INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS ADMINISTRATIVAS
INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS ADMINISTRATIVAS 1- CONCEPTO DE INFRACCION TRIBUTARIA 2- ELEMENTOS TRIBUTARIA
DE
LA
INFRACCION
3- CLASIFICACION DE LAS INFRACCIONES TRIBUTARIAS 4- TIPIFICACIONES DE LAS INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS SANCIONADAS EN EL ARTICULO 97 DEL CODIGO TRIBUTARIO
1-
CONCEPTO DE INFRACCION TRIBUTARIA
Sobre el particular nos parecen adecuadas las dos siguientes definiciones: (a) Es toda violación, dolosa o culpable de una obligación, de un deber o de una prohibición tributaria, sancionada por la ley. (b) Las infracciones tributarias, consisten en la violación o desobediencia o incumplimiento por parte del contribuyente, de las obligaciones o deberes que le impone la Ley impositiva.
2- ELEMENTOS DE LA INFRACCION TRIBUTARIA
(a) MATERIAL: DESCRIPCION DE CONDUCTA. Toda violación por parte de los contribuyentes al cumplimiento de las obligaciones o deberes que le impone una ley impositiva constituye una
tal infracción consistiría en hacer lo prohibido quebrantando una norma tributaria prohibitiva o en dejar de hacer lo que la ley le obliga, es decir no efectuando un acto positivo que infracción
tributaria;
se tiene el deber jurídico de efectuar, con lo cual se quebranta una norma tributaria imperativa. Todo lo anterior supone la existencia previa de una conducta descrita por la ley sea en el sentido de exigir una conducta o de prohibirla.
2- ELEMENTOS DE LA INFRACCION TRIBUTARIA (b) COERCITIVO. EXISTENCIA DE MEDIDAS DESMOTIVADORAS
objeto desmotivar una actitud contravencional que pudiera resultar favorable al infractor y por otra parte inducir a la ejecución de la conducta deseable. El elemento coercitivo tiene por
Clasificación de los Medios de Coerción. Penales; Penas privativas o restrictivas de libertad y multas convertibles a las penas anteriores. Civiles;: Indemnizaciones: Reajustes, intereses. Administrativas; Multas no convertibles en penas restrictivas de libertad.
3- CLASIFICACION DE LAS INFRACCIONES TRIBUTARIAS
(a) ATENDIENDO A LA NATURALEZA DE LA SANCION (b) ATENDIENDO A LA FORMA QUE ACTUA EL CONTRIBUYENTE
a) ATENDIENDO A LA NATURALEZA DE LA SANCION a.1)
Penales
Concepto: Es la violación dolosa de las normas tributarias tendientes a evadir impuestos y sancionadas por la ley con pena corporal. El Dolo: Es lo que caracteriza al delito tributario. Pena Corporal: Es la que consiste en la
libertad del infractor. a.2)
privación o restricción de la
Administrativas
Concepto: Es la violación culpable de una obligación penada por la ley con una sanción administrativa. Sanción
que persigue un interés público, mediante la aplicación de una multa , regulada según la gravedad de la infracción, y la calidad del infractor, entre un mínimo y un máximo. Pena
Pecuniaria.
Administrativa:
Es
aquella
a.3)
Civiles
Concepto: es el retardo u omisión del pago de un tributo en que incurre el contribuyente causando un daño al Estado, lo que es sancionado con una sanción civil. Sanción
Civil:
Es
la
indemnización
de
perjuicios,
consistente en intereses moratorios y multas (recargos) que en forma fija o porcentual determina la ley por la mora u omisión en el pago de un tributo.
b)
ATENDIENDO A LA FORMA QUE ACTUA EL CONTRIBUYENTE
b.1) De acción. Se quebranta una norma tributaria de carácter prohibitivo. b.2)
De omisión. Se quebranta una norma tributaria imperativa no ejecutando un acto positivo que se tiene el deber jurídico de efectuar.
RESUMEN…. Violacion dolosa o culpable de las obligaciones y deberes establecidos en la Infracción ley impositiva
Administrativ a Violación culpable de la normativa; sancionado con multas
Civil
Retardo u omisión de pago; sancionado con intereses moratorios y recargos
Penal
Evasión de impuestos, se caracteriza por el dolo; sancionado con presidio