EL PROCESO PENAL Y LA JUDICIABILIDAD DE LOS DERECHOS ECONOMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
El Poder Penal del Estado El poder penal del Estado es la facultad que tiene para castigar a una persona por la comisión de un hecho calificado previamente como delito. Es la fuerza de que dispone el Estado para imponer sus decisiones al ciudadano en materias que afectan derechos fundamentales como la libertad, el honor y hasta la vida misma.
Bases Jurídico Políticas De La Persecución Penal
La Constitución Política del Estado
El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
La Convención Americana de Derechos Humanos
Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos Establecen una serie de resguardos al carácter inviolable de la libertad, la dignidad, la vida y la intimidad del ser humano y contemplan además un plexo de principios y garantías especiales y exclusivamente vinculadas a la persecución penal.
Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos Ambos instrumentos califican a las mismas como “mínimas”, lo que significa la obligatoriedad inexcusable de su observancia. Estas garantías son “lo menos” que se requiere para encuadrar el persecución penal en límites infranqueables para el pleno respeto de los derechos humanos del justiciable. Estas garantías son irrenunciables.
Bases Jurídico Políticas De La Persecución Penal Las bases político jurídicas de la persecución penal responden al ideal republicano de una delimitación precisa al uso del poder penal estatal en resguardo de la libertad, la vida y la dignidad del ser humano y consiguiente estructuración de un proceso penal democrático.
Bases Jurídico Políticas De La Persecución Penal La Constitución y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, son el punto de partida político ineludible del Derecho Penal y del Derecho Procesal Penal, vale decir que sistema debe responder a la idea que este ordenamiento tiene de la administración de justicia penal.
Los Limites Al Poder Penal del Estado (Ámbito Previo) Establecen qué conductas de los hombres puede el Estado prohibirlas penalmente. En virtud a estos límites que devienen de la libertad y la dignidad inherente a todo ser humano, se tiene que el Estado no posee “libre disposición” para sancionar penalmente una conducta por muy reprochable o indeseable que esta resulte.
Los Limites Al Poder Penal del Estado (Ámbito Previo) LA FUNCIÓN DEL DERECHO PENAL
Asegurar una coexistencia pacífica, libre, que respete la igualdad de todos los seres humanos, siempre y cuando este cometido no se pueda lograr a través de otros medios e instrumentos menos graves que el derecho penal. Al Estado no le está permitido prohibir y mucho menos sancionar penalmente más allá de lo estrictamente necesario para lograr dicho objetivo.
Los Limites Al Poder Penal del Estado (Ámbito Previo) Principio de Lesividad
Ni la inmoralidad ni la reprochabilidad ética de una conducta son suficientes por si mismas para criminalizar una conducta, en tanto tales conductas no impliquen la afectación de un derecho ajeno individual o colectivo.
Los Limites Al Poder Penal del Estado (Ámbito Previo) El Principio De Esencialidad O Fragmentariedad
El derecho penal únicamente debe intervenir para proteger los presupuestos esenciales para la convivencia social frente a los ataques más intolerables a esos presupuestos esenciales.
Los Limites Al Poder Penal del Estado (Ámbito Previo) El Principio De Subsidiariedad Para lograr la coexistencia pacífica, proteger y/o restablecer un bien jurídico individual o social, el Estado está obligado a privilegiar o establecer con preeminencia medidas menos gravosas que el derecho penal, de tal suerte que este último tenga lugar únicamente cuando esa protección y o reestablecimiento sea imposible lograrla de otro modo.
Los Limites Al Poder Penal del Estado (Ámbito Previo) El Principio de Legalidad
Ninguna conducta puede merecer una pena sin una ley que la haya declarado previamente punible. La ley previa debe tratarse de una ley formal en sentido estricto. La ley debe reunir condiciones de certeza.
Los Limites Al Poder Penal del Estado (Ámbito Previo) El Principio De Máxima Taxatividad Legal
Exigencia para que el legislador agote todos los recursos técnicos para otorgar la mayor precisión posible a la conducta incriminada y a la pena que le corresponda. Debe existir absoluta claridad en el verbo típico, esto es, en la acción incriminada y en los demás elementos constitutivos del tipo penal.
Los Limites Al Poder Penal del Estado (Ámbito Previo) La proscripción de la analogía
Es en virtud de este principio queda establecido el monopolio de la ley penal, como única fuente valida de los delitos y las penas. La irretroactividad de la ley Penal
EL SISTEMA DE GARANTIAS Las garantías conforman un sistema en el que cada una de ellas se constituye en una pieza clave que integran y complementan un escudo protector dispuesto a favor de todos los ciudadanos para evitar que el uso del poder penal estatal degenere en pura fuerza del Estado y para evitar que a título de combatir la delincuencia se afecten los derechos fundamentales del ser humano más allá de los límites absolutamente indispensables.
EL SISTEMA DE GARANTÍAS
Las garantías constitucionales y legales son los límites que una sociedad democrática impone al Estado en el uso del poder penal.
Las garantías no se agotan en su formulación.
Las garantías tienen una manifestaciones y consecuencias.
serie
de
EL SISTEMA DE GARANTÍAS
Las garantías generan derechos, obligaciones y prohibiciones concretas para todos los sujetos procesales.
Las garantías conforman un todo armónico debidamente engranado.
EL SISTEMA DE GARANTIAS
JUICIO PREVIO La condena que se imponga a
cualquier persona tiene que ser necesariamente el resultado de un juicio previo.
EL SISTEMA DE GARANTIAS
JUICIO PREVIO Limitación Objetiva: Público, contradictorio, continuo y oral. Limitación Subjetiva: El juez es el único funcionario habilitado para desarrollar el juicio.
EL SISTEMA DE GARANTIAS El Juez Natural
La condena únicamente puede reputarse legítima cuando haya sido dictada por un juez competente, imparcial, independiente y designado con anterioridad al hecho de la causa.
EL SISTEMA DE GARANTIAS PRESUNCION DE INOCENCIA CONSECUENCIAS PRACTICAS:
a) Sólo la sentencia tiene la virtualidad de declarar culpable a una persona. b) Al momento de la sentencia sólo existen dos posibilidades: culpable o inocente, es decir que no existe una tercera posibilidad. c) La culpabilidad tiene que ser jurídicamente construida.
EL SISTEMA DE GARANTIAS PRESUNCION DE INOCENCIA CONSECUENCIAS PRACTICAS
d) Esa construcción implica la adquisición de un grado de certeza. e) El imputado no puede ser tratado como culpable. f) No pueden existir ficciones de culpabilidad, es decir no pueden existir partes de culpabilidad que no necesiten ser probadas.
EL SISTEMA DE GARANTIAS PRESUNCION DE INOCENCIA MANDATOS Y DIRECTRICES:
Interpretación restrictiva de las normas que limitan la libertad del imputado (favor libertatis). Aplicación de las medidas de coerción con carácter excepcional, proporcional, temporal y justificando su aplicación. Exclusión de la carga de la prueba. In dubio pro reo.
EL SISTEMA DE GARANTIAS INVIOLABILIDAD DE LA DEFENSA DEFENSA MATERIAL
Nemo tenetur. La declaración del imputado como un medio esencialmente defensivo. Facultad de intervenir en toda la actividad procesal.
EL SISTEMA DE GARANTIAS INVIOLABILIDAD DE LA DEFENSA DEFENSA TECNICA
Derecho irrenunciable del imputado de contar con asistencia técnica.
Obligación del Estado de proporcionar abogado defensor.
EL SISTEMA DE GARANTIAS INVIOLABILIDAD DE LA DEFENSA
Imputación. La atribución de un hecho supuestamente delictivo. Intimación. El imputado debe tener acceso a la imputación que se le formula. Intervención. El imputado tiene derecho a intervenir en todos los actos del proceso asistido por su abogado defensor.
EL SISTEMA DE GARANTIAS
INVIOLABILIDAD DE LA DEFENSA Contradicción. El imputado tiene derecho a resistir la imputación y a contradecir las pruebas y argumentos esgrimidos en su contra. Correlación Acusación-Sentencia. La sentencia puede absolver o condenar únicamente por los hechos que han sido objeto de juicio.
EL SISTEMA DE GARANTIAS
INCOERCIBILIDAD DEL IMPUTADO Está prohibido influir de cualquier modo para obtener del imputado prueba en su contra. Está prohibido exigir del imputado prueba de descargo para acreditar su inocencia o menor responsabilidad. El imputado debe actuar en el proceso libre en su persona. EL IMPUTADO ES UN SUJETO PROCESAL INCOERCIBLE
EL SISTEMA DE GARANTIAS PROHIBICIÓN DE LA TORTURA La tortura es la utilización de medios violentos para obtener de una persona cierta información. Por violencia se entiende todo mecanismo que tienda a la anulación de la voluntad de la persona. TODA INFORMACION QUE SE OBTENGA MEDIANTE TORTURA ES INVALIDA PARA EL PROCESO PENAL
EL SISTEMA DE GARANTIAS INVIOLABILIDAD DEL DOMICILIO
No es posible buscar información en el domicilio si no media una autorización expresa y debidamente fundamentada del juez, es decir:
formal precisa y circunstanciada (en tiempo y espacio)
EL SISTEMA DE GARANTIAS INVIOLABILIDAD DEL DOMICILIO
La prueba que se recoja de un domicilio sin cumplir con los requisitos descritos “es prueba ilícita”.
EL SISTEMA DE GARANTIAS Inviolabilidad de la correspondencia El acceso a la correspondencia y a los papeles privados, solo procede en los casos establecidos por ley y mediante orden judicial debidamente fundamentada
EL SISTEMA DE GARANTIAS INVIOLABILIDAD DE LAS COMUNICACIONES
Cualquier información que se obtenga a través de la interceptación de las comunicaciones es prueba ilícita, ya que la CPE sostiene al respecto una prohibición absoluta.
EL SISTEMA DE GARANTIAS LEGALIDAD DE LA PRUEBA
El proceso penal no está abierto indiscriminadamente al uso de la información.
La realización de la justicia a costa de la ilegalidad, del abuso de la autoridad y del desconocimiento de los límites constitucionales deslegitima la justicia.
La justicia no puede ser beneficiaria de hechos ilícitos.
EL SISTEMA DE GARANTIAS LEGALIDAD DE LA PRUEBA
Prohibiciones: 1. La utilización de pruebas obtenidas ilícitamente.
2. La utilización de pruebas originadas en procedimientos ilícitos.
EL SISTEMA DE GARANTIAS EL PROCESO PRONTO
El ciudadano tiene derecho a ser juzgado en un plazo razonable. El Estado debe circunscribir la persecución penal a límites temporales. La incapacidad del Estado en la persecución penal no la pueden pagar los ciudadanos.
EL SISTEMA DE GARANTIAS PERSECUCION PENAL UNICA La persecución penal por un mismo hecho solo puede ejercerse por una sola vez
La absolución ejecutoriada es verdad inquebrantable
El doble juzgamiento únicamente es posible a favor del condenado
EL SISTEMA DE GARANTIAS
EL DEBIDO PROCESO Nadie puede ser privado de un derecho sin que se cumpla un procedimiento fijado por ley. Ese procedimiento no puede ser cualquiera sino el “debido”.
EL SISTEMA DE GARANTIAS
EL DEBIDO PROCESO Para ser el “debido” tiene que dar suficiente oportunidad al justiciable de participar con utilidad en el proceso. Esa oportunidad requiere que el justiciable tenga “conocimiento” del proceso, sus etapas y sus actos y exige además que el justiciable sea “oído”.
EL SISTEMA DE GARANTIAS DIMENSIONES DEL DEBIDO PROCESO Anterior al proceso:
La disponibilidad previas de órganos independientes y especializados. El acceso a la justicia en condiciones de igualdad y sin discriminación. La existencia de leyes idóneas para resolver los conflictos.
EL SISTEMA DE GARANTIAS DIMENSIONES DEL DEBIDO PROCESO
Durante el proceso: Es el conjunto de derechos que tiene el imputado al interior del proceso.
En esta dimensión se concreta el derecho a la defensa.
EL SISTEMA DE GARANTIAS “Las garantías constitucionales son espacios de lucha, en los que existen avances y retrocesos y la justicia penal es, a la vez, un gran espacio de lucha en el que se juega la dignidad de la persona. Lo importante es saber qué parte del juego quiere jugar cada uno”
Estructura del Proceso Penal Etapas Del Proceso La Investigación preparatoria. Fase de investigación, preparación o instrucción, cuyo cometido principal consiste en la preparación de la acusación o del juicio. El procedimiento intermedio o Audiencia conclusiva. Donde se critica o analiza el resultado de esa investigación.
Estructura del Proceso Penal Etapas del Proceso
La etapa del juicio. Etapa plena y principal. La etapa de impugnación de la sentencia. Etapa en la que se controla el resultado de ese juicio a través de los recursos. La etapa de ejecución. Etapa en la que se ejecuta la sentencia que ha quedado firme.
Estructura del Proceso Penal (Etapa Preparatoria)
Actividades puras de investigación. Decisiones que influyen sobre la marcha del procedimiento. Anticipos de prueba. Decisiones o autorizaciones vinculadas a actos que puedan afectar garantías procesales o derechos constitucionales.
Estructura del Proceso Penal (Etapa Preparatoria) Actividades Puras de Investigación Actos Iniciales del Procedimiento
Denuncia Querella De Oficio
Estructura del Proceso Penal (Etapa Preparatoria) Las actividades puras de investigación se traducen en actos tendientes a recoger, asegurar y buscar elementos de prueba que se introducirán más tarde en el juicio oral y público, para probar el hecho criminal.
Estructura del Proceso Penal (Etapa Preparatoria) Decisiones Que Influyen Sobre la Marcha del Procedimiento
Todos los incidentes y excepciones deben resolverse en audiencia oral y pública.
Estructura del Proceso Penal (Etapa Preparatoria) Anticipos Jurisdiccionales de Prueba Realización jurisdiccional de prueba, anticipando las condiciones básicas del juicio con la posibilidad de control y contradicción sobre la prueba por parte de todos los sujetos procesales y la inmediación del juez.
Estructura del Proceso Penal (Etapa Preparatoria) Decisiones vinculadas a garantías procesales o derechos Constitucionales
Ordenes
formales, expresas, circunstanciadas y debidamente fundamentadas que permitan realizar esos actos de investigación, los mismos que generalmente se materializan a través de los mandamientos.
Estructura del Proceso Penal (Etapa Intermedia) El procedimiento conclusivo o etapa intermedia está dispuesto para optar
por alguna de las salidas alternativas legalmente previstas, ya sea la aplicación de algún criterio de oportunidad, la suspensión del proceso a prueba, la conciliación o la aplicación del procedimiento abreviado.
Estructura del Proceso Penal (Etapa Intermedia) Audiencia Conclusiva Los planteamientos son resueltos en una audiencia oral pública, con posibilidades de anticipar un contradictorio en el que intervienen todas las partes a objeto de discutir en presencia del juez la legalidad, las conveniencias y las condiciones de tales planteamientos.
Estructura del Proceso Penal (Juicio Oral y Público) El juicio es el momento cumbre del proceso penal, es la fase plena y principal del proceso penal, porque es allí donde se resuelve o redefine de un modo definitivo (aunque revisable) el conflicto que subyace y da origen al proceso penal.
Estructura del Proceso Penal (Juicio Oral y Público) El desarrollo de la audiencia del juicio, sigue el esquema general de los sistemas con juicio oral, cuyo núcleo reside en el debate oral, público, contradictorio y continuo.
Estructura del Proceso Penal (Juicio Oral y Público) Actos preparatorios del debate
El control formal de la acusación.
El ofrecimiento de prueba.
La integración del tribunal.
Estructura del Proceso Penal (Juicio Oral y Público) El Debate
La apertura y constitución del objeto del debate.
La producción de la prueba. La discusión sobre la prueba o alegatos finales. La deliberación y el pronunciamiento de la sentencia.
Estructura del Proceso Penal (Juicio Oral y Público)
La Apertura y Constitución Del Objeto Del Debate Lectura de la acusación y del auto de apertura a juicio. Fundamentación oral de la acusación del fiscal y del querellante. Declaración del imputado. Fundamentación del abogado defensor.
Estructura del Proceso Penal (Juicio Oral y Público) Producción De La Prueba Los distintos canales vuelcan su información específica, en presencia de todos los intervinientes en el debate. Las partes tienen amplias facultades para extraer toda la información que crean necesaria para comprobar las distintitas hipótesis.
Estructura del Proceso Penal (Juicio Oral y Público)
Discusión De La Prueba O Alegatos Finales Las partes presentan al tribunal la solución del caso que cada una propone, mediante la valoración particular de todas las pruebas aportadas y mediante el análisis de las normas aplicables al caso, tal como cada uno de ello entiende que ha quedado conformado. Se concede la palabra al imputado y a la víctima.
Estructura del Proceso Penal (Juicio Oral y Público) La Deliberación y Sentencia
Agotado el debate el tribunal pasa a deliberar en sesión secreta.
El tribunal se reincorpora a la sala de audiencia y pronuncia la sentencia.
Estructura del Proceso Penal (Recursos - Etapa de Impugnación)
Apelación incidental Apelación restringida Casación Revisión extraordinaria
Estructura del Proceso Penal (Recursos - Etapa de Impugnación)
Apelación Incidental Es el recurso dispuesto para impugnar las decisiones jurisdiccionales es decir los autos interlocutorios dictados durante la etapa preparatoria y procede en los casos taxativamente señalados por ley Interposición: 3 días. Resolución: 10 días s/p, 15 días c/p.
Estructura del Proceso Penal (Recursos - Etapa de Impugnación)
Apelación Restringida Es el medio para que el tribunal de alzada ejerza el control de la legalidad de la sentencia, respecto de las formalidades seguidas para dictarla como respecto de la correcta aplicación de ley, pero en ningún caso para la revisión de los hechos y mucho menos para una nueva valoración de la prueba. Interposición:15 días. Contestación 10 días. Resolución: 20 días.
Estructura del Proceso Penal (Recursos - Etapa de Impugnación)
Recurso de Casación Es el medio para uniformar la jurisprudencia ante precedentes contradictorios dictados por las Cortes Superiores a tiempo de resolver la apelación restringida, por lo que el conocimiento de este recurso es reservado para la Corte Suprema Interposición: 5 días. Resolución: 10 días.
Estructura del Proceso Penal (Recursos - Etapa de Impugnación)
Revisión de Sentencia Condenatoria Dispuesto par corregir el error traducido en la condena de un hombre inocente y para aplicar la benignidad de una ley sobreviniente.
Interposición: Sin plazo. Resolución: 20 días.
Estructura del Proceso Penal (Ejecución Penal)
La ejecución de las penas se rige además del CPP por la Ley de Ejecución de Penas. Son aplicables las reglas mínimas de las Naciones Unidas para privados de libertad. Todos los incidentes se resuelven en audiencia oral y pública ante el Juez de Ejecución.
MUCHAS GRACIAS