Universidad Abierta Para Adulto
Asignatura: Sociología Jurídica Tema: Unidad II Facilitador: Pedro Pablo Hernández Ramos. M.A.
Participante: Glenys Albino Matricula: 04-0470
Fecha: 19 de Marzo del 2019 Santiago, Rep. Dom.
Distinguido participante: Consulte la
bibliografía
básica de
la
unidad
y
demás
fuentes
complementarias del curso; luego realice la actividad que se describe a continuación: 1- Elabora un cuadro comparativo donde destaque las diferencias y similitudes existente entre la ética, la filosofía Jurídica y la Sociología Jurídica.
ética
filosofía Jurídica
Sociología Jurídica
El término ética proviene
La filosofía del derecho,
la sociología jurídica
del griego ethos que se
de manera más
estudia el comportamiento
refiere al modo de ser o de
específica, aborda el
desviado, es decir las
pensar, a la costumbre, al
problema de la
causas por las cuales los
carácter, hábito y a
dimensión valorativa del
individuos no observan las
los principios que los
Derecho y los aspectos
normas jurídicas y
individuos adquieren en el
relativos al fundamento
extrajurídicas, como son
transcurso de su vida. Es
del Derecho,
las normas morales.
por tanto, que la Ética es la
particularmente al
Los valores
parte de la filosofía que
problema de la justicia,
morales siempre deben
estudia la moralidad de los
aunque esto no impide
estar impregnados en las
actos humanos, en cuanto
que abarque otros
normas jurídicas, ya que
al resultado y en cuanto al
ámbitos de estudio, tales
siendo la ley una
acto. La relación de la
como el epistemológico-
expresión de la sociedad,
Sociología Jurídica y la
jurídico y el ontológico-
siempre debe ser cónsona
Ética, ha de ser buscada
jurídico. La vinculación
con las normas morales
precisamente en que esta
de estas dos disciplinas
que observa la sociedad.
última estudia los
es muy clara, ya que
comportamientos morales
algunos de los tópicos
de los individuos que viven
estudiados por la
en sociedad, y siendo la
Filosofía del Derecho,
moral un fenómeno social,
También son abordados
es lógico que exista una
por la Sociología del
relación entre ellos.
Derecho, tales como los problemas sobre la
Profesión jurídica, justicia, las corrientes juspositivista y jusnaturalista del Derecho, lo mismo que las normas , sean estas jurídicas o extrajurídicas, entre otros.
2- Destaca los aspectos principales de la sociología jurídica y su vinculación con la jurisprudencia. La Jurisprudencia
consiste en la interpretación de la ley cuando el
legislador no ha provisto una situación en el pleno del derecho, efectuándose a través de averiguaciones de los hechos aplicando norma jurídica.
En este caso se resalta lo siguiente: Determinación de Derecho. En este caso existe norma válida para todos los casos. Ejemplo una situación que conduce a la aplicación de esa norma es la siguiente:
Una demanda de guarda de un menor, en este caso, tomar una decisión a quien se le cede la custodia por el bienestar del menor, ya sea al padre o la madre. Es necesario buscar pruebas necesarias tomando en consideración el hecho particular aplicable al caso concreto, en vista que si se trata de un niño de poca edad, es aconsejable que este conviva con la madre, tomando en cuenta un análisis de la situación de dicha madre para tomar una correcta decisión que favorezca los intereses del menor. En fin para determinar con cuál de los padres estará el mejor. En este caso el juez aplica lo que se llama jurisprudencia, ya que recurre a averiguaciones y por la apreciación de los hechos, el juez determina a quien se le otorga la guarda.
Determinación de norma jurídica En este caso se penetra en la parte fundamental de la jurisprudencia sociológica, tratándose solo de la norma y no de la del hecho a juzgar en término concreto, en este sistema existen tres vertientes las cuales se explican de las siguientes formas.
Concreción de normas que se remiten a clausulas generales y conceptos jurídicos indeterminados. Aquí se explica que muchas normas jurídicas remiten al juzgador que ha de aplicar el derecho a modelos extrajurídicos
de
comportamiento tales como: la buena fe, los usos, y costumbres. Esto hace que el legislador autorice al grupo afectado a crearse su propio
derecho
en
las
ordenaciones
sociales
de
carácter
extrajurídico. En este caso; la práctica debe estar por encima de la forma de actuación de muchos
individuos de manera que los preceptos
jurídicos sean más elásticos. Esto resalta que el legislador debe limitar el alcance de algunos conceptos y no dejarlo al alcance de la imaginación del juez o de las partes, ya que aunque se hable de la protección de la dignidad humana, esto es un poco abstracto, en vista de que la dignidad humana abarca muchos aspectos.
En la creación de derecho en caso de oscuridad. Aquí nos dice que el juez tiene la obligación de fallar todos los casos sometidos y no puede alegar insuficiencia u oscuridad de la ley; es decir, debe convertirse en un verdadero legislador y crear el derecho con fundamento científico, considerando los hechos sociales y los conflictos de intereses.
En interpretación teleológica. Esta junto a la interpretación gramatical, histórica y sistemática; trasciende en la interpretación de conocimientos sociológicojurídicos en la dogmática jurídica. Esta interpretación permite interpretar los preceptos legales, entre otras cosas.
Relación entre Sociología y la Filosofía del Derecho. Esta se define como la ciencia que estudia los fundamentos filosóficos del Derecho, tiene como objeto valorar los sistemas normativos
y los
problemas específicos del conocimiento de los valores jurídicos; como también la relación entre juicios de valor y juicios de hecho en la experiencia jurídica. Su misión en la relación a las ciencias jurídicas se basa en integrar el objeto material de su conocimiento.
Esta ciencia es de mucha
trascendencia social, en vista de que el derecho es esencial para la sociedad. En este caso se resalta la importancia de las instituciones jurídicas en el avance de los pueblos, ya que deben estar sustentados por un orden jurídico en un derecho justo. Esta filosofía aborda la dimensión valorativa del derecho y los aspectos relativos al fundamento, especialmente al problema de justicia, ámbito de estudios como: epistemológico-jurídico. Es importante resaltar que la relación entre estas dos disciplina está fuera de discusión, ya que algunos de los conceptos de estudios de la filosofía del derecho son abordados por la sociología Jurídica como: la justicia, los iuspositivistas y la iusnaturalistas, al igual con las normas, sea jurídicas o extrajurídicas, entre otras.
En fin la sociología del Derecho nace de
de la preocupación de los
filósofos y juristas, en vista de que estos se preocuparon por los problemas jurídicos y repercusión social.
Relación entre Sociología y la Ética del Derecho. La ética se define estudio el comportamiento del hombre en la sociedad. Esta disciplina se ocupa de identificar, explicar y plantear soluciones a los problemas vinculados con la moral, por lo su objetivo es el estudio de la moral que marca la conducta de la personas, indicando como debe conducirse el ser humano en base al comportamiento y actitudes. Esta ciencia es de mucha relevancia para la armonía de los integrantes de la sociedad, los comportamientos correctos. A la ética se le señala funciones como:
Inducir a las personas a concientización de sus deberes, en vista de que detrás de cada derecho, existe un deber. Fundamenta la esencia, origen y rol de la moral en la sociedad, determinando sus características fundamentales y secundarias. Establece valores y principios por los que se han de regir los individuos. Su relación con la sociología se basa en que la ética estudia el comportamiento de los individuos que viven en la sociedad.
Relación entre Sociología y la Estadística General. La relación de estas dos ciencias consiste en que la estadística
tiene
como objeto recolectar, organizar, analizar e interpretar los datos, y para la sociología del Derecho estudiar los fenómenos jurídicos, necesariamente tiene que auxiliarse de la estadística, por ser una de las clásicas de la cuantificación de la sociología Durkeimiana.
Relación entre Sociología y la Estadísticas Criminal. Esta estadística consiste en ser el conjunto de datos numéricos sobre crímenes y criminales extraídos de los organismos oficiales, clasificados, dispuestos y analizados en forma que revelen relaciones entre categorías y datos publicados periódicamente según un plan uniforme. Estas dos ciencias se relacionan para la investigación y análisis de fenómenos jurídicos específicamente sobre el delito que es un fenómeno social y jurídico; esta permite obtener un índice de criminalidad por sexo, edad, región, etc.
Relación del Derecho y Estadística Judicial. Esta es suministrada por los jueces y magistrados del país en cuanto a delitos y otros casos relacionados al derecho civil, comercial, laboral, tierras, etc.
Esta estadística permite a la sociología del Derecho examinar un determinado fenómeno jurídico a partir de que se tenga una estadística judicial organizada.
Esta estadística se nutre con los hechos que llegan a conocimiento de la autoridad judicial encargada por la ley de investigar, juzgar y reprimir las acciones reñidos con la ley.
Relación del Derecho y la Sociología Judicial. Estas dos sociología no pueden ser confundidas debido a que la sociología del Derecho se encarga del estudiar los fenómenos jurídicos, o el derecho mismo en el orden sociológico, mientras que la sociología judicial se encarga del estudio de los fenómenos que están ligados a lo que es la administración de justicia como: el conflicto, la mediación y la decisión individual colegial.
Sociología del Derecho y Sociología Criminal. En estas ciencias existen
fuertes vinculaciones, en vista de que la
sociología criminal forma parte esencial de la sociología del Derecho y tiene como objeto el estudio de problema de delincuencia en todas sus manifestaciones. Esta sociología fue creada por Ferri y la concibió como la ciencia general de la criminalidad, en esta se comprende el derecho penal. Su aportación principal la constituye sus investigaciones en relación a los factores sociales de la criminalidad.