ESTUDIO DE CASO: LIQUIDANDO UN CONTRATO LABORAL
YUDY MARBELL ROMERO BARÓN
ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS SENA 2018
Presentación del Caso: La señora Angelina Pérez desempeñaba el cargo de directora administrativa y financiera en la empresa ORVIS Internacional cuya razón social era la comercialización de productos hospitalarios. Ingreso a laborar el 02 de junio de 2014 hasta el 30 de diciembre de 2015, el último sueldo devengado fue $2.500.000. Este caso presenta un reto especial en su proceso de formación, por ello se le aconseja respetuosamente realizar una comprensión total del caso y de los retos que plantea para usted en tanto que deberá realizar el proceso de liquidación del contrato correspondiente al año 2015. Es muy importante que usted revise el caso y lo apropie encontrando los retos que presenta para hacer el ejercicio de liquidación contractual.
SOLUCIÓN DEL CASO
Días a Liquidar: 02 de Junio de 2014 a 30 de Diciembre de 2014 = 209 Días Liquidación de Prestaciones Sociales Prima de Servicios Primer Semestre: (2.500.000 * 29) / 360 = $ 201.389 (Prima Correspondiente a Junio) Prima de Servicios Segundo Semestre: (2.500.000 * 180) / 360 = $ 1.250.000 (Prima Correspondiente a Diciembre) Vacaciones: (2.500.000 * 209) / 720 = $ 725.694 Cesantías: (2.500.000 * 209) / 360 = $ 1.451.389 Intereses Sobre Cesantías: (1.451.389 * 209 * 12) / 360 = $ 101.113 TOTAL: $ 3.729.586
Días a Liquidar: 01 de Junio de 2014 a 30 de Diciembre de 2014 = 360 Días Liquidación de Prestaciones Sociales Prima de Servicios Primer Semestre: (2.500.000 * 180) / 360 = $ 1.250.000 (Prima Correspondiente a Junio) Prima de Servicios Segundo Semestre: (2.500.000 * 180) / 360 = $ 1.250.000 (Prima Correspondiente a Diciembre)
Vacaciones: (2.500.000 * 360) / 720 = $ 1.250.000 Cesantías: (2.500.000 * 360) / 360 = $ 2.500.000 Intereses Sobre Cesantías: (2.500.000 * 360 * 12) / 360 = $ 300.000 TOTAL: $ 6.550.000
TOTAL A PAGAR: $ 6.550.000
Cabe aclarar que se asume que al final del año 2014 se pagó la Liquidación correspondiente a ese año, por lo tanto solo se debe pagar la Liquidación del año 2015, ya que las liquidaciones se efectúan año a año.