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TITULO PRELIMINAR (DISPOSICIONES GENERALES)

TITULO I (LA COMUNIDAD EDUCATIVA)

LEY 17/2007, de 10 de diciembre, DE EDUCACIÓN DE ANDALUCIA Art. 1.- Objeto y ámbito de aplicación de la Ley Art. 2.- Programación general de la enseñanza Art. 3.- Sistema Educativo Público de Andalucía Art. 4.- Principios del sistema educativo andaluz Art. 5.- Objetivos de la Ley Art. 6.- Igualdad de derechos y deberes Sección 1ª Art. 7.- Derechos del alumnado (Derechos y deberes) Art. 8.- Deberes del alumnado CAPITULO I Art. 9 .- Participación del alumnado (EL ALUMNADO) Sección 2ª Art. 10.- Asociaciones del alumnado (Asociaciones del Art. 11.- Inscripción y registro alumnado) Art. 12.- Medidas de fomento del asociacionismo Sección 1ª Art. 13.- Ordenación de la función pública docente (La func.pub.docente) Art. 14.- Registro de personal docente Art. 15.- Selección del profesorado Sección 2ª (Selección y Art. 16.- Provisión de puestos docentes provisión) Art. 17.- Adscripción del personal docente a la Administrac. educativa Art. 18.- Formación inicial del profesorado Sección 3ª CAPITULO II Art. 19.- Formación permanente del profesorado (Formación) (EL Art. 20.- Sistema Andaluz de Formación Permanente del Profesorado PROFESORADO) Art. 21.- Incentivos profesionales y licencias Sección 4ª (Prom.profesional, Art. 22.- Promoción profesional reconocim. valorac. y Art. 23.- Medidas para el profesorado apoyo al profesorado) Art. 24.- Prevención de riesgos y salud laboral Sección 5ª Art. 25.- Particip. de las asoc. del prof. en el Sist. And. de Form. Perm. (Asociac. del profes.) Art. 26.- Inscripción y registro Art. 27.- P.A.S. y de atención educativa comlementaria de los centros docentes y serv. educat. CAPITULO III (P.A.S) Art. 28.- Horario y jornada laboral Art. 29.- Participación de las familias en el proceso educ. de sus hijos Art. 30.- Participación en la vida de los centros Sección 1ª (Participación en el Art. 31.- El compromiso educativo CAPITULO IV proceso educativo) Art. 32.- El compromiso de convivencia (LAS FAMILIAS) Art. 33.- Comunicación electrónica y otras formas de relación Art. 34.- Creación de las asociaciones Sección 2ª Art. 35.- Inscripción y registro (A.M.P.A.S.) Art. 36.- Medidas de fomento del asociacionismo

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TITULO II (LAS ENSEÑANZAS)

Art. 37.- Principios que orientan el curriculo CAPITULO I Art. 38.- Competencias básicas de las enseñanzas obligatorias (EL CURRICULO) Art. 39.- Educación en valores Art. 40.- Cultura andaluza Art. 41.- Principios generales de la educación infantil CAPITULO II Art. 42.- Desarrollo curricular Art. 43.- Iniciación en determinados aprendizajes (EDUCACIÓN INFANTIL) Art. 44.- Coordinación entre los centros de educación infantil y los de educación primaria Art. 45.- Contenidos educativos y requisitos de los centros que imparten el primer ciclo Art. 46.- Principios generales de la educación básica Art. 47.- Areas o materias instrumentales Sección 1ª Art. 48.- Estrategias y medidas de apoyo y refuerzo (Aspectos generales) Art. 49.- Gratuidad de los libros de texto Art. 50.- Servicios complementarios de la enseñanza Art. 51.- Promoción del deporte en edad escolar Art. 52.- Principios generales de la educación primaria Sección 2ª CAPITULO III Art. 53.- Las lenguas extranjeras (Educación primaria) (EDUCACIÓN Art. 54.- Coordinación con los centros de educación secundaria oblig. BASICA) Art. 55.- Principios generales de la educación secundaria oblñigatoria Art. 56.- Medidas de atención a la diversidad Art. 57.- Alumnado con materias pendientes Sección 3ª (Educación secundaria Art. 58.- Lenguas extranjeras obligatoria) Art. 59.- Programas de cualificación profesional inicial Art. 60.- Pruebas específicas para la obtención del título básico Art. 61.- Coordinación con los centros de postobligatoria Art. 62.- Principios generales del bachillerato Art. 63.- Coordinación con la educación secundaria obligatoria CAPITULO IV Art. 64.- Capacidad de aprendizaje autónomo y especialización (BACHILLEArt. 65.- Materias optativas RATO) Art. 66.- Orientación académica y profesional Art. 67.- Estancias para el perfeccionamiento de idiomas en la Unión europea Art. 68.- Principios generales de la formación profesional Art. 69.- Diseño curricular Art. 70.- Distrito único CAPITULO V Art. 71.- Pruebas de acceso (FORMACION PROFESIONAL) Art. 72.- Sistema Andaluz de Cualificaciones Profesionales Art. 73.- Centros integrados y centros de referencia nacional de formación profesional

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TITULO II (LAS ENSEÑANZAS)

Art. 74.- Formación en centros de trabajo de países de la Unión Europea Art. 75.- Enseñanzas a distancia Art. 76.- Estancias para el perfeccionamiento de idiomas en la Unión Europea Art. 77.- Colaboración con las universidades y las empresas Art. 78.- Definición Art. 79.- Principios generales de las enseñ. element. de mús. y danza Sección 1ª Art. 80.- Objetivos (Enseñanzas Art. 81.- Organización elementales de música Art. 82.- Centros y danza) Art. 83.- Principios pedagógicos Art. 84.- Principios generales de las enseñ. profes. de música y danza Sección 2ª Art. 85.- Centros (Enseñanzas artísticas Art. 86.- Principios generales de las enseñ. profes. de artes plást. y dis. profesionales) Art. 87.- Simultaneidad de estudios Art. 88.- Principios generales de las enseñanzas artísticas superiores CAPITULO VI Sección 3ª Art. 89.- Denominación de los centros (ENSEÑANZAS (Enseñanzas artísticas ARTISTICAS) Art. 90.- Organos de gobierno superiores) Art. 91.- Consejo Andaluz de Enseñanzas Artísticas Superiores Art. 92.- Creación del instituto Art. 93.- Naturaleza del instituto Art. 94.- Fines y objetivos del instituto Sección 4ª Art. 95.- Funciones del instituto (El instituto andaluz Art. 96.- Organos de gobierno y dirección del instituto de enseñanzas Art. 97.- Régimen económico y financiero del instituto artísticas superiores) Art. 98.- Régimen jurídico de los actos del instituto Art. 99.- Régimen de personal del instituto Art. 100.- Estatutos y constitución efectiva del instituto CAPITULO VII Art. 101.- Principios generales de las enseñanzas de idiomas (ENSEÑANZAS Art. 102.- Oferta de enseñanzas de idiomas DE IDIOMAS) Art. 103.- Requisitos de las escuelas oficiales de idiomas

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CAPITULO VIII (ENSEÑANZAS DEPORTIVAS)

Art. 104.- Principios generales de las enseñanzas deportivas

CAPITULO IX Art. 105.- Principios generales de la educación permanente de personas adultas Art. 106.- Pruebas para la obtención de titulaciones y para el acceso a enseñanzas artíst. super. (EDUCACION PERMANENTE DE Art. 107.- Oferta de enseñanzas para personas adultas ADULTOS) Art. 108.- Planes educativos

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CAPITULO I (ALUMNADO CON N.E.E.)

TITULO III (EQUIDAD EN LA EDUCACION)

CAPITULO II (RESIDENC. ESC.)

CAPITULO III (GRATUI. BECAS Y AYUDAS)

CAPITULO I (AUTONOMIA PEDAGOGICA, ORGANIZATIVA Y DE GESTION)

CAPITULO II TITULO IV

(LA FUNCION DIRECTIVA)

(CENTROS DOCENTES)

CAPITULO III (ORGANOS COLEGIADOS)

Art. 109.- Centros específicos de educación permanente de personas adultas Art. 110.- Modalidades en la oferta de enseñanzas Art. 111.- Redes de aprendizaje permanente Art. 112.- Innovación e investigación Art. 113.- Principios de equidad Sección 1ª (Aspectos generales) Art. 114.- Detección y atención temprana Art. 115.- Formación del profesorado Art. 116.- Profesorado y personal de atención educativa complementar. Sección 2ª (Recursos humanos, Art. 117.- Medios materiales y apoyos medios materiales y Art. 118.- Centros privados concertados apoyos) Art. 119.- Adaptaciones de las pruebas a los alumnos con n.e.e. Art. 120.- Residencias escolares Art. 121.- Escuelas-hogar Art. 122.- Sistema público de becas y ayudas al estudio Art. 123.- Gratuidad de los servicios complementarios Art. 124.- Reducción del precio público de determinados servicios Art. 125.- Disposiciones generales Art. 126.- El plan de centro Art. 127.- El proyecto educativo Art. 128.- El reglamento de organización y funcionamiento Art. 129.- El proyecto de gestión Art. 130.- Autoevaluación de los centros sostenidos con fondos públicos y de los serv. educativ. Art. 131.- El equipo directivo de los centros publicos Art. 132.- El director de los centros públicos Art. 133.- El proyecto de dirección Art. 134.- Reconocimiento de la función directiva Sección 1ª Art. 135.- Composición y competencias (Consejo Escolar) Sección 2ª Art. 136.- Composición y competencias (Claustro de prof.) Art. 137.- Regulación y funcionamiento Sección 3ª Art. 138.- Equipos de ciclo y de orientación (Organos de coordin. Art. 139.- Departamentos docente y de orientac. Art. 140.- Equipos docentes en los centros públi.) Art. 141.- La tutoría

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CAPITULO I (REDES EDUCAT)

TITULO V (REDES Y ZONAS EDUCATIVAS. DESCENTRALIZACIÓN Y MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA)

CAPITULO II (DESCENTRALIZACION EDUCATIVA)

CAPITULO III (ADMON.ENICA.)

CAPITULO I (REQ. Y AMBIT.)

CAPITULO II

TITULO VI

(EVALUACION DEL SISTEMA EDUCATIVO Y DE LOS CENTROS)

(EVALUACION DEL SISTEMA EDUCATIVO)

CAPITULO III (LA AGENCIA ANDALUZA DE EVALUACION EDUCATIVA)

TITULO VII (COOPERACION DE OTRAS ADMINISTRACIONES Y ENTIDADES)

CAPITULO I (COOPERACION CON LAS ADM. LOCALES)

Art. 142.- Redes educativas Sección 1ª (Zonas educativas) Sección 2ª (Servicios de apoyo)

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Art. 143.- Las zonas educativas

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Art. 144.- Servicios de apoyo a la educación

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Art. 145.- Inspección del sistema educativo Art. 146.- Organización de la inspección educativa Sección 3ª Art. 147.- Planes de actuación (Inspección educativa) Art. 148.- Consideración de autoridad pública Art. 149.- Visita a los centros docentes Art. 150.- Formación y evaluación Art. 151.- Realización de trámites administrativos a través de medios electrónicos Art. 152.- Calidad de los servicios educativos Art. 153.- Finalidades y ámbitos de la educación Art. 154.- Requisitos de la evaluación educativa Art. 155.- Evaluación general del sistema educativo Art. 156.- Evaluaciones de diagnóstico Art. 157.- Evaluación y acreditación del profesorado Art. 158.- Eval. de los centros doc. sostenidos con fondos públicos y de los serv. educativos Art. 159.- Difusión del resultado de las evaluaciones Art. 160.- Creación de la agencia Art. 161.- Naturaleza de la agencia Art. 162.- Fines y objetivos de la agencia Art. 163.- Organos de gobierno, de dirección y de carácter técnico de la agencia Art. 164.- Régimen económico y financiero de la agencia Art. 165.- Régimen jurídico de los actos de la agencia Art. 166.- Régimen de personal de la agencia Art. 167.- Código ético Art. 168.- Estatutos y constitución efectiva de la agencia Sección 1ª Art. 169.- Marco de la cooperación (Aspectos generales) Art. 170.- Solares necesarios para la construcción de centros educativ. Sección 2ª (Cooperación en la Art. 171.- Edificios destinados a centros docentes públicos creación, conserv. y Art. 172.- Centros docentes de titularidad municipal mant. de los centros) Art. 173.- Conserv. elem. y esc. de mús. y dan. de titularidad municip.

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Sección 3ª (Coop. prest. serv.) CAPITULO II (COOP. UNIVER.)

TITULO VII (COOPERACION DE OTRAS ADMINISTRACIONES Y ENTIDADES)

TITULO VIII (GASTO EN EDUCACION)

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CAPITULO III Art. 176.- Concertación de políticas educativas y de programas de cooperación territorial

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Art. 177.- El voluntariado en el ámbito educativo Art. 178.- Requisitos de las entidades colaboradoras Art. 179.- Celebración de convenios Sección 2ª Art. 180.- Creación CAPITULO IV (Censo de entidades) Art. 181.- Percepción de subvenciones y ayudas públicas (COLAB. CON OTRAS ENTID.) Sección 3ª Art. 182.- Partic. de las org. emp. y sindic. en los Consejos Escolares (Org. emp. y sindic.) Art. 183.- Convenios de colaboración con emp. org. empr. y sindic. Sección 4ª Art. 184.- Contribución al proceso educativo (Medios de com.social) Art. 185.- Programas de interés educativo

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Sección 1ª (El voluntariado)

Art. 186.- Informe anual sobre el gasto público en educación

Segunda Tercera Cuarta Quinta Primera Segunda Tercera

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Art. 175.- Cooperación con las universidades andaluzas

(COOP.ADM.ED.)

Primera DISPOSICIONES ADICIONALES

Art. 174.- Ambitos de actuación y fórmulas de colaboración

Cuarta Quinta Sexta Séptima Octava Novena

Gratuidad de los estudios de bachillerato, formación profesional inicial y enseñanzas artísticas profesionales de artes plásticas y diseño Datos personales del alumnado Centros que imparten el primer ciclo de educación infantil Profesorado de religión Acceso a la enseñanza posobligatoria de la población extranjera Acceso a la función pública docente Personal interino mayor de cincuenta y cinco años Personal interino asimilado al cuerpo de profesores especiales de institutos técnicos de enseñanzas medias Personal laboral fijo que realiza funciones docentes en los centros y secciones de educación permanente Personal laboral fijo de centros dependientes de administraciones no autonómicas Transformación de conservatorios elementales de música en profesionales Requisitos mínimos de los centros que imparten el primer ciclo de educación infantil Personal funcionario del cuerpo de maestros adscritos al primer ciclo de la E.S.O. Aplicación de las normas reglamentarias

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DISPOSICION DEREGATORIA

Unica

Derogación normativa

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DISPOSICIONES FINALES

Primera Segunda Tercera Cuarta

Modificación de la Ley 4/1984, de 9 de enero, de Consejos Escolares Composición y funciones del Consejo Andaluz de enseñanzas Artísticas superiores Desarrollo de la Ley Entrada en vigor

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