y/o renovación de instalaciones, equipamiento y/o elementos constructivos

ACONDICIONAMIENTO

Trabajos de adecuación de mediante elementos removibles, como tabiquería, falsos cielos rasos, ejecución de acabados e instalaciones

REQUIERE DE LICENCIA

NO REQUIERE DE LICENCIA

ANTEPROYECTO EN CONSULTA REQUISITOS

• • • • •



Formulario Único. Plano de Ubicación y Localización. Planos de Arquitectura (plantas, cortes y elevaciones) en escala 1/100. Memoria Descriptiva. Planos de seguridad : DISTANCIA DE RECORRIDO AFORO ANCHOS DE PASILLO SEÑALIZACIÓN DE EVACUACIÓN Declaración jurada de habilidad del profesional que interviene en el proyecto.

La aprobación, para las obras en las modalidades de aprobación B, C y D, está sujeta a la evaluación y dictamen por parte de la Comisión Técnica o del Revisor Urbano, según corresponda. El dictamen Conforme del Anteproyecto en Consulta NO AUTORIZA EL INICIO DE OBRAS.

EDIFICACIONES MODIFICACIÓN AL PROYECTO DE EDIFICACIÓN

CUALQUIER ESPECIALIDAD ANTES DE EMITIRSE LA LICENCIA

DESPUES DE EMITIDA LA LICENCIA

MODIFICACIÓN PARCIAL

B, C y D

Aprobada antes o después de su ejecución

VARIACIONES NO SUSTANCIALES

EDIFICACIONES CONCLUIDA UNA EDIFICACIÓN CONFORMIDAD DE OBRA Y DECLARATORIA DE EDIFICACIÓN

SIN VARIACIONES

CON VARIACIONES

EJECUTADA CONFORME A LOS PLANOS APROBADOS

MODIFICACIONES NO SUSTANCIALES QUE CUMPLAN CON LAS NORMAS VIGENTES

CONFORMIDAD DE OBRA

DECLARATORIA DE EDIFICACIÓN

INSCRIPCIÓN REGISTRAL

EDIFICACIONES CONFORMIDAD DE OBRA Y DECLARATORIA DE EDIFICACIÓN ANTICIPADAS

VIVIENDA

CASCO NO HABITABLE

• • •

COMERCIO OFICINA

Contar con financiamiento de una IFI Modalidades B, C y D. El promotor inmobiliario debe publicitar el proyecto con tales características (Código de Protección y Defensa del Consumidor).

• Casco No habitable: Las edificaciones, tanto los bienes y servicios comunes como las áreas de propiedad exclusiva, encontrarse delimitadas con elementos estructurales, muros, pisos y paramentos según el proyecto aprobado.

Regularización de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones: Habilitaciones urbanas ejecutadas hasta el 17 de septiembre de 2018. Edificaciones ejecutadas desde el 01 de enero de 2017 hasta el 17 de septiembre de 2018. Habilitaciones urbanas y las edificaciones ejecutadas hasta el 17 de septiembre de 2018.

de forma individual

de forma conjunta

CERTIFICADO DE PARÁMETROS URBANÍSTICOS Y EDIFICATORIOS

Aplica para bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, cumpliendo con la normativa aplicable

REGULARIZACION DE EDIFICACIONES

TASAS DERECHO DE TRAMITACIÓN costo de la licencia PAGO POR DERECHO DE TRAMITE

VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

PAGO POR DERECHO DE TRAMITE PAGO POR DERECHO DE TRAMITE

NO DEBE EXCEDER UNA (01) UIT

PAGO POR DERECHO DE REVISION

SOLO ES EXIGIBLE SI ESTÁ EN EL TUPA

A,B,C,D MODALIDAD A

MODALIDAD B

MODALIDAD C y D

SINO ES UN PAGO INDEBIDO

NO HAY PAGO POR LIQUIDACION DE OBRA

TASAS CONSULTA

RESPUESTA

[email protected]

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