“Año Del Dialogo y Reconciliación Nacional” FACULTAD DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA ESCUELA PROFESIONAL INGENIERÍA CIVIL
TÍTULO DEL TRABAJO TECNOLOGIA PREVENTIVA EL COSTO DE LA SST PLANIFICACION Y PROGRAMAS ANUALES DE SST ORGANIZACIÓN Y REGLAMENTOS INTERNOS DE SST TRABAJO PRESENTADO COMO REQUISITO DEL CURSO SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL EN CONSTRUCCION
INTEGRANTES
DOMINGUEZ VILLEGAS, JESUS YOVERA RAMIREZ, LUIS LOPEZ VALDAVIEZ, ROY DENNYS SANTACRUZ SALAZAR , JUAN CARLOS ROBLES RIOFRIO, JEISON ESPINOZA ALVAREZ, AARON BUSTAMANTE SALVATIERRA , CAROLINA ALLAUJA JIMENEZ, JHONATAN JARCIA MARIÑAS, JHONNY
NOMBRE DEL DOCENTE ING. MARCOS NIQUEN INGA
FECHA DE ENTREGA TUMBES, 25 DE 03 DEL 2019
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DEDICATORIA Dedicamos este trabajo a nuestros padres, pilares fundamentales en nuestras vidas. Sin ellos, jamás hubiésemos podido conseguir lo que hasta ahora. Su tenacidad y lucha insaciable han hecho de ellos el gran ejemplo a seguir y destacar, no solo para nosotros, sino para nuestra familia en general. A nuestros docentes de la Universidad Alas Peruanas por brindarnos sus conocimientos para la mejora de nuestro aprendizaje en la formación profesional.
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AGRADECIMIENTO Agradecemos a Dios por habernos guiado por el camino del bien y la felicidad hasta ahora. A nuestros padres por el apoyo incondicional, por ser nuestro motor y motivo en nuestra vida, por darnos el ejemplo de superación. A nuestras familias por la ayuda moral que nos brindan y por incentivarnos a seguir superándonos como personas. A
nuestros
docentes
por
exigencia
y
motivación para el logro de nuestros objetivos. Y a nuestros con compañeros por el apoyo en las actividades académicas.
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1. TECNOLOGIA PREVENTIVA Las nuevas tecnologías juegan un papel fundamental en la mejora de la gestión de Prevención de Riesgos Laborales
En la actualidad, nos encontramos con una evolución continua y simultánea de la tecnología y las personas y, por ende, de todo lo que nos rodea. Esto es una realidad y los seres humanos tenemos la posibilidad u obligación de utilizar las nuevas tecnologías para mejorar nuestras vidas, siendo la seguridad en el trabajo uno de los aspectos donde la tecnología debe incidir positivamente. Junto a esta evolución surgen nuevas formas y métodos de trabajo, lo que trae consigo la aparición de nuevos riesgos asociados al puesto de trabajo. Pero no sólo aparecen nuevos riesgos, sino que también surgen tecnologías que ayudan a mejorar la Prevención de Riesgos Laborales. Esto supone un importante avance en la mejora de la seguridad laboral, ya que tanto la utilización de las nuevas tecnologías en la gestión de la Prevención de Riesgos Laborales como la Ley de PRL de 1995, han reducido la siniestralidad laboral significativamente. Por tanto, las organizaciones utilizan las TIC (Tecnologías de la Información y la Comunicación) para mejorar la seguridad de los trabajadores. Ya sea para suministrar información o para formar a las personas trabajadoras en materia de Prevención de Riesgos Laborales, las empresas utilizan la tecnología con la finalidad de facilitar y mejorar el proceso. ¿Qué tecnologías ayudan a mejorar la Prevención de Riesgos Laborales? Desde las tecnologías más punteras hasta las más sencillas, todas pueden ayudar a mejorar la Prevención de Riesgos Laborales desempeñando distintas funciones. Destaca el uso de SEGURIDAD Y SALUD OCUPACION
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varias herramientas tecnológicas tales como software, Apps, portales PRL especializados, juegos o plataformas de formación, entre otros. Dichas herramientas, se integran en el sistema de Prevención de Riesgos Laborales, facilitando los procesos de comunicación, formación o acceso a la información. No obstante, queremos destacar principalmente las tecnologías que ayudan en la gestión de la Prevención de Riesgos Laborales: TABLETS Y SMARTPHONE
En una típica inspección de seguridad para identificación de condiciones y actos inseguros, el Prevencionista lleva una tablilla con check list impreso, anota sus observaciones con un lapicero, toma fotografías con una cámara, luego va a una PC, tipea las no conformidades detectadas, conecta su cámara, extrae las fotos, las recorta para que encajen, las inserta en su informe y finalmente lo envía por correo electrónico. Nada más improductivo en pleno siglo XXI, pues pudo usar una Tablet o un Smartphone con una aplicación que le ayudara a registrar sus observaciones dando un click, tomar las fotos con el mismo dispositivo, enviar el informe a los destinatarios al presionar un botón, recibir alertas cuando se hayan subsanado las observaciones o cuando estén por vencerse los plazos, todo esto en un tercio del tiempo y con menos probabilidad de error. Este es solo un pequeño ejemplo de como las nuevas tecnologías pueden aplicarse a la Prevención de Riesgos Laborales e impactar en dicha gestión de manera positiva, pero hay muchos más, veamos algunos.
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MÁQUINAS DISPENSADORAS DE EPP/EPI Estas máquinas llevan ya varios años en el mercado, pero aún no es muy común su uso, a pesar de sus múltiples beneficios. Por ejemplo, en una empresa que se realizan turnos de noche, si a algún trabajador llegara a necesitar el reemplazo de un EPP, tendría que esperar hasta al día siguiente a que venga la persona que entrega los equipos, el cual tiene horario de oficina. Además, estas máquinas evitan el tiempo perdido de la persona que entrega y registra dichos equipos, mejora la trazabilidad y el control de inventarios.
DRONES Estos sofisticados pero sencillos equipos pueden revolucionar la Prevención de Riesgos Laborales. Por ejemplo, en lugar de enviar a los trabajadores a realizar inspecciones o exploraciones en lugares peligrosos, se puede usar a un drone para realizar dicha tarea, lo cual disminuiría considerablemente los riesgos e incluso los costos operativos. También, ya se están usando para mensajería y entrega de paquetes, lo cual reduciría el riesgo de accidentes de tránsito. Las aplicaciones de los drones en la gestión de un Prevencionista son muchas, tantas como nuestra creatividad pueda imaginar. Ya hay proyectos para usarlos como ambulancias, equipadas con desfibriladores para ayudar a personas con ataques cardiacos, las cuales servirían para brindar primeros auxilios de una forma mucho más rápida que cualquier otro medio y así salvar muchas más vidas.
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SIMULADORES Así como los pilotos entrenan en simuladores antes de subirse a un avión real, su uso para el entrenamiento de operadores de equipos y vehículos mineros e industriales como grúas, excavadoras, montacargas, etc., puede mejorar sus habilidades, lo cual puede reducir el error humano: la principal causa de accidentes asociados al uso de dichos equipos.
EQUIPOS A CONTROL REMOTO En sectores como la Construcción y la Minería, se encuentran muy extendidos el uso de herramientas a motor tales como martillos perforadores de roca, compactadores vibrantes, amoladoras de mano que exponen a los operarios a vibraciones mano-brazo o cuerpo entero. El uso prolongado de esos equipos produce enfermedades como: síndrome de Raynaud, silicosis, hipoacusia, artrosis, neuritis, Alteraciones vasculares: dedo blanco inducido por vibraciones, Alteraciones músculo esqueléticas: enfermedad de Kienbock’s, Alteraciones neurológicas: síndrome del Túnel Carpiano, etc. Sin embargo, ya existe la tecnología para operar dichos equipos a control remoto, lo cual evitaría exponer la integridad del trabajador.
SMARTWATCHES O RELOJES INTELIGENTES En empresas en la que transitan personas y vehículos por las mismas vías y hay puntos de giro o puntos ciegos, están usando relojes inteligentes que avisan a los peatones y SEGURIDAD Y SALUD OCUPACION
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conductores cuando un vehículo se aproxima a una persona. También se usa en empresas de demolición de estructuras y mineras, en las que usan explosivos; en estos casos el reloj sirve para advertir a los trabajadores de las zonas en las que se va a detonar una carga y le brinda al encargado de detonación un mapa de la ubicación de las personas en el área, a fin de evitar que haya personas en la zona de detonación.
SENSORES Se observa una sierra circular cortando un retazo de madera sin problema, pero cuando toca una salchicha (simulando el dedo de una persona) la sierra se para y retira. El sistema se basa en la detección de un elemento conductor en contacto con la sierra circular, lo que provoca una diferencia de potencial con la toma a tierra que automáticamente paraliza la sierra y la retira. Sin duda es un dispositivo que puede evitar muchos accidentes en el sector de la madera y de la construcción.
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2. EL COSTO DE LA SST El Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo basado en la norma OHSAS 18001 comienza con la necesidad social de reparar los daños personales o las lesiones causadas por las condiciones laborales.
Aparte de esta motivación social, totalmente justificada, existen otras muchas razones entre las que podemos destacar las legales y las económicas, que justifican la actuación dentro del campo de la prevención de riesgos laborales, con el fin de poder controlar las pérdidas derivadas de estos, lo que será conocido como Economía de la Seguridad. La valoración exacta de las pérdidas resulta casi imposible de cuantificar, ya que interviene la salud de las personas, que puede acarrear con repercusiones psicológicas, morales y sociales difíciles de evaluar. Analizaremos las repercusiones humanas, legales y económicas que suponen los daños provocados en sus puestos de trabajo. Repercusiones humanas La principal consecuencia que se obtiene de los accidentes laborales y de las enfermedades profesiones es la pérdida de salud del trabajador, lo que supone no solamente consecuencias no deseadas para la persona accidentada, sino que también tiene consecuencias para su familia y para la sociedad. La persona accidentada acarrea, aparte de con el dolor físico y moral, e incluso la muerte, con una serie de consecuencias indirectas a raíz del accidente o de la enfermedad que esté atravesando. Estas consecuencias indirectas pueden ser: La marginación social. SEGURIDAD Y SALUD OCUPACION
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Disminución de sus ingresos, etc. La familia de la persona accidentada tiene también consecuencias, como pueden ser el dolor físico y moral solidario con la persona que ha sufrido el accidente, además de que disminuya la economía del hogar. Para la sociedad las consecuencias que podemos encontrar son la utilización de bienes sociales que podrían ser utilizados para otros fines (material sanitario, costes económicos, etc.) y la reducción del capital humano que dedica su tiempo laboral a cuidar de la persona accidentada. Al fin y al cabo, son repercusiones que se podrían evitar con la adecuada implantación de un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo OHSAS-18001. Repercusiones legales Son las consecuencias derivadas de la actuación legal que el Estado realiza mediante sus poderes legislativos, ejecutivos y judiciales, con el fin de eliminar o reducir los daños ocasionados en los accidentes laborales, estableciendo las responsabilidades y las sanciones administrativas a las organizaciones que no cumplan con lo establecido en materia de prevención de riesgos laborales. La norma OHSAS 18001 nos ayuda a cumplir con la legislación, ya que sus cláusulas son más severas que la propia legislación. Repercusiones económicas Que una organización marche adecuadamente se mide por el control que realice sobre los productos que ofrece a los consumidores mediante el conocimiento de los gastos generales que le supone, es decir, los costos en materias primas, los costos en cada fase del proceso de producción, los costos en transporte, etc. En consecuencia, las organizaciones no disponen de datos suficientes para valorar los costes que le puede suponer un accidente o la enfermedad profesional de sus trabajadores y la serie de consecuencias que esto acarrea. Costes de los accidentes El control sobre los costes de seguridad tiene su origen en el estudio realizado por Heinrich en el año 1931, en el que se introduce por primera vez el concepto de accidente blanco, cuya definición es, sin causar lesión en las personas origina daños o pérdidas
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materiales considerables. El planteamiento es comúnmente conocido como Pirámide de Heinrich. Costes de prevención Para entender cómo podemos calcular los costes de prevención debemos tener claros los siguientes conceptos: Costes de diseño. Son aquellos costes que implican una inversión única, que generalmente suele ser en la fase de proyecto, en los que debemos incluir: Sistemas de seguridad y control de la maquinaria y las instalaciones. Previsión de las salidas de emergencia, los materiales y los equipos contra incendios. Sistemas de ventilación y extracción de aire. Costes implicados en cumplir con las normas de seguridad. Costes dedicados a cumplir normas obligatorias, como pueden ser, distancias mínimas, salidas de emergencia, etc. Costes de operación. En este tipo de costes debemos incluir: Servicio de prevención, puede ser propio de la organización o subcontratado. Mantener los niveles adecuados en las condiciones laborales. Se deben realizar diseños especiales que aumenten la seguridad. Costes de planificación. Se tiene que incluir:
Seguros para los trabajadores que cubran los costes si se produce algún accidente.
Cuadrilla contraincendios.
Realización de estudios de evaluación de riesgos.
Inspecciones de seguridad.
Investigación de accidentes, para tener el conocimiento suficiente de lo sucedido y poder evitarlo, en la medida de lo posible, en futuras ocasiones.
Calidad y seguridad La gran competencia que existe hoy día entre empresas genera un aumento en la calidad de sus productos y de sus actividades. La seguridad adquiere un gran protagonismo, por lo que nació el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo según la norma OHSAS 18001 que garantiza la seguridad laboral.
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Mejorar las condiciones laborales es considerado de gran interés a la hora de conseguir una mejor calidad, ya que se eliminan los posibles errores y aumenta la productividad. Las organizaciones empiezan a considerar la necesidad de que la calidad y la seguridad se aborden de forma conjunta, para eso se puede realizar una integración del Sistema de Gestión de la Calidad. 3. PLANIFICACION Y PROGRAMAS ANUALES DE SST El Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo, es aplicable con carácter obligatorio a todos los trabajadores de la Sociedad de Beneficencia, independientemente del régimen laboral o contractual al que pertenezca; incluye dentro del ámbito de operación de la entidad en lo que corresponda a practicantes, voluntariado, empresas que brindan servicios de intermediación y tercerización laboral, a los que prestan servicios de manera independiente y todo proveedor que brinda bienes y servicios.
OBJETIVOS
Implementar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo
Prevenir y controlar los riesgos de accidentes, incidentes y enfermedades en la institución.
Prevenir enfermedades ocupacionales y estados pre patológico
Realizar la vigilancia de la seguridad y salud en el trabajo - Propiciar la mejora continua de las condiciones de seguridad, salud y medio ambiente en el trabajo.
Realizar la vigilancia en Seguridad y Salud en el Trabajo de proveedores que brindan servicio a la institución.
Desarrollar capacitaciones, inducción, entrenamiento y simulacros relacionados a Seguridad y salud en el trabajo
El objetivo principal es sensibilizar a los trabajadores sobre los riesgos a los que están expuestos durante el desarrollo de sus actividades y brindar las herramientas y medios
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necesarios para hacer frente a estos; la Oficina de Personal, elaborará el Plan Anual de Capacitaciones, en la que incluirá 4. ORGANIZACIÓN Y REGLAMENTOS INTERNOS DE SST La creación del Sistema Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, con participación de las organizaciones de empleadores y trabajadores, a fin de garantizar la protección de todos los trabajadores en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo, siendo sus instancias el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo y los Consejos Regionales de Seguridad y Salud en el Trabajo, ambas de naturaleza tripartita. LOS PRINCIPIOS DE LA LEY SON:
PREVENCIÓN: El empleador garantiza en el centro de trabajo, el establecimiento de los medios y condiciones que protejan la vida, la salud y el bienestar de los trabajadores y de aquellos que, no teniendo laboral, prestan servicios o se encuentran dentro del ámbito de labores. RESPONSABILIDAD: El empleador asume las implicancias económicas, legales y de cualquier otra índole a consecuencia de un accidente o enfermedad que sufra un trabajador en el desempeño de sus funciones o a consecuencia de el. COOPERACIÓN: El Estado, los empleadores, trabajadores y las organizaciones sindicales establecen mecanismos que garanticen una permanente cooperación y coordinación en materia de seguridad y salud. INFORMACIÓN Y CAPACITACIÓN: Las organizaciones sindicales y los trabajadores reciben del empleador una oportuna y adecuada información y capacitación preventiva en la tarea de desarrollar, con énfasis en lo potencialmente riesgoso para la vida y salud de los trabajadores y su familia. SEGURIDAD Y SALUD OCUPACION
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GESTIÓN INTEGRAL: Todo empleador promueve la gestión de la seguridad y salud en el trabajo a la gestión general de la empresa. ATENCIÓN INTEGRAL DE SALUD: Los trabajadores que sufran algún accidente de trabajo o enfermedad ocupacional tienen derecho a las prestaciones necesarias y suficientes hasta su recuperación y rehabilitación, procurando su reinserción laboral. CONSULTA Y PARTICIPACIÓN: El Estado promueve mecanismos de consulta y participación de las organizaciones de empleadores y trabajadores más representativos y de los actores sociales para la adopción de mejoras en materia de seguridad y salud laboral. PRIMACÍA DE LA REALIDAD: el principal cambio contenido en la novedosa Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo radica en haber cambiado la denominación de Principio de Veracidad por el de Principio de la Primacía de la Realidad, sustentada dicha modificación en el hecho de que de existir discrepancia entre el soporte documental y la realidad las autoridades deben optar por lo constatado en la realidad. PROTECCIÓN: Los trabajadores tiene derecho a que el Estado y los empleadores aseguren condiciones de trabajo dignas. GESTIÓN Y SEGURIDAD Lo más rescatable radica en que el empleador es el encargado de perfilar dicha política por escrito, en consulta con sus trabajadores y sus representantes e incluso se diseñan una serie de principios y objetivos fundamentales para la elaboración de la misma, incidiendo en la participación de los trabajadores en su organización, por ello el empleador asegura que los trabajadores y sus representantes sean consultados, informados y capacitados en todos los aspectos de seguridad y salud en el trabajo relacionados con las labores que realizan, incluidas las disposiciones relativas a situaciones de emergencia, por lo que el empleador debe brindar las facilidades para que los trabajadores y sus representantes dispongan del tiempo y de recursos para participar activamente en los procesos de organización, de planificación y de aplicación, evaluación y acción del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. SEGURIDAD Y SALUD OCUPACION
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COMITÈ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO El cambio más emblemático de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo es que se reduce de 25 a 20 trabajadores el requisito para la constitución del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, en tal sentido se precisa en el nuevo ordenamiento que los empleadores con 20 o más trabajadores a su cargo constituyen un comité de seguridad y salud en el trabajo, cuyas funciones son definidas en el reglamento, el cual estará conformado de manera paritaria por igual número de representantes de la parte empleadora y de la parte trabajadora. Siendo otro aspecto innovador el que los empleadores que cuenten con sindicatos mayoritarios incorporen un miembro del mismo sindicato en calidad de observador. Asimismo, en los centros de trabajo con menos de 20 trabajadores son los mismos trabajadores quienes nombran al supervisor de seguridad y salud en el trabajo. REPRESENTANTES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO SUPERVISORES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO: La Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo es más categórica que el reglamento al precisar que son los trabajadores quienes eligen a sus representantes ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o sus supervisores de seguridad y salud en el trabajo, agregando a diferencia de la norma reglamentaria que en los centros de trabajo donde existan organizaciones sindicales, la organización más representativa convoca a las elecciones del comité paritario, en su defecto es la empresa la responsable de la convocatoria y como novedad el brindar facilidades a los representantes y supervisores, en tal sentido la nueva normatividad precisa que los miembros del comité paritario y supervisores de seguridad y salud en el trabajo gozan de licencia con goce de haber para la realización de sus labores, de protección contra el despido encausado y de las facilidades para el desempeño de sus funciones en sus respectivas áreas de trabajo, seis meses antes y hasta seis meses después del término de su función. • REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO: El Cambio sustancial en este aspecto es que la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo reduce de 25 a 20 trabajadores el requisito para la elaboración del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo, en tal sentido se precisa que las empresas con 20 o más trabajadores elaboran su Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de conformidad con las disposiciones que establezca el reglamento. Asimismo en relación a las acciones que el empleador debe adoptar para mejorar el conocimiento sobre seguridad SEGURIDAD Y SALUD OCUPACION
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y salud en el trabajo la nueva legislación adiciona a lo estipulado en el reglamento el realizar no menos de 4 capacitaciones al año en materia de seguridad y salud en el trabajo, adjuntar al contrato de trabajo la descripción de las recomendaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo y brindar facilidades económicas y licencias con goce de haber para la participación de los trabajadores en cursos de formación en la materia. • DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES: Se agregan Como obligaciones del empleador el garantizar que las elecciones de los representantes de los trabajadores se realicen a través de las organizaciones sindicales, y en su defecto, a través de elecciones democráticas de los trabajadores; así como garantizar el real y efectivo trabajo del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo, asignando los recursos necesarios. El deber de prevención del empleador abarca también toda actividad que se desarrolle durante la ejecución de las ordenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad o en el desplazamiento a la misma, aún fuera del lugar y horas de trabajo; en cuanto a lo que la nueva normatividad denomina enfoque de género y protección de las trabajadoras, se considera que al estar en estado de gestación tienen derecho a ser transferidas a otro puesto que no implique riesgo para su salud integral, sin menoscabo de sus derechos remunerativos y de categoría. Se agregan dos obligaciones para el empleador, garantizar que los trabajadores hayan sido consultados antes de que se ejecuten cambios en las operaciones, los procesos y en la organización del trabajo que pudieran tener repercusiones en la seguridad y salud de los trabajadores. • DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES: Dentro de las innovaciones de la reciente Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo se puede citar el hecho de que si bien ratifica que todo trabajador tiene derecho a comunicarse libremente con los inspectores de trabajo, esto puede producirse aún sin la presencia del empleador, situación que no había sido prevista en el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo; de otro lado agrega como novedad que cuando se produzca la transferencia de un trabajador motivada por razones de seguridad y salud en el trabajo, esta debe producirse sin menoscabo de sus derechos remunerativos y de categoría y finalmente se agrega como obligación del trabajador responder e informar con veracidad a las instancias públicas que se lo requieran, caso contrario es considerado falta grave, sin perjuicio de la denuncia penal correspondiente. SEGURIDAD Y SALUD OCUPACION
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TECNOLOGIAS PREVENTIVAS DEL SISTEMA DE SEGURIDAD Y SALUD DEL TRABAJADOR
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BIBLIOGRAFÍA https://www.diba.cat/documents/467843/48867524/CROEM_Guia_NT_Prevencion .pdf/b0e08073-7614-4589-bae1-8b3ac26beeb2 https://www.nueva-iso-45001.com/category/sistema-de-gestion-de-la-sst/ http://catarina.udlap.mx/u_dl_a/tales/documentos/lis/lezama_l_a/capitulo5.pdf https://repositorio.uam.es/bitstream/handle/10486/668674/Perez_Llorente_Luis_tf g.pdf?sequence=1 http://www.munlima.gob.pe/images/descargas/Seguridad-Salud-en-elTrabajo/Decreto%20Supremo%20005_2012_TR%20_%20Reglamento%20de%2 0la%20Ley%2029783%20_%20Ley%20de%20Seguridad%20y%20Salud%20en %20el%20Trabajo.pdf
https://www.sunafil.gob.pe/normas-sst.html
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