Dobra Lusic Nadal Nombre: Dobra Francisca Lusic Nadal Años en Poder Judicial: desde abril de 1975 como oficial tercero del 2º Juzgado de Menores de Valparaíso. Como jueza desde agosto de 1980 en el 1º Juzgado de Letras de Puerto Varas (esta información es sacada de prensa de página de emol.cl) En su declaración jurada, se señala que su fecha de inicio en el Poder Judicial es el 01 de Octubre de 1975. Cargos desempeñados: Informacion extraída mayoritariamente de emol.cl, complementada por la declaración patrimonial del sitio infoprobidad.cl y con su curriculum vItae. -
Oficial tercero 2º Juzgado Menores Valparaíso. Año 1975 Secretaria del 2º Juzgado del Crimen de Puerto Montt Jueza 1º Juzgado de Letras de Puerto Varas. Año 1980 Jueza 3º Juzgado del Crimen de Santiago Relatora Corte de Apelaciones de Santiago En 1997, es nombrada Ministra de la Corte de Apelaciones de San Miguel. Este cargo lo desempeña hasta el 18 de noviembre de 2002. EL 21 de Noviembre de 2002, asume cargo de Ministro de Corte de Apelaciones de Santiago. Ejerce este cargo hasta marzo de 2018. En marzo de 2018, asume la Presidencia de la Corte de Apelaciones de Santiago sucediendo a Miguel Vásquez Plaza. Fue integrante y presidenta de la Corte Marcial entre los años 2014 y 2016
Áreas de interes: Derecho Penal Declaración Patrimonial: Realiza docencia remunerada en la Universidad Central de Chile desde el 1 de Octubre de 2005. -
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Bien inmueble, en región Metropolitana, comuna de Ñuñoa, con avalúo fiscal de $8.000.000. Adquirido el 14 de Noviembre de 1997. Posee plena propiedad y esta inscrita en Conservador Bienes Raices de Santiago. Bien inmueble, en región Metropolitana, comuna de El Monte, con avalúo fiscal de $2.000.00. Adquirido el 24 de Octubre de 2014. Posee plena propiedad y esta inscrita en Conservador Bienes Raices de Talagante. Bien inmueble, en región Metropolitana, comuna de El Monte, con avaluo fiscal de $250.000. Posee plena propiedad y esta inscrito en Conservador de Bienes Raices de Talgante. Bien inmueble, en región Metropolitana, comuna de Providencia, con avalúo fiscal de $90.000.000. Adquirido el 4 de Febrero de 2005. Posee plena propiedad y esta inscrita en Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Esta propiedad constituye su domicilio. Bien inmueble, en región Metropolitana, comuna de Santiago, con avalúo fiscal de $50.000.000. Adquirido el 24 de Octubre de 2014. Esta dquirido como copropiedad ye sta inscrito en el Conservador de Bienes Raices de Santiago.
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Desde 2014 posee derecho consuntivo de aprovechamiento de aguas superficiales del Canal Chiñigue, emitido por el 1º Juzgado de Letras de Talagante. Número de resolución 279 Bien mueble: no declara Posee un capital total de $30.000.000 en Instrumentos o valor transable en Chile: Adquiridos el 1 de Marzo de 2001: $22.000.000 (moneda nacional) invertidos en cuotas de fondos mutuos en Banco Scotiank. Sin gavámenes. Adquiridos el 1 de Marzo de 2010: $6.000.000 (moneda nacional) invertidos en cuotas de fondos mutuos en Banco Scotiabank. Sin gravámenes. Adquiridos el 1 de Marzo de 2012: $2.000.000 (moneda nacional) invertidos en depósitos a plazo en Copeuch. Sin gravámenes. No declara acerca de instrumentos o valor transable en el extrajero No declara acerca de Contratos y administración de valores. Pasivos: deuda crédito de consumo en Banco Scotiabank por un monto de $20.000.000 y deuda por crédito hipotecario en Banco de Chile por un monto de $30.000.000
Parientes en el Poder Judicial: en su declaración patrimonial señala a tres hermanos, un cuñado y su madre. Sin embargo, no se puede acceder a sus nombres o cargos. -
Yelica Lusic Nadal, abogado asesor Ministerio Público.
Participación en sociedades: Según la declaración patrimonial actualizada a marzo de 2018 del sitio infoprobidad.cl no posee participación en sociedades, comunidades o empresas. No declara informacion respecto de contratos y administracion de valores, como tampoco de concesiones. Casos de relevancia mediática: -
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Esclareció el secuestro, la tortura y asesinato de la militante del MIR Lumi Videla, quien tras ser asesinada fue lanzada al patio de la embajada de Italia, en 1974 En los años 90, investigó los casos en los que estaba involucrado Osvaldo Romo, como la desaparición del militante del MIR Alfonso Chanfreau Oyarce, detenido el 30 de julio de 1974. Lusic, ubicó a Romo en Brasil y logró que fuera deportado en 1992. Romo fue condenado a 10 años de prisión por el secuestro del mirista Manuel Cortez Joo; y a 5 años y un día por el de Ofelio Lazo, detenido desaparecido desde julio de 1974. Cumplió su condena en la cárcel pública de Colina, ya que no era militar, hasta su fallecimiento en 2007. En esta investigacion, Lusic, interrogó a decenas de ex agentes, aclarando así parte del funcionamiento de la DINA. Integrando la Corte Marcial, llevó el caso del accidente del avión Casa 212, en la Isla de Juan Fernández, donde procesó a dos oficiales en retiro y tres oficiales en servicio de la Fuerza Aérea de Chile, por ser responsables de incumplir con sus deberes militares. Sin embargo, cuatro de estos oficiales acudieron al TC para un requerimiento de inconstitucionalidad sobre las normas del Código de Justicia Militar que se les aplicaron, a lo cual el TC fallo a su favor.
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En 2005, asumió la investigación por el secuestro y asesianto del menor Rodrigo Anfruns, ocurrido en 1979, pero la investigación se cerró sin imputados. En 2007, la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, aprobó por unanimidad conceder la libertad bajo fianza a la familia Pinochet, en el marco del Caso Riggs. Los ministros Fuentes, Dobra Lusic y Joaquín Billard ratificaron la decisión de Carlos Cerda, quien concedió el beneficio previo pago de una fianza de 300 mil pesos. En 2012, Dobra Lusic, Juan Crstóbal Mera y el abogado integrante Rodrigo Asenjo acogen recurso interpuesto por el Ministerio de Salud en contra del Tribunal de Ética del Colegio Médico. El Ministerio de Salud denunció al Tribunal de etica del Colegio médico a los médicos y diputados Juan Luis Castro y Marco Antonio Nuñez, por divulgar la ficha clínica de pacientes de la Posta Central, entre las que se encuentra la de Daniel Zamudio. El Tribunal de Ética del Colegio Médico no acogió la denuncia por considerar que los involucrados actuaron en su calidad de parlamentarios y no de médicos. Caso Riggs: Dobra Lusic reemplazó al juez Muñoz en la sustantación del caso Riggs cuando la defensa del ex gobernante de facto intentó sacarlo del proceso mediante una petición de recusación. Dobra Lusic, subrogando al ministro Sergio Muñoz en todas sus causas, rechazó inhabilitarse para seguir conociendo de la querella por falso testimonio del Presidente de la UDI, senador Jovino Novoa. De esta forma, Lusic resolvió de inmediato la petición de implicancia que hizo ayer la defensa del parlamentario, la cual se sustenta en el argumento de que Lusic ya habia emitido opinión sobre el falso testimonio en que habia incurrido el sacerdote José Luis Artiagoitia. Dobra Lusic se inhabilitó del caso de homicidio del menor Rodrigo Anfrus Papi cometido en junio de 1979. El caso le llegó al subrogante legal, don Manuel Antonio Valderrama, quien devolvió el caso a Lusic porque sus argumentos no eran consitutivos de la causal legal de implicancia del COT. En 2013, la CS acogió recurso de queja contra la Ministra Dobra Lusic y la abogado integrante Teresa Alvarez Bulacio, por dictar sentencia mediante la cual rechazaron la reclamación de la Municipalidad de Las Condes en contra de la decisión del Consejo para la Transparencia de acoger un amparo por denegacion de acceso a la informacion en contra de la Municipalidad. El fallo de la CS dice que los jueces recurridos incurrieron de manera inequívoca en falta o abuso grave porque no aplicaron las normas expresas que se refieren a la causal de secreto o reserva y se deja sin efecto la sentencia de la CA, acogiendo el reclamo de la Municipalidad de Las Condes. En fallo Ro20.197-2017, la CA de Santiago, unánimemente rechazó un recurso de protección contra la presidenta Michelle Bachelet, por no responder a la solicitud de indulto presentada por los familiares de dos internos del Penal de Punta Peuco. En 2016, la CA acogió un recurso de reposición interpuesto por el MOVILH contra Dobra Lusic y otros ministros de la CA por declarar inadmisible un recurso de protección acerca de igualdad de derechos y el matrimonio igualitario. ROL 1113-2012 Rol 1690-2015 de 10 julio de 2015, Corte de Apelaciones de Santiago. Caso en que determinó la responsabilidad civil de una clínica privada por negligencia, debido a que no informó oportunamente a un paciente que portaba SIDA.
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Sentencia en que ordena al Servicio de Registro Civil rectificar la partida de nacimineto de una persona con disforia de género. Rol 3222-2012 de 22 de enero de 2014, Corte de Apelaciones de Santiago.
Sentencias dictadas desde 2005: -
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ROL 1837-2011 Corte de Apelaciones de Santiago. ROL 3164-2009 Corte de Apelaciones de Santiago retifica sentencia de primera instancia de Juez Carroza en el caso del secuestro calificado Mamerto Espinoza en 1974. Dobra Lusic señala que no se debe aplicar ley de amnistía. En 2008, CA de Santiago dicta condena en caso de DDHH conocido como Carlos Cuevas. Se condenó a tres integrantes de la DINA por el secuestro de 7 personas entre el 18 y 22 de diciembre de 1973 en Santiago. Dobra Lusic desestimó los argumentos del juez de primera instancia que acogió la petición de la prescripción y señaló que se deben calificar los hechos como “crímenes de guerra”, y por enden, aplicar los Convenios de Ginebra para determinar la condena. Causa Nº16907/2005. Resolución Nº19471 de Corte de Apelaciones de Santiago, 22 de septiembre de 2005. La CA acoge recurso y revoca decisión de tribunal que somete a proceso a A.A.C.L. por crimenes en 1973, a esto Dobra lusic vota en forma disidente manifestando que la vigencia y aplicación de los hechos investigados de los instrumentos internacionales sobre DDHH a los que el Estado de chile ha concurrido corresponde a una materia que debe ser analizada y resuelta por el juez a quo en un estadio procesal que no se condice con la etapa preliminar en que se encuentra la causa (Nº16907-2005). Causa 6140-2007, Resolución Nº70877, de 11 de Mayo de 2010. Corte de Apelaciones de Santiago. Causa 1087-2007. Resolución Nº6379, de 12 de enero de 2010. Corte de Apelaciones de Santiago. Causa 2382-2010. Resolución Nº148181, de 31 de agosto de 2010. Corte de Apelaciones de Santiago. Causa 185-2015. Resolución Nº665383, de 21 de julio de 2015. Corte de Apelaciones de Santiago. Causa 778-2009. Resolución Nº217322, de 06 de noviembre de 2009. Corte de Apelaciones de Santiago. En esta causa, se abarca la temática de la media prescripción. Causa 1670-2005. Resolución 132926, de 29 de septiembre de 2005. Corte de Apelaciones de Santiago. En esta causa, se trata el delito de secuestro, como un delito permanente, cuyo plazo de prescripción no empieza a correr sino hasta una vez terminado el delito, es decir, que la persona deja de estar secuestrada. Dobra Lusic esta a favor de que no se aplique la prescripción en este tipo de casos. No se aplica ley de amnistía. Causa 15006-2006. Resolución Nº170909, de 12 de noviembre de 2008. No se aplica ley de amnistía. Dobra Lusic vota para que no se aplique ley de amnistía.
Estudios de Postgrado: En su CV aparecen solo cursos de capacitación, no se encuentra información acerca de que posea otra grado académico superior al de Licenciado en Ciencias Juridicas. Dichos cursos de capacitación son: -
Derecho de propiedad y Recurso de Protección Nuevo régimen matrimonial Sistema Interamericano de protección de los DDHH La acción de nulidad de Derecho Público Orden Público Económico y Recursos de Amparo Económico y de Protección.
Trabajo Gremial: -
Dirigente Asociación Regional de Magistrados (Información CV en Poder Judicial) Dirigente Asociacion Nacional de Magistrados (Información en CV de Poder Judicial)