CUESTIONARIO DE DERECHO MERCANTIL II 1. Manifiesta cual es uno de los fenómenos de mayor importancia en la historia moderna de la vida jurídico-comercial. R= En historia moderna de la vida jurídica comercial uno de los fenómenos de mayor importancia es el nacimiento y desarrollo de esa gran categoría de cosas mercantiles que son los títulos de crédito. 2. Diga como se representan y manejan en la actualidad un gran porcentaje de la riqueza comercial. R= Puede decirse que en la actualidad un gran porcentaje de la riqueza comercial se representa y maneja por medio de tales títulos, pero ellos no han surgido en los ordenamientos positivos al mismo tiempo con medida de creación de los juristas si no que su desarrollo se ha venido realizando en la práctica comercial que ha producido las diversas especies de títulos de crédito (letra de cambio, pagare, cheques, certificado de deposito), para satisfacer una necesidad comercial. 3. Explique brevemente como han surgido los títulos de crédito. R= Como no todos los títulos de crédito han surgido en un mismo momento en la historia de comercio su estudio y regulación se ha producido en diversos tiempos, por lo que los juristas extranjeros se han tropezado con el obstáculo de la ausencia de una legislación unitaria sobre los títulos de crédito. El termino titulo de crédito originado en la doctrina italiana a sido criticado principalmente por autores influenciados por la doctrina germánica (alemana), manifestando que la connotación gramatical no concuerda con la connotación jurídica ya que no en todos los títulos predomina como elemento esencial el derecho de crédito, si no que deben denominarse títulos valores entre ellos esta: el pagare, letra de cambio y cheque. 4. Exprese como regula la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito a los títulos de crédito. R= La L.G.T.O.C. reduce una categoría unitaria a los títulos de crédito estableciendo normas generales para regular sus características fundamentales y normas especiales para la regulación de cada especie de titulo. 5. Indique que denominación le asignaron a los títulos de crédito la doctrina italiana. R= El termino titulo de crédito originado en la doctrina italiana a sido criticado principalmente por autores influenciados por la doctrina germánica (alemana), manifestando que la connotación gramatical no concuerda con la connotación jurídica ya que no en todos los títulos predomina como elemento esencial el derecho de crédito, si no que deben denominarse títulos valores entre ellos esta: el pagare, letra de cambio y cheque. 6. Manifieste que denominación le impusieron a los títulos de crédito la doctrina germánica. R= El termino titulo de crédito originado en la doctrina italiana a sido criticado principalmente por autores influenciados por la doctrina germánica (alemana), manifestando que la connotación gramatical no concuerda con la connotación jurídica ya que no en todos los títulos predomina como elemento esencial el
derecho de crédito, si no que deben denominarse títulos valores entre ellos esta: el pagare, letra de cambio y cheque. 7. Exprese la definición que la ley le da a los títulos de crédito. R= Son cosas mercantiles los títulos de crédito. Su emisión, expedición, endoso, aval o aceptación y las demás operaciones que en ellos se consignen, son actos de comercio. Los derechos y obligaciones derivados de los actos o contratos que hayan dado lugar a la emisión o transmisión de títulos de crédito, o se hayan practicado con éstos, se rigen por las normas enumeradas en el artículo 2° de la LGTOC, cuando no se puedan ejercitar o cumplir separadamente del título, y por la Ley que corresponda a la naturaleza civil o mercantil de tales actos o contratos, en los demás casos. Las operaciones de crédito que esta Ley reglamenta son
actos de comercio.
Artículo 5º de la LGTOC: Son títulos de crédito, los documentos necesarios para ejercitar el derecho literal que en ellos se consigna. 8. Indica a las características de los títulos de crédito R= a. Incorporación b. Legitimación
• •
Activa
Pasiva c. Literalidad d. Autonomía 9. Explica la Incorporación R= El título de Crédito es un documento que lleva incorporado un derecho, en tal forma, que el derecho va íntimamente unido al titulo y su ejercicio esta condicionado por la exhibición del documento. Sin exhibir el titulo, no se puede ejercitar el derecho en el incorporado. La incorporación de derecho al documento es tan intima, que el derecho se convierte en algo accesorio del documento. 10. Explica la Legitimación. R= Es una consecuencia de la incorporación para ejercitar el ejercitar el derecho en necesario “legitimarse” exhibiendo el titulo de Crédito. 11. Explica la Legitimación en su Aspecto Activo. R= Consiste en la propiedad o calidad que tiene el titulo de crédito de atribuir, la facultad de exigir del obligado en el titulo el pago de la prestación que en el se consigna. 12. Explica la Legitimación en su Aspecto Pasivo. R= Consiste en que el deudor obligado en el Titulo de Crédito cumple su obligación y por tanto se libera se ella, pagando a quien aparezca como titular del documento. Solo el titular del documento puede “legitimarse” como titular del derecho incorporado y exigir el cumplimiento de la obligación relativa. En su aspecto pasivo, la legitimación consiste en que si el deudor obligado en el titulo de crédito cumple su obligación y por tanto se libera de ella, pagando a quien
aparezca como titular del documento. El deudor no puede saber, si el titulo anda circulando, quien sea su acreedor, hasta el momento en que este se presente a cobrar, legitimándose activamente con la posesión del documento. El deudor se legitima a su vez, en el aspecto pasivo, al pagar a quien aparece activamente legitimado. 13. Explique la Literalidad R= El Art. 5 de la LTOC se refiere a derecho “literal”. Quiere decir que el derecho se medirá por su extensión (por la letra) del documento, por lo que literalmente se encuentra en el consignado. La definición legal dice que el derecho incorporado en el Titulo es “Literal”. Quiere esto decir que tal derecho se medirá en su extensión y demás circunstancias, por la letra del documento, por lo que literalmente se encuentre consignado. 14. Explique la Autonomía R= No es propio decir que el titulo de crédito sea autónomo, ni que sea autónomo el derecho incorporado en el titulo; lo que debe decirse que es autónomo (desde el punto de vista activo) es el derecho que cada titular sucesivo va adquiriendo sobre el titulo y sobre los derecho en el incorporado, y la expresión autonomía indica que el derecho de el titular es un derecho que tenia o podría tener quien le transmitió el titulo. El derecho que cada titular sucesivamente significa que al ser transmitido un titulo de crédito, atribuye a su nuevo tenedor un derecho propio e independiente y en consecuencia el deudor no podrá oponerle las excepciones personales que propia haber utilizado contra el tenedor anterior. 15. Manifiesta las Excepciones que pueden oponerse contra la Acción Derivada de un Título de Crédito. R= Artículo 8° LGTOC.- Contra las acciones derivadas de un título de crédito, sólo pueden oponerse las siguientes excepciones y defensas: I.- Las de incompetencia y de falta de personalidad en el actor; II.- Las que se funden en el hecho de no haber sido el demandado quien firmó el documento; III.- Las de falta de representación, de poder bastante o de facultades legales en quien subscribió el título a nombre del demandado, salvo lo dispuesto en al artículo 11; IV.- La de haber sido incapaz el demandado al suscribir el título; V.- Las fundadas en la omisión de los requisitos y menciones que el título o el acto en él consignado deben llenar o contener y la ley no presuma expresamente, o que no se hayan satisfecho dentro del término que señala el artículo 15; VI.- La de alteración del texto del documento o de los demás actos que en él consten, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 13; VII.- Las que se funden en que el título no es negociable; VIII.- Las que se basen en la quita o pago parcial que consten en el texto mismo del documento, o en el depósito del importe de la letra en el caso del artículo 132; IX.- Las que se funden en la cancelación del título, o en la suspensión de su pago ordenada judicialmente, en el caso de la fracción II del artículo 45; X.- Las de prescripción y caducidad y las que se basen en la falta de las demás condiciones necesarias para el ejercicio de la acción; XI.- Las personales que tenga el demandado contra el actor.
16. Expresa la Clasificación de los Títulos de Crédito. R= 1. Por La Ley Que Los Rige: a) Títulos Nominados O Típicos: Son aquellos que se encuentran reglamentados por la ley en forma expresa (ejemplo; letra de cambio; pagare y cheque). b) Títulos Innominados: Son aquellos que sin tener una reglamentación expresa en la ley, han sido consagrados por los usos y costumbres mercantiles (ejemplo; el contra recibo). 2. Por El Derecho Que Incorporan: (Por El Objeto Del Documento) a) Títulos Personales O Corporativos: Son aquellos cuyo objeto principal no es un derecho de crédito, sino la facultad de atribuir a su tenedor una calidad personal de miembros de una corporación (ejemplo; la acción, es de la sociedad anónima). De tal calidad derivan tres clases de derecho 1.- político, 2.- económicos (derechos a las participaciones o dividendos y la parte proporcional del capital social en la época de liquidación). b) Títulos Obligaciones De Crédito: Son aquellos cuyo objeto principal es un derecho de crédito y en consecuencia, atribuye a su titular acción para exigir el pago de las obligaciones a carga de los suscriptores (ejemplo; letra de cambio). c) Títulos Reales, De Tradición O Representativos: Son aquellos cuyo objeto principal no consiste en un derecho de crédito, si no en un derecho real sobre mercancía amparada por el titulo. Por esto se dice que representa a las mercancías (almacenes generales de depósito). 3. Por Su Forma De Creación: a) Títulos Singulares: Son aquellos que son creados en un solo acto (ejemplos: letra de cambio y cheque). b) Títulos Salariales: Los que se crean en serie (ejemplos; las acciones y las obligaciones de las sociedades anónimas). 4.Por La Substantividad Del Documento: a) Títulos Principales: Por ejemplo: la acción de la sociedad anónima es un titulo principal que lleva anexado un cupón que se usa para el cobro de dividendos y que tiene carácter de títulos accesorios de la acción. b) Accesorios: El cupón que lleva adherido la acción. 5. Por Su Forma De Circulación: a) Títulos Nominativos O Directos: Son aquellos que tienen una circulación restringida por que designa a una persona como titular y que pasa a ser trasmitido, necesitan El endoso del titular y la cooperación del obligado en el titulo, este deberá llevar un registro de títulos emitidos; y el remitente solo reconocerá como titular a quien aparezca a la vez como tal, en el titulo mismo y en el registro que el emisor lleve. b) Títulos A La Orden: Son los títulos que están expedidos a favor de determinada persona, se transmita por medio de endoso de la entrega misma del documento. c) Títulos Al Portador: Son aquellos que se transmiten cambiariamente por la sola tradición y cuya simple tendencia produce el efecto de legitimar al poseedor. La ley define a los títulos al portador como aquellos que no están expedidos a favor
de persona alguna. El titulo al portador es el más apto para la circulación ya que transmite su propiedad por el solo hecho de su entrega. La simple tenencia del documento es suficiente para legitimar a su tenedor como el acreedor, es decir, como titular del derecho incorporado en el mismo. 6.- Por Su Eficiencia Procesal. a) Títulos De Eficacia Procesal Plena: Son aquellos que no necesitan referencia de otro documento o de algún acto externo para que tenga validez, Ejemplo: el cheque, la letra, el pagare, que basta exhibirlos para el ejercicio de la acción que en ellos se consigna. b) Títulos De Eficacia Procesal Limitada: Son aquellos que no funcionan por si mismo, como ejemplo; se cita el cupón adherido a una acción de una sociedad anónima ya que en este caso cuando se trata de ejercitar los derechos de crédito relativos al cobro de dividendos, habrá que exhibir el cupón y el acta de la asamblea que aprobó el pago de los dividendos. 7.- Por Los Efectos De La Causa Sobre La Vida Del Titulo. a) Títulos Abstractos: Son aquellos en que la causa con la que fueron creados se desvinculan de ellos al momento en que la formula. Un titulo es abstracto ya que una vez creado, su causa por razón subyacente se desvincula de el y no tenga ninguna influencia sobre la validez o eficacia del titulo. b) Títulos Causales: Son aquellos en que la causa de su creación se vincula a ellos y pueden producir efectos sobre su vida jurídica es decir que incluye sobre la validez y eficacia del titulo. Ejemplo; las acciones de las sociedades de las sociedades anónimas y las obligaciones de la misma. 8.- Por La Función Económica Del Titulo: a) Títulos De Especulación: Son aquellas donde se exponen su dinero con el objeto de obtener una ganancia, se especula con los títulos de crédito cuyo producto no es seguro, si no fluctuante, como el caso de las acciones de las sociedades anónimas. b) Títulos De Inversión: Son aquellos donde se invierte cuando se trata de tener una renta asegurada y con apropiada garantía, como cuando se compran cedulas hipotecarias. 9.-Los Títulos Creados Por El Estado: a) Públicos: Son aquellos creados por el estado. b) Privados: Son aquellas creadas por el particular. 10.- Clasificación Legal: a) Letra de cambio b) El pagare c) El cheque d) Las obligaciones e) Los certificados de partición f) El certificado de depósito. 17. Diga como se subclasifican los títulos de crédito por la ley que los rige. R= 10.- Clasificación Legal:
a) Letra de cambio b) El pagare c) El cheque d) Las obligaciones e) Los certificados de partición f) El certificado de depósito. 18. Diga cuales son los títulos nominados. R= Títulos Nominativos O Directos: Son aquellos que tienen una circulación restringida por que designa a una persona como titular y que pasa a ser trasmitido, necesitan El endoso del titular y la cooperación del obligado en el titulo, este deberá llevar un registro de títulos emitidos; y el remitente solo reconocerá como titular a quien aparezca a la vez como tal, en el titulo mismo y en el registro que el emisor lleve. 19. Diga cuales son los títulos Innominados. R= 20. Diga cual es la subclasificación de títulos de crédito por el Derecho que lo Incorporan (Por El Objeto Del Documento). R= a) Títulos Personales O Corporativos b) Títulos Obligaciones De Crédito c) Títulos Reales, De Tradición O Representativos: 21. Diga cuales son los Títulos Personales o Corporativos. R= Son aquellos cuyo objeto principal no es un derecho de crédito, sino la facultad de atribuir a su tenedor una calidad personal de miembros de una corporación (ejemplo; la acción, es de la sociedad anónima). De tal calidad derivan tres clases de derecho 1.- político, 2.- económicos (derechos a las participaciones o dividendos y la parte proporcional del capital social en la época de liquidación). 22. Diga cuales son los Títulos Obligacionales de Crédito. R= Son aquellos cuyo objeto principal es un derecho de crédito y en consecuencia, atribuye a su titular acción para exigir el pago de las obligaciones a carga de los suscriptores (ejemplo; letra de cambio). 23. Diga cuales son los Títulos Reales, De Tradición O Representativos. R= Son aquellos cuyo objeto principal no consiste en un derecho de crédito, si no en un derecho real sobre mercancía amparada por el titulo. Por esto se dice que representa a las mercancías (almacenes generales de depósito). 24. Los Títulos de Crédito por la sustantividad del documento se clasifican en: R= a) Títulos Principales b) Accesorios
25. Diga cuales son los Títulos Principales. R= Por ejemplo: la acción de la sociedad anónima es un titulo principal que lleva anexado un cupón que se usa para el cobro de dividendos y que tiene carácter de títulos accesorios de la acción. 26. Diga cuales son los títulos accesorios. R= El cupón que lleva adherido la acción. 27. Por su forma de Circulación Títulos de Crédito se Subclasifican en: R= a) Títulos Nominativos O Directos b) Títulos A La Orden c) Títulos Al Portador 28. Diga cuales son los Títulos de Crédito Nominativos. R= Son aquellos que tienen una circulación restringida por que designa a una persona como titular y que pasa a ser trasmitido, necesitan El endoso del titular y la cooperación del obligado en el titulo, este deberá llevar un registro de títulos emitidos; y el remitente solo reconocerá como titular a quien aparezca a la vez como tal, en el titulo mismo y en el registro que el emisor lleve. 29. Diga cuales son los Títulos de Crédito a la Orden. R= Son los títulos que están expedidos a favor de determinada persona, se transmita por medio de endoso de la entrega misma del documento. 30. Diga cuales son los Títulos de Crédito al Portador. R= Son aquellos que se transmiten cambiariamente por la sola tradición y cuya simple tendencia produce el efecto de legitimar al poseedor. La ley define a los títulos al portador como aquellos que no están expedidos a favor de persona alguna. El titulo al portador es el más apto para la circulación ya que transmite su propiedad por el solo hecho de su entrega. La simple tenencia del documento es suficiente para legitimar a su tenedor como el acreedor, es decir, como titular del derecho incorporado en el mismo. 31. Por su eficacia Procesal los títulos de crédito se subclasifican en: R= a) Títulos De Eficacia Procesal Plena b) Títulos De Eficacia Procesal Limitada 32. Por los Efectos de la Causa Sobre la Vida del Titulo, se subclasifican en: R= a) Títulos Abstractos b) Títulos Causales 33. Los Títulos de Crédito por su Función Económica se subclasifican en: R= a) Títulos De Especulación b) Títulos De Inversión
34. Los Títulos Creados por el Estado se subclasifican en: R= a) Públicos b) Privados 35. Defina al Endoso R= Es una cláusula accesoria e inseparable del titulo en virtud de la cual el acreedor cambiario pone a otra persona en su lugar transfiriéndole el titulo con efectos ilimitados y limitados. 36. Manifiesta la principal función del endoso R= Que sea una cláusula inseparable quiere decir que va inserta en el documento mismo o en nota adherida porque una transmisión en el papel separado fuera del titulo no surte efecto cambiario. 37. Exprese los Elementos Personales del Endoso. R= 1. Endosante: Es el que transfiere a otra persona el titulo 2. Endosatario: Es el que recibe 38. Diga 5 diferencias que existen entre endoso y cesión. R=
39. Manifieste los Requisitos del Endoso. R= Artículo 29 de LGTOC: El endoso debe constar en el título relativo o en hoja adherida al mismo, y llenar los siguientes requisitos: I.- El nombre del endosatario; II.- La firma del endosante o de la persona que suscriba el endoso a su ruego o en su nombre; III.- La clase de endoso; IV.- El lugar y la fecha. 40. Expresa las Clases de Endoso. R= 1. Endoso en Blanco 2. Endoso al Portador 3. Endoso Pleno o Limitado a. En propiedad b. En procuración c. En garantía 4. Endoso En Retorno 41. Explique el Endoso en Blanco o Incompleto. R= Por su contenido literal, el endoso en blanco, con la sola firma del endosante. En este caso cualquier tenedor puede llenar su nombre, o el de un tercero, el endoso en blanco o transmitir el titulo sin llenar el endoso. 42. Explique el Endoso al Portador.
R= Si el endoso se hace al portador surtirán los mismos efectos que el endoso en blanco. 43. Diga cuales son los Endosos Plenos y Limitados. R= Por sus efectos el endoso puede ser pleno o limitado. El pleno es el endoso en propiedad y el limitado son los endosos en procuración o en garantía. 44. Explique el Endoso en Propiedad. R= Esta complementado por la transmisión (entrega material del documento), transmite el titulo en forma absoluta el tenedor endosatario adquiere la propiedad del documento y al adquirir la propiedad adquiere también al titularidad de los derechos inherentes al mismo. 45. Explique el Endoso en Procuración. R= El endoso que contenga las cláusulas en procuración al cobro o al cobro no transmite ni transfiere la propiedad del documento pero faculta al endosatario para presentar el documento a su aceptación para cobrarlo judicial o extrajudicialmente en procuración tendrá todas las facultades, derechos y obligaciones de un mandatario. 46. Explique el Endoso en Garantía. R= El endoso con las cláusulas en garantía, en prenda u otra equivalente, atribuye al endosatario todos los derechos y obligaciones de un acreedor prendario respecto del titulo endosado y los derechos a él inherentes, comprendido las facultades que confiere el endoso en procuración. 47. Explique el Endoso en Retorno. R= Más que una categoría de endoso en retorno esa situación misma que la doctrina llama endoso en retorno. La ley contempla la posibilidad de que el titulo venga a parar por endoso a un obligado en el mismo título. 48. Exprese que títulos reglamenta Operaciones de Crédito. R= 1. Pagare 2. Letra de cambio 3. Cheque 4. Obligaciones 5. Certificados de partición 6. Certificado de depósito 7. Bono en prenda
la
Ley
General
de
Títulos
y
49. Exprese que títulos reglamenta la Ley de Navegación y Comercio Marítimo R=
50. Exprese que títulos reglamenta la Ley General de Sociedades Mercantiles. R= Reglamenta las acciones de las sociedades anónimas y el de las sociedades en comandita por acciones. 51. Exprese que títulos reglamenta la Ley de Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares. R=
52. Manifieste los requisitos de la Letra de Cambio. R= Artículo 76 de LGTOC.- La letra de cambio debe contener: I.- La mención de ser letra de cambio, inserta en el texto del documento; II.- La expresión del lugar y del día, mes y año en que se suscribe; III.- La orden incondicional al girado de pagar una suma determinada de dinero; IV.- El nombre del girado; V.- El lugar y la época del pago; VI.- El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago; y VII.- La firma del girador o de la persona que suscriba a su ruego o en su nombre. 53. Explique brevemente el requisito de Mención de ser letra de cambio. R= La fracción I del Art. 76 de la LGTOC establece que la letra de contener la mención de ser la letra de cambio inserta en el documento. 54. Explique brevemente el requisito de la expresión del lugar, día, mes y año en que suscribe. R= La expresión de lugar no es un requisito de primera categoría por que la letra de cambio puede girarse sobre la misma plaza de su expedición excepto que el girador gire a si mismo. En cambio la fecha tiene gran importancia por que sirve para determinar si el girado tenía capacidad jurídica. 55. Explique brevemente el requisito de la orden incondicional al girado de pagar una suma determinada de dinero. R= La orden incondicional al girado de pagar una suma de dinero, este requisito es la parte medular de las letras de cambio, la que distingue a este titulo de cualquier otro, el contenido de la orden de pago debe ser una suma determinada de dinero. Se puede dar el caso que habiéndose escrito la cantidad del documento en letra y numero no coincidan Art. 16 LOTOC se debe pagar con la cantidad deudor. Cuando sea en números y no coincida se deben de pagar con la cantidad menor. 56. Explique brevemente el requisito de nombre del girado R= Tiene la obligación de liquidar el documento. El girado es la persona a quien se dirige la orden del pago, es aquel a quien se le ordena pagar.
Es el asignatario no es ningún obligado a la letra de cambio si esta orden esta a la vista, ninguna obligación tiene de pagarla a su presentación puede pagarla o no y en caso de negarse el tenedor de la letra no le puede exigir. Si la letra no es a la vista y debe ser presentada para su aceptación que el girado no tiene ninguna obligación mientras no haya firmado la letra. En el documento debe de indicarse el lugar donde la letra debe de ser pagada y que ordinariamente es el domicilio girado. 57. Explique brevemente el requisito de el lugar y época de pago y sus formas de vencimiento: A la vista, A cierto Tiempo de Vista, A cierto tiempo de fecha y a Día Fijo R= 1. A la vista: La letra puede pagarse a la vista lo que quiere decir que le girado debe pagarla a su presentación, como lo manifiesta anteriormente el girado no tiene obligación de pagar la letra si no la firma y si paga es porque existen relaciones extracambiarias con el girador y en caso que el girado se niegue apagar la letra el tenedor de la letra (beneficiario) no tiene ninguna acción en contra de el girado. 2. A cierto tiempo vista: Que la letra de cambio venza a cierto tiempo vista, esta situación se produce que le beneficiario deberá de presentar la letra al girado para que la acepte (firmar la letra de cambio) comenzara a correr el plazo para el pago de la letra. 3. A cierto tiempo fecha: Indica el plazo para el pago de la letra el cual comienza acontar desde la fecha de su suscripción (desde le momento en que la firma e girado). 4. A día fijo: Es cuando se determina la fecha de pago desde el momento que se firma la letra. 58. Explique brevemente el requisito del nombre de la persona a quien debe de hacerse el pago. R= Beneficiario o Tenedor: Esla persona a la cual debe realizarse el pago y a cuyo nombre se expide la letra. 59. Explique brevemente el requisito de la firma del girador o de la persona que suscriba a su ruego o en su nombre. R= a) La firma del girador o persona que suscriba a su ruego o nombre. b) No se admiten el uso de marcas o huellas digitales. 60. Exprese los elementos personales de la Letra de cambio. R= Girador, Girado y Beneficiario 61. Que entiendes por Valuta. R= En los machotes, formatos o esqueletos impresos que se usan ordinariamente en los títulos de crédito suele encontrarse después de la orden de pago la siguiente mención (leyenda) valor recibido que asentara (escribirá) en cuenta según aviso de SSS. La valuta es SSS es algo que se suprime en la letra de cambio. La valuta es una cláusula innecesaria que se conserva por tradición pero que hoy resulta un apéndice estorboso sin trascendencia para la letra.
62. Explique a la Letra Domiciliada. R= Artículo 83 de la LGTOC.- El girador puede señalar para el pago el domicilio o la residencia de un tercero, en el mismo lugar del domicilio del girado, o en otro lugar. Si la letra no contiene la indicación de que el pago será hecho por el girado mismo en el domicilio o en la residencia del tercero designado en ella, se entenderá que el pago será hecho por este último, quien en ese caso tendrá el carácter de simple domiciliatario. También puede el girador señalar su domicilio o residencia para que la letra sea pagada, aun cuando los mismos se encuentren en lugar diverso de aquél en que tiene los suyos el girado. 63. Explique a la Letra Recomendada. R= Artículo 84 de la LGTOC.- El girador y cualquier otro obligado, pueden indicar en la letra el nombre de una o varias personas a quienes deberá exigirse la aceptación y pago de la misma, o solamente el pago, en defecto del girado, siempre que tengan su domicilio o su residencia en el lugar señalado en la letra para el pago, o a falta de designación del lugar, en la misma plaza del domicilio del girado. 64. Explique a la Letra Documentada. R= Artículo 89 de la LGTOC.- La inserción de las cláusulas documentos contra aceptación o documentos contra pago, o de las mencionadas D/a o D/p, en el texto de una letra de cambio con la que se acompañen documentos representativos de mercancías, obliga al tenedor de la letra a no entregar los documentos sino mediante la aceptación o el pago de la letra. 65. Explique la aceptación de la Letra. R= La aceptación de la letra es el acto por medio de cual el girado estampa su firma en el documento manifestando así su voluntad de obligarse cambiariamente a realizar el pago de la letra. La aceptación contendrá normalmente la palabra acepto u otra equivalente y la firma del girado pero el requisito esencial es la firma y por el hecho del que el girado estampe su firma se tendrá como aceptado el documento. Hasta antes de la aceptación el girado no es mas que una indicación contenida en la letra, es una figura secundaria en cuanto a nada esta obligado, puede el girado negar la aceptación (no firmar el documento) y en caso que no firme no es nadie respecto a la letra de cambio pero una vez firmado el girado se convierte aceptante el primer obligado y deudor de todos los signatarios. Una vez aceptada la letra el aceptante se convierte en el principal obligado y se constituye en el deudor cambiario de cualquier tenedor de la letra. 66. Explique la aceptación por intervención. R= Cuando el girado se niega a aceptar la letra y un tercero podría presentarse y aceptarla con la finalidad de salvar la responsabilidad y el buen crédito de alguno o algunos de los obligados en la letra. El interventor: Es decir el que acepta se coloca en la situación de girado a aceptante. 67. Explique la Obligación Cambiaria. R= Todo signatario se obliga cambiariamente a estampar su firma sobre el titulo de crédito. La obligación cambiaria es autónoma en el sentido de que es independiente
la obligación de cada signatario. Toda obligación que conste en el titulo desde el punto activo la obligación cambiaria corresponde al derecho que compete al tenedor del titulo de crédito para cobrara a cada uno de los signatarios independientemente de la prestación consignada en el titulo (cantidad). Volviendo a la letra se debe notar que no todos los obligados se obligan en la misma forma una es la obligación del girador y de los más subscriptores y otra del girado aceptante y sus avales. 68. Explique la Obligación Cambiaria Directa. R= El aceptante es el obligado directo del pago, cuando el girado no había aceptado era una simple indicación pero al aceptar se convierte en el principal indicado a la letra situación del girador y demás signatarios no están obligados al pago de la letra pero responden que la letra será pagada. 69. Explique la Obligación Cambiaria de Regreso. R= Su obligación es de regreso y surte sus efectos cuando el aceptante (el librador que firma el que se obliga a pagar) deje de pagar pero pagando este no hay motivos para la existencia e la obligación de regreso. 70. Defina el Aval R= Artículo 109 de la LGTOC.- Mediante el aval se garantiza en todo o en parte el pago de la letra de cambio. El aval es en consecuencia una institución accesoria. El aval tiene dos elementos personales: a) El avalista: Quien es le que presta la garantía b) El avalado: Es aquella persona a la que le prestan la garantía. El aval se expresa con los siguientes términos: 1. “Por aval” 2. “En garantía” u otras equivalentes, pero la sola firma de una persona puesta al reverso del documento se le tendrá por aval cuando no se le pueda atribuir otra calidad. 71. Explique el Pago de la Letra (en dond e debe hacerse y contra que). R= El pago debe de hacerse en el domicilio señalado en la letra y sino se señalo domicilio en el domicilio del girado o del girado aceptante. El pago de la letra de cambio debe de hacerse contra la entrega del titulo de crédito que subscribió esto es una consecuencia de la incorporación pero no quiere decir que el pago hecho sin recoger la letra no sea valido ya que en caso de que así se hiciera puede oponerse la excepción del pago. Artículo 129 de la LGTOC. 72. El pago por intervención. Explíquelo. R= Artículo 133 de LGTOC.- Si la letra no es pagada por el girado, pueden pagarla por intervención, en el orden siguiente: I.- El aceptante por intervención; II.- El recomendatorio; III.- Un tercero. El girado que no aceptó como girado, puede intervenir como tercero, con preferencia a cualquier otro que intervenga como tercero, salvo lo dispuesto en el artículo 137.
73. Defina a la Acción Cambiaria. R= Es la acción ejecutiva derivada de una letra de cambio en virtud del rigor cambiario no es necesario reconocer la firma de la letra de cambio para que se despache ejecución porque la ejecución va emparejada al documento mismo sin necesidad de reconocimiento como lo establece le Art. 167 LGTOC. 74. Explique la acción cambiaria Directa R= La acción cambiaria es directa y se da directa cuando su fundamento sea una obligación cambiaria directa 75. Explique la acción cambiaria de Regreso. R= La acción cambiaria de regreso será acción cambiaria de regreso cuando exista una acción cambiaria de regreso. 76. Exprese cuando se presenta la prescripción y cuando la caducidad. R= Artículo 164 de LGTOC.- Los términos de que depende la caducidad de la acción cambiaria, no se suspenden sino en caso de fuerza mayor, y nunca se interrumpen. Artículo 165 de LGTOC.- La acción cambiaria prescribe en tres años contados: I.- A partir del día del vencimiento de la letra, o en su defecto; II.- Desde que concluyan los plazos a que se refieren los artículos 93 y 128. Artículo 160 de LGTOC.- La acción cambiaria del último tenedor de la letra contra los obligados en vía de regreso, caduca: I.- Por no haber sido presentada la letra para su aceptación o para su pago, en los términos de los artículos 91 al 96 y 126 al 128; II.- Por no haberse levantado el protesto en los términos de los artículos 139 al 149; III.- Por no haberse admitido la aceptación por intervención de las personas a que se refiere el artículo 92; IV.- Por no haberse admitido el pago por intervención, en los términos de los artículos 133 al 138; V.- Por no haber ejercitado la acción dentro de los tres meses que sigan a la fecha del protesto o, en el caso previsto por el artículo 141, al día de la presentación de la letra para su aceptación o para su pago; y VI.- Por haber prescrito la acción cambiaria contra el aceptante, o porque haya de prescribir esa acción dentro de los tres meses siguientes a la notificación de la demanda. 77. Explique la letra de Resaca. R= 78. Explique la acción causal. R= 79. Manifieste los requisitos del Pagaré. R=
Artículo 170 de la LGTOC.- El pagaré debe contener: I.- La mención de ser pagaré, inserta en el texto del documento; II.- La promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero; III.- El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago; IV.- La época y el lugar del pago; V.- La fecha y el lugar en que se subscriba el documento; y VI.- La firma del suscriptor o de la persona que firme a su ruego o en su nombre. 80. Exprese los elementos personales del Pagaré. R= Beneficiario y Suscriptor 81. Mencione las diferencias entre la Letra de cambio y el Pagaré. R= 1. Son los elementos personales que lo integran por que en la letra de cambio esta: girador, girado y beneficiario y en cambio en el pagare existen 2: beneficiario y suscriptor. 2. Es el convenio básico de los títulos, en la letra de cambio es una orden de pago que implica una acción de regreso para el girador, el beneficiario y de todos los endosantes. En cambio en el pagare es una promesa de pago, implica una obligación directa para el suscriptor del titulo. 3. El interés en la letra de cambio es del 6% anual (Art. 362 de Código de Comercio), en cambio en el pagare el interés se pacta entre las partes (Art. 174 de la LGTOC) 82. Explique le presupuesto del Cheque. R= 83. Explique el contrato del cheque. R= La existencia de un contrato de cheques: Los bancos reciben de sus clientes dinero que se obligan a devolver a la vista, cuando el cliente lo requiera, por el contrato del cheque el banco se obliga a recibir dinero de su cuenta-habiente a mantener el saldo de la cuenta a disposición del cliente y apagar los cheques que el cliente libre con cargo de su cuenta, a la cuenta de cheques se le denomina cuenta corriente de cheques, por lo que el cuenta-habiente deposita cantidades para que se le abone a su cuenta, y libre cheques que son pagados por el banco con cargo a su cuenta. El banco cada mes envía al cuenta-habiente su estado de cuenta en donde se anotan los cargos, los abonos y su saldo. 84. Explique los fondos suficientes. R= La existencia de fondos disponibles: la existencia de fondos disponibles es también un presupuesto de la regularidad de cheque, presupuesto cuya ausencia es sancionada penalmente. (Art. 193 de la LGTOC) 85. Expresa lo requisitos del cheque. R= 86. Cita las diferencias entre la letra de cambio y el cheque. R=
87. Indica las teorías explicativas del cheque. R= 88. La teoría del Mandato. R= 89. La teoría de la Cesión. R= 90. La teoría de la Delegación R= 91. La teoría de la Estipulación R= 92. La teoría de la estipulación a cargo de tercero. R= 93. La teoría de la Autorización. R= 94. Situación de los elementos personales del cheque. R= 95. Expresa las formas especiales del cheque. R= 96. Explique el cheque Cruzado. R= 97. Explique el cheque para Abono en Cuenta. R= 98. Explique el cheque Certificado. R= 99. Explique el cheque No Negociable. R= 100. Explique el cheque de Viajero. R= 101. Explique le cheque de Caja. R= 102. Explique el cheque Vademecum o con Provisión Garantizada. R= 103. Exprese las acepciones del termino Acción. R=
104. Manifiesta la clasificación de la Acción. R= 105. Cita el contenido de las Acciones (Art. 125 LGSM) R= 106. Mencione las diversas clases de acciones. R= 107. Explique a las acciones Pagaderas y Liberadas. R= 108. Explique a las acciones de Goce. R= 109. Explique a las acciones de Voto Limitada. R= 110. Explique a las acciones de Trabajo. R= 111. Defina a los cupones (Art. 127 LGSM) R= 112. Defina al Bono del Fundador. R=