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CARTA NOTARIAL AYACUCHO, 06 DE NOVIEMBRE DE 2017 SEÑORES: JOHAN QUINTANILA GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA JPK DIRECCIÓN: JR. TOMAS GUIDO N° 686 INT. 302 OF.302 – PISO 3 LIMA – LIMA - LINCE. PRESENTE.DE MI MAYOR CONSIDERACIÓN: POR EL PRESENTE DOCUMENTO QUE SE LE REMITE VÍA CONDUCTO NOTARIAL Y EN MI CONDICIÓN DE PROVEEDOR, ME PERMITO REQUERIRLE, EL PAGO INMEDIATO DE LA DEUDA QUE SU REPRESENTADA MANTIENE HACIA MI PERSONA, CONSISTENTE EN LA SUMA DE S/1,800.00 (UN MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 SOLES). ASIMISMO CUMPLA CON ABONARME LA SUMA DE S/1,000.00 (UN MIL CON 00/100 SOLES) POR DAÑOS Y PERJUICIOS OCASIONADOS POR SU REPRESENTADA HACIA MI PERSONA. ES DE CONOCIMIENTO DE SU REPRESENTADA QUE CON FECHA 04/08/2015 MI PERSONA EN CONDICION DE PROVEEDOR HIZO LA ENTREGA DE 100 (CIEN) TABLAS DE MADERA ROBLE, CONFORME FIGURA EN LA GUIA DE REMISION REMITENTE N° 001-000122 DE FECHA 04/08/2017, A LOS CUAL SE HA EMITIDO LA FACTURA NUMERO 001-000032 DE FECHA 10/08/2015 PARA EL RESPECTIVO PAGO EL CUAL HASTA LA FECHA NO SE HA REALIZADO. MI PERSONA EN DIVERSAS OPORTUNIDADES HA ESTA REQUERIENDO EL PAGO COMUNICANDOME MEDIANTE CELULAR, AL CUAL NO SE MOSTRADO NINGUN INTERES EN CANCELARME LA DEUDA ADQUIRIDA POR SU REPRESENTADA GENERANDOME DAÑOS Y PERJUICIOS ECONOMICOS. EN MÉRITO A LO EXPUESTO Y CON EL DERECHO QUE ME ASISTE, LE EMPLAZO VÁLIDAMENTE PARA QUE EN EL PLAZO DE 03 DIAS A LA RECEPCIÓN DE ESTA CARTA, CUMPLA CON HACERME LA CANCELACIÓN TOTAL DE LA DEUDA MAS LOS INTERESES, REPARACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS LOS CUALES ASCIENDEN A LA SUMA DE S/3,800.00, CASO CONTRARIO ME VERÉ OBLIGADO A RECURRIR A LAS INSTANCIAS JUDICIALES Y ADMINISTRATIVAS CORRESPONDIENTES CUYOS COSTOS Y GASTOS SERÁN DE SU RESPONSABILIDAD.

ESPERANDO SU PRONTA RESPUESTA, ME DESPIDO DE USTED. ATENTAMENTE,

YURI GOMEZ LOBATON DNI N° 47679374 VILLA LOS HUARPA MZ.G LT.14 – SAN JUAN BAUTISTA - HUAMANGA

TELF. 966886770

CARTA NOTARIAL Ayacucho, 06 de noviembre del 2017. Señor: ALVARO MENDOZA ALCA Alcalde de la Municipalidad Distrital de Colca – Víctor Fajardo – Ayacucho. Oficina de enlace: Av. Ejercito 190, piso 3, Andrés Avelino Cáceres Dorregaray – Huamanga. Presente.Por intermedio de la presente carta que es remite mediante conducto notarial, me dirijo a usted para comunicarle lo siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES. El día 28 del mes de septiembre del año 2017 su representada y mi persona firmamos el CONTRATO DE COMPRAVENTA DE ROLLIZOS DE EUCALIPTO, acordado como precio por cada rollizo de eucalipto la suma de s/6.00 (SEIS CON 00/100 SOLES), a lo cual se le dio un adelanto consistente en la suma de S/1002.00 (UN MIL DOS CON 00/100 SOLES) por la cantidad de 167 unidades de rollizos de eucalipto, el cual tenía que ser entregado en su primera etapa por su representada el día 01/10/2017, si bien figura en la segunda clausula estipula que el COMPRADO se hace responsable de la extracción, dicha extracción no se pudo concretar, por los motivos que señalare a continuación. El día 11 del mes de octubre del 2017 siendo aproximadamente las horas nos constituimos para extraer los rollizos de eucalipto, encontrándonos con unos comuneros pertenecientes a la comunidad de Parccocha perteneciente al distrito de Cayara – Víctor Fajardo – Ayacucho, quienes impidieron la extracción manifestando que los rollizos de eucalipto son de propiedad de la comunidad de Parccocha . SEGUNDO: Me causa mucha sorpresa y preocupación en vista que no llegamos a poder extraer los rollizos de eucalipto por los motivos mencionados líneas arriba, configurándose así la falta de entrega del bien descrito en la primera clausula por parte de su representada. TERCERO: Lo suscitado el día 11 del mes de octubre del 2017, me ocasionó perjuicios económicos puesto que he gastado en alquiler de movilidad, combustible y de más gastos para el transporte del bien llegando a la suma de S/1763.00 (UN MIL SETECIENTOS SENTA Y TRES CON 00/100 SOLES), asimismo su representada tenía conocimiento de que los eucaliptos se encontraban en una propiedad en litigio, es de entenderse que su representada dispuso de un bien ajeno. CUARTO: En merito a lo expuesto líneas arriba en amparo del art. 1555 del C.C. le REQUIERO que en el plazo de 5 días a partir de la recepción del presente haga la devolución del dinero que se le dio en adelanto más los perjuicios económicos ocasionados SIENDO LA SUMA TOTAL DE S/2,775.00 (DOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES). Bajo apercibimiento de iniciar proceso administrativo y judicial cuyos costos y gastos serán asumidas por su representada. Ante todo lo expuesto y esperando su atención quedo de usted.

Atentamente,

YURI GOMEZ LOBATON DNI N° 47679374 VILLA LOS HUARPA MZ.G LT.14 – SAN JUAN BAUTISTA - HUAMANGA TELF. 966886770

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