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3ª. Evaluación en el Curso Seminario de Investigación: Política I -justificación-
La función fundamental de cualquier asignatura escolar es que ayude a cumplir con los perfiles de egreso fijados para sus estudiantes; luego entonces es ineludible que toda asignatura desarrolle en los estudiantes competencias (el saber hacer) desde sus contenidos, objetivos, método y, forma de evaluar.
Por lo anterior es menester que las actividades de aprendizaje planeadas por el docente no sólo precisen sus intenciones y que contengan adecuadas guías de acción, sino que sean pertinente y justamente evaluadas. Esta asignatura de Seminario de Investigación, según el plan de estudios validado, tiene como obligación para tu perfil de egreso que desarrolles competencias para analizar los conocimientos, aptitudes y capacidades necesarias para el análisis de las normas que conforman el sistema jurídico vigente, y a la luz del Derecho Comparado comparar y evaluar nuestras propias instituciones para determinar su revisión, reforma o adición. Por lo anterior es que este examen (y los que están por venir) procurarán medir de manera efectiva tu desarrollo en las siguientes específicas competencias: A. Actividad a realizar Realizarás una contestación de demanda que reflejará tu dominio sobre los saberes y habilidades para redactar
Básicas (seguir instrucciones escritas) Procedimentales (hacer inferencias con conceptos y normas) Investigativas (búsquedas bibliográficas) Emisión de juicios (autocalificar la calidad de tus concepciones y respuestas) Toma de decisiones (decidir la mejores respuestas) Respeto a las formas de pensar de otros (oír o atender a los demás) Socialización (compartir tus hallazgos y/o aprendizajes)
Para lograr todo lo precedente es que se juzga pertinente que la siguiente pauta evaluativaexamen- se realice en 3 tres etapas (entrega de la actividad, desarrollo y valoración final), donde cada una de ellas comprendan acciones, tareas y/o actividades que permitan recoger no sólo tus conocimientos logrados en las primeras unidades de tu curso de Seminario de Investigación, sino también evidencias del desarrollo de las competencias arriba referidas. Por último, considerando que se ha justificado plenamente la razón del tipo de examen que estas por realizar, es que sólo queda el esperar que ejecutes la siguiente evaluación de la manera más eficaz y eficiente posible. ¡Adelante!
documentos legales. B. Objetivos
Examen 3 con efectos
jurídico-
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1. Recoger evidencias del desarrollo de tus habilidades fundamentales de estudio. 2. Recoger evidencias del uso de tus habilidades en la redacción de documentos jurídico-legales. 3. Medir los alcances en tu comprensión de los distintos documentos jurídicos que se han analizado en esta etapa del curso. 4. Detectar tus capacidades de redacción. C. Descripción Elaboración de una contestación de demanda en la que vaciaras las actitudes a desarrollar según las peticiones que para ello se te indicaran en este mismo documento un poco más adelante. D. Material de soporte 1. Material proporcionado (documentos) por el docente. 2. Tus notas personales. 3. Los libros de texto recomendados en la bibliografía de las asignaturas de Teoría General del Proceso y Teoría del proceso civil. 4. La Web (Internet). E. Calendario Fecha máxima de entrega: _____ de junio de 2009 (documento electrónico). ____ de noviembre documento impreso en el aula (a la hora de clase). F. Criterios de evaluación Se pretende con la valoración de esta actividad el permitir recoger las evidencias de lo alcanzado en el desarrollo de tus habilidades fundamentales de estudio, así como los alcances en la comprensión de los distintos documentos jurídico-legales que se han analizado en este curso, y de paso tus capacidades de redacción (fundamentales en todo estudioso del derecho).
Para poder medir lo anterior es que se han considerado 3 rubros por justipreciar. El primero, es la estructura pertinente que ha de contener una contestación de demanda como la encargada. El segundo se corresponde con las competencias propias de tu capacidad discursiva y de redacción. Tercero y último, pero primordial, analizar lo acertado del desarrollo de la contestación de demanda solicitada. No obstante lo anterior señalado, se adjunta a la presente el formato con todos los rubros por evaluar (anexo 3). Es muy importante que los leas para que así quede completamente fijado en tu razonamiento lo que se valorará en este ejercicio práctico (examen). G. Formato de entrega del examen final en el mail del docente Entregar la contestación de demanda (en la fecha señalada) en el buzón del docente:
[email protected] Se te suplica seguir la siguiente pauta para nombrar tu informe: Apellido1_Apellido2_Nombre_examen3 .doc H. Entrega de la demanda a contestar (anexo 1) Tu profesor te entregará una demanda (anexa al presente legajo). Es esencial que sigas y cumplas a cabalidad las específicas instrucciones para la contestación que irán adjuntas, ya que en ellas se consignan las actitudes que deberás de asumir como supuesto demandado. I. Tipo de actitud que como Demandado debes de asumir ante la demanda En la tabla siguiente se anota: Tipo de actitud Consulta el anexo 2
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Anexo 1 BANCO NACIONAL DE MÉXICO, S.A., INTEGRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX VS. ALEJANDRO ARAUJO RUIZ JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL ESCRITO INICIAL DE DEMANDA EXPEDIENTE: 123/2009 JUZGADO: Tercero de lo Mercantil
C. JUEZ DE PARTIDO EN MATERIA CIVIL EN TURNO DE LA CIUDAD DE LEÓN, GUANAJUATO P R E S E N T E.
JOSÉ DANTE TEMORES RAMÍREZ y/o LORENA DURÁN DURÁN, mexicanos, mayores de edad, Abogados, y designando como autorizados para oír y recibir notificaciones en términos de los artículos 1067 y 1069 penúltimo párrafo del Código de Comercio a los C. LICS. MÓNICA AGUIRRE GARCÍA y/o SANDRA LEONORA LICONA BELTRÁN y/o LAURA YADIRA SOLÍS ARENAZAS y/o GRACIELA ISAURA OCHOA LÓPEZ y/o JAVIER TEMORES RAMÍREZ y/o FERNANDO TEMORES RAMÍREZ, Ante Usted C. Juez respetuosamente comparecemos a E X P O N E R Que en nuestro carácter de Apoderado General Para Pleitos y Cobranzas de la Entidad Bancaria denominada BANCO NACIONAL DE MÉXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA, Integrante del Grupo Financiero Banamex, el cual acreditamos plenamente con la Copia Certificada de la Escritura Pública Número 47,719, cuarenta y siete mil setecientos diecinueve, Volumen 1,144 un mil ciento cuarenta y cuatro, de fecha 14 catorce de Marzo del 2002 dos mil dos, pasada ante la fe del Lic. Roberto Núñez y Bandera, Notario Público número 1, de la Ciudad de México, Distrito Federal, la cual desde este momento acompañamos a la presente demanda para que surta sus efectos y consecuencias de Ley, ocurrimos ante su Potestad Jurisdiccional a efecto de que en la VÍA MERCANTIL EJECUTIVA y ejercitando la Acción de pago, se nos tenga DEMANDANDO FORMALMENTE al C. ALEJANDRO ARAUJO RUIZ, con domicilio en Calle Privada Río Danubio 127, Colonia San Nicolás, en esta Ciudad de León, Guanajuato, dado que es voluntad de nuestra representada dar por vencido anticipadamente el plazo para el pago del adeudo y hacer exigible de inmediato el pago de las siguientes: P R E S T A C I O N E S A).- Por el pago de la cantidad de $ 100,685.22 (CIEN MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS, CON VEINTIDÓS CENTAVOS, MONEDA NACIONAL) por concepto de SUERTE PRINCIPAL resultante del importe del crédito dispuesto menos los abonos efectuados por el ahora demandado, según los números del estado de cuenta de fecha 31 treinta y uno de julio del año 2006 dos mil seis. B).- Por el pago de la cantidad de $7,585.37 (SIETE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS, MONEDA NACIONAL), por concepto de INTERESES ORDINARIOS generados al 30 treinta de abril del año 2006 dos mil seis, más los que se sigan generando a razón de la tasa de interés anual fija del 14.90% que se establece en el apartado Disposición de la Línea de Crédito que se ubica en la parte inferior de la Solicitudcontrato crédito automotriz, acorde a la cláusula Séptima inciso b) del Contrato del crédito automotriz. C).- Por el pago de la cantidad de $750.11 (SETECIENTOS CINCUENTA PESOS, CON ONCE CENTAVOS, MONEDA NACIONAL) como importe del I.V.A Impuesto al Valor Agregado del 15% sobre Intereses Ordinarios, con números al día 31 treinta y uno de julio del año 2006 dos mil seis, más lo que se siga generando hasta la total liquidación del adeudo, acorde a lo estipulado en la cláusula Séptima inciso i) del contrato del crédito automotriz fundatorio de la acción.
D). Por el pago de la cantidad de $30,288.33 (TREINTA MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS CON TREINTA Y TRES CENTAVOS MONEDA NACIONAL) por concepto de INTERESES MORATORIOS, con números al día 31 de Julio del 2006 dos mil seis, más los que se sigan generando hasta la total liquidación del adeudo a una tasa del 90.00% anual, según lo pactado por ambas partes en la cláusula Séptima inciso c) y último párrafo de ésta misma cláusula. E). Por el pago de la cantidad de $4,543.24 (CUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y TRES PESOS CON VEINTICUATRO CENTAVOS MONEDA NACIONAL) como importe del I.V.A. Impuesto al Valor Agregado del 15% sobre Intereses Moratorios con números al 3i de julio del 2006 y más lo que se siga generando hasta la total liquidación del adeudo, acorde a lo pactado en la cláusula Séptima inciso i) del contrato de crédito fundatorio de la acción.
Calendario 2009A, Guadalajara, Jalisco. F).- Por el pago de la cantidad de $2,117.32 (DOS MIL CIENTO DIECISIETE PESOS CON TREINTA Y DOS CENTAVOS MONEDA NACIONAL) por concepto de SEGURO DE AUTOMÓVIL, con número al día 31 de julio del 2006, más el pago de las primas que por este concepto se sigan generando hasta la total liquidación del adeudo a razón de un importe mensual de $529.33 (QUINIENTOS VEINTINUEVE PESOS CON TREINTA Y TRES CENTAVOS MONEDA NACIONAL), conforme a la cláusula séptima inciso e) fracción I y cláusula Décima del contrato de apertura de crédito y a lo establecido en el formato “Disposición del crédito e instrucciones de abono a la agencia automotriz”, documentos que se acompañan a esta demanda para todos sus efectos de Ley. G).- Por el pago del importe de $210.16 (DOSCIENTOS DIEZ PESOS CON DIECISÉIS CENTAVOS MONEDA NACIONAL) por concepto de SEGURO DE VIDA e INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE, con números al día 31 de julio del 2006, más el pago de las primas que por este concepto se sigan generando hasta la total liquidación del adeudo a razón de un importe mensual de $52.24 (CINCUENTA Y DOS PESOS CON VEINTICUATRO CENTAVOS MONEDA NACIONAL) en los términos establecidos en la cláusula séptima inciso e) fracción II, cláusula décima del contrato de apertura de crédito y a lo establecido en el formato “Disposición del crédito e instrucciones de abono a la agencia automotriz”, documentos que se acompañan a esta demanda para todos sus efectos de Ley. H).- Por el pago de la cantidad de $800.00 (OCHOCIENTOS PESOS CON CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL) por concepto de GASTOS DE COBRANZA generados hasta el 31 de julio del 2006, más los que se sigan generando hasta la total liquidación del adeudo sobre un importe mensual de $200.00 (DOSCIENTOS PESOS 00/100 M.N.), según lo acordado por ambas partes en la cláusula séptima inciso f) del contrato fundatorio de la acción que se acompaña a este libelo. I).- Por el pago de la cantidad de $120.00 (CIENTO VEINTE PESOS CON CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL) por concepto de I.V.A. Impuesto al Valor Agregado del 15% sobre gastos de cobranza, con números al 31 de julio del 2006, más el que se siga generando hasta la total liquidación del adeudo. J).- Por el pago de GASTOS y COSTAS que se generen con motivo de la tramitación del presente juicio, toda vez que es el demandado quien dio lugar a este trámite a raíz de su incumplimiento con sus obligaciones de pago.
Fundan la presente demanda las siguientes consideraciones de hechos y derecho.H E C H O S I.- Con fecha 22 veintidós de diciembre de 2004 dos mil cuatro, en León Guanajuato, mi representada celebró con el ahora demandado ALEJANDRO ARAUJO RUIZ un Contrato de Apertura de Crédito. Documento que se exhibe en original al presente escrito como base de la acción.
II.- Derivado del contrato antes descrito mi representada otorgó un crédito al demandado por la cantidad de $124, 500.00 (CIENTO VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS PESOS CON CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL) para ser pagados en un plazo de 36 meses; destinando el importe del crédito a la adquisición de un vehículo MARCA CHEVROLET SILVERADO, 6 SEIS CILINDROS, MODELO 2005, COLOR ROJO, CON NUMERO DE SERIE 3GBEC14X85M110149, MOTOR HECHO EN MÉXICO. Dicha cantidad fue dispuesta por el ahora demandado el día 31 treinta y uno de diciembre del año 2004 dos mil cuatro. Lo anterior se acredita con la cláusula primera, cuarta, sexta del Contrato de Apertura de Crédito, con el original de la Solicitud-Contrato y con el original de la Disposición del Crédito e Instrucciones de Abono a la Agencia Automotriz; documentos que se exhiben en original a la presente demanda como base de la acción. III.- Las partes pactamos que la cantidad de $124,500 (CIENTO VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS CON CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL) generaría intereses ordinarios a razón del 14.90% catorce punto noventa anual. Que tanto el importe total del capital más los intereses ordinarios estipulados se pagarían mediante 36 mensualidades consecutivas con un importe de $4,311.44 (CUATRO MIL TRESCIENTOS ONCE PESOS CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS MONEDA NACIONAL.), cada una de ellas, obligándose el cliente a efectuar la primera erogación mensual el día hábil anterior a la fecha en que se cumpla un mes de haber dispuesto del crédito, es decir el día 28 veintiocho de enero de 2005 dos mil cinco y los demás pagos en los mismos días de los meses subsecuentes, en el entendido de que si dicho día fuere inhábil, el pago se haría el día hábil inmediato anterior. Lo anterior se acredita con la cláusula primera y séptima inciso b), d), con la Solicitud-Contrato en los apartados Datos del Crédito y Disposición de la Línea de Crédito.
IV.- En la cláusula décima sexta, inciso a) del contrato base de la acción, las partes estipularon que podría darse por vencido anticipadamente el plazo para el pago del adeudo sin necesidad de declaración judicial previa cuando el demandado dejare de cubrir cualquier obligación de pago a su cargo. Es el caso que el demandado no cubrió a tiempo las mensualidades pactadas, dejando de pagar definitivamente a partir del día 28 veintiocho de noviembre del 2005 dos mil cinco, razón por la cual mi representada da por vencido anticipadamente el plazo, reclamando como suerte principal la cantidad de $100,685.22 (CIEN MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS CON VEINTIDÓS CENTAVOS MONEDA NACIONAL).
Calendario 2009A, Guadalajara, Jalisco. Lo anterior se acredita con el contrato base de la acción y con la Certificación de Adeudo emitida con fecha 31 treinta y uno de julio del presente año 2006 dos mil seis, por el C.P. Agustino Alonso Ortiz, Contador Público facultado por mi representada, documentos que en original se exhiben a la presente demanda como base de la acción.
V.- Asimismo, tal y como se acreditó en el hecho III del presente escrito, el demandado se obligó a pagar intereses ordinarios a razón del 14.90 % anual sobre el importe del crédito dispuesto, así mismo, se obligó a pagar el impuesto al valor agregado sobre dichos intereses ordinarios. Es el caso que el ahora demandado adeuda por concepto de intereses ordinarios la cantidad de $7,585.37 (SIETE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS, MONEDA NACIONAL) y $750.11 (SETECIENTOS CINCUENTA PESOS, CON ONCE CENTAVOS, MONEDA NACIONAL) por concepto de Impuesto al Valor Agregado sobre dichos intereses; ambos importes con números al 31 de julio del 2006, cantidades que se reclaman en el presente escrito, más las que se sigan devengando hasta la total liquidación del adeudo y sobre la tasa estipulada. Lo anterior se acredita con las cláusulas primera, séptima, incisos b) e i) del contrato base de la acción, así como con la certificación de adeudo emitida por el Contador Público facultado por mi representada, documentos que se exhiben como base de la acción.
VI.- El ahora demandado facultó a mi representada a contratar un seguro de vida e invalidez total y permanente por una suma igual al importe dispuesto del crédito y un seguro de auto con cobertura amplia; mismos seguros que se obligó a pagar en forma mensual. Siendo que los pagos mensuales por el seguro de vida serían por la cantidad de $52.24 (CINCUENTA Y DOS PESOS CON VEINTICUATRO CENTAVOS MONEDA NACIONAL) y el de auto por la cantidad de $529.33 (QUINIENTOS VEINTINUEVE PESOS CON TREINTA Y TRES CENTAVOS MONEDA NACIONAL) Es el caso que el demandado adeuda por concepto de seguro de vida la cantidad de de $210.16 (DOSCIENTOS DIEZ PESOS CON DIECISÉIS CENTAVOS MONEDA NACIONAL) y $2,117.32 (DOS MIL CIENTO DIECISIETE PESOS CON TREINTA Y DOS CENTAVOS MONEDA NACIONAL) por concepto de seguro de automóvil, con números al 31 de julio del 2006, cantidades que se reclaman en el presente escrito, más las que se sigan devengando hasta la total liquidación del adeudo. Lo anterior se acredita con las cláusulas séptima, inciso e), Décima, con la Disposición del Crédito e Instrucciones de Abono a la Agencia Automotriz en el apartado “Cargos por pago de comisión y de seguro”, con la Certificación de Adeudo expedida por el Contador Público facultado por mi representada y con la póliza de seguro sobre automóvil expedida por Seguros Banamex, con vigencia del 31 treinta y uno de diciembre del 2004 dos mil cuatro al 31 de diciembre del 2007 dos mil siete, prima total de $19,056.69 (DIECINUEVE MIL CINCUENTA Y SEIS PESOS CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS MONEDA NACIONAL); documentos que en original se exhiben al presente escrito como base de la acción.
VII.- Las partes convinieron que en caso de mora en el pago puntual de las cantidades pactadas, el demandado ALEJANDRO ARAUJO RUIZ pagaría a mi representada intereses moratorios calculados a una tasa de interés de has el 90 % noventa por ciento, calculada sobre los pagos vencidos de capital a su cargo, computables desde la fecha de mora y mientras no se ponga al corriente en el pago de las erogaciones mensuales. Tomando para el cálculo de los intereses moratorios la base de 365 días por año y días efectivamente transcurridos. En razón de que mi representada da por vencido anticipadamente el crédito, tal y como se describió en el hecho IV del presente escrito, mi representada cobró intereses moratorios a razón de la tasa establecida anteriormente a partir del 3 tres de abril del 2006 dos mil seis, adeudando hasta la fecha del estado de cuenta expedido por el contador facultado de la Institución que represento, es decir al 31 de Octubre del 2003 la cantidad de $30,288.33 (TREINTA MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS CON TREINTA Y TRES CENTAVOS MONEDA NACIONAL) por concepto de Intereses Moratorios, misma que se reclama en la presente demanda, más los que se sigan generando hasta la total liquidación del adeudo a una tasa anual del 90% y sobre saldos insolutos. Todo lo anterior se acredita con la cláusula séptima, inciso c) del contrato base de la acción y con la certificación de adeudo expedida por el Contador Público facultado por mi representada; documentos que se exhiben como base de la acción. VIII.- Así mismo, el demandado adeuda la cantidad de $4,543.24 (CUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y TRES PESOS CON VEINTICUATRO CENTAVOS MONEDA NACIONAL) por concepto de impuesto al valor agregado sobre intereses moratorios, misma cantidad a la que deberá de ser condenado a pagar, más la que se siga generando por dicho concepto y hasta la total liquidación del adeudo. Lo que se acredita con la cláusula séptima, inciso c) e i) del contrato base de la acción y con la certificación de adeudo expedida por el Contador Público facultado por mi representada; documentos que se exhiben como base de la acción. IX.- En la cláusula séptima, incisos f) e i) se pactó que el demandado pagaría gastos de cobranza de $200.00 (DOSCIENTOS PESOS CON CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL) por cada erogación mensual vencida, así como el impuesto al valor agregado.
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Es el caso que el demandado adeuda por concepto de gastos de cobranza la cantidad de $800.00 (OCHOCIENTOS PESOS CON CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL.) Y $120.00 (CIENTO VEINTE PESOS CON CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL) por concepto de impuesto al valor agregado por este concepto, ambas cantidades con números al día 31 de julio del 2006, mismas a la que deberá de ser condenado a pagar, más las que se sigan causando hasta la total liquidación del adeudo. X.- Como consecuencia de la falta de pago oportuno del demandado, y como resultado al abstenimiento de cubrir las mensualidades a las cuales se obligó, es por lo que intentamos la vía y forma propuesta, no obstante múltiples requerimientos realizados al domicilio del demandado. A continuación de conformidad con el artículo 1401 del Código de Comercio nos permitimos, de parte de mi poderdante ofrecer las siguientes:
P R U E B A S 1.- LA DOCUMENTAL PÚBLICA.- Consistente en la copia certificada de la escritura pública número 47,719, cuarenta y siete mil setecientos diecinueve, Volumen 1,144 un mil ciento cuarenta y cuatro, de fecha 14 catorce de Marzo del 2002 dos mil dos, pasada ante la fe del Lic. Roberto Núñez y Bandera, Notario Público número 1, de la Ciudad de México, Distrito Federal. Con esta documental acredito el carácter con que me ostento de Apoderado General para Pleitos y Cobranzas de la Institución Bancaria denominada Banco Nacional de México, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banamex, misma que se acompaña a la demanda como habilitante de mi personería y para todos los efectos de ley.
2. – LA DOCUMENTAL PRIVADA. – Consistente en el Contrato de Apertura de Crédito suscrito con fecha 22 veintidós de diciembre de 2004 dos mil cuatro, por el ahora demandado ALEJANDRO ARAUJO RUIZ y por la Institución que represento por conducto de su Apoderado. Esta prueba la relaciono directamente con todos y cada uno de los puntos de hechos y de prestaciones de mi escrito de demanda. Con la presente probanza se demuestra la legitimación por parte de nuestra representada para reclamar las prestaciones descritas al demandado. 3.– LA DOCUMENTAL PRIVADA.– Consistente en el documento de Disposición del Crédito e Instrucciones de abono a la agencia automotriz, mismo que tiene relación directa con todos y cada uno de los puntos vertidos en mi escrito de demanda, el cual se acompaña a la demanda como fundatorio de la acción y de las prestaciones reclamadas. Con esta documental se demuestra la legitimación por parte de mi representada para reclamar las prestaciones al demandado. 4. – LA DOCUMENTAL PRIVADA. – Consistente en la póliza de seguro sobre automóvil de fecha 31 treinta y uno de diciembre del 2004 dos mil cuatro, prueba tiene relación directa con el punto V de hechos de mi demanda y cláusulas séptima inciso e) y décima del contrato de crédito que se acompaña como documental privada bajo punto 2.- de este escrito. Con la presente probanza se demuestra la legitimación por parte de nuestra endosante para reclamar las prestaciones al demandado. 5. – LA DOCUMENTAL PRIVADA.- Consistente en la certificación contable expedida por el Contador Facultado de la Institución que represento, con números al día 31treinta y uno de julio del 2006 dos mil seis. Esta prueba la relaciono con los hechos todos y cada uno de los hechos y prestaciones del escrito de demanda. Con la presente probanza se demuestra la legitimación por parte de mi poderdante para reclamar las prestaciones al demandado. 6. – LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES, Consistente en las actuaciones del presente juicio en lo que beneficie a los intereses de mi poderdante, al momento de dictar Sentencia Definitiva, previo análisis que efectúe su Señoría de las constancias de autos. 7. – LA PRESUNCIONAL EN SU DOBLE ASPECTO LEGAL Y HUMANA, Consistente en la serie de razonamientos lógicos y jurídicos que realice su Señoría, en lo que beneficie a los intereses de mi poderdante, al momento de dictar Sentencia Definitiva, previo análisis que efectúe de las constancias de autos. A continuación de conformidad con el artículo 255 fracción VI del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, de aplicación supletoria a la legislación mercantil, me permito encuadrar el fundamento jurídico de la presente demanda, a través de las siguientes preceptos de:
Calendario 2009A, Guadalajara, Jalisco. D E R E C H O Son aplicables en cuanto al fondo del presente negocio el artículo 68, 69 de la Ley de Instituciones de Crédito, así como 284 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Norman el procedimiento los artículos 1049, 1050, 1061, 1069, 1084, 1090, 1093, del 1391 al 1414 y demás concordantes del Código de Comercio. Por lo expuesto y fundado, a Usted C. Juez respetuosamente le
P I D O PRIMERO.- Se ADMITA LA PRESENTE DEMANDA en la vía y forma propuestas en contra de ALEJANDRO ARAUJO RUIZ, reconociéndome el carácter con que promuevo y se me tenga señalando como domicilio y autorizados con amplias facultades, así como solo para oír y recibir notificaciones a los indicados en la parte inicial.
SEGUNDO.- Una vez admitida la presente demanda se DICTE AUTO DE EXEQUENDUM con efectos de mandamiento en forma, para que el deudor sea requerido de pago y de no hacerlo se le embarguen bienes suficientes para cubrir la suerte principal, intereses, los gastos y costas, y demás accesorios dejando dichos bienes en depósito de la persona que en su oportunidad designaré para tales efectos, bajo mi responsabilidad.
TERCERO.- Acto seguido, con las copias simples de Ley EMPLÁCESE AL DEMANDADO para que dentro del término legal de cinco 5 días comparezca ante el H. Órgano Jurisdiccional Competente a efecto de que efectúe el pago llano de las cantidades demandadas, así como los gastos y costas judiciales o a oponer las Excepciones que tuviere para ello, por lo que solicito que para que se practique dicha actuación Judicial, se autorice al C. Secretario Ejecutor de éste H. Juzgado a fin de que lleve a cabo la diligencia de requerimiento, en su caso embargo y emplazamiento a la parte contraria, así como para que haga uso de la FUERZA PUBLICA y ROMPA CERRADURAS en caso de ser necesario.
CUARTO.- Se HABILITEN DÍAS Y HORAS INHÁBILES para efectos de estar en la mejor aptitud de llevar a cabo la práctica de la diligencia Judicial de requerimiento, embargo y emplazamiento al demandado, toda vez que extrajudicialmente se me ha informado que al sujeto pasivo en el presente Juicio no es posible localizarlo dentro de los días y horas que la Ley señala como hábiles, siendo ésta diligencia de carácter urgente para fin de dar impulso al procedimiento Judicial, la presente petición tiene como fundamento legal el artículo 1065 de la Ley de la materia.
QUINTO.- Seguido el Juicio por todas sus etapas procesales, se DICTE SENTENCIA DEFINITIVA, en la que Usted C. Juez condene a la parte demandada al pago de las prestaciones que en la presente demanda se le reclaman y de no hacerlo voluntariamente, se proceda a la venta de los bienes embargados previo avalúo y en almoneda pública y con el producto de su venta se haga pago a mi poderdante, acreedora en el presente asunto.
SEXTO.- El Demandado puede ser requerido, embargado y emplazado en la finca ubicada en la Calle Privada Río Danubio 127, Colonia San Nicolás, en esta Ciudad de León, Guanajuato o en cualquier otro domicilio que señalaremos para tales efectos al momento de la diligencia ATENTAMENTE Guadalajara, Jalisco, al día de su presentación
______________________________________ LIC. JOSÉ DANTE TEMORES RAMÍREZ Apoderado General Para Pleitos y Cobranzas de Banamex, S.A. Céd. Prof. Fed. 2748424 S.E.P.
__________________________________ LIC. LORENA DURÁN DURÁN Apoderado General Para Pleitos y Cobranzas de Banamex, S.A. Céd. Prof. Fed. 39009086 S.E.P.
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Anexo 2 ACTITUDES DEL DEMANDADO ANTE LA DEMANDA Así como se ha reconocido que existe un derecho de acción, como un derecho para promover un proceso ate el órgano jurisdiccional, también se ha considerado que hay un derecho de defensa en el proceso, y consiste en el derecho del demandado a ser oído, para que tenga la oportunidad de oponerse o contradecir las pretensiones del actor, el derecho de ofrecer, desahogar y practicar todas las pruebas que respalden su defensa, así como ofrecer alegatos o interponer la pruebas o medios de impugnación que considere pertinentes en favor de su defensa, derecho que se encuentra consagrado en el artículo 14 de la CPEUM. El demandado puede asumir diversas actitudes frente a la demanda, pero generalmente son dos: • •
Comparecer a juicio a excepcionarse, No comparecer
En caso de que el demandado opte por contestar la demanda puede asumir las siguientes actitudes: A) Aceptar las pretensiones del actor, a lo que llamamos allanarse B) Reconocer que los hechos afirmados por el actor son ciertos (confesión expresa). C) Admitir la aplicabilidad de los preceptos legales invocados como fundamento de la demanda (hace un reconocimiento de derecho, articulo 283 párrafo segundo del CPCEJ). D) Solicitar que el juicio se haga del conocimiento de diversa persona que también se le dé la oportunidad de defenderse del derecho o acción controvertida, para que en todo caso la sentencia que llegue a dictarse se le pueda aplicar (denuncia a tercero, artículo 271 del CPCEJ). E) Negar los hechos afirmados por el actor, en su demanda, o señalar que los ignora por no ser hechos propios (es una negación total o parcial de hachos, articulo 274 del CPCEJ). F) Negar que el actor tenga derecho a demandar las pretensiones que reclama en su demanda (es una negación del derecho). G) Oponerse al juicio, señalando la ausencia o e incumplimiento de presupuestos procesales, interponer excepciones procesales, por ejemplo, vía, personalidad, competencia, etc. H) Oponerse al reconocimiento por parte del Juez, de los derechos alegados por la actora afirmando en contra de las pretensiones de ésta de la existencia de hechos extintivos, modificativos o impeditivos de la relación jurídica material invocada por el demandante (son las excepciones sustanciales, novación, prescripción, nulidad). I) Formular nuevas pretensiones en contra de la parte actora, esto es reconvenir o contrademandar de conformidad a lo previsto por el artículo 273 del CPCEJ.
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Anexo 2 EVALUACIÓN DE LA CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA Estudiante: Valoración final asignada: La siguiente pauta evaluativa se compone de tres secciones que permiten recoger las evidencias de lo alcanzado en el desarrollo de tu segundo examen (contestación de la demanda). Uno de ellos es el denominado “Aspectos centrales”, que hacen mención a la estructura pertinente que ha de contener una actividad escrita como la encargada. El segundo apartado se identifica como “Aspectos específicos de la contestación de la demanda” y se corresponden con las competencias propias de los contenidos desarrollados en el cuerpo del texto; el tercero y último, se le reconoce como “Validación de los contenidos descriptivos del documento jurídico”, el cual concierne en verificar que la redacción del ente jurídico encargado se corresponda fielmente a su realidad. 1. Aspectos centrales A continuación se enuncia un conjunto de referentes de evaluación que se consideran ineludibles en la construcción de una contestación de demanda. Todos ellos forman parte esencial de este proceso evaluativo y se relacionan de modo directo con los elementos sugeridos, indicados y trabajados en las sesiones de clase. Referente de De menor a mayor valoración evaluación Criterios que se incluyen 1 2 3 4 1.
2.
Formato de la El formato de la contestación de contestación de la demanda está confeccionada la demanda de modo correcto Capitulación Está adecuadamente desplegada
3.
Desarrollo
Está atinadamente construido todo el cuerpo del texto.
2. Aspectos específicos Aquí se expresan aquellos referentes de evaluación que se consideran deben de manifestar las competencias aprehendidas pero sobre todo desarrolladas en los contenidos del texto. Criterios para evaluación de los contenidos del ensayo
De menor a mayor valoración 1
4.
Se confirma autenticidad en el discurso de la contestación de la demanda
5.
La contestación es congruente con el discurso de la demanda interpuesta
6.
Refleja el discurso de la contestación de la demanda un buen ordenamiento cronológico, comparativo, de causa y efecto Se detectan recursos jurídicos en el discurso de la contestación de la demanda
7. 8.
Hay un adecuado manejo de la ortografía
2
3
4
Calendario 2009A, Guadalajara, Jalisco. Validación de los contenidos descriptivos de la contestación de la demanda A continuación se enuncian el último grupo de indicadores valorativos que se consideran esenciales para el justipreciar holísticamente la actividad encargada (contestación de la demanda. Es decir, son el conjunto de evidencias que verificarán que el documento jurídico encargado se corresponda puntualmente a su verdad. Referente de De menor a mayor valoración evaluación Criterios que se incluyen 1 2 3 4 9.
A la contestación de la demanda le fue adecuadamente definido el tribunal ante quien contesta y el número de expediente. 10. A la contestación de la demanda le fue debidamente anotado el nombre y generales de quien contesta y de su abogado patrono. 11. A la contestación de la demanda le fue debidamente anotado el nombre del actor. 12. A la contestación de la demanda le fueron debidamente anotadas el monto de las cantidades o prestaciones reclamadas por el actor. 13. A la contestación de la demanda le fue correctamente nombrado autorizados para recibir notificaciones y el domicilio para tal efecto. 14. En la contestación de la demanda fue cabalmente respondido cada uno de los hechos en el que el actor fundó su petición. 15. En la contestación de la demanda le fue apropiadamente descritos los fundamentos de derecho que le corresponden. 16. En la contestación de la demanda se citan pertinentemente criterios jurisprudenciales. 17. En la contestación de la demanda se intenta hacer valer la aceptación de las prestaciones o del reconocimiento de hechos o las excepciones y defensas o de la denuncia a tercera persona o de la oposición al juicio, de manera adecuada. 18. En la contestación de la demanda aparecen los puntos petitorios. 19. En la contestación de la demanda los puntos petitorios son congruentes con los hechos descritos 20. En la contestación de la demanda aparece la firma del interesado o representante legal. Valoración final= [(puntos totales obtenidos)/80] x 100 = Comentarios finales Estimado(a) : Mtro. Fernando Temores Ramírez Guadalajara, Jalisco a de junio de 2009