Estructura Del Acto Juridico

  • Uploaded by: Patricia Torres Palao
  • 0
  • 0
  • May 2020
  • PDF

This document was uploaded by user and they confirmed that they have the permission to share it. If you are author or own the copyright of this book, please report to us by using this DMCA report form. Report DMCA


Overview

Download & View Estructura Del Acto Juridico as PDF for free.

More details

  • Words: 1,023
  • Pages: 19
ESTRUCTURA DEL ACTO JURIDICO

Clasificación tradicional por el Dr. Miranda Canales

Elementos de validez del acto jurídico

Los elementos esenciales o substanciales (requisitos de validez)

Ponente / Docente Facultad / Escuela / Programa

Los elementos naturales

Los elementos accidentales

Matrimonio: Manifestación de voluntad de los contrayentes Capacidad Requisitos

Las obligaciones de saneamiento en los supuestos de transferencia de propiedad, posesión o uso del bien

Condición, Plazo y Cargo

Clasificación establecida por el Dr. Lizardo Taboada Córdova Doctrina Moderna Los elementos: 1.- Declaración o manifestación de voluntad /2.- La causa o finalidad.

Estructura del Acto Jurídico

Ponente / Docente Facultad / Escuela / Programa

Los presupuestos: 1.- Objeto / 2.- Sujeto

Los requisitos: 1.- Capacidad legal de ejercicio. 2.- Capacidad natural (actuar con discernimiento) 3.- La Licitud 4.- Posibilidad física y jurídica del objeto 5.- Determinacion

LA MANIFESTACIÓN DE LA VOLUNTAD

El discernimiento, la intención y la libertad

• ¿Qué se entiende por manifestación de la voluntad? Manuel Albaladejo, es el acto voluntario humano de querer declarar o exteriorizar la intención de celebrar un negocio jurídico con pleno conocimiento de las consecuencias que ello implique. • Juan Espinoza, indica que la manifestación y declaración de la voluntad son sinónimos, en ambos se produce la exteriorización de un hecho psíquico interno, pero la diferencia está en que la consecuencia jurídica en la manifestación de la voluntad no es necesariamente querida por el sujeto, mientras que si lo es en el caso de la declaración.

Ponente / Docente Facultad / Escuela / Programa

Manifestación de voluntad expresa.- Se exterioriza mediante el lenguaje oral, escrito o a través de cualquier medio directo que puede ser manual, mecánico, electrónico u otro análogo.

Manifestación de voluntad tácita.Se plasma mediante ciertos comportamientos, actitudes, circunstancias o posturas que asume la persona, que dan a entender de manera indubitable y concreta la voluntad en determinado sentido.

Ponente / Docente Facultad / Escuela / Programa

"A" celebra un contrato de compraventa con "B". En este ejemplo se observa que ambas partes han expresado su voluntad de celebrar el contrato.

"X" le envía un correo electrónico a "B" comunicando su deseo de celebrar un contrato de suministro.

En la revocación tácita cuando señala: “El testamento cerrado queda revocado si el testador lo reitra de la custodia del notario.” (Art. 802º C.C.)

El silencio (art. 142 del C.C.): El silencio conlleva a ser manifestación de voluntad, según nuestro código civil cuando: A.- Lo acuerden así las partes. B.- Cuando la ley así lo indica.

Ponente / Docente Facultad / Escuela / Programa

Si el hijo ha nacido dentro del matrimonio o dentro de los trescientos días siguientes a su disolución y el padre no niega al hijo, su silencio se interpreta como reconocimiento.

Es la capacidad con la cuentan las personas para poder celebrar actos jurídicos en forma válida.

Es la aptitud que tienen las personas para el goce y el ejercicio de los derechos subjetivos que les reconoce el ordenamiento jurídico.

Clases de capacidad: • Capacidad de goce • Capacidad de ejercicio

• ¿Qué se entiende por objeto del acto jurídico? Son aquellos de carácter material e inmaterial, siendo los primeros los que son perceptible por los sentidos por cuanto son corpóreos, y son inmateriales cuando sea percibido a través de la inteligencia porque no son corporales.

¿Cuáles son los requisitos de todo objeto? A.- Físicamente posible. -> construir una casa B.- Jurídicamente posible.-> que no sea contrario a la norma C.- Determinable.

Finalidad del Acto Jurídico

• ¿Qué se entiende por finalidad del acto jurídico? El fin es el elemento indispensable en todo acto jurídico y se entiende como las razones por las cuales los sujetos buscan celebrar los actos jurídicos.

• ¿En qué consiste el fin lícito? El fin lícito de estar dentro de los márgenes de la ley, es decir sólo de esta y no del ordenamiento jurídico como se indica para el caso del objeto del acto jurídico.

Ponente / Docente Facultad / Escuela / Programa

• ¿Qué se entiende por forma? Es la parte externa que cubre o viste a la manifestación de voluntad, y por ende al acto jurídico. • ¿Cuáles son las clases de formas? A.- Verbal.- Se usa el lenguaje hablado, se usa para los actos jurídicos donde la forma es voluntaria y no sanciona con nulidad su inobservancia. Ej.: donación de bienes muebles de poco valor (art. 1623 C.C.) B.- Escrito.- Se usa el lenguaje escrito y se exterioriza a través de medios manuales, mecánico o electrónico para celebrar el acto jurídico. Ej.: la fianza (art. 1871 C.C.)

Ponente / Docente Facultad / Escuela / Programa

• La forma ad-probationem y ad-solemnitatem: A.- Forma probatoria.- La norma señala que es necesaria la forma en el acto jurídico pero no señala que su incumplimiento sea sancionado con la nulidad. Se usa la forma solo para probar la existencia del acto jurídico. Esta regulada en el art. 144 del C.C Ej.: contrato de suministro (art. 1605 C.C.), contrato de mutuo (art. 1649 C.C.) B.- Forma solemne.- La norma señala que es obligatoria la forma del acto jurídico bajo sanción de nulidad. Ej.: renuncia de la herencia (art. 675 C.C.), la disposición de bienes del representado (art. 156 C.C.) • Las partes pueden acordar una forma del acto jurídico cuando la norma no lo establezca, de manera anticipada y por escrito.. (art. 1411 C.C.)

MODALIDADES DEL ACTO JURÍDICO

Concepto

Los Elementos Accidentales del acto jurídico

La Condición, el Plazo y el Cargo

MODALIDADES DEL ACTO JURÍDICO LA CONDICIÓN

Efectos jurídicos de la condición

EL PLAZO

Caracteres

Clases de Condición Caracteres

Concepto

CLASIFICACIÓN DEL PLAZO • Plazo de duración determinada.- dies certus an et quando • Plazo de duración indeterminada.- dies incertus an at certus quando • Plazo Suspensivo.- El plazo debe cumplirse para que el negocio

empiece a generar sus efectos. Ejm Se celebra una compra venta y se pacta que la entrega del bien y el pago se efectuaran el 1° de Enero del año siguiente.

• Plazo Resolutorio.- Los efectos del negocio se generan

inmediatamenrte despues de su celebración pero cesan cuando el plazo se cumple. 17

MODALIDADES DEL ACTO JURÍDICO

EL CARGO

•Concepto •Caracteres •Sujetos

Related Documents


More Documents from "Jorge Gutierrez"