DEFINICION DEL PRESUPUESTO El autor Héctor Villegas, nos indica que presupuesto es: “Un acto de gobierno mediante el cual se prevén los ingresos y gastos estatales y se autorizan estos últimos para un período futuro determinado, que generalmente es de un año.”
1
Por su parte, el autor Manuel Matus Benavente nos señala en relación al presupuesto que el mismo es: “El documento legal en el cual sistemática y anticipadamente se calculan los ingresos y se autorizan los gastos que habrán de producirse en un Estado a un cierto período de tiempo.”2 También, el autor Carlos Gulianni Fonrouge nos indica que presupuesto es: “Un acto de trascendencia que regula la vida económica y social del país con significación jurídica y no meramente contable, que es una manifestación integral de la legislación, de carácter unitario en su constitución, fuente de derechos y obligaciones para la administración y productor de efectos con relación a los particulares.” 3
CONCEPTUALIZACIÓN DE PRESUPUESTO EL PRESUPUESTO Es aquel acto que cuenta con carácter administrativo, constituyendo una norma de derecho, encargada de la regulación de la vida social y económica de un determinado país. Además, cuenta con un significado jurídico y unitario. Es fuente de obligaciones y de derecho para la debida administración, y trae consigo efectos para el resto de los particulares, los cuales pueden cambiar el derecho objetivo y subjetivo de los terceros.
1
Villegas. Ob. Cit., pág. 189. 7
2
Matus Benavente. Ob. Cit., pág. 220. 8
3
Guiliani Fonrougue, pág. 165.
NATURALEZA JURÍDICA DEL PRESUPUESTO EN GUATEMALA El presupuesto en la sociedad guatemalteca toma forma de ley, debido a que el mismo es fuente tanto de derechos, como de obligaciones determinadas entre el Estado guatemalteco y los particulares que tienen participación activa en la nación. Por ello, para la aprobación del presupuesto en Guatemala se deben de cumplir con todos los requisitos que la Constitución Política de la República de Guatemala y de la Ley Orgánica del Presupuesto, Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala se exige. Por lo anotado anteriormente, puedo entonces determinar que el presupuesto en nuestra sociedad guatemalteca es una ley ordinaria, positiva y vigente.