Encabezado: ENTREGA TALLER 1 “NORMATIVIDAD”
Supervisión y gestión de residuos peligrosos Entrega taller 1
Karen Estefany Cano Santana 1070982799
Jineth Karina Machado Romaña Instructora
Facatativá, Cundinamarca. 19 de mayo de 2019 Ficha técnica: 1851706
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1. ¿Qué reglamenta parcialmente el decreto 4741 de 2005? R/ Se reglamenta parcialmente la prevención y manejo de los residuos o desechos peligrosos generados en el marco de la gestión integral 2. ¿Cuál es el objeto del decreto 4741 de 2005? R/ tiene como objeto proteger la salud humana y el ambiente mediante la prevención de la generación y regulación del manejo de los residuos o desechos peligrosos. 3. ¿Cuál es el alcance del decreto 4741 de 2005? R/ El presente decreto aplica para todas las personas que generen, gestionen y manejen residuos peligrosos en todo el territorio nacional. 4. De acuerdo con el Decreto 4741, escriba las definiciones de: - Almacenamiento: Es un acopio temporal de residuos peligrosos en un espacio definido y por un cierto límite de tiempo previo a su aprovechamiento, tratamiento o disposición final. - Generador: Cualquier persona, fabricante
importador que produzca residuos o
desechos peligrosos -Gestión integral: Conjunto de acciones interrelacionadas de política, operativas, normativas, financieras de planeación, sociales, administrativas, educativas de seguimiento y monitoreo con el fin de lograr beneficios ambientales y económicos desde la prevención hasta la disposición final de los residuos o desechos peligrosos. -Manejo integral: es la adopción de medidas adecuadas y necesarias en las actividades de prevención, reducción, separación en la fuente, acopio, almacenamiento, transporte, aprovechamiento, tratamiento y disposición final realizadas de manera apropiada con el fin de proteger la salud humana el ambiente contra los efectos nocivos temporales o permanentes que puedan generar tales residuos peligrosos. -Posesión de residuos o desechos peligrosos: Es la tendencia de esta clase de residuos con ánimo de señor y dueño, sea que el dueño o el que se da por tal tenga la cosa por sí mismo o por otra persona que la tenga en lugar y a nombre de él.
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-Residuo o desecho peligrosos: Es un residuo que, por sus características, corrosivas, reactivas, explosivas, toxicas, inflamables, infecciosas o radiactivas pueda afectar la salud humana y el medio ambiente. Así mismo es considerado un residuo o desecho peligroso todo envase, embalaje y empaque que haya tenido contacto con ellos. 5. Desacuerdo con el Decreto 4741 de 2005 ¿Cómo se clasifican los residuos o desechos peligrosos? R/ Los residuos incluidos en el Anexo I y Anexo II del presente Decreto se consideran como peligrosos a menos que no presenten ninguna de las características de peligrosidad descritas en el Anexo III del presente Decreto. La mezcla de un residuo o desecho peligroso con uno que no lo les confiere a este último características de peligrosidad y deber ser manejado como residuo o desecho peligroso. 6. Según el decreto 4741 de 2005. ¿Cuáles son las características que confieren a un residuo o desecho peligroso la calidad de peligroso? R/ La calidad de peligrosidad se otorga a residuos o desechos que contengan características corrosivas, reactivas, explosivas, toxicas, inflamables, infecciosas y radiactivas. 7. Describa el procedimiento que establece el decreto 4741 de 2005 mediante el cual se puede identificar si un residuo o desecho es peligroso. R/ A través de la caracterización físico-química de los residuos o desechos generados. 8. ¿Cuáles son las referencias para el procedimiento de muestreo y análisis de laboratorio para determinar la peligrosidad de un residuo o desecho peligroso, que establece el decreto 4741 de 2005? R/ Actualmente el IDEAM es quien establece los protocolos de muestro y análisis de laboratorio para la caracterización físico-química de los residuos peligrosos del país. Sin embargo, antes de que esto ocurriera se podían tomar como referencia los documentos (SW-846) de la agencia ambiental de los estados unidos y el documento (ASTM).
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9. De acuerdo con el Decreto 4741 de 2005. ¿Cómo se deben presentar los residuos o desechos peligrosos? R/ Para presentar los residuos o desechos peligrosos se deben envasar, embalar, rotular, etiquetar y transportar en armonía con lo establecido en el Decreto 1609 de 2002 o por aquella que la modifique o sustituya. 10. ¿Cuáles son las obligaciones del generador que establece el Decreto 4741 de 2005? R/ a). Garantizar la gestión y manejo integral de los residuos o desechos que se generan. b). elaborar un plan de gestión integral de los residuos peligrosos que se generen, minimizando la cantidad y peligrosidad de los mismos; documentando el origen, cantidad y características de peligrosidad. c). Identificar las características de peligrosidad tomando como referencia el Articulo 7 del presente decreto. d). Garantizar que el envasado o empacado y etiquetado de sus residuos o desechos peligrosos se realice de acuerdo a lo establecido en la normatividad vigente. e). Cumplir con lo establecido con el Decreto 1609 de 2002 o aquella que lo modifique o sustituya, cuando remita residuos o desechos peligrosos para ser transportados, suministrar al transportador las hojas de seguridad. F). Registrarse ante la autoridad ambiental por una única vez y actualizar la información anualmente de acuerdo a lo que establece el Artículo 27 del presente Decreto. g.) capacitar al personal encargado de la gestión y manejo de los residuos en sus instalaciones. Divulgando el riesgo que estos residuos representan para la salud y el ambiente. h). Contar con un plan de contingencia actualizado para para atender cualquier eventualidad que se presente y contar con el personal preparado para su implementación. En caso de tratarse un derrame de estos residuos el plan de contingencia debe seguir los lineamientos del decreto 321 de 1999 por el cual se adopta el plan de contingencia contra derrames de hidrocarburos, derivados y sustancias nocivas en aguas marinas. i). conservar las certificaciones de almacenamiento, aprovechamiento tratamiento y disposición final que emitan los respectivos receptores durante un tiempo de 5 años. Página 4 de 7
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11. ¿A qué se refiere el Decreto 4741 con la subsistencia de la responsabilidad? R/ La subsistencia de la responsabilidad existirá hasta que el residuo o desecho peligroso sea aprovechado como insumo o dispuesto con carácter definitivo.
12. ¿Cuál es la responsabilidad del fabricante o importador establecida en el decreto 4741? R/ El fabricante o importador será responsable del manejo de los embalajes y residuos del producto o sustancia hasta que el residuo o desecho peligroso sea aprovechado como insumo o dispuesto con un carácter definitivo 13. Según el Decreto 4741 de 2005 ¿Cuáles son las obligaciones y la responsabilidad del receptor? R/ -Tramitar y obtener las licencias o permisos de carácter ambiental necesarios. -
Cumplir con la normatividad de transporte, salud ocupacional y seguridad industrial necesaria.
-
Brindar un manejo seguro y ambientalmente adecuado de los residuos recepcionados de acuerdo con la normatividad vigente.
-
Expedir al generador una certificación indicando que ha concluido la actividad de manejo de residuos
-
Contar con personal certificado y capacitado para el manejo de los residuos o desechos peligrosos.
-
Indicar en la publicidad de sus servicios el tipo de actividad y tipo de residuos o desechos peligrosos que están autorizados manejar.
14. según el decreto 4741 de 2005, ¿De quién es la responsabilidad acerca de la contaminación y remediación de sitios? R/ Aquellas personas que resulten responsables de la contaminación de un sitio a causa de in manejo inadecuado de residuos peligrosos estarán obligados a diagnosticar y reparar el daño causado. 15. De acuerdo con los establecido en el decreto 4741 de 2005. ¿Quiénes están obligados a efectuar la formulación, presentación e implementación de los planes de gestión de devolución de productos posconsumo? Página 5 de 7
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R/Los fabricantes o importadores de productos que al desecharse se convierten en los residuos o desechos peligrosos deberá presentar ante el ministerio de ambiente, vivienda y desarrollo territorial el respectivo plan de gestión de devolución de productos posconsumo como son plaguicidas en desuso, sus envases, embalajes y empaques que hayan tenido contacto con plaguicidas, fármacos y medicamentos vencidos, baterías usadas plomo-acido. 16. De acuerdo con lo establecido en el decreto 4741 de 2005 ¿cuáles son las obligaciones del consumidor o usuario final de productos o sustancias químicas con propiedad peligrosa? R/ - Están obligadas a seguir las instrucciones de manejo seguro suministrados por el fabricante o importador del producto o sustancia química hasta finalizar su vida útil. - Entregar los residuos o desechos peligrosos posconsumo al mecanismo de devolución o retorno que el fabricante o importador establezca. 17. ¿Cuáles son los deberes de las autoridades ambientales en la gestión integral de los residuos o desechos peligrosos? R/ Implementar un registro de generadores de residuos o desechos peligrosos. Reportar anualmente durante el mes de enero del año siguiente al IDEAM la formación recolectada a través del registro territorial de generadores. 18. ¿Cuáles son las categorías de generadores que establece el Decreto 4741 de 2005? R/ - Gran generador: Genera residuos o desechos peligrosos en una cantidad mayor o igual a 1000.0 kg/mes - Mediano generador: Genera residuos o desechos peligrosos en una cantidad mayor o igual a 100.0 kg/mes y menor a 1000.0 kg/mes. - Pequeño generador: Genera residuos o desechos peligrosos en una cantidad mayor o igual a 10.0 kg/mes y menor a 100.0 kg/mes 19. ¿Qué condiciones debe tener el transporte de residuos o desechos peligrosos objeto de movimiento transfronterizo según el Decreto 4741 de 2005? R/ conforme a lo establecido en la ley 253 de 1996 de los residuos peligrosos que sean objeto de movimiento transfronterizo deben estar embalados, etiquetados y transportados Página 6 de 7
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teniendo en cuenta los usos internacionales permitidos y transportados teniendo en cuenta las recomendaciones de transportes de mercancías peligrosas. 20. ¿Qué prohibiciones establece el Decreto 4741 de 2005? R/ - Introducir al territorio desechos reactivos nucleares y tóxicos. - Importar residuos o desechos orgánicos contaminantes persistentes (Aldrin, Clorando, Dieldrin, Endrin, Heptacloro, Hexaclorobenceno, Mirex, Toxafeno, Bifenilos policlorados, DDT) - Importar sustancias que contengan Bifenilos policlorados (PCD) en una concentración igual o mayor a 50mg /kg. - Quemar residuos o desechos peligrosos a cielo abierto. 21. ¿Qué establece el Decreto 4741 de 2005 respecto de los residuos o desechos hospitalarios? R/ Los residuos o desechos hospitalarios se rigen por las normas vigentes sobre la materia o aquellas que la modifiquen o sustituyan 22. ¿Qué establece el Decreto 4741 de 2005 respecto a los residuos o desechos de plaguicidas? R/ Los residuos o desechos de plaguicidas se rigen por las normas vigentes específicas sobre el tema o aquellas que las modifiquen o sustituyan salvo las disposiciones que sean contrarias a lo establecido en el presente decreto. 23. ¿Qué establece el Decreto 4741 de 2005 respecto a los residuos o desechos de reactivos? R/ Los residuos reactivos se rigen por la normatividad vigente en materia de licencias ambientales sin perjuicio del cumplimiento de la normatividad establecida por el ministerio de minas y energía y las demás autoridades competentes.
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