INSTITUTO TECNOLOGICO Y DE ESTUDIOS SUPERIORES “RENE DESCARTES” ALUMNO: ALDO ALBERTO URIBE DOMINGUEZ
Docente: LICDA. REYNA MAGDALENA KOH QUEN
Derecho Agrario Tema: Tribunal Unitario Agrario Licenciatura en Derecho Quinto cuatrimestre
INTRODUCCIÓN A continuación, se hará un pequeño organigrama de la forma en como se conforma el Tribunal Unitario Agrario del Estado de Campeche, para comprender la parte administrativa y funcional del mismo, entendiendo la jerarquización del mismo, asimismo, se hará un cuadro sinóptico de los casos que este tribunal podrá llegar, entendiendo que es de suma importancia la materia agraria y que este podrá resolver más que un juzgado agrario ya que por su jerarquización y competencia es que esta puede llevarse a nivel federal y sus resultados son mayormente procedentes o improcedentes dependiendo del caso.
INDICE
INTRODUCCIÓN .............................................................................................................................. 2 INDICE ............................................................................................................................................... 3 1.1 Organigrama del Tribunal Unitario Agrario del Estado de Campeche .............................. 4 1.2 Cuadro Sinóptico de los casos que conoce el Tribunal Unitario Agrario .......................... 4
1.1 Organigrama del Tribunal Unitario Agrario del Estado de Campeche
Tribunal Unitario Agrario Distrito 50 Magistrado Numerario
Secretario de Acuerdos
Secretario de Estudio y Cuenta
Jefe de la Unidad de Asuntos Jurídicos
Actuario Ejecutor
Jefe de Unidad de Registro y Seguimiento
Personal Técnico Administrativo
Ingeniero Agrario
Jefe de Proyectos Especiales
Jefe de Unidad Administrativa
y
1.2 Cuadro Sinóptico de los casos que conoce el Tribunal Unitario Agrario
Tribunal Unitario Agrario
De las controversias por límites de terrenos entre dos o más núcleos de población ejidal o comunal, y de éstos con pequeños propietarios, sociedades o asociaciones; De la restitución de tierras, bosques y aguas a los núcleos de población o a sus integrantes, contra actos de autoridades administrativas o jurisdiccionales, fuera de juicio, o contra actos de particulares; Del reconocimiento del régimen comunal; De juicios de nulidad contra resoluciones dictadas por las autoridades agrarias que alteren, modifiquen o extingan un derecho o determinen la existencia de una obligación; De los conflictos relacionados con la tenencia de las tierras ejidales y comunales; De controversias en materia agraria entre ejidatarios, comuneros, posesionarios o avecindados entre sí; así como las que se susciten entre éstos y los órganos del núcleo de población; De controversias relativas a la sucesión de derechos ejidales y comunales; De los negocios de jurisdicción voluntaria en materia agraria; y De las controversias relativas a los contratos de asociación o aprovechamiento de tierras ejidales, a que se refiere el artículo 45 de la Ley Agraria; De la ejecución de los convenios a que se refiere la fracción VI del artículo 185 de la Ley Agraria, así como de la ejecución de laudos arbitrales en materia agraria, previa determinación de que se encuentran apegados a las disposiciones legales aplicables.
CONCLUSIÓN El Tribunal Unitario Agrario del Estado de Campeche pertenece al distrito 50 en el cual se tratan sobre temas de suma importancia en materia agraria, donde se conoce después de pasar por un proceso o de casos donde tengan especial interés, en ese caso podrá ser resulto por este tributario, y se entiende que es unitario porque las decisiones son tomadas por un Magistrado el cual son seleccionados por métodos muy estrictos y que tengan conocimientos en materia agraria, por esa razón al momento en que una persona va al tribunal dependiendo del caso es la forma en como se agiliza el proceso; aquí se pueden ver desde temas de competencia en la materia agraria, hasta la solución de conflictos en casos de sucesiones, o en caso de ventas de propiedad particular o su constitución en el ejido o comunidad. Por esa razón es importante entender como se conforma para su normal funcionamiento, que la cabeza de este es el magistrado, se entiende que esta en el mismo lugar el secretario de acuerdos, secretario de estudio y cuenta, actuarios, etc. Pero en la practica se entiende que el secretario de acuerdos tiene mayor importancia ya que este es el que elabora el proyecto de sentencia, y el magistrado solo estudia y confirma. Siendo este tema de mayor importancia, se puede investigar de igual forma su normatividad encontrándolo en la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios
BIBLIOGRAFIA http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/159.pdf http://www.tribunalesagrarios.gob.mx/ta/ http://www.tribunalesagrarios.gob.mx/ta/?p=570 http://www.tribunalesagrarios.gob.mx/ta/?page_id=734