Seminario De Tesis Doctoral.docx

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CONTROL DE LECTURA 7: EL PLANTEAMIENTO DE LA INVESTIGACIÓN I.

PREGUNTAS PLANTEADAS A LO LARGO DE LA LECTURA 1. ¿Qué es el plan provisional de la investigación? 2. ¿Qué elementos conforman el plan provisional de la investigación?

II.

RESPUESTA A LAS PREGUNTAS PLANTEADAS

1. ¿Qué es el plan provisional de la investigación? El jurista Luis Ponce de León Armenta nos refiere que una vez delimitado el objeto de la investigación, es posible proceder a la elaboración de lo que él llama el guión inicial (o plan provisional), el cual nos permite una primera posibilidad de valorar el camino a recorrer en virtud de prever o preestablecer los medios de investigación que hemos de emplear en nuestro trabajo. Entre dichos medios, figuran: las fuentes de información, los métodos, las técnicas, las actividades programadas, los instrumentos de comprobación de la hipótesis, etcétera. Es en esta etapa donde se fijan los objetivos específicos, contenidos y los ya referidos medios de investigación, además de servir para analizar la experiencia acumulada por el investigador sobre el objeto de investigación. Ello, en aras de determinar mecanismos de comprobación de hipótesis e instrumentación de los mismos, las técnicas, las actividades programadas, los instrumentos de comprobación de hipótesis, entre otros, que han de emplearse a la postre. El autor en comento también nos refiere que existen investigaciones jurídicas cuyo plan provisional ya se encuentra dado, como las investigaciones en los procesos jurisdiccionales en los cuales el juzgador se basa en las normas jurídicas procesales (ley adjetiva).1 Finalmente, Luis Ponce de León Armenta recomienda que para elaborar nuestro plan provisional de investigación utilicemos el método sistemático, el deductivo y el histórico; asimismo, recomienda la utilización el empleo de los sistemas de clasificación de contenidos conocidos como “el tradicional y el decimal”.2

1

Nota personal: Me gustaría ahondar en el tema. Cfr. Ponce de León Armenta, Luis, Metodología del Derecho, décima tercera edición, Editorial Porrúa, México, 2011, p. 35. 2

1

2. ¿Qué elementos conforman el plan provisional de la investigación? Continuando con lo señalado por Luis Ponce de León Armenta, tenemos que el plan provisional de la investigación se conforma por lo siguiente: a) Previsión del tiempo, ruta crítica o cronograma. Se emplea para programar cada una de las actividades indagatorias conforme a fechas, previstas para evitar la acumulación de actividades al final de esta sub-etapa. b) Selección de fuentes de investigación. Consiste en la selección de materiales de investigación, en la cual el jurista delimita previamente el contenido del marco teórico de referencia y el avance científico sobre la investigación. Recordemos que la calidad de las fuentes de investigación determina en gran medida la calidad del resultado de la misma. c) Selección de técnicas, métodos y demás instrumentos para la comprobación o desaprobación de la hipótesis. Entre los medios a emplear en la investigación, destacan los relativos a las técnicas y métodos que hemos de elegir en nuestro trabajo; asimismo, engloba los apoyos complementarios de los cuales nos hemos de hacer valer a efecto de aprobar o desaprobar nuestra tesis. d) Previsión de los recursos. En conjunto con lo anterior, debemos considerar los recursos necesarios para la investigación (es decir, materiales, instrumentos, pagos de personal, viáticos, entre otros). e) Previsión de actividades para la comprobación de la hipótesis. El autor también nos recomienda programar las actividades que debemos realizar a efecto de comprobar nuestra hipótesis, caso en el cual relacionaremos el tiempo que tenemos disponible con las técnicas y los métodos previstos (que ya puntualizamos en sub-etapas anteriores).3 III.

CONCLUSIÓN PERSONAL Luis Ponce de León Armenta identifica el plan provisional de la investigación bajo el

nombre de “guión inicial”. Al respecto, el autor refiere que este plan o guión nos permite valorar a priori el camino a recorrer a lo largo de nuestra investigación, buscando

3

Ibídem, pp. 36-37.

2

preestablecer los medios, técnicas y métodos que hemos de utilizar al realizar formalmente nuestro trabajo. De manera relevante, el autor en cita señala que es en esta etapa donde hemos de fijar nuestros objetivos, contenidos y los medios de investigación; lo anterior, con el propósito de estructurar a título personal el camino que hemos de seguir como investigadores en un tema concreto. Con todo lo anterior me encuentro plenamente de acuerdo, pues considero que incluso antes de redactar nuestro protocolo de investigación es importante que como ejercicio personal anticipemos de qué manera vamos a realizar nuestro trabajo (valga la redundancia) de investigación; esto nos ahorrará tiempo y recursos, además de que nos permitirá ser realistas con los objetivos trazados. Al respecto, me llama la atención que Ponce de León Armenta señala que existe un tipo de investigación jurídica dentro de la cual el plan provisional se encuentra dado; refiriendo que es un tipo de investigación realizada por el Órgano jurisdiccional y que se basa en normas jurídicas procesales. Este punto no me ha quedado claro y me gustaría abundarlo en clase. También quisiera enfatizar que el autor citado nos señala que dentro de la sub-etapa llamada “selección de técnicas, métodos y demás instrumentos para la comprobación o desaprobación de la hipótesis” se recomienda el empleo de técnicas de investigación de campo (muestreos, encuestas, observación científica, etcétera), las cuales deben ser combinadas con las de carácter documental; esto abona a lo que hemos venido viendo en clases anteriores. En cuanto a las sub-etapas generales que conforman el plan de investigación, me encuentro de acuerdo y considero que se encuentran muy completas al referir varios aspectos trascendentales que otros autores soslayan de plano, tales como la suma económica real con la cual contamos a efecto de realizar nuestro trabajo de investigación. Ello sí se encuentra dentro del plan provisional de investigación propuesto por Luis Ponce de León Armenta, lo cual celebro. IV. 

REFERENCIAS Ponce de León Armenta, Luis, Metodología del Derecho, décima tercera edición, Editorial Porrúa, México, 2011.

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