Contrato De Distribución

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CONTRATO DE DISTRIBUCIÓN Conste por el presente documento el Contrato de Distribución que celebran de una parte: - XWZ con RUC Nº __________, con domicilio en ______________ , representado por su Gerente General Sr. _____________ , en adelante XWZ, y de la otra parte, - Don _________ identificado con D.N.I Nº _______ y RUC Nº __________; domiciliado en _______________ a quien en adelante se denominará EL DISTRIBUIDOR, en los términos y condiciones siguientes: CLAUSULA PRIMERA: LAS PARTES Y SUS ANTECEDENTES 1.1 1.2

1.3 1.4 1.5

XWZ, es una empresa que distribuye en (localidad) lo siguiente: (especificar productos). EL DISTRIBUIDOR, es una persona dedicada al comercio, que funciona como negocio unipersonal o como persona jurídica, cuyo rubro principal es la distribución de productos para ______ (especificar) , en la zona de (especificar lugar). EL DISTRIBUIDOR declara que ha solicitado a XWZ ser distribuidor independiente no exclusivo de sus productos. EL DISTRIBUIDOR cuenta con un negocio propio, así como con medios comerciales y personal propio. EL DISTRIBUIDOR, declara que cuenta con la experiencia y conocimientos propios para dedicarse al comercio de los productos

CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO Por el presente documento XWZ ofrece a EL DISTRIBUIDOR, quien lo acepta, el derecho de distribuir en la zona de (indicar lugar) dentro del territorio nacional, los siguientes productos: (especificar los productos) CLAUSULA TERCERA: PLAZO DE DURACIÓN 3.1 El plazo de duración del presente contrato es de un año a partir de la fecha; pudiendo ser renovado por acuerdo de las partes. 3.2 Sin perjuicio de lo anterior, queda establecido que XWZ podrá terminar el contrato en cualquier momento cursando a la otra parte una carta notarial en ese sentido con 30 días de anticipación sin que ello genere derecho de pago y/o de indemnización alguna a favor de la otra parte. 3.3 A la terminación de este contrato, EL DISTRIBUIDOR cesara inmediata y automáticamente de utilizar o distribuir productos con nombre o marcas de XWZ o que, en la opinión de XWZ, posean una semejanza con cualquier nombre o marca de XWZ o de sus empresas asociadas que pueda engañar o inducir a engaño o confundir voluntaria o involuntariamente al cliente final. CLAUSULA CUARTA: ALCANCES DE LA DISTRIBUCIÓN

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4.1. EL DISTRIBUIDOR realizara las actividades como distribuidor en forma independiente, no subordinada, ni exclusiva para productos del rubro, sin perjuicio de otras actividades comerciales que realiza el distribuidor. 4.2 La presente distribución se entiende limitada únicamente a la venta, sea al contado o financiada, de los productos precisados en la Cláusula SEGUNDA. 4.3 No podrá inferirse ni interpretarse que la presente distribución implica el otorgamiento de representación de cualquiera de las partes con respecto a la otra para que actúe como su representante comercial, judicial, administrativa o legalmente. 4.4 En tal sentido, ninguna de las partes presentará, asumirá o aceptará compromisos, garantías, fianzas o avales de clase alguna en nombre de la otra. Del mismo modo, tampoco negociará, celebrará o ejecutará contratos en nombre de ésta. 4.5 XWZ no incurrirá en responsabilidad si por cualquier motivo dejase de comercializar o no tuviese disponible cualquiera de los productos que figuran en el Anexo. CLAUSULA QUINTA: ORDEN DE COMPRA 5.1 5.2

EL DISTRIBUIDOR colocará su orden de compra, adjuntando una letra de cambio aceptada, a la vista y por el importe del precio total más IGV. XWZ procederá al suministro de la mercadería solicitada dentro de los _____ días, con la correspondiente factura y guía de remisión. En caso no hubiera disponibilidad; se le comunicará al DISTRIBUIDOR, sin responsabilidad para XWZ.

CLAUSULA SEXTA: PRECIO Y FORMA DE PAGO 6.1 6.2 6.3

6.4

El precio del producto será el indicado en el Anexo I que se adjunta. XWZ se reserva el derecho de modificar los precios total o parcialmente, notificando tal circunstancia por escrito al distribuidor con una anticipación mínima de ______ días. EL DISTRIBUIDOR deberá pagar la factura a que se refiere la cláusula 5.2, a los ________ días de recibida la mercadería. En caso de mora, no será necesario un requerimiento de pago, para que se genere un interés diario de __ % diario, hasta su total cancelación. EL DISTRIBUIDOR será libre de fijar el precio de venta de los productos al consumidor final. No obstante, dicho precio no puede ser menor al que figura en el Anexo 1.

CLAUSULA SÉTIMA: ENTREGA DE LA MERCADERÍA 7.1 7.2 7.3

La entrega de la mercadería será en el almacén de XWZ. EL DISTRIBUIDOR es responsable de la entrega en buen estado de la mercadería al cliente final. EL DISTRIBUIDOR respetará la composición y presentación de los productos objeto de este acuerdo, sin que pueda manipularlos ni venderlos en otros envases o envoltorios o bajo otro nombre o marca que los originales.

CLAUSULA OCTAVA: COMPRAS MÍNIMAS 8.1 XWZ fijará al inicio de cada año los objetivos mínimos de venta que deberá cumplir el distribuidor. 8.2 Para los efectos del presente contrato EL DISTRIBUIDOR se compromete a adquirir a XWZ como mínimo las cantidades mensuales que se indican en el anexo 1. 8.3 De no cumplirse con dichas compras mínimas, XWZ, podrá resolver el presente contrato y recalcular el precio otorgado a EL DISTRIBUIDOR, en base a precios de consumidor final, emitiendo una Nota de Debido que deberá ser cancelada por EL DISTRIBUIDOR, en el plazo máximo de ____ días.

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CLAUSULA NOVENA: NATURALEZA DE RELACIÓN ENTRE LAS PARTES 9.1 En la medida que entre XWZ y EL DISTRIBUIDOR no existe sino una simple relación civil y comercial derivada del presente contrato, queda claramente establecido que cada una será la única responsable frente a sus respectivos trabajadores por los respectivos derechos y beneficios laborales de estos, así como de sus obligaciones en materia administrativa, tributaria o, en general, por la obtención o renovación de sus autorizaciones, permisos, licencias, concesiones o similares exigidos para el desarrollo de sus actividades empresariales. 9.2 EL DISTRIBUIDOR deberá respetar todos los derechos de propiedad industrial de XWZ. El DISTRIBUIDOR no podrá utilizar el nombre comercial de SUNCHEMICAL o marcas registradas bajo las cuales se presentan comercialmente los productos, en ningún medio de publicidad, tarjetas de presentación, carteles, folletos, vehículos, chequeras o papelería, sin el previo consentimiento por escrito de XWZ. 9.3 EL DISTRIBUIDOR por ningún motivo podrá presentarse como empleado o atribuirse facultades de representación de XWZ. 9.4 Todos los gastos que se generen por la distribución de los productos tales como pago de impuesto, gasto de transporte, papelería, etc., son por cuenta del Distribuidor. 9.5 Al ser contratistas independientes, los distribuidores no serán considerados como franquicia. CLAUSULA DÉCIMA: CESIÓN DE DERECHOS Se establece que EL DISTRIBUIDOR no podrá ceder ni transferir, bajo ningún título, su posición o derecho en el presente contrato, salvo autorización expresa de XWZ, mientras tenga vigencia el presente contrato. CLAUSULA UNDÉCIMA: COMPETENCIA DESLEAL EL DISTRIBUIDOR se obligan a no realizar los siguientes actos ni directa ni indirectamente: - Inducir o tratar de inducir deslealmente a cualquier cliente, proveedor o empleado de empleado de XWZ a contratar o no contratar con XWZ. - Buscar, tratar de buscar u obtener la ruptura contractual con los clientes de XWZ o interferir deslealmente con las relaciones comerciales de XWZ o con cualquier persona que sea cliente de XWZ a partir de la fecha de la firma del presente Acuerdo, salvo en lo que se refiere a su zona de distribución. CLAUSULA DUODÉCIMA: PACTO DE CONFIDENCIALIDAD EL DISTRIBUIDOR reconoce y acepta que desde la suscripción del presente documento estará en la posibilidad de tener y/o tendrá acceso a información confidencial de XWZ; por lo cual se compromete a guardar la debida reserva del caso. Así mismo EL DISTRIBUIDOR es responsable de que el personal a su cargo o de cualquier tercero que contrate, mantenga la más estricta confidencialidad con respecto a la información que reciba o adquiera en sus relaciones comerciales con XWZ; la cual no comunicará, divulgará ni entregará a terceros, aun después de finalizado el plazo del contrato. CLAUSULA DÉCIMA TERCERA: CONVENIO ARBITRAL Las partes declaran haber celebrado el presente contrato de acuerdo a las leyes peruanas. Todo litigio, controversia, desavenencia o reclamación resultante, relacionada o derivada de este acto jurídico o que guarde relación con él, incluidas las relativas a su validez, eficacia o terminación incluso las del convenio arbitral, serán resueltas mediante arbitraje de derecho con árbitro único,

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cuyo laudo será definitivo e inapelable, cuya designación y procedimientos serán llevados de conformidad con los reglamentos y el Estatuto de Centro de Conciliación y Arbitraje Nacional e Internacional de la Cámara de Comercio de Lima a cuyas normas, administración y decisión se someten las partes en forma incondicional, declarando conocerlas y aceptarlas en su integridad. En caso que por cualquier circunstancia deba designarse a un árbitro sustituto, éste será designado siguiendo el mismo procedimiento señalado en el párrafo anterior para la designación del árbitro que se sustituye. El arbitraje se desarrollará en la ciudad de Lima, en el lugar que el árbitro decida. Las partes renuncias a la interposición de recurso de apelación del laudo arbitral que se emita. En todo lo no previsto en la presente cláusula se aplicará las normas contenidas en la Ley General de Arbitraje y sus modificatorias a cuyas normas las partes se someten de forma incondicional Para cualquier intervención de los jueces y tribunales ordinarios dentro de la mecánica arbitral, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los jueces y tribunales de la ciudad de Lima, renunciando al fuero de sus domicilios. Esta cláusula no es aplicable para el cobro de las facturas y/o letras que respalden las mismas, emitidas por XWZ, cuya cobranza se efectuará ante los jueces y tribunales de Lima de acuerdo con las normas correspondientes. El presente contrato es firmado por las partes en la Ciudad de _____ a los __ días del mes de ______ de 200_, en dos ejemplares, uno para cada parte.

----------------------------------XWZ

----------------------------------EL DISTRIBUIDOR

CONTRATO DE DISTRIBUCIÓN ANEXO I PRODUCTO

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VOLÚMEN

US$

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