CONTRATACIÓN (solo para uso administrativo)
1. CONDICIONES DE ADMISIÓN: Quien aspire a desempeñar un cargo en la Peluquería MARATH debe hacer la solicitud por escrito para su registro como aspirante que entrega la peluquería el día de la entrevista y junto con la hoja de vida presentar los siguientes documentos: a) Cédula de Ciudadanía o Tarjeta de Identidad según sea el caso. El RUT. b) Autorización escrita del Ministerio de Protección Social o en su efecto la primera autoridad local, a solicitud de los padres y, a falta de estos, su cónyuge o pareja cuando el aspirante sea menor de dieciocho (18) años. c) Certificado del último empleador con quien haya trabajado en que conste el tiempo de servicio, la índole de la labor ejecutada y el salario devengado. d) Certificado de personas honorables sobre su conducta y capacidad y estudios realizados. e) Copia del servicio de salud (Sisbén, EPS, ETC.) f) Copia del Diploma del curso de Bioseguridad según la labor a ejercer en la Peluquería MARATH.(colocar plazo para tenerlo) 2. PERÍODO DE PRUEBA: El período de prueba para cada aspirante varía dependiendo de su cargo: a) Empleados fijos (administrador (a), recepcionista, auxiliares de la organización) de 8 a 60 días. b) Empleados por servicios (manicuristas, estilistas, esteticistas, peluqueros) de 8 a 15 días según el acuerdo entre las dos partes. c) El orden jerárquico de acuerdo con los cargos existentes en la Peluquería MARATH son: Gerentes, administrador (a), auxiliar administrativa (recepcionista). Los cargos mencionados tienen facultades para imponer sanciones disciplinarias a los trabajadores según su orden y quien se encuentre a cargo.
Llenar el formato “ficha de Empleado”
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REGLAMENTO INTERNO PELUQUERÍA MARATH CUMPLIR CON ESTE REGLAMENTO RESULTA SER DE GRAN IMPORTANCIA PARA LA RELACIÓN QUE CREEMOS CON NUESTROS SUPERIORES Y COMPAÑEROS DE TRABAJO Y NOS AYUDARÁ A TENER UN BUEN AMBIENTE DE TRABAJO Y AUMENTAR NUESTROS INGRESOS.
1. HORARIO DE ATENCIÓN: El trabajador debe cumplir el horario de trabajo establecido para cada uno. LUNES A JUEVES: VIERNES Y SÁBADOS: DOMINGOS Y FESTIVOS:
8:00am - 8:00pm 8:00am - 8:30pm 10:00am - 4:00pm
Los domingos y festivos para los clientes se dará la última cita hasta las 3:45pm, salir hasta termina el ultimo cliente. Los turnos posteriores se harán ya con autorización del trabajador. Las salidas dentro del horario de trabajo sin autorización, incurrirán en una llamada de atención; no se responde por los turnos si salen del área de trabajo asignada. Será asignado los turnos con la tabla. 2. DÍAS DE DESCANSO. Los empleados tienen derecho a un día de descanso a la semana. Si desean descansar un domingo este se programará con anticipación. El trabajador también disfrutará de vacaciones de la siguiente manera: a) Cada 6 meses trabajados serán 8 días. b) Cada año trabajado serán 15 días. c) Estas vacaciones serán programadas con anticipación y en fechas de baja temporada, teniendo en cuenta la necesidad de la Peluquería MARATH. d) La Peluquería MARATH concederá a los trabajadores los permisos necesarios en caso de grave calamidad doméstica debidamente comprobada, para concurrir en su caso al servicio médico correspondiente, para asistir al entierro de sus familiares más cercanos, siempre que avisen con la debida oportunidad a los representantes de la Peluquería MARATH. Y el permiso se concederá hasta el 10% de los trabajadores. e) No se acepta la ausencia sin justa causa, de lo contario debe presentar incapacidad expedida por su E.P.S.. Avisar oportunamente en caso de necesitar un permiso, para salir más temprano o para cualquier actividad que lo requiera siendo esto estrictamente necesario para evitar inconvenientes. Nota: al no ser cumplida se hará una multa correspondiente. 3. PRESENTACIÓN PERSONAL: 2
Los trabajadores deben someterse a todas las medidas de higiene y seguridad que prescriban las autoridades del ramo de la peluquería, entre ellas uniforme, tapabocas, guantes, gafas y productos de esterilización en el momento de realizar los servicios. a) b) c) d) e)
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g) h)
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Los días lunes, miércoles, y viernes el uniforme es camisa blanca y pantalón negro, zapatos color negro. Los días martes, jueves, y sábado el uniforme es camisa negra y pantalón negro, zapatos color negro. Los días domingos Y Festivos camibuso blanco y pantalón azul o negro sin rotos con buena presentación. No se permite a los trabajadores el uso de gorras, sandalias, gafas oscuras, ni de accesorios que no tengan nada que ver con el uniforme. Las mujeres deben tener el cabello recogido en los procesos. Es obligación de los trabajadores cumplir con el arreglo personal ya que su imagen, sus procesos y sus productos son el reflejo de su personalidad en la Peluquería MARATH así que deben mantener impecables en todo el sentido de la palabra. Para el mantenimiento personal dentro del lugar de trabajo están designados los días de lunes a jueves entre las 8:00am y 2:00pm; si el ingreso es por la tarde deben venir en la mañana o en su efecto pedir autorización para realizarlo en horarios no indicados tanto empleados fijos como de servicios. El lavado del cabello solo podrán hacerlo una vez por semana con su champo personal. Los puestos e implementos de trabajo deben mantener limpios, aseados y en orden cada vez que realice y termine un servicio (capas, kimonos, toallas, utensilios de manicure y pedicura). Por esta razón se revisará dos días después de la quincena de manera que los trabajadores tienen el tiempo suficiente para tener todo al día. En las áreas comunes (sala de espera, zona privada) los trabajadores deben ayudar para que se mantengan en perfecto orden, más aún si la persona encargada para dicha actividad no se encuentra dentro del establecimiento. Todo cliente debe ser atendido como si fuera el primero. Así que deben dejar su puesto de trabajo organizado al finalizar el día. Es de carácter obligatorio usar los medios adecuados de esterilización por cada servicio que se realice, deben trabajar y tener en su puesto de trabajo exclusivamente con las marcas que la Peluquería MARATH autorice (Igora, Alter-Ego, Marcel France, Janny, Spai-sons, Lam, Meicy´s, Gummy, Sammy etc).
4. PAGO DE NÓMINA: El empleador y el trabajador pueden convenir libremente el salario en sus diversas modalidades. Los vales o comandas deben ser pasados a la recepcionista al terminar el servicio, y revisarlos antes de irse de la peluquería para que no hayan inconvenientes a la hora del pago. a) Para el pago de empleados fijos y de servicios: la liquidación se hará cada quince (15) días y el pago se entregara el día dos y diecisiete de cada mes. b) Quien cancele el pago será los gerentes o administrador (a). c) Los trabajadores de la Peluquería MARATH tendrán beneficio de otorgarles en avance por quincena Max 50.000 o dependiendo de sus ingresos y deben ser 75% más de lo requerido. Dichos préstamos se harán los días diez (10) y veinticinco (25) de cada mes. d) Las remisiones se hacen los primeros 3 días de cada quincena, se entregarán los días siguientes de la semana y serán descontados en la quincena en la que hicieron el pedido. 5. PRESCRIPCIONES DE ORDEN: Los trabajadores tienen como deberes lo siguiente: 3
a) Respeto y subordinación a los superiores. b) Respeto a sus compañeros de trabajo. c) Procurar completa armonía con sus superiores y compañeros de trabajo en las relaciones personales y en la ejecución de labores. d) Guardar buena conducta en todo sentido y obrar con espíritu de leal colaboración en el orden moral y disciplina general en la Peluquería MARATH. e) Ejecutar los trabajos que le confíen con honradez, buena voluntad y de la mejor manera posible. f) Hacer las observaciones, reclamos y solicitudes a que haya lugar por conducto del respectivo superior y de manera fundada, cometida y respetuosa. g) Recibir y aceptar las órdenes, instrucciones y correcciones relacionadas con el trabajo, con su verdadera intención que es en todo caso la de encaminar y perfeccionar los esfuerzos en provecho propio y de la Peluquería MARATH en general. h) Observar rigurosamente las medidas y precauciones que le indique su respectivo jefe para el manejo de las máquinas o instrumentos de trabajo. i) La zona para los trabajadores es de los trabajadores, las personas externas deben ser autorizadas por la administración. j) En horas de almuerzo se deben respetar los espacios y ser prudentes para que todos puedan tener las mismas condiciones y comodidades. k) Cuidar los muebles y enseres (microondas, cafetera, tv, minicomponente, sillas, mesas), mantenerlos en buen estado y darles el uso correspondiente. l) Los teléfonos celulares, y los audífonos, deben ser usados cuando no estén realizando un servicio. m) La atención a padre, madre, hermanos, esposo/a, hijos, amigos, debe ser informada a la administración más si va a ser descontada en la nómina. n) Los servicios realizados por domicilio deben ser en horas laborales y días que no sean de alta rotación, informar y pedir autorización para realizarlos. Las personas que por voluntad propias decida hacerlos y en horas no laborales tendrá sanción o expulsión dependiendo de la gravedad. o) La Peluquería debe manejar la agenda de todos, la recepcionista tomará las citas y los trabajadores no deben dar los números de teléfonos personales a los clientes (se pensaría que hay un beneficio interno personal) y eso afectaría con alguna solicitud que quisieran hacer (dinero, permisos, procesos, etc….). p) Los trabajadores de la Peluquería MARATH deben comprometerse a participar en las capacitaciones asignadas para cada actividad ya que es beneficio para todos y no representa un gasto adicional para ninguno. q) Recibir o realizar llamadas en el teléfono monedero al igual que los clientes la segunda línea es solo uso y estricto de la recepción.
NOTA: Al no cumplir con los deberes tendrán un llamado de atención, si se incurre una sanción o retiro definitivo.
6. OBLIGACIONES PARA LA PELUQUERÍA MARATH Y LOS TRABAJADORES. Son obligaciones especiales de la Peluquería MARATH: a) Poner a disposición de los trabajadores, salvo estipulaciones en el contrato, los instrumentos adecuados y las materias primas necesarias para la realización de las labores.
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b) Prestar de inmediato los primeros auxilios en caso de accidente o enfermedad. Para este efecto la Peluquería MARATH ha dispuesto un botiquín de primeros auxilios. c) Guardar absoluto respeto por la dignidad personal, creencias y sentimientos de todas las personas que se encuentren laborando dentro de la peluquería. d) Dar al trabajador que lo solicite, a la expiración del contrato, una constancia que especifique el tiempo de servicio, índole de la labor realizada y salario devengado. e) Conceder a las trabajadoras que estén en período de lactancia una hora de salida menos de la habitual para tal fin. f) Conservar el puesto a los trabajadores que estén disfrutando de licencia de enfermedad motivada por el embarazo o parto y también de las vacaciones; no será motivo de despido. PROHIBICIONES PARA LA PELUQUERÍA MARATH: a) Deducir, retener o compensar suma alguna del monto de los salarios y prestaciones en dinero que corresponda a los trabajadores sin autorización previa. b) Obligar en cualquier forma a los trabajadores a comprar mercancías o víveres en almacenes que establezca la peluquería. c) Exigir o aceptar dinero del trabajador como gratificación para que se admita en el trabajo o por motivo cualquiera que se refiera a las condiciones de este. d) Limitar o presionar en cualquier forma a los trabajadores el ejercicio de su derecho de asociación. e) Imponer a los trabajadores obligaciones de carácter religioso o político. f) Hacer o permitir todo género de rifas, colectas o suscripciones en los mismos sitios. g) Cerrar intempestivamente la peluquería; si lo hiciera además de incurrir en sanciones legales, deberá pagar a los trabajadores fijos los salarios, prestaciones, o indemnizaciones por el lapso que dure cerrada la peluquería. Así mismo cuando se compruebe que el empleador en forma ilegal ha retenido o disminuido colectivamente los salarios a los trabajadores, la cesación de actividades de estos, será imputable a aquel y les dará derecho a reclamar los salarios correspondientes al tiempo de suspensión de labores. h) Despedir sin justa causa comprobada a los trabajadores que les hubieren presentado pliego de peticiones desde la fecha de presentación del pliego y durante los términos legales de las etapas establecidas para el arreglo del conflicto. i) Ejecutar o autorizar cualquier acto que vulnere o restrinja los derechos de los trabajadores o que ofenda su dignidad.
PROHIBICIONES PARA LOS TRABAJADORES: a) Sustraer de la peluquería los útiles de trabajo, las materias primas o productos elaborados sin permiso de la persona a cargo. b) Presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de sustancias psicoactivas que alteren su conducta dentro y fuera del establecimiento en horas laborales impidiendo realizar el servicio en óptimas condiciones. c) Conservar armas de cualquier clase en el sitio de trabajo. 5
d) Disminuir intencionalmente el ritmo de ejecución del trabajo, suspender labores, promover suspensiones intempestivas del trabajo e incitar a su declaración o mantenimiento sea que se participe o no en ellas. e) Coartar la libertad para trabajar o no trabajar o para afiliarse o no a un sindicato o permanecer en él o retirarse. f) Usar los útiles o herramientas suministradas por la empresa en objetivos distintos del trabajo contratado. g) Utilizar la peluquería como medio de comercial (ventas o compras) para beneficio propio o permitir a los clientes hacer lo mismo adicional permitir el ingreso de personas para cobro de obligaciones personales. 7. FALTAS Y SANCIONES DISCIPLINARIAS: La Peluquería MARATH no podrá a sus trabajadores sanciones no previstas en este reglamento, en pactos, convenciones colectivas, fallos arbitrales o en el Contrato de Trabajo. Se establecen las siguientes faltas leves y sus sanciones disciplinarias así: a) El retardo hasta de 15 a 30 minutos en la hora de entrada sin excusa suficiente, cuando no cause prejuicio de consideración a la Peluquería MARATH. La administradora está en el derecho de mirar si lo devuelve o no b) La falta en el trabajo en la mañana, en la tarde o en el turno correspondiente a la Peluquería implica por primera vez suspensión en las labores. Teniendo en cuenta por la administradora la falta porque no asistió. c) La falta total al trabajo durante el día sin excusa suficiente, cuando no cause perjuicio de consideración a la Peluquería, implica por primera vez llamada de atención por escrito, por segunda vez suspensión en las labores hasta por ocho (8) días y por tercera vez suspensión en las labores hasta por (15) días. d) Si al realizar un proceso este quedara mal hecho, se le descontará al responsable la suma correspondiente por el servicio de su nómina, ya sean empleados fijos o por servicios. e) La recepcionista debe cerciorarse que todo cliente cancele la totalidad de los servicios que se hubiere realizado, de lo contrario se tendrá que hacer responsable por el dinero y será descontado de su salario. En todo caso se dejará constancia escrita de los hechos y de la decisión de la Peluquería MARATH de imponer o no la sanción definitiva. No producirá efecto alguno la sanción disciplinaria impuesta si no hay un informe por escrito. 8. RECLAMACIONES: Los reclamos de los trabajadores se harán ante la persona que ocupe en la empresa el cargo (administrador/a) quien los oirá y resolverá en justicia y equidad. Se deja claramente establecido que para casos extraordinarios en donde no se haya podido solucionar con el administrador se dirigirá con el gerente. Las reclamaciones de las dos partes deben hacerse en un lugar aislado y con tono moderado. En la Peluquería MARATH hay dos (2) copias de este reglamento: a) En la cartelera informativa. b) En la recepción.
11. VIGENCIA: El presente reglamento entrará a regir ocho (2) días después de su publicación y lectura teniendo claro todos los conceptos expuestos en la misma. 12. DISPOSICIONES FINALES: 6
Desde la fecha que entra en vigencia este reglamento, quedan sin efecto las disposiciones del reglamento que antes de esta fecha haya tenido la Peluquería MARATH. La Peluquería MARATH ha organizado espacios para el diálogo, círculos de participación o grupos de similar naturaleza para la evaluación periódica de la vida laboral, con el fin de promover coherencia operativa que facilite y fomente el buen trato al interior de la peluquería. Además, diseñará y aplicará actividades con la participación de los trabajadores a fin de establecer la construcción conjunta de valores y hábitos que promuevan vida laborar conviviente.
Fecha : 1 de noviembre de 2018
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