Tallerecursoshumanos

  • Uploaded by: Diana Ibarra
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  • October 2019
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Estudio de caso: Terminación de un contrato Muy apreciado(a) aprendiz. Para el desarrollo de esta etapa le invito a realizar el estudio de caso denominado: Terminación de un contrato. Esta actividad presenta las condiciones relacionadas con las posibles causales y procesos relacionados con la finalización de un contrato laboral de acuerdo a la aplicación de la normatividad vigente. Para ello se le presentará el siguiente caso, el cual le recomiendo analice y reconozca los retos que le presentará el mismo ante el reto de poder reconocer las posibles causas de terminación del contrato y el proceso que debe aplicarse para dar fin a la relación contractual entre empleado y empleador. Presentación del Caso: Martha Marín es asesora de ventas de la empresa ORVIS INTERNACIONAL, ha incumplido sus obligaciones reiterativamente y le ha sido llamada a atención verbal y de manera escrita en tres ocasiones, la empresa ha tomado la decisión de retirar del cargo a Martha. ¿Qué proceso se debe aplicar para realizar la liquidación de su contrato vigente en la empresa? Recuerde: Es importante que usted revise y de lectura comprensiva al caso, reconociendo las particularidades del mismo y el reto de comprensión que tiene al momento de poder identificar las causales de cancelación del contrato, el proceso a seguir, y el proceso que respalda la decisión de la empresa de cancelar su relación contractual con la señora Martha. RESPUESTA 1. Es importante citar que es un llamado de atención: “llamado de atención es una notificación que hace el empleador a un trabajador, cuando tiene que atentan contra el buen clima laboral de la organización, o cuando no está cumpliendo cabalmente con sus funciones. Al elaborarlo, se debe tener claro cuál es el aspecto a señalar y procurar expresarlo de la mejor manera posible.” 2. Un contrato se puede terminar con o sin justa causa. En este caso considero que es una justa causa, ya que la señora obtuvo varias llamadas de atención. Dejándolo claro que no ha estado cumpliendo con los requisitos laborales. 3. Debemos saber qué tipo de contrato se tenía con Martha Marín si era contrato a término fijo o a término indefinido. En el caso de un contrato a término fijo ambas partes conocen la fecha de terminación con anticipación y tiene una duración cierta y limitada en el tiempo de máximo 3 años. En el caso de un contrato a término indefinido no se pacta un tiempo de duración, no es definido cuando se terminará ni cuánto durará el contrato. Para este caso me voy enfocar en el contrato a término fijo.

Si estudiamos el caso de un contrato a término fijo, se termina en los siguientes casos:   

Cuando el plazo pactado en él expire. Cuando ambas partes acuerdan la terminación voluntariamente. Una de las partes decida terminarlo uníparamente, existiendo una justa causa o no.

En este caso una de las partes decidió de terminar el contrato uníparamente, en el caso de Martha Marín se considera una justa causa. Si el contrato se termina con justa causa, la empleada puede ser despedida sin el pago de indemnizaciones. Las justas causas para terminar un contrato se pueden encontrar en el artículo 62 del código sustantivo del trabajo. Sin embargo, cuando el trabajador no está de acuerdo puede acudir a la jurisdicción laboral a impugnar esa decisión. En ese caso un juez evalúa objetivamente los hechos que llevaron a cabo la decisión de terminar el contrato. La empleada también puede pedir que en la carta de despidida se indiquen las causas y motivos concretos y particulares que llevaron a tomar la decisión de retirarla del cargo. Si la señora Martha Marín no exige esta información, ni decide llevar el caso antes la jurisdicción laboral, podremos terminar el contrato dándola la esta información:

Cordial saludo Martha Marín: A base de los siguientes hechos, que usted ha incumplido sus obligaciones reiterativamente y ha recibido una llamada a atención verbal y de manera escrita tres veces, la empresa (ORVIS INTERNACIONAL) ha tomado la decisión de retirarla del cargo. Todas sus prestaciones sociales vigentes serán pagadas por nuestra tesorería. Si deseas puedes expedir una orden para realizar el examen médico de retiro. Atentamente: Administrador de Recursos Humanos.

4. La liquidación del contrato de trabajo, en este caso terminación unilateral por cualquiera de las partes en cualquier momento. Lo que se paga: (1) salarios adeudados, (2) prestaciones sociales, (3) aportes parafiscales a que haya lugar, (4) aportes a seguridad social, y (5) indemnizaciones si hubiera lugar a ellas.



Salarios adeudados: En este caso se calculan los días restantes que se tienen que pagar como salario. Primero se calcula el sueldo restante. Sueldo restante que se paga = (Sueldo mensual / 30) x Días laborados. En el caso que la señora recibía auxilio de transporte y bono de alimentación: Auxilio de transporte que se paga = (Cantidad de auxilio de transporte / 30) x Días laborados. Bono de alimentación que se paga = (Cantidad de bono de alimentación / 30) x Días laborados.



Las prestaciones sociales: Cesantías = (Días laborados x Salario) / 360 días. Intereses sobre cesantías = (Cesantías / 360 días) x Días laborados x 0.12. Prima = (Días laborados x Salario) / 360 días. Vacaciones = (Días laborados x Salario) / 720 días. Así que las prestaciones sociales que se tienen que pagar es la suma de todo lo anterior.



Aportes a seguridad social: aquí calculo no lo que aporte la empresa, pero la parte que el empleado tiene que contribuir a salud (4%) y pensión (4%). Esto se calcula a base de la nómina. La nómina es el pago mensual o quincenal que la empresa tiene que realizar a la señora Martha Marín. Esto se compone del salario, comisiones, horas extras, recargos nocturnos, festivos, dominicales, descuentos, etc. Salud = nómina x 0.04. Pensión = nómina x 0.04.



Indemnizaciones: El contrato se termina por justa causa, así que no hay indemnizaciones por pagar. Con toda esta información puedo liquidar el contrato.

Lo que se paga al empleado en este caso es (1) la suma de los salarios adeudados y las prestaciones sociales, y (2) deduciendo los aportes a seguridad social. Esta liquidación primero se firma en papel por ambas partes, se firma una copia para la empresa, y se firma una copia para la señora Martha Marín. 5. como último paso entrego a la señora Martha Marín la carta laboral.

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