Valor En [1]..

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EL VALOR EN ADUANA de las MERCANCÍAS IMPORTADAS

ESTRUCTURA DEL ACUERDO DEL GATT 1994 ⇒ Normas de valoración en Aduana (arts. 1 al 17) ⇒ Consultas y Solución de Diferencias (arts. 18 y 19) PARTE II ⇒ Trato especial y diferenciado P.E.D. (art. 20)

PARTE I

PARTE III ⇒ Disposiciones finales (arts. 21 al 24) PARTE IV ⇒ Notas Interpretativas ANEXO I ⇒ Comité Técnico de Valoración en Aduana ANEXO II ⇒ Prerrogativas para países en desarrollo ANEXO III

EVOLUCION DEL CONCEPTO DE VALOR EN ADUANA 1) Sistemas dispares y poco estables de valoración en Aduana. 2) Primeros intentos sin éxito: Sociedad de Naciones 3) 1947: Acuerdo del GATT: ARTICULO VII 4) 1947:Grupo de Estudios para la Unión Ad. Europea 5) 1950/53: Definición del valor de Bruselas 6) 1973/79 Ronda de Tokio: Negociaciones Multilaterales del GATT 7) 1981: El acuerdo sobre valoración en Aduana del GATT 8) 1986/1994: RONDA URUGUAY: OMC Acuerdo sobre valoración en aduana del GATT de 1994

1947 A C U E R D O G E N E R A L S O B R E A R A N C E L SA YR TC.VO IVMIAEL RO CR I O AD UAN ERO (G A T T ) 1955 N U E V A S N E G O C I A C I O N E S E S T U D I O C ONMOP PA RROA STPI EV ROAD E M E T O D O S . R E V IS IO N D E L A R T IC U L O V II 1969 C O M IT É D E C O M E R C I O D E P R O D U C T O SD I.V N D.BNU.OS T R I A L E S PR O SPER A

1971

P R O Y E C T O D E P R I N C I P I O S Y N O T A S N TNEOR P R OE TS AP ET RI VA A S O P. USA Y D E L A R T . V II CANAD A

1973

N E G O C IA C IO N E S C O M E R C IA L E S M U L T IL A T E R A L E S (R O N D A D E T O K IO ) C O M IS IO N D E C O M U N ID A D E S 1 9 7 7 P R O Y E C T O D E C O D I G O D E V A L O R A C I O N SPEA PRLAA LNAT E A A P L IC A C I Ó N D E L A R T I C U L O V I I UN NUEVO C O D I G O D E V A L O R A C I O N D E L G A T T ( NSOI SCTI OE NM AP O S IT I V 1979 S E F I R M A , P E R O E N T R A E N V I G O R E L 0P1R- E0 1V- I1A9 8S 1 D IS C U S IO N E S

ORIGEN DE LOS SISTEMAS DE VALORACION Definición del valor de Bruselas (DVB)

Código de Valoración

• Convenio sobre el valor en Aduana de las mercancías . Anexos I, II. 1950/53

• Ronda Tokio del GATT (1973-79/81) • Adopción adelantada en 1980 por la C.E.E. Y E.E. U.U.

CARACTERISTICAS • Noción teórica • Proteccionista- Fiscalista • Economías Cerradas

CARACTERISTICAS • Noción Teórica • No proteccionista Facilitación del comercio • Economías abiertas

Nociones de Valor en Aduana • NOCION POSITIVA (Precio Real) “El precio al que SE VENDE la mercadería que se ha de valorar, salvo que este precio esté influenciado por relaciones entre el comprador y el vendedor , en cuyo caso será el precio, no influído por tales relaciones al que se vende una mercancía similar.”

• NOCION TEORICA (Precio Normal) “El precio al que se vendería la mercancía que se ha de valorar, en condiciones determinadas (lugar, precio, cantidad, momento, nivel comercial, libre competencia)”

Normas de Valoración en Aduana • ART. 1 y 8 • ART. 2

VALOR DE TRANSACCION - AJUSTES VALOR DE TRANSACCION DE MERCANCIAS

IDENTICAS

• ART. 3

VALOR DE TRANSACCION DE MERCANCÍAS

• ART. 4

ELECCION DEL IMPORTADOR PARA INVERTIR

SIMILARES

EL ORDEN DE APLICACIÓN DE LOS ART. 5 Y 6

• ART. 5 • ART. 6 • ART. 7 • ART. 9

METODO DEL VALOR DEDUCTIVO METODO DEL VALOR RECONSTITUIDO METODO DEL ULTIMO RECURSO CONVERSIÓN DE MONEDA EXTRANJERA PARA DETERMINAR EL VALOR EN ADUANA

Normas de Valoración en Aduana ART. 10 ART. 11 ART. 12 ART. 13 ART. 14 ART. 15 ART. 16 ART. 17

TRATO A LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL DERECHO DEL IMPORTADOR A INTERPONER RECURSOS

PUBLICACION DE LEYES, REGLAMENTOS, DECISIONES JUDICIALES Y DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE APLICACIÓN GENERAL DEL ACUERDO. NECESIDAD DE NO DEMORAR LA DETERMINACION DEFINITIVA DEL VALOR EN ADUANA LOS ANEXOS FORMAN PARTE INTEGRANTE DEL ACUERDO

DEFINICIONES: VALOR EN ADUANA, VINCULACION, ETC

DERECHO DEL IMPORTADOR DE RECIBIR EXPLICACION ESCRITA DEL METODO QUE SE HAYA UTILIZADO PARA DETERMINAR EL VALOR EN ADUANA. DERECHO DE LAS ADMINISTRACIONES DE ADUANAS DE COMPROBAR LA VERACIDAD Y EXACTITUD DE TODO INFORMACIÓN, DOCUMENTO Y DECLARACIÓN.

Consultas y Solución de Diferencias • ART. 18

INSTITUCIONES A) COMITÉ DE VALORACION EN ADUANA. O.M.C. (ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO) CON SEDE EN GINEBRA

• ART. 19

B) COMITÉ TECNICO DE VALORACION EN ADUANA. C.C.A. CONSEJO DE COOPERACION ADUANERA. (O.M.A. ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE ADUANAS CON SEDE EN BRUSELAS. CONSULTAS PARA SOLUCION DE DIFERENCIAS AL AMPARO DEL ACUERDO

Acuerdo de Valor del GATT Instituciones Comité de Valoración en Aduana (Ginebra) ADMINISTRACION FUNCIONAMIENTO DEL ACUERDO CONSECUCION DE OBJETIVOS (Política Comercial)

Comité técnico de Valoración en Aduana (Bruselas) UNIFORMIDAD EN INTERPRETACION Y

APLICACIÓN

EXAMEN Y SOLUCION DE PROBLEMAS TECNICOS ESTUDIO DE LEYES

• • • •

Consultas Solución de diferencias Evaluaciones Decisiones

ASESORAMIENTO Y ASISTENCIA TECNICO

• Opiniones consultiva, comentarios • Notas explicativas • Estudio de casos

Primer y Principal Método de Valoración del Acuerdo EL VALOR DE TRANSACCION (de las mercancías importadas) Precio realmente pagado o por pagar por las mercancías cuando éstas se venden para su exportación al país de importación ajustado de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 8.

OPINION CONSULTIVA 1.1

• Relación de situaciones en las que las mercancías importadas no se consideran como objeto de venta. 1) SUMINISTROS GRATUITOS 2) MERCANCIAS COMPRADAS EN CONSIGNACION 3) MERCANCIAS IMPORTADAS POR INTERMEDIARIOS, QUE NO LAS HAN COMPRADO PERO LAS VENDEN DESPUES DE LA IMPORTACION 4) MERCANCIAS IMPORTADAS POR SUCURSALES SIN PERSONALIDAD JURIDICA 5) MERCANCIAS IMPORTADAS EN CUMPLIMIENTO DE UN CONTRATO DE ALQUILER O “LEASING” 6) MERCANCIAS ENTREGADAS EN PRESTAMO, QUE SIGUEN SIENDO PROPIEDAD DEL EXPEDIDOR 7) MERCANCIAS (RESIDUOS) QUE SE IMPORTAN PARA SU DESTRUCCION EN EL PAIS DE IMPORTACION MEDIANTE EL PAGO DE UNA SUMA DEL REMITENTE AL IMPORTADOR , COMO REMUNERACION POR EL SERVICIO QUE ESTE LE PRESTA.

PRECIO REALMENTE PAGADO O POR PAGAR • TODOS LOS PAGOS DEL COMPRADOR AL VENDEDOR O EN BENEFICIO DE ÉSTE POR LAS MERCANCÍAS IMPORTADAS • DIRECTA O INDIRECTAMENTE • EN DINERO O POR MEDIO DE INSTRUMENTOS BANCARIOS

VALOR DE TRANSACCION de las mercancías importadas PRECIO REALMENTE PAGADO O POR PAGAR POR LAS MERCANCIAS IMPORTADAS • cuando se venden • para su exportación al país de importación + AJUSTES de conformidad con el Art. 8 = VALOR EN ADUANA si se cumplen las circunstancias

VALOR VALOR DE DE TRANSACCION TRANSACCION ART. 1.1: CIRCUNSTANCIAS A. NO RESTRICCIONES a la cesión o utilización de las mercancías EXCEPCIONES  impuesta por la ley o autoridades del país de importación.  

limitación del territorio geográfico

que no afecten sustancialmente el valor

VALOR VALOR DE DE TRANSACCION TRANSACCION ART. 1.1: CIRCUNSTANCIAS B. NO

CONDICIONES O CONTRAPRESTACIONES

de las que dependan la venta o el precio EXCEPCIONES

 Si el valor de la condición puede determinarse, se agrega al precio  Si están relacionadas con la producción o comercialización de las mercancías

VALOR VALOR DE DE TRANSACCION TRANSACCION ART. 1.1: CIRCUNSTANCIAS B. NO

REVERSIONES

al vendedor del producto de la reventa u otro producto ulterior EXCEPCIONES

 Que pueda hacerse un ajuste: Artículo 8

VALOR DE TRANSACCION ART. 1.1: CIRCUNSTANCIAS B. NO

VINCULACIONES

entre comprador y vendedor

EXCEPCIONES  Si están vinculados: Artículo 1.2

VINCULACIÓN • EXISTE VINCULACIÓN SI: 1- Cargos de responsabilidad o dirección en la otra 2- Asociadas 3- Empleador y empleado 4- Control del 5% o más de las acciones 5- Control directo o indirecto 6- Las 2 son controladas por un tercero 7- Las 2 controlan a un tercero 8- Son de la misma familia

PARTES VINCULADAS MISMA FAMILIA A

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COMPRADOR Y VENDEDOR VINCULADOS NO RECHAZO SISTEMATICO EN ESPECIAL SI LA VINCULACION NO INFLUYE EN EL PRECIO PRUEBAS: A) Examen de las circunstancias de la venta (Art. 1.2a) B) Valores Criterio (Art. 1.2b)

VALOR EN ADUANA • PERSONAS VINCULADAS ⇒Definiciones - Art. 15 ⇒Posible influencia sobre el precio ⇒Mecanismo que rige al trato aplicable a las personas vinculadas. • Artículo 1, párrafo 2a) - examen de circunstancias • Artículo 1, párrafo 2b) - valores criterio

VALOR CRITERIO Es el Valor en Aduana previamente aceptado para mercancías idénticas o similares – Se utiliza en el caso de una venta entre personas vinculadas – Para COMPARAR

ESTABLECE AUTOMATICAMENTE LA ACEPTABILIDAD DEL VALOR DE TRANSACCION

VALOR CRITERIO ¿Cuáles? • 1- Valor de Transacción en las ventas de mercancías idénticas o similares a compradores no vinculados, para la exportación al mismo país importador • 2- Valor en Aduana de mercancías idénticas o similares determinado con arreglo a lo dispuesto en el Art. 5 (método deductivo) • 3- Valor en Aduana de mercancías idénticas o similares determinado con arreglo a lo dispuesto en el Art. 6 (método del valor reconstruido)

VALOR CRITERIO Condiciones de Aplicación

VIGENTE en el mismo momento en que se valoran las mercancías importadas TENER EN CUENTA las diferencias demostradas  de nivel comercial  de cantidad  de los elementos enumerados en el Art. 8  de los costos que soporte el vendedor en las ventas a compradores no vinculados y que no soporte en las hechas a vinculados

VALOR DE TRANSACCION POSIBILIDADES DE RECHAZO RESTRICCIONES

VINCULACIONES

A LA CESIÓN O UTILIZACIÓN

ENTRE COMPRADOR Y VENDEDOR

CONDICIONES O CONTRAPRESTACIONES A LA VENTA O AL PRECIO

REVERSIONES A L VENDEDOR DEL PRODUCTO DE LA REVENTA

NO SE APLICA EL MÉTODO 1 VALOR DE TRANSACCION DE LA MERCANCÍA IMPORTADA

APLICACIÓN DE MÉTODOS SIGUIENTES ( VALORES DE SUSTITUCIÓN )

METODOS DE VALORACIÓN SEGÚN EL CÓDIGO DEL GATT VALOR DE TRANSACCION ARTÍCULO 1

VALOR DE TRANSACCIÓN DE MERCANCÍAS IDÉNTICAS ARTÍCULO 2

VALOR DE TRANSACCION DE MERCANCIAS SIMILARES ARTÍCULO 3

METODO DEDUCTIVO Y SUPERDEDUCTIVO * ARTICULO 5 METODO DEL VALOR RECONSTRUIDO * ARTICULO 6

MÉTODO DEL ULTIMO RECURSO * ARTICULO 7 * INVERSIÓN DEL ORDEN A SOLICITUD DEL IMPORTADOR

VALOR DE TRANSACCION

 PRECIO PAGADO O POR PAGAR (POR LAS MERCANCÍAS IMPORTADAS)

+ AJUSTES

 ADICIONES PREVISTAS EN EL ART. 8

AJUSTES Artículo 8 

REQUISITOS GENERALES PARA SU APLICACIÓN Solo pueden hacerse sobre datos objetivos y cuantificables • El precio realmente pagado o por pagar únicamente puede ser incrementado conforme a este artículo

FINALIDAD

Aplicación uniforme del Acuerdo a nivel mundial Reducción de la facultad discrecional en las Administraciones Aduaneras Garantizar su correcta aplicación técnica No afecta la incorporación de los importes que integran el P.R.P.P.

AJUSTES Artículo 8 • • • • • •

CUÁLES?

Las comisiones de venta y los gastos de corretaje. Los envases y embalajes. Las “prestaciones”. Los cánones y derechos de licencia. El producto de una reventa o utilización posterior. Los gastos de transporte, seguro, carga, descarga y manipulación, en su caso.

DETERMINACION DEL VALOR EN ADUANA OBLIGATORIOS • Comisiones de venta y corretajes. • Bienes y servicios suministrados por el comprador. • Cánones y derechos de licencia. • Reversiones de la reventa.

OPCIONALES • Transporte y seguro hasta la frontera. • Carga, descarga y manipulación (si no están incluídos en factura).

DETERMINACION DEL VALOR EN ADUANA AJUSTES NEGATIVOS (DEDUCCIONES) ( SI ESTÁN INCLUÍDOS EN EL PRECIO) • • • • •

Trabajos de instalación. Derechos de importación. Transporte y seguro después de la importación. Intereses Descuentos

DETERMINACION DEL VALOR EN ADUANA AÑADIR AL PRECIO PAGADO O POR PAGAR AJUSTES OBLIGATORIOS • COMISIONES DE VENTA, CORRETAJES • BIENES Y SERVICIOS SUMINISTRADOS POR EL COMPRADOR • CANONES Y DERECHOS DE LICENCIA • % SOBRE LA REVENTA SI NO ESTAN INCLUIDOS EN LA FACTURA

DETERMINACION DEL VALOR EN ADUANA AÑADIR AL PRECIO PAGADO O POR PAGAR AJUSTES OPCIONALES • TRANSPORTE Y SEGURO HASTA LA FRONTERA • CARGA Y MANTENIMIENTO SI NO ESTAN INCLUIDOS EN LA FACTURA

DETERMINACION DEL VALOR EN ADUANA A DEDUCIR DEL PRECIO PAGADO O POR PAGAR TRABAJOS DE INSTALACIÓN DERECHOS E IMPUESTOS  TRANSPORTE Y SEGURO DESPUÉS DE LA IMPORTACIÓN

INTERESES POR FINANCIACIÓN SI ESTÁN INCLUIDOS EN EL PRECIO

VALOR EN ADUANA • ARTÍCULO 8.1.a Para determinar el valor en aduana de conformidad con lo dispuesto en el art. 1 se AÑADIRAN al precio pagado o por pagar: siempre que CORRAN A CARGO DEL COMPRADOR Y NO ESTÉN INCLUÍDOS EN EL P.R.P. O P.P. COMISIONES Y GASTOS DE CORRETAJE SALVO COMISIONES DE COMPRA ver nota explicativa 2.1

VALOR EN ADUANA • ARTÍCULO 8.1.a COMISIÓN

Remuneración pagada a intermediarios por los servicios que prestan.

REPRESENTANTE, AGENTE O COMISIONISTA

Persona que representa

al vendedor o al comprador. Actúa siempre por cuenta de un Comitente que paga un porcentaje de comisión sobre el precio de la mercancía.

VALOR EN ADUANA • ARTÍCULO 8.1.a AGENTE DE VENTA • Actúa por cuenta del vendedor • Busca clientes, recoge pedidos. • Almacena y entrega la mercancía en forma esporádica.

VALOR EN ADUANA • ARTÍCULO 8.1.a FORMA DE PERCIBIR LA COMISIÓN El proveedor carga al importador el monto de la comisión, un precio global.

factura

El comprador paga el precio de factura y paga aparte el monto de la comisión al intermediario (Se añade el monto de la Comisión al Valor en Aduana).

VALOR EN ADUANA • ARTÍCULO 8.1.a AGENTE DE COMPRA • • • •

Actúa por cuenta del comprador Busca proveedores y envía muestras. Coloca pedidos y verifica la mercancía. En algunos casos controla seguro y transporte, almacena y entrega mercancía.

VALOR EN ADUANA • ARTÍCULO 8.1.a AGENTE DE COMPRA FORMA DE PERCIBIR LA COMISIÓN El importador le paga la comisión aparte del pago de las mercancías.

VALOR EN ADUANA CORREDOR Intermediario que actúa por su propia cuenta. Actúa tanto a favor del vendedor como para el comprador. Su papel principal es el de poner en relación al vendedor con el comprador. FORMA DE PERCIBIR EL CORRETAJE PROVEEDOR: Normalmente el corretaje está incluído en el precio de factura (no hay problema) COMPRADOR: Debe incluirse dicho corretaje PROVEEDOR-COMPRADOR: Se debe incluir la parte del comprador, si no está incluído en el ppopp, normalmente la parte del proveedor ya está incluída.

VALOR EN ADUANA PRESTACIONES

1/ Materiales, piezas y elementos, partes y artículos análogos incorporados a las mercancías. 2/ Herramientas, matrices, moldes y elementos análogos utilizados para la producción de las mercaderías importadas 3/ Materiales consumidos en la producción de las mercancías importadas.

4/ Ingeniería, creación y perfeccionamiento, trabajos artísticos, diseños, planos y croquis realizados fuera del país de importación y necesarios para la producción de mercancías importadas.

VALOR EN ADUANA PRESTACIONES BIENES Y SERVICIOS

1/ Cuyo valor no esté incluido en el precio realmente pagado o por pagar. 2/ Suministrados directa o indirectamente por el comprador 3/ Suministrados gratuitamente o a precios reducidos 4/ Utilizados en la producción y venta para la exportación de las mercancías importadas. 5/ Cuyo valor ha de repartirse debidamente.

VALOR EN ADUANA SUMINISTROS AÑADIR SI: NO ESTÁN INCLUIDOS SE UTILIZAN EN LA PRODUCCION SON SUMINISTRADOS POR EL COMPRADOR SON GRATUITOS O A TÍTULO ONEROSO

VALOR EN ADUANA VALORACIÓN DE UN SUMINISTRO AÑADIR SI: COSTO DE ADQUISICIÓN COSTO DE PRODUCCIÓN TRANSPORTE Y SEGURO?

....... Y MÉTODOS DE IMPUTACIÓN

VALOR EN ADUANA CÁNONES Y DERECHOS DE LICENCIA Comprende entre otras cosas: • PAGOS RELATIVOS A PATENTES. • PAGOS RELATIVOS A MARCAS. • PAGOS RELATIVOS A DERECHOS DE AUTOR. • PAGOS RELATIVOS A DERECHOS DE DISTRIBUCIÓN O REVENTA.

VALOR EN ADUANA CÁNONES Y DERECHOS DE LICENCIA AÑADIR AL PRECIO REALMENTE PAGADO O POR PAGAR SI: • ES CONDICIÓN DE VENTA. • ESTÁN RELACIONADOS A LAS MERCANCÍAS IMPORTADAS. • NO HAN SIDO INCLUÍDOS TODAVÍA EN EL PRECIO.

VALOR EN ADUANA REVERSIONES • EL VALOR DE CUALQUIER PARTE DEL PRODUCTO DE LA REVENTA, CESIÓN O UTILIZACIÓN. • QUE REVIERTA DIRECTA O INDIRECTAMENTE AL VENDEDOR

DETERMINACIÓN DEL VALOR EN ADUANA AJUSTES POSITIVOS

AJUSTE S OBLIGATORIOS

AJUSTES POSITIVOS Y OBLIGATORIOS

EL VALOR EN ADUANA ES IGUAL A: • El precio pagado o por pagar es aceptable como + Art.8 base de valoración. • El precio no incluye las comisiones de venta y + Art. 8.1 a) corretajes. i • El precio no inlcuye los gastos de envases y + Art. 8.1 a) embalajes. ii y iii • El precio no incluye el valor de los bienes y + Art. 8.1 b) servicios suministrados por el comprador. • El precio no incluye el valor de los cánones y + Art. 8.1 c) derechos de licencia. • El precio no incluye el producto de la reventa + Art. 8.1 d) que revirtiera al vendedor.

AJUSTES POSITIVOS Y OPCIONALES EL VALOR EN ADUANA ES IGUAL A: • El precio no incluye los gastos de transporte y seguro hasta el lugar de introducción.

+ Art.8 2 a) y c)

• El precio no incluye los gastos de carga, descarga y manipulación hasta el lugar de introducción.

+ Art. 8 2 d)

AJUSTES NEGATIVOS EL VALOR EN ADUANA ES IGUAL A: • El precio pagado o por pagar incluye gastos o costos distinguibles relativos a las mercancías. • El precio incluye gastos por la instalación, armado, asistencia técnica, después de la importación. • El precio inlcuye gastos de transporte y seguro ulteriores a la importación. • El precio incluye gastos de derechos e impuestos aplicables en el país de importación. • El precio incluye gastos por concepto de intereses bajo ciertas condiciones.

-

Ajuste Nota int. Art. 1 - Ajuste Nota int. Art. 1 a)

- Ajuste Nota int. Art. 1 b) - Ajuste Nota int. Art. 1 c) - Ajuste Nota int. Art. 7

VALOR EN ADUANA DESCUENTOS • REQUISITOS DE APLICACIÓN • DESCUENTOS RETROACTIVOS

EXPLICACION DE LOS TIPOS DE DESCUENTO EXISTENTES

VALOR EN ADUANA LOS INTERESES POR PAGO DIFERIDO DECISIÓN ADOPTADA POR EL COMITÉ DE VALORACIÓN EN 1984 ACUERDO POR ESCRITO DISCRIMINADOS EN LA FACTURA TIPO DE INTERÉS NORMAL DECISIÓN DEL PAÍS MIEMBRO CUALQUIERA QUE SEA LA PERSONA QUE OTORGUE LA FINANCIACIÓN

....DEMOSTRAR QUE EL VALOR CORRESPONDE AL PRECIO REALMENTE PAGADO , SIN LOS INTERESES.

EXPLICACION DE PAGO DIFERIDO

VALOR EN ADUANA Nota interpretativa del artículo 1 LOS ELEMENTOS A DEDUCIR • Gastos posteriores a la importación • Costo del transporte ulterior a la importación • Los derechos o impuestos aplicables en el país de importación • Las comisiones de compra • Los intereses por pago diferido

VALOR EN ADUANA MÉTODOS SUSTITUTIVOS VALOR DE TRANSACCIÓN MERCANCÍAS IDÉNTICAS

VALOR DE TRANSACCIÓN MERCANCÍAS SIMILARES

CONCEPTOS ART. 15.2 Mercancías Similares Mercancías Idénticas Iguales en todo: •características físicas •calidad •prestigio comercial

No son iguales en todo:

•Características y composición semejantes •cumplen las mismas funciones •son comercialmente intercambiables •calidad •prestigio comercial •marca comercial

VALOR EN ADUANA VALOR DE TRANSACCIÓN DE MERCANCÍAS IDÉNTICAS METODO 2 (ART.2) VALOR DE TRANSACCIÓN DE MERCANCÍAS SIMILARES MÉTODO 3 (ART. 3)

Antecedentes de mercancías idénticas o similares YA ACEPTADAS POR LA ADMINISTRACIÓN DE ADUANAS

VALOR EN ADUANA AL MISMO NIVEL COMERCIAL

V.T.M.I. V.T.M.S .

EN APROX. LAS MISMAS CANTIDADES

SI = VALOR EN ADUANA

NO= MERCANCÍAS IDÉNTICAS VENDIDAS MERCANCÍAS SIMILARES VENDIDAS Nivel comercial diferente y Cantidades diferentes Pero ajustados para tener en cuenta la diferencia de nivel comercial y cantidad siempre sobre la base de datos comprobados que demuestren que son razonables y exactos más de un valor de transacción se tomará el más bajo como valor en aduana.

VALOR EN ADUANA MÉTODOS SUSTITUTIVOS VALOR DE TRANSACCIÓN MERCANCÍAS IDÉNTICAS

VALOR DE TRANSACCIÓN MERCANCÍAS SIMILARES

Mercancías de la misma especie o clase •Grupo o gama de mercancías •de una rama de producción o •de un sector de la producción Comprende las M.I. Y MS. Ej: Electrodomésticos Línea Blanca Lavadoras, Secadoras Lavaplatos

MI MS Las demás

Sonido, Video, electrodomésticos menores

VALOR EN ADUANA MÉTODOS SUSTITUTIVOS ART. 2 VALOR DE TRANSACCIÓN MERCANCÍAS IDÉNTICAS

ART. 3 VALOR DE TRANSACCIÓN MERCANCÍAS SIMILARES

•Definiciones: ART. 15.2 •Vendidas al mismo país de importación •Producidas en el mismo país •Mismo productor antes que productor diferente •Exportadas en el mismo momento( o en uno aproximado) •Posible ajuste por Nivel Cantidad Costos y Gastos del Art. 8.2

VALOR EN ADUANA MÉTODOS SUSTITUTIVOS ART. 2 VALOR DE TRANSACCIÓN MERCANCÍAS IDÉNTICAS

ART. 3 VALOR DE TRANSACCIÓN MERCANCÍAS SIMILARES

Si se dispone de más de un valor 21 22 20 23

Se utiliza el valor más bajo.

VALOR EN ADUANA MÉTODO DEDUCTIVO 1 PRECIO DE VENTA DE LA MERCADERÍA IMPORTADA 2 PRECIO DE VENTA DE MERCADERÍA IDÉNTICA IMPORTACIÓN 3 PRECIO DE VENTA DE MERCANCÍA SIMILAR

EN EL PAÍS DE

VALOR EN ADUANA

EN EL MISMO MOMENTO 0 EN 90 DÍAS

VALOR EN ADUANA DEDUCCIONES COMISIONES - BENEFICIOS GASTOS DE TRANSPORTE Y SEGURO DERECHOS + IMPUESTOS

VALOR EN ADUANA MÉTODO DEDUCTIVO VENTAS

TOTALES

CANTIDAD POR VENTA

PRECIO UNITARIO

40 30 15 50 25 35

UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES

100 90 100 95 105 90

5

UNIDADES

100

CANTIDAD TOTAL VENDIDA

PRECIO UNITARIO

65

90

50 60 25

95 100 105

Precio Unitario a tener en cuenta: 90

VALOR EN ADUANA MÉTODO DEDUCTIVO Cantidad vendida De 1 a 10 unid.

De 11 a 25 unid.

Precio Unitario N* de Ventas 100

95

Q total vendida a

10 ventas 5 u. 5 ventas 3 u.

65

5 ventas de 11 u.

55

1 venta de 30 u. Más de 25 unid. 90 1 venta de 50 u. 80 PRECIO UNITARIO A TENER EN CUENTA: 90

c/precio

VALOR EN ADUANA VALOR RECONSTITUIDO SUMA DE LOS SIGUIENTES ELEMENTOS: Costo o valor de las mercancías y de la fabricación u otras operaciones efectuadas (para producir la mercancía). + cantidad usual de beneficios y gastos generales (en ventas de mercancía de la misma especie o clase ). + gastos de transporte, seguro, carga, descarga, manipulación. (según opción nacional Art. 8.2)

VALOR EN ADUANA VALOR RECONSTITUIDO El costo o valor de los materiales y de las operaciones de fabricación se aplica igualmente a: 1) Costo de los envases y embalajes que, a efectos aduaneros, se consideren como formando un todo con la mercancía ( Art. 8, 1.a) ii) 2) Gastos de embalaje, tanto por concepto de mano de obra como de materiales (Art. 8,1.a) iii) 3) Prestaciones (Art. 8,1.b) 4) Costo de enviar los materiales y prestaciones hasta el lugar de producción.

VALOR EN ADUANA VALOR DEL ULTIMO RECURSO (OTROS MÉTODOS) Los criterios de valoración utilizados deben ser RAZONABLES Y COMPATIBLES CON LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL ACUERDO Y EL ARTICULO VII DEL GATT - En la mayor medida posible se deben basar en los métodos de valoración anteriores. - Con flexibilidad razonable en su aplicación.

VALOR EN ADUANA VALOR DEL ULTIMO RECURSO (OTROS MÉTODOS) No se basarán en: - precio de venta en el país de importación de mercancías producidas en él. - el más alto de dos valores - un precio en el mercado nacional del país exportador - costo de producción distinto del valor reconstruido - precio para exportación a un país distinto - valores mínimos - valores arbitrarios o ficticios

VALOR EN ADUANA ESQUEMA VALOR O.M.C. VENTA

NO VENTA

NO VINCULACIÓN

VINCULACIÓN

RESTRICCIONES/ CONDICIONES/ SIN PRESTACIONES INFLUENCIA INFLUENCIA DETERMINABLE PRECIO NETO FACTURADO NO DETERMINABLE ACEPTABLE CAMBIO AJUSTES

CON

VALORES CRITERIOS

VALOR DE TRANSACCION NO ACEPTABLE VALOR EN ADUANA

RECHAZO DEL VALOR DE TRANSACCIÓN

OTROS MÉTODOS MÉTODO COMPARATIVO (MERCANCÍAS IDÉNTICAS O SIMILARES), MÉTODO DEDUCTI VO, MÉTODO DEL VALOR RECONSTRUIDO, MÉTODO DEL ÚLTIMO RECURSO

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