856-bucr-09. Res Transferencia A Trabajadores De Planta Barillari Sa Caleta Olivia

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HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS MESA DE ENTRADAS Y SALIDAS ENTRO: 25/11/2009 HORA: 19:35 PROY Nº: 856 BLOQUE UNION CIVICA RADICAL

EL PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ RESUELVE

Artículo 1º.- SOLICITAR al Poder Ejecutivo Provincial, que en los términos de la autorización establecida por la ley N° 3081 Artículo 4° que la Planta de Procesamiento de Productos de Mar de la empresa Antonio Barillari S.A.-, sea inmediatamente transferida a los trabajadores en relación de dependencia directa de la empresa Antonio Barillari S.A., y aquellos vinculados a la misma por intermedio de las Cooperativas de Trabajo existentes al momento de la presentación en concurso preventivo de la empresa propietaria, quienes se organizarán a tal fin en una nueva Cooperativa de Trabajo cuyo objeto será la explotación de la unidad de producción expropiada, quedando expresamente prohibida la cesión de las instalaciones y habilitaciones administrativas, a favor de personas físicas o jurídicas extrañas a los trabajadores de la empresa. Artículo 3º.- De forma.

Firma el Señor Diputado: Jorge Fernando CRUZ.-

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

Por el presente proyecto de resolución, venimos a proponer se solicite al Poder Ejecutivo Provincial, que en el marco de la autorización conferida por ley N° 3081 Artículo 4°, que una vez expropiada la Planta de Procesamiento de Productos del Mar, de la Empresa Antonio Barillari S.A. que posee en Avda. Mitre Nº 2052 de la ciudad de Caleta Olivia, proceda en forma inmediata a su transferencia para su explotación, a favor del plantel de trabajadores en relación de dependencia de la empresa concursada, en conjunto con los trabajadores vinculados a la misma mediante las Cooperativas de Trabajo existentes al momento de su presentación en concurso preventivo, trabajadores que a tal fin se organizarán en una nueva cooperativa de trabajo. En efecto, por el Art. 4° de la ley de declaración de utilidad pública y expropiación de la Planta de Barillari, se autoriza al Poder Ejecutivo Provincial, a realizar los contratos, convenios y concesiones necesarios para la correcta explotación de la planta en miras a la concreción del desarrollo productivo y social de la misma. En función de esta autorización, entendemos conveniente, a fin de dar una solución inmediata a las expectativas creadas por los trabajadores de la planta, y cortar así definitivamente con la incertidumbre que sobre su futuro laboral los aqueja, que el Gobierno Provincial a través de las autoridades de aplicación, practique la transferencia de la planta a los trabajadores en forma inmediata para su explotación industrial y comercial. De tal modo se propone cercenar la posibilidad de que la Planta de Procesamiento en cuestión, sea cedida o transferida a cualquier titulo, a empresarios ajenos al plantel de trabajadores de la empresa –dependientes o cooperativistas-, y de tal modo cerrar toda posibilidad a que el proceso de expropiación desvié sus fines primigenios, para favorecer a intereses particulares en detrimento del interés social de las 450 familias, que tienen su fuente de sustento en la explotación de la unidad de producción. Esta cuestión no es menor, atento la tendencia que observamos en las cuestiones económicas manejadas por el Estado Nacional y Provincial, de confundir el interés general de la comunidad con los negocios privados de empresarios amigos. A partir de la fecha, de presentación en Concurso Preventivo, la firma Antonio Barillari S.A. procedió a dejar sin trabajo a un número aproximado de 450 trabajadores que cumplían sus tareas en la planta de procesamiento de productos de mar de Caleta Olivia.

Según los trabajadores de la empresa Antonio Barillari S.A., de Caleta Olivia, la deuda por prestación de servicios –en rigor ‘deuda salarial’- superaría al día de la fecha la suma de $ 3.800.000.-, y en atención a que muchos de ellos se encontraban vinculados a través de dos Cooperativas de Trabajo. Efectivamente, como ha sido reconocido por propios funcionarios y legisladores oficialistas, la empresa se ha manejado en su gestión de personal en fraude a la ley laboral, al menos durante los últimos 10 años de actuación en Caleta Olivia, tercerizando la mano de obra a través de cooperativas de trabajo, derivando en estas asociaciones la responsabilidad primaria y directa en el cumplimiento de obligaciones salariales con los trabajadores, lo cual no era más que una maniobra elusiva de la empresa, para eximirse de responsabilidad fiscal y laboral respecto de los operarios afectados a la explotación de la Planta de Procesamiento. Cabe recordar que Antonio Barillari SA se presentó en Concurso Preventivo, habiéndose dictado la apertura del mismo con fecha 15 de Diciembre de 2008, en el Juzgado Nacional de 1ra. Instancia en lo Comercial Nº 16, Secretaría Nº 32 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Al ser notificada de dicha apertura concursal, la Fiscalía de Estado de la Provincia de Santa Cruz, con fecha 23 de marzo de 2009 se presenta en el Concurso Preventivo de dicha Empresa, y solicita la verificación ante la Sindicatura de un crédito a favor de la Provincia por la suma de $ 2.050.498,30. -La suma reclamada por la Provincia a Barillari, surge de las multas, cánones de pesca y costas impuestas a la Empresa en diversas actuaciones administrativas labradas por la Subsecretaría de Pesca. Las multas impagas, impuestas a la Empresa Barillari, rondan aproximadamente el 50% del monto reclamado, y se originan en diversas infracciones de sus embarcaciones, básicamente por realizar actividad de pesca en zona de veda, siendo su accionar reincidente. Asimismo se le imputó en reiteradas ocasiones entorpecer la fiscalización a la que se encuentra sujeta la Empresa. Es evidente que durante todos estos años, el Gobierno Provincial fue injustificadamente tolerante con el accionar de la empresa Antonio Barillari S.A., haciendo caso omiso a la situación de fraude laboral en que se encontraban cientos de trabajadores en la Planta de Caleta Olivia, cuando durante un tiempo prudencial el actual gobernador se desempeño como Subsecretario de Trabajo y Seguridad Social, y era su deber ejercer el poder de policía laboral para prevenir y reprimir conductas como las de la empresa, por otro lado queda en evidencia la complacencia de la Subsecretaría de Pesca y Asuntos Portuarios, con la acumulación de una deuda millonaria en concepto de cánones, multas y otros deudas fiscales, que recién se reclaman cuando la Antonio Barillari S.A., se presenta en concurso preventivo. Estos antecedentes en la gestión del poder de policía laboral y fiscal por parte del Gobierno Provincial, nos hace dudar fundadamente acerca del destino que se le dará a la planta de tratamiento una vez expropiada, que como decimos, podría terminar favoreciendo intereses de particulares ajenos, y tal vez hasta contrapuestos con los intereses de los trabajadores de Antonio Barillari S.A. en Caleta Olivia.

Por ello, en especial consideración a la gravedad de la situación social que significa el destino que el Estado Provincial pueda adjudicarle a la Planta de Procesamiento de Antonio Barillari S.A., para los trabajadores y sus familias, es que propiciamos el acompañamiento de nuestros pares en el trámite favorable de la presente iniciativa. DIOS GUARDE VUESTRA HONORABILIDAD.-

Firma el Señor Diputado: Jorge Fernando CRUZ.-

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