Introducción Al Derecho Aduanero.docx

  • Uploaded by: Claudia Copa Nalvarte
  • 0
  • 0
  • June 2020
  • PDF

This document was uploaded by user and they confirmed that they have the permission to share it. If you are author or own the copyright of this book, please report to us by using this DMCA report form. Report DMCA


Overview

Download & View Introducción Al Derecho Aduanero.docx as PDF for free.

More details

  • Words: 992
  • Pages: 2
INTRODUCCIÓN AL DERECHO ADUANERO La evolución histórica del Derecho Aduanero se debe a partir de la definición etimológica del vocablo aduana. La mayoría de los investigadores coinciden en afirmar que su origen es arábigo. Algunos otros investigadores, manifiestan que proviene de la palabra “Divanum” que significa: “la casa donde se recogen los derechos”; de allí empezó a llamársele “Divana”, luego “Duana” y por último “Aduana”. La Aduana es considerada institucionalmente desde sus orígenes como una oficina donde se efectuaban registros y se percibían los tributos que gravaban la entrada y la salida de las mercaderías. Las aduanas se manifiestan como los únicos lugares habilitados por la autoridad para cruzar las fronteras del Estado de que se trate y adonde deben dirigirse imperativamente todos los que pretenden atravesarlas conduciendo mercadería. Ubicadas en los puertos y en los caminos de tráfico comercial, constituyen verdaderas "puertas" de entrada y salida de las mercaderías. La consideración de las aduanas como "puertas" ineludibles para cruzar con mercaderías las fronteras de los Estados tenía en la Antigüedad una muy especial significación, dado el carácter sagrado de los "límites" del ámbito espacial donde estaban asentadas las ciudades. En efecto la consagración de ellos a los dioses protectores de la ciudad determinaba que los extranjeros y sus mercaderías sólo podían ingresar a tales ámbitos mediante una autorización formal y por los lugares previstos a ese fin. La idea de puerta o puerto como lugar de entrada y salida, así como de pago de los tributos, está presente en la propia denominación que se les daba a muchos de esos gravámenes. En esa época muchas mercaderías se hallaban excluidas del comercio por razones religiosas, de seguridad o de abastecimiento. Así, en la Antigüedad proliferaron las prohibiciones de exportación, por lo que ya desde sus orígenes las aduanas no se limitaron a percibir tributos. Egipto gozó de una gran estabilidad gracias a su unidad étnica y a su aislamiento geográfico. En la época de los Faraones esta nación vivía replegada sobre sí misma, con una economía cerrada, por lo que su comercio exterior era relativamente escaso. No obstante, se importaban diversas clases de maderas, metales, marfiles, lanas, aceite de oliva, vinos finos, resina, etc.. A su vez, Egipto exportaba trigo, textiles de calidad, cerámicas, perfumes, papiros, entre otros productos. Por lo general, era el Faraón quien disponía tales exportaciones, mediante sus propias embarcaciones o en caravanas que protegía con escoltas militares Se trataba de verdaderas expediciones estatales. Esto se explica si se tiene en cuenta que toda la tierra en Egipto era propiedad personal del Faraón y que la mayor parte del comercio interno estaba en sus manos. Por su ubicación geográfica, Egipto era un lugar de tránsito de las mercaderías provenientes de la India y del sur de África hacia el Mediterráneo .

En Egipto, la relación entre producción interna y exportación egipcia es muy desequilibrada, el importar ciertas materias de otras partes fue constante y como nos dice Blaker (1974) los faraones se fueron acostumbrando a practicar una política comercial y militar por medio de la cual procuraban la libertad de comercio, la regularidad de las importaciones, la seguridad en los mares o en las rutas de las caravanas. En la edad media se vuelve a los impuestos personales (directos), no existiendo en sus principios Hacienda Pública, ni verdaderos impuestos. Los señores feudales imponían a sus vasallos Capitaciones e impuestos territoriales y cobraban ciertos derechos por la circulación de las personas y de las cosas (peaje, portaje, puntazgo, barcaje) y sobre las transmisiones de la propiedad y las sucesiones. El rey vivía de su patrimonio y del derecho que le asistía para que todos contribuyeran a sus necesidades; pero no existían principios. Bases, ni sistemas tributarios. La Edad Media, que suele identificarse con el sistema feudal, asentado en una economía cerrada basada en la explotación agropecuaria, afecta en realidad con esta característica tan sólo a un sector de Europa continental. En efecto, al margen de la Europa rural que durante la Edad Media se repliega sobre sí misma, algunas ciudades de este continente permanecieron abiertas al exterior y, mediante el dominio de ciertos sectores del Mar Mediterráneo y un floreciente intercambio comercial, lograron un desarrollo notorio. Entre las ciudades europeas que se destacan por su actividad comercial, cabe mencionar a Venecia y Genova , que establecen fuertes vínculos con Bizancio — ciudad que será la capital del Imperio Romano de Oriente hasta 1453 — y también se relacionan con el Imperio islámico y con otras ciudades del norte de Europa. Incluso puede recordarse la extraordinaria expedición de los mercaderes venecianos Nicolo, Maffeo y Marco Polo a través de la China y de la India y que llegaron, luego de cruzar la Gran Muralla, a instalarse en la propia capital del Imperio tártaro . Genova también mantuvo un intercambio comercial intenso con Bizancio. Señala John Day que los geno-veses gozaron en el imperio bizantino de la exención de los derechos de aduana (denominados Kommerkion), pero el Estado genovés gravaba con un derecho (Kara-tipeyre) a los comerciantes que arribaban a sus puertos. Al respecto, afirma este autor que "Uno de los rasgos distintivos del régimen aduanero de Genova en la Edad Media consiste en la percepción de derechos sobre el tráfico genovés entre puertos extranjeros". Y agrega que "El carácter mercantil del Estado genovés y los intereses de sus numerosos acreedores explican que en el siglo XIV las franquicias de derechos de aduana hubieran sido limitadas al máximo: efectivamente, habían sido reducidas en la práctica a los objetos de consumo personal". También encontramos el impuesto de aduanas en Inglaterra, donde según Mc Culloch (Economista Inglés del siglo XIX, discípulo de Ricardo ) estaba establecido desde antes que en las Repúblicas Italianas. Pero mientras éstas, y en especial Venecia, establecieron el impuesto de aduana sobre bases restrictivas para proteger su industria y su comercio, Inglaterra lo había establecido sobre bases de carácter puramente financiero, política que modificó un tanto hasta el siglo XVII.

Related Documents


More Documents from ""

Imp Renta .pdf
June 2020 2
June 2020 0
Resum. Cap.i.docx
June 2020 6
Comunicado.docx
June 2020 9