Derecho Penal General L.docx

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Asignatura: DERECHO PENAL GENERAL 1 Profesor:

CELIMO ANTONIO PADILLA OSPINA

FECHA: 29 ENERO 2019 NUMERO DE CLASES: 1

El derecho penal ¿Qué es el derecho penal? Este se compone de la suma de todos los preceptos que regulan los presupuesto o consecuencias de una conducta conminada con una pena o con una medida de seguridad. Entonces lo que significa que el derecho penal es medido por sus sanciones, y no por su regulación, ya que eso lo hacen múltiples preceptos civiles o administrativo Finalidad y limites de la medias de seguridad La finalidad de las medidas es por tanto preventivo, porque con la medida de seguridad se busca evitar futuros delictivos ( los locos ) la pena es proporcionada por psiquiátricos hospitales encargados-> ( son medidas que se le aplican para controlar a los locos de que no cometan ningún acto delictivo ) se diferencia a la pena en la limitación , esto con apego a la proporcionalidad . Teoría de la prevención general En resumen es que la pena no debe de actuar solamente sobre el que va hacer condenado sino también en la comunidad , por eso se habla de una prevención general. Teoría de la prevención especial ( ojo por ojo, diente por diente ) falta por completar

Concepto material del delito Nos dice que es la conducta punible en el marco del derecho positivo, el concepto material le suministra al legislador que es lo que puede o no puede penar

FECHA: 05 FEBRERO 2019 NUMERO DE CLASES: 2 Que es el derecho penal lengua española Es la que establece y regula la represión y castiga de los crímenes, La dogmática jurídica penal-> cuando decimos que un legislador le ha dado el significado y es la que define el contenido de derecho penal , donde acaba

el comportamiento impune y donde empieza punible. Es cuando nos dice el significado de todas las palabras . Características del derecho penal->es parte del derecho publico, que su vigencia tiene un carácter judicial , el derecho penal tiene un fin, es de carácter fragmentario, es normativo y valorativo y de carácter sansonatorios.  Es la máxima representación de soberanía y fuerza del estado ya que ve si es castigado o no  Ese uso de fuerza o violencia a de ser de ultima razón esto es cuando fallan las otras ramas del poder publico en la protección de los bienes jurídicos tutelados por el legislador (la violencia es la ultima opción) ¿ que protege el derecho penal?  Bienes jurídicos tutelados por el legislador  El tipo penal cumple varias funciones,garantizadora,sistematizadora,limitante,binario,represivopreventivo. Definición de tipo penal-> la descripción abstracta(es material (delito) cuando se realiza) que hace el legislador de una conducta humana a la cual impone una restricción y como consecuencia de su infracción, bien sea por acción u omisión impone una sanción (pena) Omisión-> mandato de la juez ej: el desacato de la orden alimentación Acción -> cuando nos roban Diferencia entre tipo penal y delito-> el delitito es cuando se efectuó la descripción abstracta de acto y ser vuelve delito cuando se efectúa parcial Función garantizadora del tipo penal tiene que ser claro y su descripción debe ser inequívoca y con ello se escapa al subjetivismo del juez . Función sistematiza-dora-> el derecho penal esta formado de forma sistemático hay dos libros libro primero , libro segundo especial. La función de aprendizaje y compresión de la norma todo debe de estar sistemáticamente organizada, debe ser organizado y hay 18 titulos .

Función limitante al poder punitivo-> el legislador solo atreves de una ley y de manera adecuada puede modificar una ley o un tipo penal , es un garantía para el ciudadano , la ley penal rige al futuro y si es favorable puede aplicar al pasado (retroactiva). La que existe en el momento. Aplicación retroactiva cuándo es favorable. Función de doble via o binario . pena y medida de seguridad Represivo o preventivo-> cuando castiga y aparte de eso le manda un mensaje a la sociedad Principio de legalidad Las garantías que emanan del principio de legalidad es una garantia para el ciudadano y un limite para controra el poder del estado    

La prohibición de la analogía c836 2001 ( juez La prohibición de derecho consuetudinario para fomentar y para agravar la pena (la costumbre para aumentar la pena o condenar a una persona) La prohibición de la retroactividad La prohibición de leyes penales y penas indeterminadas (Garantías un juez e Legislador imparcial)

En la película no se respeta el principio de la legalidad que el juez no actúa con imparcial, natural, y no era con una política , ese juicio fue infame.

FECHA: 12 FEBRERO 2019 NUMERO DE CLASES: 3

EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD El principio de legalidad en relación con la interpretación y la vigencia temporal de las leyes, cualquier estado social de derecho debe tener emanado el principio de legalidad. El estado debe de proteger al individuo mediante el derecho penal, pero también debe de protegerlo de derecho penal. El derecho penal en sociedades posindustriales pag 136(libro recomendado) Actividad anti terrorista y contra los que cometan delitos contra menores de edad ( no tendrá ningún beneficio penal o administrativo) y no se le dará casa por cárcel. Enemigo del sistema = delincuentes contra el sistema .

Delincuentes accidentales -> no han cometido delitos solo una vez Delincuentes cotidianos-> los que son constantemente . Las leyes penales rigen hacia el futuro por que emanan de una irretroactividad se aplica cuando es beneficiaria al delincuente. Primera velocidad -> prisión sin ningún tipo de beneficio Segundad velocidad-> prensión o domiciliaria Tercera velocidad-> normatividad para el delincuente más fuerte las condenas para los que van en contra del sistema Cuarta velocidad-> neopunitivismo convenios internacionales por encima del derecho penal clásico abre camino en la actualidad Ley 589 del 2000 -> tres tipos penales

Importante, no parcial

Las personas desaparecieron en 1985 33118 de 2011 32022 de septiembre del 2009 de la corte suprema de justicia Las atrocidades por las cuales se les juzga sean reducidas a su mininas expresión porque estamos enfrente delitos lesa humanidad, (desaparición forzada) , la penas se puede aplicar después Convención para prevención de delitos Ley 28 de 1959 al 2000 hay 41 años

Neopunitivismo-> el desconocimiento del principio de legalidad por darle prioridad a tratados internacionales Tipos penales -> genocidio con tortura, violación al derecho humanos, agresión. Analogía-> dos leyes iguales, pero con penas favorables

No hay pena sin ley Sudprincipio se complementa con “no hay pena sin ley” ellos quiere decir que no basta con que una determinada conducta sea ya punible, sino que la clase de pena y su duración han de estar legalmente fijadas antes de la comisión de la conducta

Asi por ejemplo el legislador puede aumentar las penas para el tipo de homicidio pero sus infractores solo serán penados con ley y pena preexistente al acto delictivo, pues ya existía el tipo penal antes de la comisión pero la reforma solo tendrá aplicación hacia el futuro ( la norma aplicada es la del momento aplicada en el moemento, solo se puede aplicar si es favorable) Prohibición de analogía ( falta) Prohibición de las leyes penales y penas indeterminadas Un precepto penal que tuviera la descripción de un supuesto de hecho de manera amplia e imprecisa por ejemplo:” el que vulnere la seguridad incurrirá en prisión” será un tipo penal superfluo e impreciso, indeterminado y difícil de adecuar y de controlar, será arbitrario y extensivo, sin límite ni compresión, luego la punibilidad no estaría determinada antes de la comisión del acto, sino que seria el juez quien tendría que fijar que conducta infringe la suposición, por tanto los tipos penales infinitos son inadmisible, al igual que las penas indeterminadas . Prohibición de derecho consuetudinario para fundamentar la pena El derecho consuetudinario( no escrito) , su fundamento razonable radica en que las garantías de las penas estén prevenidas en la ley Prohibición de retroactividad 1. Si un acto no era punible al momento de su comisión puede ser penado retroactivamente. 2. Respecto de una acción que ya es legalmente punible, se puede introducir retroactivamente una clase de pena muy grave. 3. Se puede agravar la pena dentro de una misma clase. Estas tres formas de retroactividad son constitucionalmente inamisibles, pues la punibilidad ( como tal o en clase o cuantía) no estaba declarada y determinada legalmente antes del acto. Liberalismo político es un fundamento donde hoy se soporta el principio de legalidad y tiene que ver con la democracia y división del porder-> para que no haiga arbitrariedad

FECHA: 19 FEBRERO 2019 NUMERO DE CLASES: 4 los cometidos de la dogmática y sistemática

teoría del delito-> su comportamiento delictivo puede estar soportado la dogmática juridicopenal-> es la disciplina que se ocupa de la interpretación, sistematización y elaboración y desarrollo de las disposiciones legales y opiniones de las doctrinas científicas en el campo del derecho penal.  Por su referencia al derecho vigente y por sus métodos se diferencia de la historia del derecho penal y del derecho penal comparada, pero también de la política criminal, cuyo objeto o lo constituye el derecho como es, sino como debería de ser en cuanto una adecuada disposición para sus fines. El derecho a la vida es inviolable per ahí es donde la teoría del delito nos ayudara a explicar lo de legarda. Que no basta que el principio de legalidad, siempre que hablemos de tipos de penales, tipo penal-> la descripción adstrato que hizo un legislador sobre el comportamiento. Dogmática-> que algo es definido por que científicamente ha sido definido así. Un sistema es por decirle según Kant” la unidad de diversos conocimientos bajo una idea, un todo conocimiento ordenado según principios. el delito es > del delito una acción, típica, antijurica, culpable <- para que conducta se punible Art-> 9, 10, 12 ,13 del código penal. -> preguntar malo Tipicidad -> art 10 del código penal Antijurídica-> art 11, Culpable-> art 12 Categorías del delito.  Acción “Una conducta humana significativa en el mundo exterior, que es dominada o al menos dominable por la voluntad” En consecuencia, no son acciones es sentido jurídico los efectos producidos por la fuerza naturales o por animales, pero tampoco los actos de una persona jurídica. No son acciones los meros pensamientos o actitudes internas, pero tampoco sucesos del mundo exterior, ejemplo: los movimientos reflejos, o los ataques compulsivos, son sencillamente indominables para la voluntad humana.

 Tipicidad - > la primer de tipo penal, y segunda de delito

La acción debe ser típica, o sea esa conducta exteriorizada en el mundo real-material, debe coincidir con una de las descripciones del delito, de las que las más importante están reunidas en la parte especial del código penal Así por elemplo: quien se apodere de una cosa bien mueble ajena con fin de obtener un provecho ilícito, realiza el tipo penal de hurto. La estricta vinculación de esa conducta a la tipicidad, es una consecuencia de principio legalidad, por consiguiente no es posible derivar acciones punibles de principios jurídicos generales como sucede en derecho civil, aquí se exige un tipo penal previamente definido en la ley. Si la conducta no encaja en el tipo penal, la conducta no encaja en el tipo penal es atípica, Tipo pena-> son hurto, secuestro, homicidio son conductas que ya describe el derecho penal. Marco de puesta-> tipo penal-> puerta -> conducta. Tipicidad objetiva-> relación a los descrito por el legislador al tipo penal Tipicidad subjetiva-> el propósito por la cual la persona realizo la conducta, se encuentra la modalidad , culposo y doloso Categorías del delito acción – 4 Tipo penal 3  . Antijuridicidad Una acción típica ha de ser antijurídica, o sea prohibida, por regla general, lo será por el solo hecho de estar incluida en el código penal, esto es por se típica, ya que el legislador solo incorpora conductas que pretende prohibir. No obstante lo anterior, no es regla decir que siempre que una conducta sea típica, por ende lo será antijurídica ya que puede recaer sobre la misma una causal de justificación, tal causal puede ser la legitimidad defensa. Ante una acción típica y antijurídicas, hablaremos de injusto penal, el cual comprende por tanto las tres categorías, parcial i no se basa en esas tres categorías las sentencia no se pude sanciona Delito -> conducta , tipicidad anijuricidad Injusto penal-> acción, tipicidad y antijurícidad . -> para convertirlo en un de lito falta la culpabilidad. Se emite una sentencia Solo puede emitir una sentencia si no hay culpabilidad.

Culpabilidad Por ultimo, la acción típica y antijurídica, ha de ser culpable, es decir que aquel debe tener capacidad de hacerse responsable, para poder reprocharle el comportamiento, su presupuesto principal es la imputabilidad, pues solo se le puede hacer ese juicio de reproche a quien obra con conciencia de la ilicitud de su actuar, y se constaten la ausencia de causales que excluyan la culpabilidad, por ejemplo: el error de prohibición invencible o el estado de necesidad exculpablidad ( el montañero que no sabe como actualizar la ley y no tiene nivel escolaridad) la ignorancia de la ley no aplica a qui en el derecho penal. Los presupuestos de la culpabilidad , imputabilidad, exigibilidad, el juicio de reproche.

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