UNIVERSIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES
CONSENTIMIENTO INFORMADO
Alumno: Hubert Gómez Orihuela Sección: 07A
CONSENTIMIENTO INFORMADO
Procedimiento medico formal
Objetivo
PRINCIPIO DE AUTONOMIA
Paciente
CARACTERISTICAS DEL CI: 1.
El CI es un componente indispensable de la relación medico paciente.
2.
El CI es un proceso que debe ser de aplicación obligatoria.
3.
El CI implica que el paciente ha tomado conocimiento de la información proporcionada por su medico tratante acerca de las características de la enfermedad, de los riesgos, alternativas y otra información pertinente al problema del paciente.
4.
El CI debe expresar la autorización del paciente a su medico tratante para llevar acabo un procedimiento especifico previamente propuesto.
CONSENTIMIMIENTO INFORMADO
Requisitos
Voluntariedad
Libertad Objetivo Procedimiento
Información
Beneficios Riesgos
Competencia
Validez
CONSENTIMIENTO INFORMADO: HISTORIA • Desde la edad antigua y la medieval, el tipo de todas las relaciones humanas era vertical. • La teoría basado en los derechos del paciente y en particular la doctrina del CI surge pasados la segunda mitad del siglo XX. • En Europa la Asamblea parlamentaria del Consejo de Europa aprobó en 1976 un documento que reconocía el derecho a la información entre los derechos básicos de los enfermos. • En España la ley General de Sanidad de 1986 reconoce el derecho del enfermo al CI . • En el mundo desde hace más de 25 años el Consentimiento es considerado como un derecho de los pacientes. •
En el caso del Perú la ley general de salud 26842 dada el 20 de julio de 1997 reconoció al CI como parte del acto médico.
EL DOCUMENTO ESCRITO DEL CI: •
El CI escrito es un documento indispensable para la realización de cualquier intervención y/o procedimiento de diagnóstico o tratamiento que entrañen algún nivel de razonable riesgo o de responsabilidad.
Excepciones del Consentimiento Informado • • • •
En caso de que el paciente no tenga las condiciones emocionales o mentales para otorgar el CI. Incompetencia del enfermo al momento del procedimiento o intervención. Información que conlleve grave peligro para la salud pública. Situaciones de emergencia o urgencias calificadas en ausencia de representantes legales del paciente