Decreto Iva 3387 Seniat

  • Uploaded by: jose martinez
  • 0
  • 0
  • May 2020
  • PDF

This document was uploaded by user and they confirmed that they have the permission to share it. If you are author or own the copyright of this book, please report to us by using this DMCA report form. Report DMCA


Overview

Download & View Decreto Iva 3387 Seniat as PDF for free.

More details

  • Words: 1,397
  • Pages: 7
Decreto N° 3.387

23 de diciembre de 2004 HUGO CHAVEZ FRIAS Presidente de la República

En ejercicio de las atribuciones que le confieren el numeral 11 del artículo 236 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 65 de la Ley que Establece el Impuesto al Valor Agregado, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 74, 75 y 76 del Código Orgánico Tributario, en Consejo de Ministros, CONSIDERANDO Que el Proyecto de Modernización del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), representa una de las prioridades del Ejecutivo Nacional, con el cual se persigue el desarrollo y la expansión de la capacidad tecnológica de este órgano, CONSIDERANDO Que para alcanzar y mantener los niveles de eficiencia logrados por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), resultan fundamentales las operaciones de importación de bienes muebles corporales destinados al mencionado proyecto, CONSIDERANDO Que la misión fundamental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), es la efectiva y creciente recaudación tributaria, CONSIDERANDO Que es política del Ejecutivo Nacional la implementación de incentivos fiscales que coadyuven al logro de tal fin. DECRETA Artículo 1°. Se exonera del pago del impuesto al valor agregado a las operaciones de importación definitiva de bienes muebles corporales estrictamente necesarios para la ejecución de las actividades comprendidas dentro del Proyecto de Modernización del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) y siempre que se hagan por dicho ente del Estado, con recursos provenientes del crédito otorgado a la República Bolivariana de Venezuela, por el Banco Interamericano de Desarrollo (B.I.D.), a través del Convenio de Préstamo de Cooperación Técnica N° 942/OC-VE. El listado de bienes a ser adquiridos son los que se describen a continuación:

1 Gaceta Oficial N° 38.095 de fecha 28 de diciembre de 2004

BIEN O SERVICIO

Sistema de edición de Video Digital

Grabador Betacam SP Sony Sistema de Camaras de Video

DESCRIPCIÓ N Equipo de Edición digital de video Foligotal (VTR), marca Sony Software Tarjeta Computador Macintosh Power PC GS, 1.8 GHz/ DD160GB Conversor USB-Puerto Serial, control VTR vía RS422 Monitor (Display) Genérico CRT de 17º para computador Disco para almacenamient o 4x36 GB, disk array 10KRPM Grabador DVCAM compacto con puertos DV I/O Y RS422 Monitor a color flat tub de 27” casette para formato DVCAM, 60 min, Sony Monitor a color de 14” SMPT multientrada Sony Reproductor de Formato BETACAM Cámaras digitales DVCAM digital 3CCD 1/3”TT,

CÓDIGO ARANCELAR IO

CANTIDA D

1

PRECIO UNITARIO (CIF) EXPRESAD O EN DÓLARES

PRECIO TOTAL EXPRESAD O EN DÓLARES

13.514,65

13.514,65

8524,31,00 8471,80,00

1 1

8471,49,00

1

3.611,71

3.611,71

8536,90,10

1

120,46

120,46

8471,49,00

1

711,83

711,83

8471,70,00

1

2.606,39

2.606,39

8521,90,00

1

7.008,77

7.008,77

1.125,54

1.125,54

32,85

1.314,00

8471,60.90 8523,12,00

40

8258,21,00

1

1.379,85

1.379,85

8521,10,00,9 0

1

9.941,08

9.941,08

8525,40,00

2

4.192,41

8.384,82

Gaceta Oficial N° 38.095 de fecha 28 de diciembre de 2004

2

Sistema de audio inalámbric o

Sistema mezclador de audio

Sistema de Proyecció n

monitor y visor Trípodes para las cámaras 501 Video kit Maletín (carrying case) para cámara cámaras DVCAM Batería recargable Infolithiun Cargador de Baterías Infolithium Estación base para 6 receptores UHF multibanda/mu ltifrecuenc Modulo receptor UHF diversity multibanda/mu ltifrecuencia Micrófono transmisor UFH multibanda/mu ltifrecuencia Transmisor UFH multibanda/mu ltifrecuencia tipo beltpack Micrófono balita omnidireccional para acoplar a trasm beltpack Consola de mezcla de audio 4 canales MIC/Líne y 2 canales Amplificador de audio potencia real mínima 200w. c/audífonos Proyectores de videos LPG40 2200 Lumens XGA Pantallas fijas

2

469,81

939,62

8525,40,00

2

323,06

646,12

8507,80,00

2

171,93

434,86

2

323,06

646,12

855,20,20

1

840,49

840,49

8527,39,00

6

422,72

2.536,32

8518,10,00

2

622,03

1.244,06

8525,10,20

4

746,87

2.987,48

8518,10,00

4

118,27

473,08

8543,89,90

1

533,76

533,76

8518,40,00

1

284,73

284,73

8528,30,00

6

2.935,57

17.613,42

9010,60,00

5

155,88

779,40

3 Gaceta Oficial N° 38.095 de fecha 28 de diciembre de 2004

Generador de caracteres

Servidores con arquitectu ra Intel instalables en Rack para las aplicacion es: Active, Directory, Mail y File Server en Caracas Servidores Tower con arquitectu ra Intel instalables en rack para aplicacion es: Active, Directory,

recogibles de proyección frontal para techo. Pantallas portátiles modelo Delux Insta Theater Mesas portátiles para equipos de proyección Pedestales (Celling Mount)para instalar proyectores en techo Software para el diseño y producción de programas didácticos, compatible con Windows 2000 y soporte para trabajar en ambiente WEB. Tarjeta Interface de video

9010,60,00

2

501,65

1.003,30

9403,20,00

3

258,99

776,97

8302,50,00

2

268,03

536,06

8524,31,00

1

11.822,54

11.822,54

8473,30,00

6

Servidores instalables en rack, destinados a las sedes del Nivel Normativo de Mata de coco y Plaza Venezuela.

8471,80,00

6

10.877,00

65.262,00

Servidores tipo Tower, destinados a las Gerencias Regionales de Tributos Internos y Aduanas

8471,80,00

36

10.811,00

389.196,00

4 Gaceta Oficial N° 38.095 de fecha 28 de diciembre de 2004

Mail y File Server en las regiones y Aduanas, Total precio de los Bienes a Importar (en USD)

548.184,42

Articulo 2º. La evaluación periódica a la que refiere el artículo 65 de la Ley que Establece el Impuesto al Valor Agregado, se realizará tomando en cuenta el cumplimiento de las actividades de importación de los bienes establecidos en el cronograma de inversión del año respectivo, suministrado por el ente del Estado que realiza las operaciones exoneradas. Estas variables son condiciones concurrentes en el estricto cumplimiento de los resultados esperados en los que se sustenta el beneficio otorgado. La evaluación se realizara anualmente tomando en cuenta los parámetros siguientes: Parámetros Cumplimiento del cronograma de ejecución de las obras Cumplimiento de especificaciones técnicas de los equipos Garantías de repuestos Calidad de los Bienes

Ponderación 20% 30% 15% 35%

El mecanismo mediante el cual se evaluara el cumplimiento de los resultados esperados, será a través de la creación de un índice ponderado. El resultado de este índice reflejará el porcentaje de cumplimiento real de cada uno de los parámetros determinados, según la naturaleza propia de la variable considerada. Este índice ponderado deberá ubicarse dentro de un rango relevante de cumplimiento entre 100%-80%. El cumplimiento de este rango, podrá estar sujeto a flexibilidad al momento de la evaluación, cuando por causa fortuita o fuerza mayor debidamente comprobada se afecte el desempeño esperado. La evaluación deberá ser realizada por el Ministerio de Finanzas a través del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), en coordinación con el Ministerio de Ciencia y Tecnología. Articulo 3º. El Ministerio de Finanzas, a través del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), queda encargado de la ejecución del presente Decreto. Articulo 4º. El beneficio de exoneración establecido en este Decreto tendrá un plazo máximo de duración de un (1) año, contado a partir del día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela. Dado en Caracas a los veintitrés días del mes de diciembre de dos mil cuatro. Años 194º de la Independencia y 145º de la Federación. Ejecútese, (L.S.)

5 Gaceta Oficial N° 38.095 de fecha 28 de diciembre de 2004

HUGO CHAVEZ FRIAS Refrendado El Vicepresidente Ejecutivo (L.S) JOSE VICENTE RANGEL Refrendado El Ministro del Interior y Justicia (L.S)

JESSE CHACON ESCAMILLO

Refrendado El Encargado del Ministerio de Relaciones Exteriores (L.S) AREVALO MENDEZ ROMERO Refrendado El Ministro de Finanzas (L.S) NELSON JOSE MERENTES DIAZ Refrendado El Ministro de la Defensa (L.S)

JORGE LUIS GARCIA CARNEIRO

Refrendado La Encargada del Ministerio de la Producción y el Comercio (L.S) EDMEE BETANCOURT DE GARCIA Refrendado El Ministro de Educación Superior (L.S) Refrendado El Ministro de Educación y Deportes (L.S.)

SAMUEL MONCADA ACOSTA

ARISTOBULO ISTURIZ ALMEIDA

Refrendado El Ministro de Salud y Desarrollo Social (L.S) FRANCISCO ARMADA Refrendado La Ministra del Trabajo (L.S) MARIA CRISTINA IGLESIAS

6 Gaceta Oficial N° 38.095 de fecha 28 de diciembre de 2004

Refrendado El Ministro de Infraestructura (L.S.) RAMON ALONZO CARRIZALEZ RENGIFO Refrendado El Encargado del Ministerio de Energía y Minas (L.S.)

ORLANDO ORTEGANO QUEVEDO

Refrendado La Ministra del Ambiente y de los Recursos Naturales (L.S.) ANA ELISA OSORIO GRANADO Refrendado El Encargado del Ministerio de Planificación y Desarrollo (L.S.) JOSE FELIX RIVAS ALVARADO Refrendado La Ministra de Ciencia y Tecnología (L.S.) MARLENE YADIRA CORDOVA Refrendado El Ministro de Estado para la Coordinación y Control de las Zonas Especiales de Desarrollo Sustentable (L.S.)

JOSE FRANCISCO NATERA MARTINEZ

Refrendado El Ministro de Estado para la Cultura (L.S.) FRANCISCO DE ASIS SESTO NOVAS

7 Gaceta Oficial N° 38.095 de fecha 28 de diciembre de 2004

Related Documents


More Documents from "jose martinez"

October 2019 28
May 2020 19
May 2020 12
May 2020 15