Contrato Compraventa.docx

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CONTRATOS COMPRAVENTA DE VEHICULO AUTOMOTOR FECHA: 26/02/2019 En la ciudad de Bogotá. PARTES: OBJETO: El vendedor se compromete a vender un vehículo con las siguientes especificaciones. DERECHOS Y OBLIGACIONES:  

EL señor A se obliga a entregar el vehículo. Vicios.

PRECIO Y FORMA DE PAGO TERMINO CLAUSULA COMPROMISORIA REQUISITOS DE LA PROMESA    

Escrito. Plazo o Condición Que no sea ineficaz. Que solo falte la tradición para perfeccionarlo.

CARACTERISTICAS:  

Condición. Termino.

DIFERENCIA CONTRATO CIVIL: DAR UNA COSA. COMERCIAL: Transferir un bien. CONCEPTO (PENDIENTE) COMPRAVENTA DEFINICION:  

Vendedor- Posea la cosa o bien. Es quien la transfiere. Comprador: Recibe la cosa o bien y paga una suma de dinero.

Es un contrato a través una de las partes se obliga a transferir un bien.     

Consensual. Solemne. Bilateral. Principal Ejecución instantánea.

REQUISITOS INMUEBLE  

Inscripción en la oficina de instrumentos públicos. Entrega del inmueble.

REQUISITOS PARA LA VALIDEZ:  

Capacidad: Venta entre conyugues. Vinculo legal o convencional (Tutor).

OBJETO DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA:  

Cosa o bien. FALTA PARCIAL DE LA COSA: Cuando a un carro le hace falta el motor. Se debe mirar si lo que le falta a la cosa es esencial para su funcionamiento. (PARTE CONSIDERABLE).

ELEMENTOS DEL CONTRATO: 1. De la esencia: a. Cosa. b. Precio. 2. Naturaleza: a. El bien debe prestar el servicio que debe tener. b. Celular: Funcionamiento. 3. ACCIDENTALES: a. Clausula penal. b. Arras. VENTA DE COSA FUTURA:   

El vendedor se obliga a hacer la cosa. Venta de una cosa inexistente en el momento de celebrar el contrato. Fecha anterior a la existencia de la cosa, solo se perfecciona cuando exista la cosa. Art.917 C. de Co. Comprar sobre planos un apartamento.

VENTA DE LA ESPERANZA: 

El vendedor vende algo que puede llegar a suceder.

VENTA DE COSA AJENA:   

Es posible en la legislación colombiana. Quien vende una cosa debe tener el dominio y el poder dispositivo de la cosa. El vendedor no tiene el dominio. ART 907 C. de Co.

ARTÍCULO 907. VENTA DE COSA AJENA. La venta de cosa ajena es válida e impone al vendedor la obligación de adquirirla y entregarla al comprador, so pena de indemnizar los perjuicios. ARTÍCULO 908. RATIFICACIÓN DE LA VENTA DE COSA AJENA. Vendida y entregada a otro una cosa ajena, si el vendedor adquiere después el dominio de ella, se mirará al comprador como verdadero dueño desde la fecha de la tradición.

Por consiguiente, si el vendedor la vendiese luego a otra persona, subsistirá el dominio de ella en el primer comprador. La misma regla se seguirá en el caso de que el verdadero dueño ratifique la enajenación hecha por el vendedor. ARTÍCULO 909. GASTOS DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA. Los gastos que ocasione la celebración del contrato se dividirán por partes iguales entre los contratantes, si éstos no acuerdan otra cosa. Salvo costumbre comercial o pacto en contrario, los gastos de entrega de la cosa vendida corresponderán al vendedor y los de recibo de esta, al comprador.

EL PRECIO Es el dinero que el comprador da por la cosa vendida. MODOS DE DETERMINAR EL PRECIO:   

Unilateral. Bilateral. Por un tercero.

PRECIO JUSTO: Proporcional con el valor de la cosa. PRECIO REAL: Es el que se estipula con la intención de ser exigido por el vendedor. PRECIO IRRISORIO: Es cuando el precio es desproporcional al valor de la cosa. PRECIO EN MONEDA EXTRANJERA: ACCION REINVINDICATORIA: Cuando mi bien esta en manos de otra persona.

CONTRATO DE PROMESA Es un precontrato escrito, en virtud del cual dos personas acuerdan celebrar un contrato posterior. Cuando se cumpla el plazo o condición acordado por las partes. CARACTERISTICAS DEL CONTRATO 1. 2. 3. 4. 5. 6.

Consensual: Voluntad de las partes. Bilateral. Principal: Autonomía e independencia. Nominado: Lo regula el código de comercio. De libre discusión. Provisional y transitorio.

CARACTERISTICAS DE LA PROMESA 1. Termino. 2. Condición.

FORMALIDADES O REQUISITOS 1. 2. 3. 4.

Que conste por escrito. Que la promesa no sea de aquellos que la ley declara ineficaces. Que contenga un plazo o condición. Que solo falte la tradición para perfeccionarlo. ARRAS

1. PENINTENCIALES O DE RETRACTACION Es cuando al momento de celebrarse o ejecutarse un contrato se da una cosa como prenda. Facultándose a los contratantes la posibilidad de retractarse, perdiéndolas el que las haya dado o restituyéndolas dobladas el que las haya recibido. Si el contrato se ejecuta, la suma o la cosas dada en arras se imputará al precio o prestación debida. 2. CONFIRMATORIAS Es la suma de dinero o la cosa entregada como parte del precio. Sin otorgar la facultad de retractarse o arrepentirse de la celebración del negocio jurídico. CLAUSULA PENAL Es de su esencia jurídica ser indemnizatoria. Es un avaluó que hacen las partes de los perjuicios en caso de la inejecución o el retardo la ejecución de una obligación. No se podra pedir a la vez la pena estipulada y los perjuicios por la mora a menos que se estipule lo contrario. DIFERENCIA ENTRE CONTRATO CIVIL Y MERCANTIL 

CIVIL:

Es un acto por el cual una parte se obliga con otra a dar, hacer y no hacer alguna cosa. Cada parte puede ser de una o más personas. 

MERCANTIL:

Es todo acuerdo de voluntades entre dos o mas partes, encaminado a crear, modificar, extinguir o regular relaciones jurídicas de carácter patrimonial.

CONTRATO DE COMPRAVENTA Art.905 del C. de Co. La compraventa es un contrato en virtud del cual una de las partes se obliga a transferir la propiedad de una cosa y la otra a pagarla en dinero. El dinero que el comprador da por la cosa vendida se llama precio. CARACTERISTICAS GENERALES 1. Bilateral: Nace obligaciones para ambas partes: El vendedor se obliga a transferir la cosa y el comprador a pagar por ella una suma de dinero.

2. Consensual o solemne: Bienes inmuebles, naves mayores (Capitanía de puerto) o aeronaves (escritura pública). 3. Oneroso: Lucro reciproco. 4. Principal. 5. Nominado: Articulo 905 de C. de Co. 6. De ejecución instantánea. REQUISITOS DE VALIDES   

En razón al vinculo familiar: Venta entre conyugues. En razón al cargo que desempeña: funcionarios del estado. En razón al vinculo legal o convencional: El tutore y curadores.

OBJETO DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA 

Es la cosa o bien perfeccionado por el acuerdo mutuo sobre este.

FALTA PARCIAL DE LA COSA VENDIDA La falta de una parte considerable de la cosa que incide en su naturaleza o su optimo funcionamiento. En este caso se podra pedir la resolución del contrato. Si la falta de una parte no incide en la naturaleza de la cosa, el contrato se mantiene. El comprador solo podra solicitar la tasación de la parte faltante. VENTA DE COSA PRESENTE Cuando el bien objeto de compraventa existe al momento de concretar el acuerdo de voluntades. VENTA DE COSA FUTURA Venta de una cosa inexistente al momento de acordar el contrato. El contrato solo se perfeccionará cuando se cumpla la condición de existir la cosa objeto de compraventa. LESION ENORME EN LA COMPRAVENTA Se presenta para el comprador cuando paga mas del doble del valor real del bien y, para el vendedor cuando recibe una suma inferior a la mitad del valor del bien. ACCION DE RESCISION: La parte perjudicada puede iniciar esta acción para lograr el restablecimiento mediante el proceso de declarativo verbal. REQUISITOS PARA LA LESION ENORME: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8.

Que se trate de bienes inmuebles. Que no se trate de ventas en contratos mercantiles. Que no se trate de ventas hechas por ministerio de la justicia o subasta. Que la lesión sea enorme. Que el contrato no sea aleatorio. Que la cosa no se haya perdido o enajenado. Que después de celebrado el contrato no se haya renunciado a la acción resolutoria. Que no haya expirado el plazo para promover la acción rescisoria.

CARACTERISTICAS DE LA ACCION RESICIORIA 1. Es personal: La acción solo la puede iniciar el perjudicado o sus herederos. 2. Es de orden público. CAUSALES DE EXTINSION DE LA ACCION RESCISORIA: 1. Por perdida o enajenación del inmueble. 2. Por expiración del plazo de 4 años para promoverla. 3. Por renuncia posterior a la celebración del contrato CUESTIONARIO: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19.

¿Características generales del contrato de compra venta? explique dos de ella. ¿Mencione y explique validez del contrato? ¿Qué puede ser objeto de una venta? Venta de cosa presente, futura, ajena, riesgo o un alea. Venta de genero o de cosa cierta y determinada. Determinación del precio. Precio justo y real. Que se entiende por lesión enorme. Como se extingue la acción rescisoria. Como se prueba: Dictamen pericial. Vicios ocultos y de evicción (tercero que perturba la posesión) Obligaciones del vendedor. Donde se debe entregar la cosa. En el lugar de celebración del contrato. Plazo para entregar la cosa: Dentro de las 24h siguientes so pena de pacto entre las partes. Saneamiento de la cosa vendida. (Evicción y ocultos). Carga de la prueba: Comprador. Prescripción de la acción rehividitoria: 6 meses. Prescripción de los vicios de evicción: 2 años. Garantía: 1 años so pena de que las partes lo pacten. i) Estabilidad de la obra: 10 años. ii) Acabados: 1 año.

UTILIDAD Es el rendimiento de un capital. PAG: 435 CONTRATOS EMPRESARIALES. CLASES: 1. Bruta. 2. Operacional: la utilidad que queda después de hacer los descuentos para hacer funcionar el negocio (Ej., salario de empleados) 3. Antes de impuestos.

4. Neta.

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