DOCUMENTOS MERCANTILES Letra De Cambio CARRERA.- Ing. Comercial MATERIA.- Contabilidad Básica Integrantes: Baptista Aiza Sebastián Calizaya Calderón Erika Belen Ferreira Arciénega Amanda León Barja María Justina Rodas Carballo Mary Sol
-¿Qué son los documentos mercantiles?
Su objeto es el de certificar entendimiento que existe entre las dos partes que han efectuado un convenio.
Entra dentro de la idea de documentación mercantil toda constancia escrita de una transacción comercial o de un aspecto de ella que pueda utilizarse para: a. Certificar las anotaciones en los libros de contabilidad.
b. Probar un hecho desde el punto de vista legal.
Se clasifica en:
Documentos negociables.- Son todos los que pueden sustituir al dinero en efectivo ya que son susceptibles de negociación: Letra de Cambio, Pagares, Cheque. - Letra de Cambio.- Documento mediante el cual una persona ordena, a otra que pague a favor de un tercero una determinada cantidad de dinero.
Documentos no negociables.- Son los que sirven de base para los registros en los libros de contabilidad y a la vez probar desde el punto de vista legal la realización de una operación mercantil: recibos , facturas, vale, notas de remisión, nota de abono, nota de crédito.
-¿Quiénes la utilizan el documento?
Como se podrá apreciar en la emisión de la Letra de Cambio precedente, intervino 3 personas: Girador Girado Beneficiario
Alan Ortiz Daniel Saavedra Andrés Zelaya
El girador puede ser al mismo tiempo el beneficiario, en este caso interviene solo dos personas, ejemplo: Girador y Beneficiario Girado
Andrés Zelaya (1) Daniel Saavedra
Girado
Girador
Beneficiario
-¿Cuándo tenemos que presentar el documento de letra de cambio?
De acuerdo al Art. 544º del Código de comercio, las letras de cambio pueden ser giradas bajo las siguientes modalidades.
A la vista: No se necesita ser previamente aceptada.
A días o meses vista: La fecha en que “ha visto” el aceptante y firmado el compromiso de pagarla.
A días o meses fecha: El plazo de vencimiento se computa desde la fecha en que la letra fue girada, computando los días que tiene cada mes.
A fecha fija: Cuando en forma expresa se especifica la fecha de pago en la letra de cambio
ACEPTACIÓN.- Declaración mediante la cual una persona natural o jurídica se compromete al pago de una letra de cambio por el importe en ella señalado y en la fecha de su vencimiento.
Aceptar.ACEPTO Sucre, 9 de abril de 2018. Salvador Rodríguez G.
Efectos de la aceptación.- Uno de los artículos que respalda es el siguiente
Art.550 menciona que no hay necesidad de previo aviso hacia el girado que es el principal obligado.
AVAL
Art.558 Concepto.- Es una garantía que puede ser otorgada por un tercero o cualquier endosante de la letra, excepto el girador.
Art. 559 Forma de hacer constar el aval, Puede estar al anverso de la letra misma o en una hoja adherida a ella y se expresará escribiendo “por aval”, con la firma del avalista.
Art. 561 Obligación del avalista, Cumple con los términos correspondientes formalmente al avalado.
ENDOSAR
Es ceder a favor de otro una letra de cambio expedido a la orden, se endosara al reverso del documento con la frase: “Páguese a la orden de ____________”, a continuación la fecha y la firma del endosante.
La letra de cambio es negociable, por ello puede ser endosada.
PROTESTO
Art.569º Objeto, Establecer que una letra fue presentada en tiempo oportuno y que el obligado dejó total o parcialmente de aceptarla o pagarla. Se practicara con la intervención de un notario de fe pública o que lleve expresado “sin protesto” o “retorno sin gastos” para dar lugar la acción ejecutiva.
Art.570 Plazo para el protesto, Por falta de aceptación de una letra deberá efectuarse en los plazos fijados para su presentación o antes de la fecha de vencimiento.
El protesto por falta de pago de una letra pagadera a fecha fija a días, meses fecha, o vista, se efectuara en el curso del tercer día hábil siguiente a la fecha de su vencimiento.
Análisis para llenar la letra de cambio (ejemplo)
El 12 de enero de 2013, la ferretería “San Miguel” de la Sra. Laura Mostajo de Machicado vende mercaderías a Nancy Delgadillo Torres por un valor de Bs. 15.264 según factura N° 003450contra aceptación de una letra de cambio (N°10/13) a 5 meses vista, a favor de Juan Perez Vargas. La letra de cambio fue aceptada el 15/04/14 a) b) c) d) e) f) g)
Valor de la letra de cambio es de bs 15.264 Fecha de emisión: 12 de enero de 2013 Número correlativo 10/13 (significa que se ha girado 10 letras a la fecha) Plazo: 5 meses vista Beneficiario: Juan Perez Vargas Girado (deudor): Nancy Delgadillo Torres Girador (acreedor): Ferretería San Miguel representado por la Sra. Laura Mostajo de Machicado
2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12.
Valor (importe) de la letra de cambio en números Fecha de emisión de la letra de cambio Numero correlativo de letras de cambio que emite la empresa Plazo o fecha de vencimiento Letra o Única Nombre del beneficiario, puede ser el girador u otra tercera persona como Banco Valor de la letra en forma literal Recibido Se registra el nombre del girado (deudor), su dirección y teléfono Firma del girador (acreedor) ACEPTO, donde firma el deudor y llena la fecha La firma del aval en el anverso de la letra de cambio o en una hoja adherida
3
11
1.
2
4 5
1 6
7
8 9
10
GRACIAS POR SU ATENCIÓN