Universidad Tecnologica De Honduras Yessica.docx

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UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE HONDURAS U.T.H

ASIGNATURA: Estrategia Fiscales online

CATEDRATICO:

TRABAJO: Impuesto al Activo Neto

Nombres:

cuentas:

Yesica Noelia Nataren Leiva

San Pedro Sula, 30 de Mayo de 2018

INDICE INDICE.................................................................................................................................................. 2 introduccion ........................................................................................................................................ 3 Objetivos Generales ............................................................................................................................ 4 Objetivos Específicos ........................................................................................................................... 4 Contenido del trabajo .................................................................................................................... 7-13 Conclusiones ..................................................................................................................................... 14 recomendaciones .............................................................................................................................. 15 bibliografia ........................................................................................................................................ 16

INTRODUCCION El presente informe tocaremos los temas relacionados a los impuestos al activo neto y la aportación solidaria quienes son exentos a no pagar, para conocer la base sobre las que se calcula este impuesto porcentaje que se aplica y quienes están exentos a pagarlo. Además veremos en que consiste la aportación solidaria, base de cálculo y cuál es su porcentaje de aplicación. También observaremos algunos ejemplos que nos permitan comprender mejor la dinámica de aplicación de estos impuestos.

Objetivo General El presente documento tiene como objetivo dar a conocer una descripción detallada y especifica de tema e importantes como lo son las aportaciones solidarias y los impuestos aplicados a las importaciones y exportaciones en nuestro país.

Objetivo Especifico   

Dar un breve concepto de los que es el impuesto al activo neto y a tasa que se aplica. Dar a conocer el porcentaje que se aplica del impuesto solidario y su conceptualización. Mencionar los conceptos de importación y exportación enumerando casos de aplicación.

IMPUESTO AL ACTIVO NETO Consiste en El impuesto anual al Activo Neto radicado en Honduras de las personas naturales y jurídicas que tengan el carácter de comerciantes según los términos del Código de Comercio y se pagará sin tener en cuenta la nacionalidad o domicilio de los titulares del activo, la región del País en que éste se localiza, el beneficiario de su uso o goce u otras circunstancias análogas. Por activo neto y para los efectos de este Decreto se entiende el valor monetario de los activos que figuran en el Balance General del contribuyente, menos las reservas por cuentas por cobrar y las depreciaciones acumuladas permitidas por la Ley de Impuesto Sobre la Renta. Los contribuyentes están obligados a presentarse ante la dirección general de tributación, por si o por medio de apoderado legal, dentro de los seis meses siguientes a la fecha de cierre del correspondiente periodo fiscal, una declaración jurada de sus activos nets. La declaración estará acompañada de una copia del balance general autorizado por un contador público colegiado. Se paga el impuesto sobre los activos netos a los activos netos del balance general menos las reservas por cuentas incobrables y las depreciaciones autorizadas por la ley. El impuesto se pagará en las oficinas recaudadoras autorizadas por la Dirección General de Tributación en la fecha de presentación de la declaración jurada.

Consiste en el impuesto anual de las personas naturales y jurídicas que tengan el carácter de comerciante según los términos del código de comercio y se pagara sin tener en cuenta la nacionalidad o domicilio de los titulares del activo, la región del país en que este se localiza, el beneficiario de su uso o goce u otras circunstancias. Análogas. Por activo neto se entiende el valor monetario de los activos que figuran en el Balance General del contribuyente, menos las reservas por cuentas por cobrar y las depreciaciones acumuladas permitidas por la ley de impuesto sobre la renta

TASA QUE SE APLICA A ESTE IMPUESTO

La tasa del impuesto al activo neto será del uno por ciento (1%) anual y deberá pagarse dentro de los seis meses siguientes a la fecha de cierre del período fiscal común u ordinario o el especial autorizado por la Dirección General de Tributación para efectos del pago del Impuesto Sobre la Renta, dicho impuesto se pagará en las oficinas recaudadoras autorizadas por la Dirección General de Tributación en la fecha de presentación de la declaración jurada. El incumplimiento de interés activa máxima del Sistema Bancario.

NO ESTÁN OBLIGADOS A PAGAR EL IMPUESTO ESTABLECIDO POR ESTA LEY: a) Los comerciantes cuyo activo neto anual no excede de SETECIENTOS CINCUENTA LEMPIRAS (L.750, 000.00); b) Las personas naturales y jurídicas cuyos activos netos estén exclusivamente relacionados con fines de beneficencia, educativos, culturales, gremiales o dedicados a la investigación científica por cuenta de fundaciones, universidades u otras instituciones análogas, nacionales o extranjeras, aceptadas por la Dirección General de Tributación; c) Los comerciantes en su etapa pre operativa y durante los dos años siguientes a la fecha de inicio de sus actividades. No quedarán comprendidas en este literal las sociedades mercantiles que se hayan fusionado, transformado dividido o traspasado sus activos a otra u otras que hayan gozado total o parcialmente de este privilegio; d) Los comerciantes que operan en las zonas libres, zonas industriales de procesamiento y zonas libres turísticas y los que se dedican a la maquila, siempre

que exporten el cien o ciento (100%) de su producción fuera del área centroamericana. Para los efectos de este Artículo se entenderá por maquila el proceso productivo por medio del cual se incorpora valor agregado nacional a las mercancías internadas bajo el Régimen de Importación Temporal (RIT).

e) Los bancos, instituciones financieras y de seguros por los préstamos y descuentos, inversiones en valores, activos contingentes, primas por cobrar y reservas a cargo de reaseguradas y re afianzadoras, así como las sociedades mercantiles tenedoras de acciones de empresas nacionales (holding company); f) Los comerciantes que habiendo pagado Impuesto Sobre la Renta en el período anterior que corresponde el cálculo del Impuesto del Activo Neto y que demuestren fehacientemente ante la Dirección General de Tributación que, por situaciones especiales, atraviesan por un período cíclico de pérdidas con perspectivas de recuperación. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO. A los contribuyentes que incumplan la obligación fiscal de presentación y pago de este: Impuesto cedular se les aplicarán las sanciones establecidas en el Capítulo II Artículo 12 del Decreto 51-2003 del 10 de abril del 2003. a) Por la no presentación de la Declaración en el Plazo establecido se aplicará una multa del 10% del impuesto a pagar. b) Por la falta de pago o el pago parcial del impuesto se aplicará un recargo sobre el saldo pendiente de un diez por ciento (10%), más un interés equivalente a la tasa activa bancaria más alta, vigente a la fecha de efectuar el pago

Para este ejemplo se tomara como base los datos obtenidos para ISR y la

aportación solidaria temporal.

Cuando la sumatoria del ISR y aportación solidaria temporal pagado es mayor o igual al impuesto a pagar en concepto de activo total neto, se entenderá por cumplida la obligación derivada de este último asi: Ejemplo: imaginemos que una empresa tiene: - Dinero en caja y bancos L.13.000 - Edificios valorados en L.450.000 - Vehículos valorados en L.110.000 - Le deben sus clientes L.33.000 - A su vez él debe al banco un préstamo que pidió L.28.000 - Y también debe a sus proveedores L.17.000 PANADERÍA LA PREFERIDA Balance General al 31 de Diciembre del 200X Activos Caja Y bancos Edificios Vehículo Cuentas por cobrar Total activos

13,000 450,000 110,000 33,000 606,000

Pasivos Préstamos bancarios 28,000 Proveedores 17,000 Total pasivos 45,000 ACTIVO – PASIVO = ACTIVO NETO 606,000 - 45000 = 561,000

APORTACIÓN SOLIDARIA Son pagos anticipados al Impuesto Sobre la Renta, mismos que constan de tres cuotas que deberán pagarse durante el ejercicio gravable y se enterarán a más tardar el 30 de junio, 30 de septiembre y 31 de diciembre. La cuarta cuota será el saldo del impuesto, según propio cómputo declarado a favor del Fisco, y se pagará a más tardar el 30 de abril siguiente al año imponible. Los formularios a utilizar para el pago de esta cuota son: 1. DEI 252 Pre impreso 2. DEI 251 DETDEI 253 3. DET Facilita 4. DEI 254 Pagos Electrónicos a través de la sucursal bancaria De acuerdo con el Decreto 278-2013 Capítulo V las personas jurídicas, excepto las incluidas en los Regímenes Especiales de Exportación y Turismo sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 22 de la ley del Impuesto Sobre la Renta, pagarán una aportación solidaria del cinco por ciento (5%) que se aplicara sobre el exceso de la renta neta gravable superior a un millón de Lempiras (L 1, 000,000), a partir del periodo fiscal 2014 en adelante. La aportación Solidaria constituye un sobre-tasa del impuesto Sobre la Renta, por lo que no será deducible de dicho impuesto quedando sujeta al Régimen de Pagos a Cuenta, declaración Anual y demás disposiciones aplicables de la Ley del Impuesto Sobre la Renta Las aportaciones solidarias es una sobre tasa del impuesto sobre la renta, se tendrá que sumar al total de este impuesto, para confrontar o comparar esta suma que servirá como crédito contra el pago del impuesto al activo neto.

Las aportaciones solidarias temporales. Se aplica sobre el exceso de la renta neta gravable superior al millón de lempiras; a las personas jurídica no se deducible del ISR, su forma de presentación y pago en el mismo formulario del ISR, le aplica disposiciones de pagos a cuenta con vencimiento iguales al ISR.

Porcentajes que se aplican Año Tasa 2010 10% 2011 10% 2012 6% 2013 5% 2014 4% 2015 0% En base a lo antes expuesto, a suma del impuesto según tarifa de la aportación solidaria temporal y el impuesto sobre la renta servirá como un monto integrada para confrontarlo o compararlo con el valor a pagar en concepto del impuesto al activo total neto, esta afectados a esta disposición legal los ejercicios fiscales correspondiente al 2003, 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014.

Ejemplo Cálculo de la Aportación Solidaria Temporal EJEMPLO (ISR y AST) APLICANDO TASA APORTE SOLIDARIO TEMPORAL TOTAL DE INGRESOS BRUTOS 20, 000,000.00 TOTAL DE DEDUCIONES 3, 500,000.00 UTILIDAD TOTAL DEL EJERCICIO 16, 500,000.00

IMPUESTO SOBRE RENTA RENTA NETA GRAVABLE (ISR) 16, 500,000.00

IMPUESTO SEGÙN TARIFA PAGOS A CUENTA IMPUESTO A PAGAR

4,125.000.00 1, 527,000.00 2,598.000.00

APORTACION SOLIDARIA TEMPORAL La base imponible para calcular la aportación solidaria temporal es el die por ciento (10%) aplicable sobre el exceso de la renta neta gravable superior a un millón de lempiras (L.1, 000,000.00). Este resultado será declarado en la casilla 221 renta neta gravable o base imponible del formulario declaración jurada de renta DEI-350. RENTA NETA GRAVABLE ISR 16, 500,000.00 MENOS: (Exceso de Lps. 1,000.000.00) 1, 000,000.00 RENTA NETA GRAVABLE AST. 15, 500,000.00 IMPUESTO SEGÚN TARIFA 10% PAGOS A CUENTA AST. IMPUESTO A PAGAR AST.

1,550.000.00 750,000.00 800,000.00

CONCLUSIONES



La Reforma Tributaria de Honduras constituye un esfuerzo por incrementar la recaudación impositiva, pero sin mayores costos para los estratos más pobres de la población, y a pesar de ello los segmentos de menores ingresos siguen siendo los más afectados



La importancia de los recursos tributarios en el cumplimiento de los objetivos fijados en la política fiscal del Estado son de manifiesto que en la emisión del o los Decretos de aplicación tributaria se establezca una adecuada planificación, como la proyección, consistente en la sostenibilidad de asegurar el ingreso de estos recursos.



La conclusión general para el sistema tributario se repite al analizar la progresividad y el impacto redistributivo del Gasto Público Social (GPS). De cualquier manera, coincidiendo con lo observado, el impacto redistributivo del GPS es en todos los casos significativamente mayor que el del sistema tributario, aproximadamente 4.4 veces superior. (Estudio del BID)

RECOMENDACIONES 

Ampliar la base de contribuyentes. Resulta impostergable efectuar un combate frontal a la evasión y a la economía informal-ilegal, que es una de las principales fuentes de evasión fiscal, que algunos ubican ya a altos niveles del total de la economía. Preocupa la enorme tendencia alcista de este fenómeno, que incluye también al contrabando, la piratería y el mercado de lo robado.



Profesionalizar la Administración Tributaria.- En la medida que la administración tributaria se profesionalice, que la gestión fiscal se haga más expedita para los contribuyentes y se cumpla con lo establecido en el artículo 351 de la Constitución de la República (“El sistema tributario se regirá por los principios de legalidad, proporcionalidad, generalidad y equidad de acuerdo con la capacidad económica del contribuyente”), se irá vigorizando una disposición tributaria en los hondureños.



Simplificar las disposiciones fiscales. Es urgente simplificar en serio las disposiciones fiscales, de tal forma que sean de fácil y sencillo cumplimiento. También se deben reducir las excesivas cargas administrativas que se imponen a los contribuyentes. El emitir disposiciones sencillas y claras da certeza al contribuyente de que hay justicia fiscal y puede atraer la inversión nacional y extranjera, es decir, se fortalece la seguridad jurídica. (Se contempla en la Iniciativa de la Ley Anti-Evasión).



Eliminar Regímenes Preferenciales. (exoneraciones y privilegios tributarios) Descartar todos aquellos regímenes preferenciales que no cuenten con una verdadera justificación económica, lo que vendría a fortalecer la certeza del ciudadano de que todos tributan imparcialmente.

BIBLIOGRAFIA

https://www.clubensayos.com/Negocios/Impuesto-al-ActivoNeto/1900578.html https://www2.deloitte.com/content/dam/Deloitte/hn/Documents/tax/doingbusi ness/hn-Haciendo-Negocios-en-Honduras-2015.pdf https://www.clubensayos.com/Temas-Variados/En-que-consiste-el-impuestoal-activo-neto/4046758.html

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