Final Procesal Laboral (1).docx

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FINAL DE PROCESAL LABORAL • 1- Que es un conflicto económico o de interés Cuando la finalidad del conflicto es la modificación de las condiciones de trabajo existentes o la creación de nuevas condiciones de trabajo, por no estar previstas. 2.-Que es un conflicto jurídico Son aquellos conflictos que surgen con motivo de la violación o inobservancia de las normas legales o contractuales que regulan el trabajo humano subordinado. 3.-Ponga un ejemplo de conflicto económico o de interés. La huelga gracias a que su finalidad es la de lograr la modificación de las condiciones de trabajo existentes en la empresa, o la creación de nuevas condiciones de trabajo 4.-Ponga un ejemplo de conflicto jurídico. La pretensión del trabajador a que el patrono le eleve el salario convenido, por ejemplo, en razón de que en un momento dado no corresponda al valor adquisitivo que tenía, la moneda cuando se inició el contrato de trabajo y resulte así gravosa la prestación del servicio con un salario inferior al que realmente corresponda a la labor ejecutada. 5.-Cuál es el fundamento de la Escuela del Proceso Único. Fue la primera aparecida en el tiempo, al tener en cuenta que los códigos civiles, sustantivos y procesales, constituían la estructura central de las sociedades latinas. Al ser exclusivos los códigos judiciales se presumía que dentro del abanico de juicios en ellos regulados se podían solucionar todos los litigios sin necesidad de diseñar otros procedimientos. Los conflictos laborales, con su necesidad de ser tramitados con sencillez y celeridad, perfectamente podrían ser resueltos dentro de alguno de los procesos del estatuto civil como serían los procesos abreviados o los verbales, por lo general para asuntos de menor cuantía. 6.-Cual es fundamento de la escuela radical. Para esta escuela en derecho laboral no se puede hablar de administración de justicia sino de solución de los conflictos laborales. Cuando un juez condena a un empleador a pagarle el salario mínimo a su trabajador, realmente está resolviendo un conflicto jurídico, pero no realizando justicia, pues si hay algo más contrario a

ella es la condena a una remuneración que al trabajador no le alcanza ni para sobrevivir. 7.-Cuál es el fundamento de la escuela de autonomía moderada Analogía del derecho procesal civil. El derecho procesal es uno solo. Se requiere un código procesal del trabajo, independiente del general o civil, o una sección especializada, contentivas de algunas reglas especiales de actuación que se adecúen a los principios e instituciones propias del trabajo, generadas por la desigualdad de las partes, la trashumancia de la mano de obra, incidentes, fijación de competencias por territorio o por cuantía, notificaciones, curador ad – litem, pruebas, recursos y procesos especiales. En todo lo demás deben regir los códigos generales o civiles del proceso. 8.-Cuál es el fundamento de la escuela de autonomía avanzada. Los tradicionales principios del derecho procesal del trabajo que adquirieron entidad en la primera mitad del siglo XX no tienen la misma validez o impacto gracias a que un principio no puede tener excepciones. Los principios deben tener una absoluta pretensión de validez que no admite excepciones y no toda precisión general orientadora de la actividad judicial es de por sí un principio, pues bien ser una aspiración. Un principio es el convencimiento o criterio íntimo de una sociedad, una comunidad o una persona que guía todas sus actuaciones, sin excepciones y le sirven como regla de conducta, hállense formulados o no. 9.-Cuando un trabajador reclama al Empleador un aumento salarial estamos frente a un Conflicto Económico? Si, gracias a que existe una relación singular de trabajo, y tienen como origen la pretensión de una de las partes a que se modifiquen las condiciones de trabajo convenidas. 10.- Diga cómo se instituyó la jurisdicción laboral en Colombia por primera vez. La intervención judicial para decidir los conflictos que surgen entre empleadores y trabajadores subordinados, se inicia en Colombia con la expedición de la ley 57 de 1915 sobre “accidentes de trabajo”, que fue el primer estatuto de carácter laboral que rigió en nuestro país. 11.- En que consiste el principio de inmediación. En que el juez practicará personalmente todas las pruebas. Cuando le fuere imposible hacerlo, por razón del lugar, comisionará a otro juez para que las practique. El comisionado, a su turno, recibirá las pruebas por sí mismo y

comunicará al comitente su apreciación íntima acerca de ellas, que, en el caso de prueba testimonial, consistirá en el concepto que le merezcan los deponentes y las circunstancias de mayor o menor credibilidad de sus testimonios. 12.-En que consiste El Principio de Consonancia. En que las sentencias de segunda instancia, así como la decisión de autos apelados, deberán estar en consonancia con las materias objeto del recurso de apelación. 13.-En que consiste El Principio de Aseguramiento de la Sentencia. En que cuando el demandado, en juicio ordinario, efectúe actos que el juez estime tendientes a insolventarse o a impedir la efectividad de la sentencia, o cuando el juez considere que el demandado se encuentra en graves y serias dificultades para el cumplimiento oportuno de sus obligaciones, podrá imponerle caución para garantizar las resultas del proceso, la cual oscilará de acuerdo a su prudente juicio entre el 30% y el 50% del valor de las pretensiones al momento de decretarse la medida cautelar. 14.-En que consiste el principio de irrenunciabilidad. Las disposiciones legales que regulan el trabajo humano son de orden público y, por consiguiente, los derechos y prerrogativas que ellas conceden son irrenunciables, salvo los casos expresamente exceptuados por la ley. 15.-De que conoce la jurisdicción del trabajo. La jurisdicción del trabajo está instituida para decidir los conflictos jurídicos que se originen directa o indirectamente del contrato y relaciones de trabajo. 16.- Un abogado representa a una persona en un proceso civil y esta persona revoca abusivamente el poder del abogado. El Abogado solicita al juez civil se sirva regularle los honorarios profesionales por la labor realizada. El Juez civil dicta un auto regulando los honorarios del abogado. Explique ante que jurisdicción conocería de la reclamación de honorarios profesionales. La jurisdicción del trabajo gracias a que ella está instituida para decidir los conflictos jurídicos que se originen directa o indirectamente del contrato y relaciones de trabajo. 17.- Un sindicato realiza una huelga. El empleador considera que esa huelga está viciada de ilegalidad. Explique si la declaratoria de ilegalidad de la huelga la conoce el Ministerio del Trabajo o la Jurisdicción del Trabajo. Y explique ante quine presentaría la solicitud de ilegalidad de la huelga.

La legalidad o ilegalidad de una suspensión o paro colectivo del trabajo será declarada judicialmente mediante trámite preferente. En primera instancia, conocerá la Sala Laboral del Tribunal Superior competente. Contra la decisión procederá el recurso de apelación que se concederá en el efecto suspensivo y se tramitará ante la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia. La providencia respectiva deberá cumplirse una vez quede ejecutoriada. 18.- Un sindicato de empleados públicos pierde el número mínimo para subsistir. Explique cómo se llama la acción y que jurisdicción tiene la competencia. La reclamación judicial de honorarios profesionales se hace ante la jurisdicción ordinaria laboral. 19.- Como se determina la Competencia General en materia laboral. La competencia se determina por el último lugar en donde haya sido prestado el servicio, o por el domicilio del demandado, a elección del demandante. 20.- Como se determina la competencia en los juicios contra la Nación. El juez laboral del circuito del último lugar donde se haya prestado el servicio, o el del domicilio del demandante, a elección de este, cualquiera que sea su cuantía, donde no hay juez laboral, conocerá el juez civil del circuito. 21.- Como se determina la Competencia en los juicios contra los Departamentos. El juez laboral del circuito del último lugar donde se haya prestado el servicio, dentro del respectivo departamento, o el de su capital, a elección del actor, cualquiera que sea su cuantía, donde no hay juez laboral, conocerá el juez civil del circuito. 22.- Como se determina la Competencia contra los Municipios. El juez laboral del circuito, donde se haya prestado el servicio, donde no hay juez laboral, conocerá el juez civil del circuito. 23.- Como se determina la Competencia contra los establecimientos públicos, las Empresas Industriales y Comerciales del Estado. El del lugar del domicilio del demandado o el lugar donde se haya prestado el servicio, a elección del actor. 24.- Como se determina la Competencia contra las entidades del Sistema de Seguridad Social integral.

Será competente el juez laboral del circuito del lugar del domicilio de la entidad de la seguridad social demandada o el del lugar donde se haya surtido la reclamación del respectivo derecho, a elección del demandante. 25.- Como se determina la competencia en razón de la cuantía. Los jueces laborales de circuito conocen en única instancia de los negocios cuya cuantía exceda del equivalente a veinte (20) veces el salario mínimo legal mensual vigente, y en primera instancia de todos los demás. 26.- Como se determina la competencia en los negocios sin cuantía. En los proceso sin cuantía conoce en primera instancia el juez laboral del circuito. 27.- Ponga 1 ejemplo de proceso sin cuantía. Proceso Sumario de Disolución, Liquidación y Cancelación del Registro Sindical. 28.- En que consiste la Reclamación Administrativa. Las acciones contra la Nación, las entidades territoriales y cualquier otra entidad de la administración pública solo podrán iniciarse cuando se haya agotado la reclamación administrativa. Esta reclamación consiste en el simple reclamo escrito del servidor público o trabajador sobre el derecho que pretenda, y se agota cuando se haya decidido o cuando transcurrido un mes desde su presentación no haya sido resuelta. 29.- Como se encuentra conformada la Jurisdicción laboral en Colombia. 1. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (SALA DE CASACIÓN LABORAL). 2. TRIBUNALES SUPERIORES DE DISTRITO JUDICIAL (SALA LABORAL), 3. JUZGADOS DEL CIRCUITO EN LO LABORAL, 4. JUZGADOS DEL CIRCUITO EN LO CIVIL, 5. JUECES CIVILES MUNICIPALES DE CONOCIMIENTO MULTIPLE. 30.- Diga cuales son los requisitos formales de la demanda. 1. La designación del juez a quien se dirige. 2. El nombre de las partes y el de su representante, si aquellos no comparecen o no pueden comparecer por sí mismas. 3. El domicilio y la dirección de las partes, y si se ignora la del demandado o la de su representante si fueres el caso, se indicará esta circunstancia bajo juramento que se entenderá prestado con la presentación de la demanda. 4. El nombre, domicilio y dirección del apoderado judicial del demandante, si fuere el caso. 5. La indicación de la clase de proceso.

6. Lo que se pretenda, expresado con precisión y claridad. Las varias pretensiones se formularán por separado. 7. Los hechos y omisiones que sirvan de fundamento a las pretensiones, clasificadas y enumeradas. 8. Los fundamentos y razones de derecho. 9. La petición en forma individualizada y concreta de los medios de prueba. 10. La cuantía, cuando su estimación sea necesaria para fijar la competencia. 31.- Quien es el demandante. Es quien formula la demanda de manera personal o por conducta de un representante. 32.- Quien es el demandado. Es la persona contra quien se dirigen las pretensiones de la demanda o contra quien se formule. 33.- Cuando se califica el valor de lo pretendido.

34.- Cuales aspectos se tiene en cuenta para calcular el valor de lo pretendido. Los hechos el cual demuestran al juez los daños ocasionados por motivo del incumplimiento a los derechos demandados. 35.- El demandante deberá indicar en la demanda con precisión las razones y fundamentos de derecho? Si, debe indicar con precisión lo que se demanda, expresando con claridad y precisión los hechos, omisiones, sus las razones y fundamentos de derecho en que se apoya. Si no llegare a completar estos requisitos podrá ser inadmitida la demanda. 36.- Cuando se puede inadmitir la demanda. Antes de ordenar el traslado de la demanda, y si el juez observare que no reúne los requisitos exigidos por el artículo 25 del Cod. Proc. Lab., la devolverá al actor para que subsane las deficiencias que le señalen.

37.- Cuando se puede presentar la demanda verbal. Cuando el proceso que se vaya a adelantar sea de única instancia porque la cuantía de lo pretendido no excede los veinte (20) salarios mínimos legales vigentes.

38.- Que exigencias debe cumplir una demanda verbal. el artículo 70 del CPL. Se propondrá verbalmente y se extenderá por parte del Secretario un acta en donde consten: 1.- Los nombres y domicilios del demandante y demandado. 2.- Lo que se pretende. 3.- Loa hechos en que se funda la acción. Esta acta deberá llevara la firma del juez (a) y del Secretario (a). Aunque la norma no lo diga se debe hacer constar en el acta las pruebas que tiene el demandante. 39.- Como debe proponerse las pretensiones cuando se excluyen entre sí? 40.- Cuando se adiciona o se corrige la demanda? La demanda podrá ser reformada por una sola vez, dentro de los cinco (5) días siguientes al vencimiento del término del traslado de la inicial o de la de reconvención, si fuere el caso. El auto que admita la reforma de la demanda, se notificará por estado y se correrá traslado por cinco (5) días para su contestación. Si se incluyen nuevos demandados, la notificación se hará a estos como se dispone para el auto admisorio de la demanda. 41.- Cuando se retira la demanda. Para ello se requiere que no se haya notificado el auto admisorio de la demanda, y que si se solicitó una medida cautelar ésta no se haya practicado. 42.- Cuando se rechaza la demanda. Aunque en el proceso laboral no se regula el tema, el artículo 145 del CPL, nos conduce por analogía a lo señalado en el artículo 90 del CGP, el cual nos indica que el juez (a) rechazará la demanda cuando observe que carece de jurisdicción o de competencia o cuando esté vencido el término de caducidad para instaurarla. En los dos primeros casos ordenará enviarla con sus anexos al que considere competente; en el último, ordenará devolver los anexos sin necesidad de desglose. 43.- Es requisito formal el anexo de los documentos que se encuentran en poder del demandado solicitados con la demanda? 44.- Cuales son los requisitos formales de la contestación de la demanda? • La designación del juez a quien se dirige.

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El nombre de las partes y el de su representante, si aquellos no comparecen o no pueden comparecer por sí mismas. El domicilio y la dirección de las partes, y si se ignora la del demandado o la de su representante si fueres el caso, se indicará esta circunstancia bajo juramento que se entenderá prestado con la presentación de la demanda. El nombre, domicilio y dirección del apoderado judicial del demandante, si fuere el caso. La indicación de la clase de proceso. Lo que se pretenda, expresado con precisión y claridad. Las varias pretensiones se formularán por separado. Los hechos y omisiones que sirvan de fundamento a las pretensiones, clasificadas y enumeradas. Los fundamentos y razones de derecho. La petición en forma individualizada y concreta de los medios de prueba, y La cuantía, cuando su estimación sea necesaria para fijar la competencia, y Cuando la parte pueda litigar en causa propia, no será necesario el requisito en el numeral octavo.

45.- Por cuales causas se puede devolver la contestación de la demanda. Cuando la contestación de la demanda no reúna los requisitos de este artículo o no esté acompañada de los anexos, el juez le señalará los defectos de que ella adolezca para que el demandado los subsane en el término de cinco (5) días, si no lo hiciere se tendrá por no contestada en los términos del parágrafo anterior. 46.- Qué ocurre si se presenta la respuesta de los hechos de la demanda y no se expresan las razones de la respuesta? Un pronunciamiento expreso y concreto sobre cada uno de los hechos de la demanda, indicando los que se admiten, los que se niegan y los que no le constan. En los dos últimos casos manifestará las razones de su respuesta. Si no lo hiciere así, se tendrá como probado el respectivo hecho o hechos. 47.- Cuando se responde la demanda. 48.- Cuales son los medios de defensa del demandado. 49.- El apoderado del demandado, al responder la demanda puede comprometer la responsabilidad del demandado, confesando algunos hechos? 50.- Como pueden ser las notificaciones judiciales. A. Personalmente. B. En estrados

C. Por estados. D. Por edicto: E. Por conducta concluyente. 51.- Que autos se notifican personalmente. 1. Al demandado, la del auto admisorio de la demanda y, en general, la que tenga por objeto hacerle saber la primera providencia que se dicte. 2. La primera que se haga a los empleados públicos en su carácter de tales, y 3. La primera que se haga a terceros. 52.- Que autos se notifican en Estrados. Oralmente, las de las providencias que se dicten en las audiencias públicas. Se entenderán surtidos los efectos de estas notificaciones desde su pronunciamiento 53.- Que autos se notifican por Estado. 1) Las de los autos interlocutorios y de sustanciación, cuando no se hubieren efectuado en estrados a las partes o alguna de ellas, y 2) Las de los autos que se dicten fuera de audiencia. Los estados se fijarán al día siguiente al del pronunciamiento del auto respectivo y permanecerán fijados un día, vencido el cual se entenderán surtidos sus efectos. 54.- Que es un Estado judicial.

55.- En que consiste la notificación por conducta concluyente. • Cuando una parte o un tercero manifieste que conoce determinada providencia o la mencione en escrito que lleve su firma, o verbalmente durante una audiencia o diligencia, si queda constancia en el acta, se considerará notificada personalmente de dicha providencia en la fecha de presentación del escrito o de la audiencia o diligencia. • Cuando una parte retire el expediente de la secretaría en los casos autorizados por la ley, se entenderá notificada desde el vencimiento del término para su devolución, de todas las providencias que aparezcan en aquél y que por cualquier motivo no le hayan sido notificadas. • Cuando el escrito en que se otorgue poder a un abogado se presente en el juzgado de conocimiento se entenderá surtida la notificación por conducta concluyente de todas las providencias que se hayan dictado, inclusive el auto admisorio de la demanda o del mandamiento de pago, el día en que se notifique el auto que reconoce personería, a menos que la notificación se haya surtido con anterioridad.



Cuando se decrete la nulidad por indebida notificación de una providencia, ésta se entenderá surtida por conducta concluyente al día siguiente de la ejecutoria del auto que la decretó o de la notificación del auto de obedecimiento a lo resuelto por el superior.

56.- Explique en qué casos la notificación se da por intermedio de Curador Ad Litem. Cuando el demandante manifieste bajo juramento, que se considera prestado con la presentación de la demanda, que ignora el domicilio del demandado, el juez procederá a nombrarle un curador para la litis con quien se continuará el proceso y ordenará su emplazamiento por edicto, con la advertencia de habérsele designado el curador 57.- Como se notifican a las entidades públicas. Cuando en un proceso intervengan entidades públicas, el auto admisorio de la demanda se debe notificar personalmente a sus representantes legales o a quien estos hayan delegado la facultad de recibir notificaciones. 58.- Por intermedio de quien se notifica a las entidades públicas. mediante entrega que el notificador haga al secretario general de la entidad o en la oficina receptora de correspondencia, de la copia auténtica de la demanda, del auto admisorio y del aviso. 59.- Que providencias se notifican por Edicto? 1. La de la sentencia que resuelve el recurso de casación. 2. La de la sentencia que decide el recurso de anulación. 3. La de la sentencia de segunda instancia dictada en los procesos de fuero sindical. 4. La de la sentencia que resuelve el recurso de revisión. 60.- Que son las excepciones? Es una especial manera de ejercitar el derecho de contradicción o defensa en general que le corresponde a todo demandado y que consiste en oponerse a la demanda para atacar las razones de la pretension del demandante, mediante razones propias de hecho, que persigan destruirla o modificarla o aplazar sus defectos. 61.- Como se clasifican las excepciones? En dilatorioas o Previas y de mérito o fondo.

62.- Que son las excepciones dilatorias o previas? Son las que propone el demandado con la finalidad de corregir el procedimiento para evitar que éste termine con una sentencia inhinibitoria o con una nulidad que haga perder tiempo y dinero a la admon de justicia.

63.- Cuales son las excepciones que extinguen la acción y como se denominan? Es decir las perentorias o de fondo. Aquí aparecen las excepciones de cosa juzgada y prescripción, que aunque son perentorias pueden ser declaradas previamente por el Juez. El artículo 1º de la Ley 1149 de 2007, indica que también puede proponerse como previa la excepción de prescripción, cuando no haya discusión sobre la fecha de exigibilidad de la pretensión o de su interrupción o suspensión. Y respecto a la cosa juzgada dijo que el juez decidiría sobre ella, pero sin necesidad que el demandado la propusiera. 64.- Ponga un ejemplo de excepciones previas. Cuando el demandado observe que no se encuentren todos los presupuestos procesales o que el demandante no integró debidamente el contradictorio. 65.- Ponga un ejemplo de excepciones de mérito o de fondo. Cosa juzgada, prescripción. 66.- En qué momento se proponen las excepciones? En la contestación de la demanda 67.- Diga cuales excepciones de fondo se pueden proponer como previas? La de prescripción cuando no haya discusión sobre la fecha de exigibilidad de la pretensión, también la cosa juzgada. 68.- Cuales providencias pueden ser objeto del recurso de reposición? El recurso de reposición procederá contra los autos interlocutorios, se interpondrá dentro de los dos días siguientes a su notificación cuando se hiciere por estados y se decidirá a más tardar tres días después. Si se interpusiese en audiencia, deberá decidirse oralmente en la misma, para lo cual podrá el juez decretar un receso de media hora 69.- Cual es el termino para interponer el recurso de reposición? (2) Dos días siguientes a su notificación cuando se hiciere por estados. Si se interpusiere en audiencia, deberá hacerse oralmente en la misma.

70.- Cuales providencias pueden ser objeto de recurso de Apelación. 1. El que rechace la demanda o su reforma y el que las dé por no contestada. 2. El que rechace la representación de una de las partes o la intervención de terceros. 3. El que decida sobre excepciones previas. 4. El que niegue el decreto o la práctica de una prueba. 5. El que deniegue el trámite de un incidente o el que lo decida. 6. El que decida sobre nulidades procesales. 7. El que decida sobre medidas cautelares. 8. El que decida sobre el mandamiento de pago. 9. El que resuelva las excepciones en el proceso ejecutivo. 10. El que resuelva sobre la liquidación del crédito en el proceso ejecutivo. 11. El que resuelva la objeción a la liquidación de las costas respecto de las agencias en derecho. 12. Los demás que señale la ley. 71.- Cual es el término para interponer el Recurso de Apelación? El recurso de apelación se interpondrá: 1. Oralmente, en la audiencia en que fue proferido el auto y allí mismo se concederá si es procedente. 2. Por escrito, dentro de los cinco (5) días siguientes cuando la providencia se notifique por estado. El juez resolverá dentro de los dos (2) días siguientes. 72.- Según la Ley 712 de 2001, cuales autos son apelables? 73.- Como se interpone el recurso? El recurso de apelación se interpondrá: 1. Oralmente, en la audiencia en que fue proferido el auto y allí mismo se concederá si es procedente. 2. Por escrito, dentro de los cinco (5) días siguientes cuando la providencia se notifique por estado. El juez resolverá dentro de los dos (2) días siguientes. Este recurso se concederá en el efecto devolutivo enviando al superior copia de las piezas del proceso que fueren necesarias, salvo que la providencia recurrida impida la continuación del proceso o implique su terminación, caso en el cual se concederá en el efecto suspensivo. El recurrente deberá proveer lo necesario para la obtención de las copias dentro de los cinco (5) días siguientes al auto que concedió el recurso. En caso contrario se declarará desierto. Las copias se autenticarán gratuitamente por el secretario. Cumplido lo anterior deberán enviarse al superior dentro de los tres (3) días siguientes.

La sentencia definitiva no se pronunciará mientras esté pendiente la decisión del superior, cuando esta pueda influir en el resultado de aquella.

74.- En qué momento se sustenta el recurso. R/. Quien interponga el recurso de apelación en proceso civil, penal o laboral deberá sustentarlo por escrito ante el juez que haya proferido la decisión correspondiente, antes de que se venza el término para resolver la petición de apelación. 75.- Cuales son las consecuencias si no se sustenta el recurso? R/ Si el recurrente no sustenta la apelación en el término legal, el juez mediante auto que sólo admite el recurso de reposición, lo declarará desierto. No obstante la parte interesada podrá recurrir de hecho. 76.- En que momento el juez debe resolver sobre la concesión del recurso? R/ Sustentado oportunamente, se concederá el recurso y se enviará el proceso al superior para su conocimiento 77.- En que efecto se concede el recurso de apelación contra los autos interlocutorios? R/. L. 1149/2007, art. 10 Apelación de las sentencias de primera instancia. Serán apelables las sentencias de primera instancia, en el efecto suspensivo, en el acto de la notificación mediante la sustentación oral estrictamente necesaria; interpuesto el recurso el juez lo concederá o denegará inmediatamente. 78.- Es obligatorio aportar las expensan necesarias para compulsar copia de las piezas procesales para que se surta el recurso de apelación ante el superior?

79.- En que cosiste el recurso de queja? R/. Procederá el recurso de hecho para ante el inmediato superior contra la providencia del juez que deniegue el de apelación o contra la del tribunal que no concede el de casación. 80.- Cuando procede el recurso de queja? R/. C.P.C. ART. 377. Procedencia. Cuando el juez de primera instancia deniegue el recurso de apelación, el recurrente podrá interponer el de queja ante el superior, para que éste lo conceda si fuere procedente.

Podrá también interponer recurso de queja el apelante a quien se concedió una apelación en el efecto devolutivo o diferido, si considera que ha debido serlo en uno distinto, para que el superior corrija tal equivocación. El mismo recurso procede cuando se deniegue el de casación. 81.- Cual es el trámite para interponer el recurso de queja? R/. El recurrente deberá pedir reposición del auto que negó el recurso, y en subsidio que se expida copia de la providencia recurrida y de las demás piezas conducentes del proceso. El auto que niegue la reposición ordenará las copias, y el recurrente deberá suministrar lo necesario para compulsarlas en el término de cinco días. Cuando a una parte se conceda el recurso y en virtud de reposición llegare a revocarse tal providencia, la copia para proponer el de queja podrá solicitarse en el término de ejecutoria del auto que decidió la reposición El secretario dejará testimonio en el expediente y en la copia, de la fecha en que entregue ésta al interesado. Si las copias no se compulsan por culpa del recurrente, el juez declarará precluido el término para expedirlas, previo informe del secretario. Procederá la misma declaración, cuando aquéllas no se retiren dentro de los tres días siguientes al aviso de su expedición por parte del secretario, en la forma establecida en el artículo 108. Dentro de los cinco días siguientes al recibo de las copias deberá formularse el recurso ante el superior, con expresión de los fundamentos que se invoquen para que se conceda el denegado. El escrito se mantendrá en la secretaría por dos días a disposición de la otra parte para que manifieste lo que estime oportuno, y surtido el traslado se decidirá el recurso Si el recurso no se presenta dentro del término indicado, le precluirá su procedencia. El superior podrá ordenar al inferior que le remita copia de otras piezas del expediente, y si el recurrente no suministra lo necesario para su expedición en el término de cinco días se procederá en la forma dispuesta para la renuencia inicial, lo cual se comunicará al superior. Si el superior concede la apelación, determinará el efecto que le corresponda y comunicará su decisión al inferior, quien deberá enviar el expediente y ordenar la expedición de las copias para que se surta el recurso. Pero si estima bien denegado el recurso, enviará la actuación al inferior para que conforme parte del expediente. 82.- Cual es el término para interponer el recurso de queja. R/. En caso de recurso de queja para alterar el efecto de la apelación, el interesado deberá solicitarlo por escrito, con expresión de sus razones, dentro de

los tres días siguientes a la llegada del original o las copias al superior, quien resolverá de plano la petición, y si accede a ella dispondrá lo que fuere del caso para que el recurso se surta en debida forma 83.- Contra que autos procede el recurso de súplica.} R/. C.P.C. ARTÍCULO 363. Artículo modificado por el artículo 1, numeral 180 del Decreto 2282 de 1989. El nuevo texto es el siguiente: El recurso de súplica procede contra los autos que por su naturaleza serían apelables, dictados por el magistrado ponente en el curso de la segunda o única instancia, o durante el trámite de la apelación de un auto. También procede contra el auto que resuelve sobre la admisión del recurso de apelación o casación. 83.- Cual es el trámite para interponer el recurso de súplica. Artículo modificado por el artículo 1, numeral 181 del Decreto 2282 de 1989. El nuevo texto es el siguiente:> El escrito se agregará al expediente y se mantendrá en la secretaría por dos días a disposición de la parte contraria, en la forma señalada en el inciso segundo del artículo 108. Vencido el traslado, el secretario pasará el expediente al despacho del magistrado que sigue en turno al que dictó la providencia, quien actuará como ponente para resolver. Contra lo decidido no procede recurso alguno, pero podrá pedirse aclaración o complementación para los efectos indicados en los artículos 309 y 311. 84.- Cual es el término para interponer el recurso de súplica. La súplica deberá interponerse dentro de los tres días siguientes a la notificación del auto, en escrito dirigido a la sala de que forma parte el magistrado ponente, con expresión de las razones en que se fundamenta. 85.- Cuales son los recursos extraordinarios. R/. Los recursos extraordinarios son de casación, anulación y revisión 86.- Cuales son las causales para que proceda el recurso de Revisión? • Haberse encontrado o recobrado después de dictada la sentencia documentos decisivos, con los cuales se hubiera podido proferir una decisión diferente y que el recurrente no pudo aportarlos al proceso por fuerza mayor o caso fortuito o por obra de la parte contraria. • Haberse dictado la sentencia con fundamento en documentos falsos o adulterados. • Haberse dictado la sentencia con base en dictamen de peritos condenados penalmente por ilícitos cometidos en su expedición. • Haberse dictado sentencia penal que declare que hubo violencia o cohecho en el pronunciamiento de la sentencia.

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Existir nulidad originada en la sentencia que puso fin al proceso y contra la que no procede recurso de apelación. Aparecer, después de dictada la sentencia a favor de una persona, otra con mejor derecho para reclamar. No tener la persona en cuyo favor se decretó una prestación periódica, al tiempo del reconocimiento, la aptitud legal necesaria o perder esa aptitud con posterioridad a la sentencia o sobrevenir alguna de las causales legales para su pérdida. Ser la sentencia contraria a otra anterior que constituya cosa juzgada entre las partes del proceso en que aquella fue dictada. Sin embargo, no habrá lugar a revisión si en el segundo proceso se propuso la excepción de cosa juzgada y fue rechazada. -

87.- Cual es el trámite para interponer el recurso de revisión. La Corte o el tribunal que reciba la demanda examinará si reúne los requisitos exigidos en los dos artículos precedentes, y si los encuentra cumplidos, se resolverá sobre la admisión de la demanda. En caso de ser rechazada, se impondrá al apoderado del recurrente multa de cinco (5) a diez (10) salarios mínimos mensuales. Se declarará inadmisible la demanda cuando no reúna los requisitos formales exigidos en el artículo anterior. Admitida la demanda se correrá traslado al demandado por un término de diez (10) días. A la contestación se deberá acompañar las pruebas documentales que se pretendan hacer valer. La corporación fallará de plano, en un término de veinte (20) días. Si se encontrare fundada la causal invocada se invalidará la sentencia y se dictará la que en derecho corresponda. Contra esta decisión no procede recurso alguno. 88.- Señale cuales son los requisitos formales del recurso de revisión. El recurso se interpondrá, ante la autoridad competente para conocer de la revisión, mediante demanda que deberá contener: 1. Nombre y domicilio del recurrente. 2. Nombre y domicilio de las personas que fueron parte en el proceso en que se dictó la sentencia. 3. La designación del proceso en que se dictó la sentencia, con indicación de su fecha, el día en que quedó ejecutoriada y el despacho judicial en que se halla el expediente. 4. Las pruebas documentales que se pretendan hacer valer, incluida la copia del proceso laboral. A la demanda deberá acompañarse tantas copias de ella y de sus anexos cuantas sean las personas a quien deba correrse traslado

89.- Cual es el término para promover el recurso de revisión. El recurso podrá interponerse dentro de los seis (6) meses siguientes a la ejecutoria de la sentencia penal sin que pueda excederse de cinco (5) años contados a partir de la sentencia laboral o de la conciliación, según el caso.

90.- Ante quien se promueve el recurso de revisión cuando se trata de sentencias.

91.- Ante quien se promueve el recurso de revisión cuando se trata de conciliaciones o transacciones? La revisión también procede cuando el reconocimiento sea el resultado de una transacción o conciliación judicial o extrajudicial. La revisión se tramitará por el procedimiento señalado para el recurso extraordinario de revisión por el respectivo código y podrá solicitarse (en cualquier tiempo) por las causales consagradas para éste en el mismo código y además: 92.- El recurso de revisión procede contra autos interlocutorios? 93.- El recurso de revisión procede contra sentencias ejecutoriadas? El recurso extraordinario de revisión procede contra las sentencias ejecutoriadas de La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, las salas laborales de los tribunales superiores y los jueces laborales del circuito dictadas en procesos ordinarios. 94.- Señale contra qué clase de sentencias procede el recurso de revisión. Contra las sentencias ejecutoriadas de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, las Salas Laborales de los Tribunales Superiores y los Jueces Laborales del Circuito dictadas en proceso ordinarios. 95.- Cuales son los requisitos formales del recurso de revisión. El recurso se interpondrá, ante la autoridad competente para conocer de la revisión, mediante demanda que deberá contener: 1. Nombre y domicilio del recurrente. 2. Nombre y domicilio de las personas que fueron parte en el proceso en que se dictó la sentencia. 3. La designación del proceso en que se dictó la sentencia, con indicación de su fecha, el día en que quedó ejecutoriada y el despacho judicial en que se halla el expediente.

4. Las pruebas documentales que se pretendan hacer valer, incluida la copia del proceso laboral. A la demanda deberá acompañarse tantas copias de ella y de sus anexos cuantas sean las personas a quien deba correrse traslado

96.- Cual es el término para presentar el recurso de revisión. El recurso podrá interponerse dentro del año siguiente a la ejecutoria de la respectiva sentencia. En los casos contemplados en los numerales 3 y 4 del artículo precedente, deberá interponerse el recurso dentro del año siguiente a la ejecutoria de la sentencia penal que así lo declare. En el caso del numeral 7, el recurso deberá presentarse dentro del año siguiente a la ocurrencia de los motivos que dan lugar al recurso. En los casos previstos en el artículo 20 de la Ley 797 de 2003, el recurso deberá presentarse dentro de los cinco (5) años siguientes a la ejecutoria de la providencia judicial o en los casos de que ella no se requiera, dentro del mismo término contado a partir del perfeccionamiento del acuerdo transaccional o conciliatorio. 97.- Cual es el término para fallar el recurso de revisión. La Corporación fallará de plano, en un término de 20 días. Si se encontrare fundada la causal invocada, se invalidará la sentencia y se dictará, la que en derecho corresponda. Contra esta decisión no procede recurso alguno.

98.- Que es un tribunal de arbitramento obligatorio. Mecanismo alternativo de solución de conflictos, en donde particulares elegidos por las partes interesadas o por el Ministerio del Trabajo, y llamados árbitros, concurren investidos de facultades jurisdiccionales, con el fin de resolver un conflicto mediante una sentencia que se denomina laudo arbitral. 99.- Como se llama el instrumento por medio del cual deciden un tribunal de arbitramento obligatorio? laudo arbitral. 100.- Contra que procede el recurso de anulación? Artículo 141 C.P.L. procede contra los Laudos Arbitrales, ante el Tribunal Superior de Distrito, cuando en él se dispusieron conflictos laborales de carácter jurídico; o

ante la sala de casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, cuando se suscitan conflictos colectivos laborales de carácter económico. 101.- Cuales son los motivos para que proceda el recurso de anulación? No se hace ninguna distinción sobre algún tipo específico de laudo arbitral, razón por la cual se dice que el recurso extraordinario de anulación tendrá lugar cuando el laudo haya sido proferido ya sea en derecho, en equidad o incluso cuando se trata de laudos técnicos 102.- Ante quien se presenta el recurso de Anulación? Para conocer del recurso extraordinario de anulación de laudos arbitrales, será competente la Sala Civil del Tribunal Superior de Distrito Judicial del lugar en donde hubiese funcionado el tribunal de arbitraje o por la sección tercera de la sala de lo contencioso administrativo del consejo de estado en todos aquellos casos en los cuales haya intervenido una entidad pública. 103.- Cual es el termino para interponer el recurso de anulación? El recurso debe interponerse por cualquiera de las partes dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación del laudo, y el proceso original se enviará dentro de los dos (2) días siguientes. Una vez hecho el reparto, el magistrado sustanciador presentará el proyecto ante la sala dentro de los diez (10) días siguientes, para que la sala respectiva decida dentro de los diez (10) siguientes.

104.- Cual es el objeto de la Casación? Unificar la jurisprudencia nacional laboral. En cambio el procedimiento civil contempla la unificación de jurisprudencia laboral, provee la realización del derecho objetivo en los respectivos procesos y reparar los agravios inferidos a las partes por la sentencia recurrida.

105.- Cuales son las providencias susceptibles del recurso de Casación? Contra las sentencias de segunda instancia definitivas o inhibitorias dictadas en el tramite de un proceso ordinario laboral. También procede contra las sentencias de primera instancia en el caso del recurso per saltum. 106.- Cual es la cuantía para que proceda el recurso de casación?

En materia laboral, la Casación procede contra proceso cuya cuantía supero los ciento veinte (120) S.M.M.L.V. Es un recurso excepcional y extraordinario, 107.- Que es la casación per saltum Es cuando las partes convienen en omitir la segunda instancia y pasan directamente a la casación Solo podrá prosperar por la primera causal de casación. 108.- Cuales son los requisitos formales de la demanda de casación? El artículo 90 del C. de P. L. establece que la demanda de casación deberá tener los siguientes requisitos: 1. Designación de las partes: Se debe indicar claramente los nombres del demandante o demandantes, o demandado o demandados. 2. La indicación de la sentencia impugnada: Deberá indicarse la sentencia que se impugna, fecha en que fue proferida, tribunal que la profirió. 3. Relación sintética de los hechos en litigio: Se deberán relacionar sucintamente los hechos en litigio, es decir, los que originaron el conflicto y lo resuelto en las instancias, sin extenderse en alegatos. 4. Declaración del alcance de la impugnación: Puede considerarse que este requisito corresponde al petitum o pretensiones de la demanda ordinaria. Hay que solicitarle expresamente a la Corte lo que se pretende, no sólo como tribunal de casación, para anular la sentencia del tribunal, sino como tribunal de instancia y dicte la sentencia que la reemplace. La solicitud puede ser que se case parcial o totalmente la sentencia, y una vez casa y convertido en tribunal de instancia, dicte la sentencia de reemplazo, lo cual no puede hacer de oficio la Corte. 5. La expresión de los motivos de casación, indicando: a) El precepto legal sustantivo, de orden nacional, que se estime violado, y elconcepto de la infracción, si directamente, por aplicación indebida o porinterpretación errónea, y b) En caso de que se estime que la infracción legal ocurrió como consecuencia de errores de hecho o de derecho en la apreciación de pruebas, citará éstas singularizándolas y expresará qué clase de error se cometió. La causal o motivo de casación y el concepto de violación deben indicarse con precisión y exactitud. No se pueden agrupar en el mismo cargo conceptos incompatibles.

Son incompatibles la violación directa y la indirecta; la infracción directa, la aplicación indebida y la interpretación errónea y el error de hecho y el de derecho. Como puede observarse, los requisitos formales de la demanda de casación son muy estrictos y rigurosos, por lo que muchas de las demandas fracasan por falta de técnica.

109.- Cuales son los motivos de casación? En materia laboral el recurso de casación procede por los siguientes motivos: • ser la sentencia violatoria de ley sustancial, por infracción directa, aplicación indebida o interpretación errónea. Si la violación de la ley proviene de apreciación de determinada prueba, es necesario que se alegue por el recurrente sobre este punto, demostrando haberse incurrido en error de derecho, o en error de hecho que aparezca de modo manifiesto en los autos. Solo habrá lugar a error de derecho en la casación del trabajo, cuando se haya dado establecido un hecho con un medio probatorio no autorizado por la ley, por exigir esta al efecto una determinada solemnidad para la validez del acto, pues en este caso no se debe admitir su prueba por otro medio y también cuando deja de apreciarse una prueba de esta naturaleza, siendo el caso de hacerlo. • Contener la sentencia decisiones que hagan más gravosa la situación de la parte que apelo en primera instancia, o de aquella en cuyo favor se surtió la consulta. 110.- Que entiende por “alcance de la impugnación”? El alcance de la impugnación constituye nada más y nada menos, que las pretensiones del recurso de casación, por tanto, además de ser claro , preciso y concreto exige que en el Pentium de la demanda se indique a la corte que se pretende hacer con la sentencia impugnada , si casarla total o parcialmente y respecto de este último , señalar de manera concreta los puntos que se pretende sean anulados y cuales deben mantenerse , igualmente , es deber del recurrente señalar cuál es el objeto respecto de la sentencia de primera instancia , si confirmarla, revocarla o modificarla y , en los dos últimos casos como debe ser el sentido de la sentencia de reemplazo. Al conceptuar el alcance de la impugnación no debe olvidarse que el mismo es la ruta que el casacioncita traza a la corte, indicándoles que es lo que pretende que haga y cuál es el sentido de la decisión del reemplazo. En la declaración de alcance de la impugnación deben tenerse en cuenta, además de lo dicho en precedencia, los siguientes aspectos: • No es procedente modificar las pretensiones de la demanda incial

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No es posible cuestionar la sentencia de primer grado, salvo de que se trate de casación per saltum La controversia que se plantea debe estar en consonancia con la esbozada en el recurso de apelación , de manera que no se pueden infirmar decisiones que no hicieron parte de la alzada Es inviable casar las sentencias de los jueces de la primera y de la segunda instancia No es factible solicitar la casación de la sentencia de ad quem, y en seguida su revocatoria La corte no puede suplir su ausencia.

111.- Cuando se da la infracción directa en casación La falta de aplicación cuya expresión la corte la asemeja al concepto de infracción directa, a la cual se llega cuando el sentenciador por ignorancia de la norma o por rebeldía contra ella no la aplica al asunto sometido a su consideración. 112.- Cuando se da la aplicación indebida. Se presenta cuando entendida rectamente la norma, se aplica a un caso o hecho no previsto en ella, o se le da un alcance que no le corresponde; y bajo esta orbita la sustentación de cada uno de estos cargos se acompasa a los submotivos de violación resañados. Es decir cuando sin mediar un error de entendimiento sobre el significado de la norma, se aplica a un hecho o situación no prevista en el supuesto factico de la disposición, o se le hace producir efectos distintos contemplados en el precepto legal. 113.- Cuando se da la interpretación errónea. Se presenta cuando el sentenciador aplica la norma pertinente, pero atribuyéndole un sentido o alcance que no le corresponde. 114.- Cuando se da el error de hecho. El error de hecho es un vicio de consentimiento, mientras que el error de derecho es comúnmente rechazado como tal, es aquella falsa representación de la realidad que recae sobre situaciones fácticas, como creer comprar una vaca y en verdad comprar un cerdo, o dar un mandato a Juan cuando se da a diego, o celebrar una Compraventa cuando se celebro un usufructo. 115. Cuando se da el error de derecho. Es aquel que rece sobre situaciones jurídicas, como suponer que el arrendador se hace dueño de cierta cosa, o que la compra venta de cosas inmuebles es

consensual (en la mayoría de las legislaciones, que siguen la doctrina continental, la compraventa es solemne) 116.- Cual es el término para solicitar el recurso de casación. En materia civil. Penal y laboral el recurso de casación podrá interponerse dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación de la sentencia de la segunda instancia. 117.- Cual es el término para presentar la demanda de casación? Repartido el expediente en la corte, la sala decidirá dentro de los diez (10) siguientes si es o no admisible el recurso. Si fuera admitido ordenara el traslado al recurrente o recurrentes por treinta (30) días, a cada uno, para que dentro de ese término presenten las demandas de casación. En caso contrario dispondrá que se devuelva los autos al tribunal de origen. 118- Cual es el termino para replicar la demanda de casación? 119.- Cual es el término para fallar la demanda de casación? Si la corte hallare justificada alguna de las dos primeras causales mencionadas en el artículo 98 120.- Cuales son los procesos especiales? PROCESO EJECUTIVO: PROCESO DE FUERO SINDICAL Será exigible ejecutivamente el cumplimiento de toda obligación originada en una relación de trabajo, que conste en acto o documento que provenga del deudor o de su causante o que emane de una decisión judicial o arbitral firme. Cuando de fallos judiciales o laudos arbitrales se desprendan obligaciones distintas de las de entregar sumas de dinero, la parte interesada podrá pedir su cumplimiento por la vía ejecutiva de que trata este capítulo, ajustándose en lo posible a la forma prescrita en los artículos 987 y siguientes del Código Judicial según sea el caso (CPC, Arts. 493 y ss.) 121.- Que es el Fuero Sindical? El código sustantivo de trabajo en el articulo 405 define al fuero sindical como “la garantía de que gozan algunos trabajadores en sus condiciones de trabajo, ni traslados a otros establecimientos de la misma empresa o municipio distinto, sin causa justa, previamente calificada por el juez del trabajo” 122.- Quienes están amparados por Fuero Sindical? Están amparados por el fuero sindical:

• los fundadores de un sindicato, desde el día de su constitución hasta dos meses después de la inscripción en el registro sindical, sin exceder de seis meses; • los trabajadores que , con anterioridad a la inscripción en el registro sindical , ingresen al sindicato, para quienes el amparo rige por el mismo tiempo que para los fundadores; • los miembros de la junta directiva y subdirectivas de todo sindicato. Federación o confederación de sindicatos, sin pasar de cinco principales y cinco suplentes y los miembros de los comités seccionales, sin pasar de un principal y un suplente. Este amparo se hará efectivo por el tiempo que dure el mandato y seis meses más, • dos de los miembros de la comisión estatutaria de reclamos, que designen los sindicatos, federaciones o confederaciones sindicales, por el mismo periodo de la junta directiva y por seis meses más, sin que pueda existir en una misma empresa más de una comisión estatutaria de reclamos. Esta comisión será designada por la organización sindical que agrupe el mayor número de trabajadores. 123.- Como se comprueba el Fuero Sindical? Para todos los efectos legales y procesales la calidad del fuero sindical se demuestra con la copia del certificado de inscripción de la junta directiva y/o comité ejecutivo, o con la copia de la comunicación al empleador. 124.- Cual es el término para interponer la demanda de Fuero Sindical? El término para interponer la demanda del fuero sindical es en cualquier tiempo mientras se tenga la calidad de dirigente sindical. 125.- Que acciones de fuero sindical tiene el trabajador? A) POR PARTE DEL TRABAJADOR: 1) ACCIÓN DE REINTEGRO. 2) ACCIÓN DE RESTITUCIÓN DE CONDICIONES DE TRABAJO. 126.- Que acciones de fuero sindical tiene el empleador? B) POR PARTE DEL PATRONO: 1) ACCIÓN DE DESPIDO O LEVANTAMIENTO DEL FUERO SINDICAL. 2) ACCIÓN DE TRASLADO CON JUSTA CAUSA. 127.- Desde cuando comienza a correr la prescripción del fuero sindical? Las acciones que emanan del fuero sindical prescriben en dos meses. Para el trabajador este término se contara desde la fecha en que tuvo conocimiento del hecho que se invoca como justa causa o desde el procedimiento convencional o reglamentario correspondiente, según el caso.

Durante el trámite de reclamación administrativa de los empleados públicos y trabajadores oficiales, se suspende el término prescriptivo. Culminando este trámite o presentada la reclamación escrita en el caso de los trabajadores particulares, comenzara a contarse nuevamente el termino de dos meses. 128.- Diga cuál es el trámite de una demanda de fuero sindical? La demanda del empleador tendiente a obtener permiso para despedir a un trabajador amparado por fuero sindical, para desmejorarlo en sus condiciones de trabajo, o para trasladarlo a otro establecimiento de la misma empresa o a un municipio distinto, deberá expresar la justa causa invocada. Con la certificación de inscripción en el registro sindical o la comunicación al empleador de la inscripción se presume la existencia del fuero sindical. La solicitud a que se refiere esta norma es una verdadera demanda, y por consiguiente deben llenarse todos los requisitos de los artículos 25 y 26 del C.P.T. 129.- Diga cuál es el término para contestar la demanda de fuero sindical? Recibida la demanda, el juez en providencia que se notificará personalmente y que dictará dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes, ordenará correr traslado y citará a las partes para audiencia. Dentro de ésta, que tendrá lugar dentro del quinto (5) día hábil siguiente a la notificación, el demandado contestará la demanda y propondrá las excepciones que considere tener a su favor. 130.- Diga cuál es el contenido de la sentencia de fuero sindical? El juez negará el permiso que hubiere solicitado el patrono para despedir a un trabajador amparado por el fuero sindical, o para desmejorarlo, o para trasladarlo si no comprobare la existencia de una justa causa Si en el caso de que trata el inciso primero del artículo 118 del Código Procesal del Trabajo se comprobare que el trabajador fue despedido sin sujeción a las normas que regulan el fuero sindical, se ordenará su reintegro y se condenará al patrono a pagarle, a título de indemnización, los salarios dejados de percibir por causa del despido Igualmente, en los casos a que se refiere el inciso tercero del mismo artículo, se ordenará la restitución del trabajador al lugar donde antes prestaba sus servicios o a sus anteriores condiciones de trabajo, y se condenará al patrono a pagarle las correspondientes indemnizaciones. 131.- Que entiende por proceso ejecutivo? Los procesos ejecutivos como su nombre lo indica , buscan es ejecutar al deudor que incumplió una obligación , esta debe estar plasmada en un documento que

contenga una obligación clara, expresa y exigible , Dicha obligación debe estar contenida en cualquier titulo valor que reúna los requisitos establecidos por el código de comercio o en cualquier documento que preste merito ejecutivo. 132.- Que es un título de recaudo ejecutivo? Es el documento público o privado con una obligación clara, expresa y exigible a cargo de un deudor y a favor de un acreedor, en virtud del cual procede un proceso ejecutivo, generalmente emanado por voluntad directa de las partes o por decisión ejecutoriada de la admón. o del juez. Art. 100 “será exigible ejecutivamente el cumplimiento de toda obligación originada en una relación de trabajo, que conste en acto o documento que provenga del deudor o de su causante o que emane de una decisión judicial o arbitral firme.” 133.- Ponga un ejemplo de título de recaudo ejecutivo laboral? Un acta de conciliación realizada ya sea ante el ministerio de trabajo arbitral.

o juez

134.- Diga cómo se inicia el proceso ejecutivo? El proceso ejecutivo se puede iniciar por el incumplimiento de las siguientes obligaciones: por obligaciones condicionales siempre y cuando se haya cumplido con la condición, ejecución por sumas de dinero, por obligación de dar, hacer o no hacer, por perjuicios. La demanda ejecutiva siempre debe estar acompañada del documento que presta merito ejecutivo. 135.- Diga los requisitos de la demanda ejecutiva? La demanda se presenta por escrito y contendrá: • La designación de un juez ante quien se interpone, • El nombre, datos de identidad, dirección domiciliaria y domicilio procesal del demandante ; • El nombre y dirección domiciliaria del representante o apoderado del demandante , si no puede comparecer o no comparece por sí mismo,; • El nombre y dirección domiciliaria del demandado. Si se ignora esta última, se expresara esta circunstancia bajo juramento que se entenderá prestado con la presentación de la demanda; • El petitorio , que comprende la determinación clara y concreta de lo que se pide; • Los hechos en que se funde el petitorio, expuestos enumeradamente en forma precisa, con orden y claridad. • La fundamentación jurídica del petitorio • El monto del petitorio, salvo que no pudiera establecerse ; • La indicación de la vía procedimental que corresponde la demanda • Los medios probatorios; y

• La firma del demandante o de su representante o de su apoderado, y la del abogado. El secretario respectivo certificara la huella digital del demandante analfabeto 136.- Cuales son los recursos contra el mandamiento de pago? Los hechos que configuren excepciones previas deberán alegarse mediante el recurso de reposición contra el mandamiento de pago. 137.- Cuales excepciones proceden contra el mandamiento de pago y como se proponen? 1. Dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación del mandamiento ejecutivo, el demandado podrá proponer excepciones de mérito, expresando los hechos en que se funden. Al escrito deberá acompañarse los documentos relacionados con aquéllas y solicitarse las demás pruebas que se pretenda hacer valer. 2. Cuando el título ejecutivo consista en una sentencia o un laudo de condena, o en otra providencia que conlleve ejecución, sólo podrán alegarse las excepciones de pago, compensación, confusión, novación, remisión, prescripción o transacción, siempre que se basen en hechos posteriores a la respectiva providencia; la de nulidad en los casos que contemplan los numerales 7º y 9º del artículo 140, y de la pérdida de la cosa debida. En este evento no podrán proponerse excepciones previas ni aún por la vía de reposición. 138.- Cual es el término para contestar una demanda ejecutiva? 139.- Cual es la sentencia en un proceso ejecutivo? el juez librara orden de pago si se trata de una suma de dinero o mandamiento ejecutivo, en el cual se ordena al demandado que cumpla la obligación. 140.- Como se proponen las medidas cautelares en el proceso ejecutivo laboral? En el decreto de embargo o secuestro el juez señalará la suma que ordene pagar, citará el documento que sirva de título ejecutivo y nombrará secuestre, si fuere el caso. Si en el decreto se comprenden bienes raíces, se comunicará la providencia inmediatamente al registrador de instrumentos públicos para los fines de los artículos 39 de la Ley 57 de 1887 y 1008 del Código Judicial. 141.- Como se hace la denuncia de bienes en el proceso laboral? Solicitado el cumplimiento por el interesado y previa denuncia de bienes hecha bajo juramento, el juez decretará inmediatamente el embargo y secuestro de los

bienes muebles o el mero embargo de inmuebles del deudor, que sean suficientes para asegurar el pago de lo debido y de las costas de la ejecución. 142.- Debe pagar caución el acreedor demandante? 143.- Cuando se levantan las medidas de embargo y secuestro? Si el deudor pagare inmediatamente o diere caución real que garantice el pago en forma satisfactoria para el juez, se decretará sin más trámite el desembargo y el levantamiento del secuestro. Si no se efectuare pago ni prestare caución el juez ordenará el remate de bienes señalando día y hora para que el acto se verifique. Si no fuere el caso de remate, por tratarse de sumas de dinero, ordenará que de ellas se pague al acreedor. 144.- Cuando se hace entrega el título de recaudo ejecutivo?

145.- Cuando existen bienes inmuebles embargados como se hace el remate? Seis (6) días antes del remate se publicarán y fijarán en la secretaría del juzgado y en tres (3) de los lugares más concurridos, carteles en los que se dé cuenta el público de que se va a verificar, con especificación de los bienes respectivos. Si todos o parte de los bienes que se rematan estuvieren situados en distintos municipios de aquel en que deba hacerse la subasta, el juez de la causa librará despacho comisorio a uno de los jueces del lugar donde se encuentren, para que fije también carteles por seis (6) días en los términos indicados. Sin la devolución del despacho diligenciado no se podrá proceder al remate.

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