UNIVERSIDAD ABIERTA PARA ADULTOS UAPA
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ASIGNATURA: Derecho Notarial SECCION: 10 UNIDAD: I SUSTENTADO POR: Ana Acosta 14-6491 PRESENTADO A: Carmen Ramona Martínez Fecha: Domingo 17 de Marzo 2019
1. Elabora una línea de tiempo acerca de la evolución del Derecho Notarial en la Época Colonial.
El Derecho Notarial en la Época Colonial
Derecho Notarial después de la Restauración
Época Republicana
El Derecho Notarial Durante el periodo de la Ocupación Haitiana
El Derecho Notarial durante la Anexión a España
El Derecho Notarial Durante la Ocupación Norteamericana
2. Emite un concepto propio de derecho notarial. El Derecho Notarial: Es una rama del Derecho, donde un funcionario público está autorizado para dar fe de los contratos, testamentos y otros actos extrajudiciales, conforme a las leyes.
3. Elabora un esquema con los principios del derecho notarial.
Principio del Derecho Notarial
Principio de Fe Pública o Principio de Seguridad Jurídica
Principio de Autenticidad
Principio de Inmediatez
Principio de Rogación
Principio de Unidad de Acto
Principio de la Forma
Principio de Registro o Protocolo
Principio de Consentimie nto
Principio de Publicidad
Principio de Extraneidad
4. Realice un ensayo de un página expresando cual es el objeto y la importancia del Derecho Notarial. El objeto del Derecho Notarial es la creación del Instrumento Público. A continuación, se desarrolla algunos aspectos importantes de esta ra ma del derecho, que nos permitirán comprenderlo de manera más amplia. Partamos de la perspectiva de que es equivocado pensar que el fin del instrumento público notarial sea sólo el de pre constituir una prueba; por la naturaleza e importancia de determinadas relaciones contractuales del Derecho exige la intervención notarial para darles nacimiento. De esta forma, el Derecho ofrece seguridad a las partes y a los terceros respecto a la oportunidad del acto contrato, la autenticidad del mismo, su legalidad y licitud eficacia en el tiempo. El derecho notarial es importante al igual que los notarios públicos, por lo cual se hace inimaginable el mercado sin los últimos, de tal forma que ahora ya nos hemos acostumbrado a su presencia, y en todo caso cumplen una importante función que consiste en brindar el servicio de fe pública a quien lo solicite, pero sólo en los casos que establece la ley, sin embargo, “este tema ha sido poco trabajado en la doctrina, ya que la mayor parte de los trabajos aplican el método dogmático y no el método funcionalista, con el cual se puede estudiar la realidad.