Organismos De Gobierno Del Iess.docx

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ORGANISMOS DE GOBIERNO DEL IESS ÓRGANOS DE GOBIERNO DEL IESS Son responsables de la aplicación del Seguro General Obligatorio. DENTRO DE LA ESTRUCTURA

- CONSEJO DIRECTIVO: Es el órgano máximo de gobierno del IESS, responsable de las políticas para la aplicación del Seguro General Obligatorio. Tiene por misión la expedición de las normativas de organización y funcionamiento de los seguros generales administrados por el IESS, el planeamiento estratégico del ahorro previsional, la regulación y supervisión de las direcciones de los seguros generales y especiales aplicados por el IESS, y la fiscalización de los actos de la administración del IESS. RESPONSABILIDADES. a.-La aprobación de las políticas y de los programas de aplicación del seguro general obligatorio b.-La regulación administrativa para la prestación del seguro general obligatorio. c.-La expedición de las normas técnicas y resoluciones de cumplimiento obligatorio por las demás autoridades del IESS. d.-La elaboración del Reglamento General de la Ley de Seguridad Social y sus reformas. e.-La aprobación de la división administrativa del Instituto por Circunscripciones territoriales. f.- La expedición de los reglamentos interno del IESS.

-

DIRECCIÓN GENERAL:

Es el órgano responsable de la organización, dirección y supervisión de todos los asuntos relativos a la ejecución de los programas de protección previsional de la población urbana y rural, con relación de dependencia laboral o sin ella, con sujeción a los principios contenidos en esta Ley, de la Administración de los fondos propios del IESS y de los recursos del Seguro General Obligatorio, de la recaudación de las contribuciones y los demás ingresos, propios y administrativos de la gestión ejecutiva del Instituto y de la entrega de información oportuna y veraz. RESPONSABILIDADES.

a) Representar Judicial y extrajudicialmente al Instituto b) Ejercer la jurisdicción coactiva de que se halla investido el IESS para el cobro de aportes y contribuciones fondos de reserva, intereses, multas, descuentos, responsabilidades patronales, créditos y obligaciones a favor de sus empresas y remates de bienes embargados. c) Ejecutar y hacer cumplir las resoluciones del Consejo Directivo. d) Designar a los Directores Provinciales de cada uno de las circunscripciones territoriales del Instituto. e) Supervisar la actuación de los Directores de las Administradoras de Seguros.

f) Autorizar los actos, contratos, inversiones, transferencias de dominio, y toda operación económica y financiera del Instituto sometida a su aprobación, hasta la cuantía que fijarán las Disposiciones Generales del Presupuesto del IESS. g) Nombrar, promover, sancionar y remover al personal del Instituto, de conformidad con las leyes y reglamentos sobre la materia. h) Formular la proforma presupuestaria anual del Instituto y someterla a los trámites de ley previos a su aprobación al Consejo Directivo i)

Mantener informado al Consejo Directivo de la marcha del Instituto y de la situación actual de cada una de las administradoras de seguro.

j)

Los demás que señale esta Ley y su Reglamento General

-

DIRECCIÓN PROVINCIAL:

Tendrá por misión principal la aplicación de las estrategias de aseguramiento obligatorio, la recaudación oportuna de las aportaciones de los empleadores y asegurados y la calificación del derecho a prestaciones de los afiliados comprendidos en la circunscripción geográfica se du competencia. RESPONSABILIDADES.

a) Manejo de las cuentas patronales e individuales de los asegurados. b) Ejercicio de la jurisdicción coactiva. c) Consolidación de la información presupuestaria y contable de todas las dependencias administrativas subordinadas a su autoridad. d) Contratación de recursos humanos y servicios generales. e) El aprovisionamiento de bienes y equipamiento -

DIRECCIONES ESPECIALIZADAS:

Son Órganos de gestión, especializados en el aseguramiento de las contingencias y la calificación del derecho a las prestaciones que otorga el Seguro General Obligatorio, con los grados de autonomía operativa que señale el Reglamento. RESPONSABILIDADES.

a) La Dirección del Seguro General de Salud individual y familiar: Es el órgano ejecutivo encargado del aseguramiento colectivo de los afiliados y jubilados. b) La Dirección de sistema de pensiones: responsable de la protección de la población asegurada contra las contingencias de vejez, invalidez y muerte. c) La Dirección del Seguro General de Riesgos del Trabajo: Es la responsabilidad de administrar los programas de prevención y ejecutar acciones de reparación de los daños derivados de accidentes y enfermedades profesionales. d) Dirección del seguro social campesino: es la responsabilidad de administra los procesos de aseguramiento entrega de pensiones, prestaciones de salud y monetarias y compra de servicios médico asistenciales dirigidas al jefe de familia.

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