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IEP. “SAN PATRICIO” Av. Huarochirí N° 968 - Santa Anita

CONTENIDO DEL REGLAMENTO INTERNO  RESOLUCIÓN DIRECTORAL  PRESENTACIÓN

CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES 1.1 Concepto. 1.2 Línea axiológica. 1.3 Alcance. 1.4 Bases Legales. CAPITULO II: DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA 2.1 Del Funcionamiento. 2.2 Ubicación. 2.3 Ámbito Geográfico. 2.4 Objetivos: a) Generales. b) Específicos. CAPITULOIII: ESTRUCTURA ORGÁNICA 3.1 Diseño Organizacional. 3.2 Funciones Generales. 3.3 Funciones Específicas. CAPITULO VI: DE LA ORGANIZACIÓN 4.1 Académica: a) Planificación. b) Programación. c) Calendarización. d) Periodos vacacionales. e) Supervisión Educativa. 4.2 Administrativa a) Régimen Interno. b) Régimen Económico. CAPITULO V:

DEL PROCESO DE MATRICULA, EVALUACIÓN, PROMOCIÓN, REPITENCIA Y CERTIFICACIÓN. 5.1 Matricula 5.2. Evaluación 5.3 Promoción, repitencia. 5.4 Certificación 2

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CAPITULO VI:

DERECHOS, DEBERES, FALTAS, ESTIMULOS Y SANCIONES DEL PERSONAL. 6.1 Derechos. 6.2 Deberes. 6.3 Faltas. 6.4 Estímulos. 6.5 Sanciones.

CAPITULO VII:

DERECHOS, DEBERES, FALTAS, ESTIMULOS Y PROHIBICIONES DE LOS EDUCANDOS, NORMAS DE CONVIVENCIA. 7.1 Derechos. 7.2 Deberes. 7.3 Faltas. 7.4 Estímulos. 7.4 Prohibiciones. 7.5 Normas de Convivencia. 7.6 Medidas Correctivas.

CAPITULO VIII:

RELACIONES Y COORDINACIONES.

CAPITULO XI:

DISPOSICIONES FINALES.

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RESOLUCIÓN DIRECTORIAL N°…………………………………. Santa Anita 01 de marzo Vistos los informes de los diferentes equipos de trabajo integrados por el personal directivo y profesores de la I.E.P. “San Patricio”, que cuenta con los niveles inicial, primaria y secundaria, para elaborar y/o reestructurar el Reglamento Interno. CONSIDERANDO: Que, el artículo 68° de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, señala que es función de la Institución Educativa elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Institucional, El Plan Anual de Trabajo y el Reglamento Interno, entre otros. Que, el artículo 137° Instrumento de Gestión Educativa del D.S. N° 011-2012-ED, Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo, que establece el Reglamento Interno, regula la organización y funcionamiento integral. Establece funciones específicas, pautas, criterios y procedimientos de desempeño y de comunicación entre los diferentes miembros de la comunidad educativa. En este contexto, es necesario que la Institución Educativa cuente con un instrumento de gestión que oriente su gestión pedagógica, administrativa e institucional a corto, mediano y largo plazo; constituyéndose en un documento de planeamiento estratégico que permita integrar orgánicamente las acciones a fin de lograr una visión coherente con la realidad de la Institución Educativa en función a las aspiraciones de sus integrantes. Informado favorablemente a la comunidad educativa de la Institución Educativa Privada “San Patricio” y De conformidad con la Ley N° 28044, Ley General de Educación y sus modificatorias Leyes N° 28123, N° 28302 y N° 28329; D.S. N° 011-2012-ED “Reglamento de la Ley N° 28044” Ley General de Educación. Reglamento de las Instituciones Privadas de Educación Básica Regular y Técnico productiva.

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SE RESUELVE: Artículo 1° APROBAR el Reglamento Interno de la Institución Educativa Privada “SAN PATRICIO”, el mismo que tendrá vigencia a partir marzo a diciembre del 2018. Artículo 2° ENCARGAR al o los Responsables: coordinadores y Docentes para el cumplimiento e implementación del presente Reglamento Interno. Artículo



COMUNICAR

al

personal

directivo,

jerárquico,

docente,

administrativo, estudiantes y padres de Familia la aplicación de este documento de gestión.

Regístrese, Comuníquese y Archívese

Lic. MIRIAM ALFARO HUATUCO DIRECTORA IEP “San Patricio”

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PRESENTACION El reglamento Interno de la Institución Educativa Privada “San Patricio” tiene como finalidad regular, supervisar y controlar la parte organizativa y de funcionamiento interno de esta institución siendo ésta, la única forma de asegurar el logro de metas y objetivos programados. En este documento se establecen las pautas para el mejor funcionamiento de la Institución Educativa Privada “San Patricio”, regulando la actuación directiva y docente, así como los servicios educativos que en ella se ofertarán, tales como los niveles de educación inicial, educación primaria y educación secundaria de menores. Entendemos que, de esta manera, se está asegurando la calidad en la marcha Institucional, tanto en el aspecto técnico pedagógico y administrativo. También se mencionan con toda claridad las funciones de cada uno de los agentes educativos de la Institución, señalando los derechos, deberes, faltas, estímulos y medidas correctivas en cada caso. Este instrumento debe ser asumido por todos los integrantes de la comunidad educativa, incluyendo a los padres de familia, y aceptadas al ingresar a la Institución Educativa.

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CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES: Concepto, Línea Axiológica, Misión, Visión, Alcances y Bases Legales 1.1. Concepto Artículo 1°

El Reglamento Interno es un documento legal de gestión y

control, que establece y norma la organización así como el funcionamiento de la Institución Educativa Privada “San Patricio”, para facilitar y asegurar el logro de los fines y objetivos educativos propuestos.

Artículo2°

El presente Reglamento Interno tiene como objetivo el

ordenamiento interno del Institución Educativa Privada "SAN PATRICIO", regula los deberes y obligaciones del Personal Directivo, Docente, Auxiliar, Administrativo, Servicio y de Apoyo eventual. Asimismo, los deberes y obligaciones de los padres de familia, tutores y apoderados, además de los estudiantes en general. Estamentos que deberán comprometerse a trabajar acorde a la axiología y principios que esta institución posee en los aspectos de carácter educativo - formativo, técnico pedagógico, administrativo y disciplinario.

1.2.

Línea Axiológica Artículo 3°

La axiología de la IEP “San Patricio” tiene su base en los

Valores Éticos Universales, en la fe cristiana que gobierna la existencia del ser humano y en los enfoques transversales que aportan concepciones y se traducen en formas específicas de actuar . También se enmarca dentro de nuestra realidad histórica, respetando los principios constitucionales, cultivando la identidad nacional y cultural, a través de acciones concretas que permitan a los miembros de la comunidad educativa, formarse una 7

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conciencia justa y crítica, que les haga capaces primero de permanecer con ellas a lo largo del tiempo y segundo transformar las estructuras de nuestra sociedad, hacia la construcción de un Perú respetuoso, justo, solidario,

fraterno

y

pacífico,

con

oportunidades

para

todos,

en

consecuencia: 1. Promueve la educación de los siguientes valores: RESPETO, RESPONSABILIDAD,

PERSEVERANCIA,

SOLIDADRIDAD,

VERDAD, JUSTICIA Y TOLERANCIA 2. Entiende a la educación como un servicio fundamental que debe concretarse en vivencias cristianas y en el compromiso de mejorar la sociedad. 3. Considera al estudiante, como centro de la acción educativa, es un ser único, máxima creación de Dios que busca de su desarrollo integral. 4. Se proyecta en una educación humanista y que promueva el desarrollo de las competencias a través de las capacidades fundamentales del pensamiento humano (Pensamiento Crítico, Pensamiento

Creativo,

Solución

de

problemas,

Toma

de

Decisiones). 5. La familia es el núcleo básico de la sociedad, donde la persona se humaniza y aprende a vivir en comunidad abierta, organizada y democrática. 6. El docente se identifica con la axiología del colegio, por ende su labor es indesmayable, en continua actualización y capacitación, acorde con el avance tecnológico, que lo convierte en gestor de una sociedad con futuro.

Artículo 4°

Misión

Brindar un servicio educativo de calidad, comprometidos en lograr en nuestros estudiantes aprendizajes significativos, basados en valores y virtudes, propiciando un clima de armonía, empatía y democracia, con el objetivo de formar personas reflexivas, creativas y competentes con la sociedad actual. 8

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Visión

Artículo 5°

La Institución Educativa “San Patricio” al 2021 será líder en el distrito, por brindar una educación integral y de calidad, a través de una propuesta curricular

humanista, cognitiva y valorativa, que considere

los principios

democráticos, inclusivos y de respeto a la diversidad, basados en valores cristianos, orientada a promover el desarrollo de actitudes para lograr una identidad personal, comunal, institucional y nacional, que nos permita forjar estudiantes con capacidad creativa, crítica, emprendedora, innovadora y con equilibrio de inteligencia emocional; comprometidos con el cambio social de su comunidad y la defensa de la ecología, con perspectiva de alcanzar la excelencia.

1.3. Alcances Artículo 6°

Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento son

de estricto cumplimiento

por el Personal Directivo, Jerárquico, Auxiliar,

Docente, Administrativo, de Servicio, de Apoyo Eventual, Padres de Familia y estudiantes de la IEP “SAN PATRICIO”.

1.4. Bases Legales Artículo 7° El presente Reglamento sustenta sus bases legales en: a)

Constitución Política del Perú.

b)

Ley 28044, Ley General de Educación.

c)

Ley 26549, Ley de Centros Educativos Privados.

d)

Ley 27665, Ley de Protección de la Economía Familiar respecto al pago de Pensiones en Centros y Programas Educativos Privados.

e)

Ley 27671, Ley que modifica la Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en sobre tiempo.

f)

Ley 29719 Ley que Promueve la Convivencia sin Violencia en las Instituciones Educativas y su Reglamento aprobado por DS No. 0092016 ED.

g)

D..Leg. 728, Régimen Laboral de la Actividad Privada. 9

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h)

D. Leg. 882, Ley de Promoción de Inversión Privada en la Educación.

i)

D.S.047-97-EF, Reglamento de la Ley de Promoción de Inversión Privada en la Educación.

j)

D.S.01-83-ED, Reglamento de Educación Inicial.

k)

D.S.03-83-ED, Reglamento de Educación Primaria.

l)

D.S.012-02-ED,Texto Único de Procedimientos Educativos

m)

D.S.01-96-ED, Reglamento de Centros Educativos Privados.

n)

D.S.004-96-ED, Reglamento de Infracciones y Sanciones para Instituciones Educativas Privadas.

o)

D.S.011-98-ED, Modificatoria del Reglamento de Infracciones y Sanciones para instituciones Educativas

p)

D.S.002-01-ED, Modifica artículo del Reglamento de infracciones y sanciones para Instituciones Educativas Privadas.

q)

D.S. 075-01-ED, Modifica Normas para la aplicación del Reglamento de Infracciones y sanciones para Instituciones Educativas Privadas.

r)

R.M. 136-2001-TR, Síntesis de la Legislación Laboral

s) R.M. No. 657-2017- MINEDU Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2018” t)

Marco de buen desempeño docente y directivo.

u)

Código del niño y del adolescente Ley 27337

v)

RD 343 -2010-ED Normas para las acciones de tutoría y orientación educativa.

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CAPITULO II DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA: 2.1

Del Funcionamiento Creación La Institución Educativa Privada “San Patricio”, fue creada

Artículo 8°

mediante, la Resolución Directoral

Nro. 02621 – 2005, ampliando sus

servicios con la R.D Nro. 03774 – 2007 y DRELM RD Nro. 00005115 -2013, R.D.R.

Nro.

001935-2015-

DRELM

que

permiten

la

apertura

y

funcionamiento de la institución. Funcionamiento De La Institución Artículo 9° Los órganos de Dirección son los encargados de garantizar la planificación del año académico, esto se realiza durante el mes de diciembre del año anterior, la Dirección de la IEP hará o encargará lo siguiente: a) Elaboración de los documentos de Gestión (PEI, PAT, PCI,RI). b) Elaboración del cuadro de horas, calendarización

del año

escolar. c) Los programas de recuperación académica, nivelación y adelanto se llevarán a cabo durante los meses de enero y febrero. Artículo 10°

En los meses de enero y febrero, el personal docente

específico y administrativo, bajo la supervisión de la Dirección, realizará: a) Matrícula, ratificación de matrícula y traslados. La matrícula para el Nivel Inicial, Primaria y Secundaria se realizara conforme a lo establecido en la R.M. No. 657-2017- MINEDU Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2018 y a la Carta Circular N°. 11-DIEP”SP”-2017 del 29 de Noviembre del 2017. b) Acondicionamiento,

mantenimiento

y

reparación

de

la

infraestructura. . Artículo 11° En los meses de verano, el personal Directivo y Docente de la IEP, llevará a cabo: 11

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a)

Formulación de Actividades del Plan Anual de la IEP.

b)

Programación Curricular Anual.

c)

Actualización Docente.

HORARIOS

Artículo 12º

La Jornada de Trabajo Administrativo es de 8 horas

cronológicas diarias, para el personal a tiempo completo.

Artículo 13º

La jornada de Trabajo del personal docente es de 7:30 am a

3:00pm, con excepción de aquellos docentes contratados por horas.

Artículo 14°

El ingreso común de los estudiantes de Educación Inicial

será de 8.00 a 8.30 a.m. El ingreso común de los estudiantes de Educación Primaria y Secundaria será de 7.30 a 7.45. a.m., teniendo una tolerancia de hasta 5 minutos, pero considerándose como tardanza.

Artículo 15° El horario de clases para la IEP será el siguiente: a) Educación Inicial

: 3 Años es de 8.30 a.m. a 1.00 p.m. 4 y 5 Años es de 8:30 a 1:30 p.m.

b) Educación Primaria

: 7.:45 a.m. a 2:.10 p.m.

c) Educación secundaria

: 7.45 a.m. a 3.00 p.m.

Todos los estudiantes, al final de su horario de clases correspondiente, tienen 10 minutos de “Actividades de Salida” y el Recreo tendrá una duración de 25 minutos entre el final de la cuarta hora y el inicio de la quinta hora. Control de Asistencia

Artículo 16°

El control de asistencia y permanencia del Personal Docente

y de servicio de la IEP, será a través de reloj marcador digital, es obligación registrar su huella digital al ingresar y al salir del colegio. 12

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Artículo 17°

Las tardanzas del Personal que trabaja en el Plantel, podrán

ser justificadas mediante la presentación de una solicitud, exponiendo los motivos de los mismos y los documentos justificatorios que acrediten dicha solicitud.

Artículo 18°

El personal Directivo, docente y administrativo de la IEP

podrá justificar inasistencias (de carácter personal) hasta por 3 días durante el año, previa presentación de los respectivos documentos justificatorios con el visto bueno. Las inasistencias por salud solo se justificaran con el CITT (Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo) emitidas por ESSALUD o establecimiento de salud.

Artículo 19°

El personal podrá solicitar Licencia, mediante la

presentación de una solicitud dirigida a la Dirección y demás documentos justificatorios los cuales serán tramitados por conducto regular. La Dirección podrá aprobar o denegar lo solicitado de acuerdo a las necesidades prioritarias del Colegio.

Artículo 20°

El Personal Directivo, Docente, administrativo y de servicios

gozará de su periodo vacacional durante los meses de Enero / febrero o en el momento en que las actividades del colegio lo permitan (por razones operativas) siempre y cuando cumplan con el ciclo laboral anual.

Artículo 21°

Las inasistencias y tardanzas de los estudiantes deberán ser

justificados ante el Jefe de Normas por sus padres o apoderados y mediante la esquela justificadora, la cual se encuentra en la parte posterior de la Agenda. Considerar que estas justificaciones serán por motivos de “salud” u otro que se considere absolutamente necesario. Los permisos – de los estudiantes – únicamente son concedidos por la Dirección académica y previa petición por escrito por parte del Padre de Familia o apoderado.

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2.2

De La Ubicación Artículo 22°

El Colegio " San Patricio " tiene su sede en el Av. Huarochirí

968 - Urb. Asesor I, del distrito de Santa Anita Jurisdicción de la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 06 Ate-Vitarte.

2.3

Ámbito Geográfico: Artículo23°

La

Institución

Educativa

Privada

“San

Patricio”,

geográficamente se Ubica.

2.4



País: Perú



Región: Lima



Provincia: Lima Metropolitana.



Distrito: Santa Anita.



Urbanización: El Asesor I

Objetivos Artículo 24° Objetivos Generales La Institución Educativa Privada “San Patricio” brinda una educación integral basada en valores humanos – cristianos para que los estudiantes desarrollen habilidades y competencias, que le permitan asumir los retos científico – tecnológicos, comprometiéndose en la construcción de una cultura de paz dirigida a una población con equidad de valores.

Artículo 25° Objetivos Específicos a) Integrar a la familia, considerada la primera educadora de los hijos, promoviendo la formación permanente y su adhesión al proyecto educativo de la Institución Educativa Privada “SAN PATRICIO”. b) Desarrollar un estilo pedagógico que promueva valores humanos, justicia, respeto, verdad, libertad con responsabilidad y solidaridad. c) Lograr un clima de trabajo dinámico y abierto, basado en la convivencia de valores que nos prepare para una autentica vida democrática y pacífica.

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d) Fomentar la apertura a la comunidad circundante: empresas, iglesias, parques, etc., comprometidas con el bien común y la sensibilidad por los más necesitados. e) Promover un conocimiento cabal y profundo de la historia de nuestra cultura y folklore, mediante distintos tipos de actividades culturales, fomentando así la identidad nacional. f) Capacitar a los docentes en formas de evaluación a través de competencias, capacidades y desempeños en su respectiva área. g) Concretar convenios con entidades de postgrado públicas/privadas, para que los docentes tengan un mejor acceso a sus beneficios. h) Evaluar constantemente a la comunidad educativa en el cumplimiento de sus funciones definidas en el PEI.

CAPITULO III

DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

3.1 Diseño Organizacional: Artículo 26°Estructura Orgánica A. Órgano de Dirección: a) Promotora. b) Director Administrativo. c) Director Académico. d) Sub Director. e) Secretaria. f) Tutoría y Orientación Educativa. B. Órgano Administrativo a) Área de contabilidad. b) Área Legal. c) Área de secretaria. d) Área de seguridad y vigilancia. e) Área de imagen Institucional. f) Tópico de enfermería. g) Área de mantenimiento. 15

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C. Dirección Académica a) Coordinación de Matemática. b) Coordinación de Comunicación. c) Coordinación de Inicial – Primaria. d) Docentes – Tutores. e) Auxiliares de Educación. f) Laboratorio de Ciencias. g) Laboratorio de Computación e Informática.

D. Órgano de Asesoramiento Interno y Externo a) Departamento Psicopedagógico (Interno) b) Comité de Aula – PP.FF. (Externo)

3.2 Funciones Generales Artículo 27°

Funciones Generales de la Institución Educativa Privada “San Patricio”

a) Programar, ejecutar y evaluar íntegramente las acciones y servicios educativos que se desarrollan en su ámbito, de acuerdo con la política educativa y la realidad del medio. b) Organizar el trabajo educativo en función de las características propias de los Niveles de Educación Básica Regular, Inicial, Primaria y Secundaria. c) Desarrollar, y evaluar el currículo incorporando las acciones que respondan a los requerimientos propios del estudiante y de su medio. d) Realizar, estudios y experiencia en los aspectos técnico- pedagógicos y de su medio. e) Brindar servicios de orientación y bienestar de los educandos – Tutoría Educativa, en estrecha vinculación con la familia y la comunidad. f) Participar, en las acciones de promoción y desarrollo de la comunidad. 16

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Artículo 28° Funciones Específicas de cada Órgano y miembro de la Institución Educativa “San Patricio” La asociación educativa. Son las que coordina todas las acciones administrativas y técnico pedagógicas con los Directores (Académico y Administrativo) de la IEP "SAN PATRICIO"; siendo el director académico, autoridad de mayor jerarquía, según estructura organizacional, en la parte académica y administrativa de la Institución.

Artículo 29° Son funciones de la Asociación Educativa. a) Ejercer la representación en actividades específicas previa coordinación con los Directores de la Institución y con las facultades que según la Ley corresponde a la promotora. b) En coordinación con los Directores de la IEP, contratar al personal jerárquico, docente, auxiliar y administrativo para la

IEP "SAN

PATRICIO” Artículo 30° Directores Los Directores son la primera

autoridad representativa de la IEP. “SAN

PATRICIO”, responsable de la programación, organización, desarrollo, evaluación y control de las acciones técnico pedagógicas y administrativas de los diferentes servicios que brinda la IEP. Artículo 31° Director Académico y Administrativo  Son funciones del Director Académico: 

Representa legalmente a la Institución, frente a las diversas instancias.



Diseña, organiza, planifica, ejecuta y evalúa los instrumentos de gestión: Proyecto Educativo Institucional, Plan Anual de Trabajo, Proyecto curricular institucional, Reglamento interno y Presupuesto.



Orientar el trabajo pedagógico en el colegio con la finalidad de desarrollar las competencias de los estudiantes.



Asegurar el buen uso de recursos, medios y materiales pertinentes para el aprendizaje.

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Revisar y aprobar la programación anual, bimestral y de las sesiones de clase.



Dirigir, coordinar, asesorar, supervisar, acompañar y evaluar la labor del personal a su cargo.



Normar, supervisar, acompañar y evaluar la participación de los padres de familia en el colegio.



Participar en la asignación de los docentes y en la elaboración de horarios.



Coordinar los servicios académicos y el personal que está directamente al servicio de ellos: Biblioteca, material didáctico, audiovisuales, laboratorios y otros.



Aprobar la contratación del personal docente, tutores y auxiliares.



Programa, coordina y supervisa la ejecución de las actividades del calendario escolar.



Programar, coordinar y controlar las actividades de capacitación del personal docente de la institución educativa.



Organizar de las actividades pedagógicas, en concordancia con las normativas que sobre el particular expida el Ministerio de Educación.



Decidir la implementación de los modelos disciplinarios de conducta y en general las normativas escolares en sus respectivos niveles.



Difundir en toda la comunidad educativa la propuesta axiológica de la Institución, principios, misión, visión, lineamientos, contenidos en el PEI y demás normas de la Institución.



Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados, exonerar asignaturas y expedir certificados de estudios.



Autorizar la rectificación de nombres y apellidos de los educandos en los documentos pedagógicos oficiales, de acuerdo con las normas específicas.



Entregar la documentación solicitada por la instancia de Gestión Educativa Local (UGEL) o la Dirección Regional del Educación (DRE).

 Son funciones del Director Administrativo:

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Representar a la Institución educativa en las actividades de la institución.



Dirigir y coordinar la marcha administrativa de la institución educativa.



Realizar la gestión y el control de los recursos financieros, materiales y humanos del Colegio.



Formular y proponer el programa anual de actividades, informe anual de actividades y presupuesto anual de la institución educativa.



Proponer, organizar, ejecutar y evaluar los procesos de mejora.



Procurar porque las normas, procedimientos, políticas y directrices, establecidas para la administración de personal y las relaciones laborales sean cumplidas correctamente.



Dirigir y coordinar el proceso de selección y contratación de personal.



Vigilar la correcta aplicación de los recursos presupuestales y financieros del Colegio, formulando, en su caso, las observaciones pertinentes.



Planear, programar, organizar, dirigir y evaluar el funcionamiento de las áreas o unidades adscritas a la Dirección Administrativa.



Formular y proponer las directivas administrativas de gestión sobre asuntos de su competencia.



Ejercer la supervisión de las operaciones financieras, contables y administrativas.

Artículo 32°Subdirector Son funciones del Subdirector: 

Representar la Institución en las actividades que actúen de acuerdo con la naturaleza de su cargo.



Colaborar con el Director Académico en la asignación de los docentes y en la elaboración de horarios.



Atender los reclamos o inquietudes de los estudiantes y de los padres de familia, en el aspecto académico.



Reemplazar al Director Académico en sus ausencias, con todas las atribuciones de dicho cargo. 19

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Conceder permiso de salida del Colegio al personal docente y alumnos en caso de urgencia.



Realizar el monitoreo y acompañamiento de la labor docente.



Cooperar con la Dirección Académica en la evaluación y supervisión del trabajo realizado por el personal docente y administrativo y hacer recomendaciones necesarias.



Organizar y supervisar las pruebas evaluativas y exámenes.



Colaborar con el Director Académico en la planificación y desarrollo de las actividades que se realicen dentro y fuera del Colegio.



Colaborar con el Director Académico en la política educativa establecida por el Colegio.



Representar al Director Académico en aquellas funciones que le asigne o delegue.

Artículo 33° Coordinador académico. Son funciones del Coordinador Académico: 

Velar por el logro de las competencias programadas en el PCI.



Elaborar junto al Director Académico, ejecuta y evalúa los planes de trabajo y mejora en la institución y reporta permanentemente al Director los avances a nivel pedagógico y académico.



Orientar a los docentes en la aplicación de estrategias de enseñanzaaprendizaje coherentes con la propuesta del Colegio, que sean efectivas e innovadoras.



Organizar el trabajo de los profesores y coordinar sus acciones para el logro de los objetivos institucionales.



Colaborar con la elaboración del horario escolar y asignación de la carga docente, así como supervisar la ejecución del horario escolar y atender las necesidades que surgen por la ausencia de profesores.



Brindar retroalimentación oportuna a los profesores sobre su labor pedagógica con la finalidad de buscar mejoras en su práctica. 20

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Colaborar con el Director Académico en la selección, supervisión y evaluación del personal docente de las diversas asignaturas.



Participar en la programación curricular, en la gestión pedagógica general y la implementación de los sistemas de evaluación pedagógica.



Participar en la coordinación e implementación de los eventos de calendario escolar.



La

identificar las

necesidades referidas al mejoramiento del

rendimiento pedagógico de su nivel y la propuesta de mejora. 

Presentar a la Dirección Académica las necesidades del material didáctico de los distintos niveles.



Toda otra tarea relevante a sus funciones que le asigne la Dirección Académica.

Artículo 34° De la Tutoría y Orientación Educativa TOE. a) Coordinar con los profesores de aula, en la elaboración de los programas de tutoría. b) Cumplir con las funciones de coordinar y supervisar la disciplina de los estudiantes de acuerdo al reglamento. c) Coordinar y organizar las actividades del calendario cívico escolar. d) Dialogar con los estudiantes y padres de familia en forma constante. e) Implementar las acciones de Convivencia Escolar Democrática de la Institución Educativa Privada “San Patricio”. El Comité de Tutoría está conformada por: 1) El Director 2) Coordinador de Tutoría (Sub Director). 3) Responsable de Convivencia y Disciplina Escolar . 4) Tutores de Aula. 5) Psicóloga

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Artículo 35° Del Órgano Técnico Pedagógico  Función De los Tutores a) Programar, desarrollar y evaluar las acciones básicas del TOE Que debe realizarse en el aula o con el grupo de educandos. b) Brindar a los estudiantes a su cargo los servicios del TOE. Que requieran. c) Dar el ejemplo de la puntualidad, buena conducta, presentación y modales apropiados en el trato con los educandos. d) Participar en el comité de TOE. y ejecutar los acuerdos tomados. e) Ser responsable del aseo, ambientación y orden del aula poniendo especial cuidado en la conservación del mobiliario escolar. f) Promover la participación responsable de los padres de familia, apoderados a la formación de sus hijos. g) Realizar

la evaluación de la conducta del estudiante, llevando el

cuaderno anecdotario de los aspectos positivos y negativos de cada alumno. h) Coordinar con el auxiliar de cada sección, sobre las normas de convivencia y el comportamiento de los estudiantes.

Artículo 36°  Funciones De los Docentes de la IEP “SAN PATRICIO”: a) Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del PEI. (Proyecto Educativo Institucional), PAT (Plan Anual de Trabajo). PCI (Proyecto Curricular Institucional), Reglamento Interno. b) Programar, desarrollar y evaluar las actividades curriculares así como la orientación de bienestar del educando – Tutoría y Orientación Educativa. c) Participar

en

acciones

programadas

de

experimentación

e

investigación de nuevos métodos y técnicas de trabajo educativo así como eventos de actualización profesional, organizados por la IEP. o por la UGEL 06.

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d) Integrar las comisiones de trabajo y colaborar con la Dirección de la IEP. en las acciones que permitan el logro de los objetivos generales del nivel y los específicos en la instancia en que labora. e) Orientar a los estudiantes y velar por la seguridad durante el tiempo que permanezca en la IEP. f) Realizar acciones de recuperación pedagógica. g) Cooperar en las acciones de mantenimiento y conservación de los bienes de la IEP. h) Asistir obligatoriamente a las reuniones, formación de los días lunes y actuaciones oficiales de la IEP. i) Coordinar, mantener comunicación permanente con los padres de familia, sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y comportamiento de los alumnos, en la hora permanente establecida dentro de su jornada de trabajo. j) Sustentar las charlas que le encomienden de acuerdo al calendario cívico escolar, debiendo presentar a la dirección una copia por escrito. k) Asistir a sus labores desde el primer día de apertura del año académico y cumplir con el horario establecido. l) No abandonar su sección durante las horas de labor en asuntos personales, solamente con autorización y presentación de un memorando del superior inmediato. m) Dar a conocer a la dirección de los motivos de sus inasistencias. n) Asistir a las actividades extra - escolares vinculadas a la Educación y convocadas por el director u otra autoridad escolar.

Artículo 37°

Son requisitos básicos para el ingreso en la docencia de la IEP:

 Poseer título pedagógico debidamente registrado o Título Profesional con certificado de capacitación pedagógica.  Tener un mínimo de dos (2) años de servicios en la docencia.  Poseer certificados actualizados de capacitación de implementación en la especialidad;  Alcanzar el puntaje necesario en la evaluación del Currículo. 23

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 Aprobar un examen psicológico y conocimientos pedagógicos.  Aprobar una clase de demostración en el aula.

Artículo 38° Del Jefe de Normas (Responsable de Convivencia y Disciplina Escolar) a) Orientar y dirigir el comportamiento de los estudiantes de acuerdo las normas del presente reglamento. b) Llevar los registros de asistencia y control diario de los estudiantes por grados, de los diferentes Niveles,

informando a la dirección y a los

tutores de los estudiantes que sobre las asistencias e inasistencia y cuando llegan tarde reiteradamente, los estudiantes. c) Distribuir citaciones, comunicados y otros. d) Llevar el registro de incidencias de los estudiantes. e) Proveer materiales que requiere el profesor para el desarrollo de su clase. f) Atender y auxiliar a los estudiantes en caso de emergencia. g) Coordinar con los profesores tutores asuntos relacionados con el comportamiento de los estudiantes elaborando el consolidado de las notas de conducta registrado por los profesores para el promedio bimestral de conducta. h) Exigir a los estudiantes adecuada presentación general, uso correcto del uniforme y buenos hábitos. i) Controlar el mantenimiento y conservación de la infraestructura, instalaciones y mobiliarios del plantel. j) Difundir el presente reglamento en lo referente a los estudiantes, de acuerdo con las normas de convivencia. k) Asignar tareas y controlar las actividades del auto aprendizaje en caso de ausencia de la profesora. l) Promover y apoyar la realización de tareas para mantener, las condiciones de aseo y presentación en el aula. m) Controlar a los estudiantes en las formaciones, actuaciones cívicas patrióticas, eventos deportivos, culturales dentro y fuera de la Institución. 24

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n) Vigilar a los estudiantes durante los recreos, no permitiendo la permanencia de estudiantes en las aulas. o) Apoyar otras funciones que tienen que ver con el quehacer educativo.

Artículo 39° Del Personal de Secretaria, Administrador e Imagen Institucional  Son Funciones de Equipo de Secretaria - Planear y coordinar de manera conjunta la agenda de trabajo en acuerdo con Director, para programar reuniones de trabajo, entrevistas, eventos culturales, citas de trabajo, etc. - Asistir al Director en las sesiones de trabajo que se requieran, documentando el orden del día, preparar el material que se necesite con el fin de agilizar el desarrollo de las sesiones, tomar nota de los asuntos relevantes con el propósito de dar seguimiento a los acuerdos tomados. - Mantener permanentemente actualizada las bases de datos y el control de los asuntos que atiende el Director, canalizando la correspondencia y documentación respectiva a las áreas funcionales que correspondan de acuerdo a su competencia, informando al Director el status de cada asunto, con la finalidad de contribuir a mejorar los tiempos de respuesta de los asuntos que competen a su área de adscripción. - Asegurarse que el Director disponga de todos los medios materiales necesarios para el desarrollo eficaz de su trabajo. - Se encarga de recibir, registrar, canalizar la correspondencia y la documentación recibida, de elaborar oficios, tarjetas, memorándums y demás documentación relativas a los asuntos de competencia del Director. - Atención personalizada a alumnos, docentes, personal administrativo, padres de familia y público en general que solicitan información; canalizándolos a las áreas correspondientes con el fin de agilizar y solucionar lo requerido. - Todas aquellas otras actividades que el Director le encomiende. 25

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- Recibir los expedientes de los estudiantes que soliciten su ingreso a la IEP. - Atender al público con cortesía y fineza como agente del orden y corrección de la IEP. - Registrar en el Padrón de Matrícula los datos de los estudiantes y sus padres. - Participar con eficiencia y responsabilidad en el proceso de matrícula considerando, desde el punto de vista empresarial, que cualquier persona interesada en matricular a sus hijos es potencialmente un cliente, y la matrícula en realidad es una venta. - Realizar la distribución de los estudiantes matriculados por grados de estudios. - Preparar correctamente las nóminas, actas y certificados oficiales. - Utilizar los mecanismos necesarios que procuren la obtención de documentos y datos auténticos provenientes de los interesados. - Realizar los trámites necesarios para la obtención de las vacaciones, autorizaciones y resoluciones oficiales. - Archivar las actas ya visadas y demás documentos que ingrese a la IEP. - Tipear la documentación solicitada por los

Directores, y colabora

preparando el material que se requiera con el visto bueno del Director. - Mantener debidamente organizado y actualizado el archivo general de la IEP, a fin de proporcionar de inmediato cualquier información que se le solicite. - Organizar y controlar el trámite documentario en la forma

más

adecuada orientando, informando, canalizando y registrando nombres, asuntos, fechas. - Dar curso oportuno a los trámites documentarios. - Elaborar y formular correctamente los documentos administrativos en general. 26

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- Mantener la discreción como característica de su función;. - Es responsable del SIAGIE.

 Son Funciones del Administrador - Organizar y ejecutar las actividades comerciales de la institución educativa; incluyendo la charlas de admisión, reuniones con padres de familia, y envíos de comunicados a los padres. - Atender a padres de familia en procesos de matrícula, consultas de notas, solicitud de certificados y trámites académicos (en coordinación con el Director Académico). - Conducir las relaciones laborales establecidas entre el Colegio y el personal directivo, académico y administrativo del mismo. - Supervisar que personal docente y administrativo del Colegio cumplan cabalmente con las funciones inherentes a su cargo. - Autorizar las solicitudes de permiso de ausencia del personal del Colegio, así como las licencias que presenten los mismos; en coordinación con la Dirección correspondiente. - Atender y resolver las solicitudes y problemas de los trabajadores de la institución educativa desde el punto de vista laboral y personal para el mejor desarrollo en sus funciones. - Formular la planilla de pagos del personal. - Conducir y participar en el proceso de evaluación de desempeño laboral del personal - Efectuar el Control de asistencia y permanencia y mantener actualizado el Registro de Trabajadores. - Coordinar y supervisar la ejecución de las labores de mantenimiento correctivo y preventivo así como reparaciones en el colegio. - Controlar y dar seguimiento al adecuado funcionamiento de los servicios generales (limpieza, concesionario, vigilancia). - Realizar o monitorear el manejo del SIAGIE, así como los trámites que se realicen ante la UGEL, la Municipalidad competente y/o cualquier otra entidad del Estado. 27

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- Formular y someter a la aprobación de la Dirección Académica y Dirección Administrativa el proyecto del presupuesto del Colegio. - Formular y someter a la aprobación de la Dirección Académica y Dirección Administrativa los manuales de organización y de procedimientos del Colegio; así como las modificaciones necesarias para mantenerlas actualizados. - Vigilar y coordinar la administración de los recursos humanos, financieros y materiales. - Administrar los recursos económicos y financieros en concordancia con el presupuesto institucional aprobado; así como informar oportuna y periódicamente sobre la situación económica y financiera de la institución. - Supervisar las obras y servicios haya contratado el Colegio, así como el estado material de sus instalaciones, mobiliario, equipo, vehículos, seguridad e higiene, y disponer lo conducente para su mejoría cuando así se requiera. - Proponer a la Dirección Administrativa los cambios a la organización interna de carácter administrativo del Colegio. - Opinar, en el ámbito de su competencia, sobre los aspectos de los convenios, contratos, acuerdos y demás documentos que suscriba el Colegio que comprometan los recursos financieros y materiales de éste, y darles seguimiento. - Ejercer la administración del control patrimonial y custodia de los activos de la Institución Educativa, así como supervisar y controlar el uso adecuado de los bienes. - Compromete a toda la comunidad educativa a tomar medidas de prevención de desastres, participando activamente de los diversos simulacros. - Las demás funciones que le asigne la Dirección de Administración y la entidad promotora.  Son Funciones de Imagen Institucional - Mantener periódicamente informado a la prensa, opinión pública y público interno, sobre las actividades desarrolladas por el colegio, a 28

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fin de obtener una divulgación y beneficios para alcanzar los objetivos y metas institucionales. - Coordinar con la Dirección Académica la participación de los alumnos en concursos internos y externos de carácter competitivo. - Organizar programas de proyección a la comunidad de carácter cívico artístico o social que apruebe la Dirección Académica. - Asesorar a la Dirección Académica y Dirección Administrativa en las formas de relación y comunicación con el exterior, y ejecutar trabajos que se deriven de estas actividades. - Promover y mantener contactos permanentes con las entidades públicas y privadas que tengan relación con las actividades educativas del colegio. - Elaborar, organizar y publicar los medios informativos, como revistas, boletines, notas de prensa, periódicos murales y otros. - Organizar, planificar y conducir las ceremonias llevadas a cabo en la institución educativa, preparando el programa correspondiente en coordinación con la Dirección Académica. - Confeccionar el Plan de actividades y/o celebraciones a realizarse en la Institución educativa.

Artículo 41 ° Del Personal De Mantenimiento  Función Del Personal de Mantenimiento o Servicio a) Mantener diariamente limpio las diferentes instalaciones de la Institución Educativa. b) Velar por la conservación de la infraestructura del colegio, responsabilizándose del deterioro perdido de bienes, cuando esto sucede en el turno de su trabajo. c) No abandonar el puesto en horas de trabajo, su labor es permanente, continuado y responsable. d) Registrar el ingreso y salida de toda persona a la IEP. e) Acatar disposiciones del personal directivo y docente respecto a la limpieza de ambientes y baños.

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Del Órgano de Asesoramiento Interno y Externo

Artículo 41° Función Del Asesor Legal. a)

En coordinación con los Directores y Administrativos, participa en la elaboración y ejecución del Reglamento Interno y demás documentos inherentes a la gestión de la IEP. “SAN PATRICIO”.

b)

Programa, evalúa y desarrolla acciones de Asesoría Legal, cuando lo estime pertinente la Institución.

c)

Mantiene actualizada la documentación de su competencia.

d)

Elabora documentos que tengan implicancia legal, en forma coordinada con los Directores.

e)

Asume la representación legal, en tanto y en cuanto lo crea por conveniente de los Directores.

Artículo 42° Función Del Asesor Contable. a) Elaboración, ejecución y control de presupuesto financiero de la IEP. b) Elaboración, ejecución y control de las Plantilla de pago personal. c) Asesoramiento y control en la elaboración de formularios para el pago de los impuestos de ley. d) Mantener

actualizado

la

documentación

contable

bajo

su

responsabilidad. Artículo 43 Del Departamento Psicológico.  Función Del Departamento Psicológico.

a)

Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del Plan de Trabajo Anual de la IEP, y demás instrumentos de gestión.

b)

Programar, desarrollar y evaluar acciones de asesoría psicológica así como las actividades de orientación y bienestar del educando – Tutoría y Orientación Educativa.

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c)

Programar, organizar y ejecutar acciones del

diagnóstico,

evaluación y terapia de recuperación para estudiantes con problemas de aprendizaje y conducta. d)

Informar periódicamente a la Dirección de las acciones llevadas a cabo, en su área.

e)

Organizar

y

tener

en

funcionamiento

el

Departamento

Psicopedagógico de la IEP. f)

Organizar, programar y ejecutar los Talleres de “La Familia en la Escuela” en coordinación con la Dirección.

Artículo 44 ° Del Equipo De Promoción De Convivencia Democrática El Equipo de promoción de Convivencia Democrática, de conformidad a lo establecido en la Ley 29719 que promueve la Convivencia sin Violencia en las Instituciones Educativas y su Reglamento DS 010-2012-ED, así como la RM 5192012-ED que aprueba los lineamientos de la y Protección de Estudiantes contra la Violencia ejercida por Personal de las Instituciones Educativas

Artículo 45° Conformación Del Equipo De Convivencia. Está conformado por: a) El Director Académico b) Sub Dirección c) Responsable de Convivencia d) Coordinador Académico e) Psicóloga f) Representante de los Docentes g) Representante Administrativo Artículo 46° Funciones de El Equipo de promoción de Convivencia Democrática a) Planificación y organización del trabajo, para la elaboración del Plan de Convivencia Escolar Democrática (CED) incluyendo acciones formativas, preventivas y de atención integral. 31

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b) Incentivar la participación de los integrantes de la comisión de la comunidad educativa en levantar línea base de promoción de la Convivencia Escolar Democrática c) Promover el énfasis de la incorporación de la Convivencia Escolar Democrática en los instrumentos de gestión de la Institución Educativa. d) Liderar el proceso de construcción de normas de convivencia escolar consensuada entre los integrantes de la comunidad educativa. e) Desarrollar acciones que favorezcan la calidad de las relaciones interpersonales entre los integrantes de la comunidad educativa, especialmente la relación docentes-estudiante y estudiante-estudiante, en tiempos y espacios que favorezcan la Convivencia Escolar Democrática f) Promover el desarrollo de capacidades y actitudes de las y los docentes, así como de personal directivo, administrativo y de servicio, que permitan la implementación de acciones para la Convivencia Escolar Democrática en la Institución Educativa. g) Registrar los casos de violencia y acoso entre estudiantes en el Libro de Registro de incidencias de la Institución Educativa, así como consolidar información existente en los anecdotarios de clase de los docentes, a fin de que se tomen las medidas pertinentes y permitan la elaboración de las estadísticas correspondientes. h) Adoptar medidas de protección, contención y corrección, frente a los casos de violencia y acoso entre estudiantes, en coordinación con el Director o Directora. i) Informar periódicamente por escrito, al Director o Directora de la Institución Educativa acerca de los casos de violencia y acoso entre estudiantes, anotados en el Libro de Registro de Incidencias, y de las medidas adoptadas. j)

Informar al Director/a sobre las y los estudiantes que requieran derivación para una atención especializadas en entidades públicas o privadas.

k) Realizar en coordinación con el Director/a y los padres de familia o apoderados, el monitoreo y seguimiento respectivo de los estudiantes derivados a Instituciones especializadas, garantizando su atención integral y permanencia en la I.E. 32

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Artículo 47°Documentos Que Emplea El Equipo De Convivencia. a) El informe de la persona quien detecta el problema b) El Libro de Incidencias sobre Violencia y Acoso entre Estudiantes que se encuentra en Dirección, en el que se registran todos los hechos sobre violencia, acoso entre estudiantes, el tramite seguido en cada caso, el resultado de la investigación y las medidas correctivas que correspondan, siguiendo todos los protocolos que forman parte del Plan de Trabajo del Equipo de Promoción de Convivencia Democrática. c) El Libro de Actas. Artículo 48° De los Padres de Familia y El Comité de Aula  Función de los Padres de Familia Los padres de familia son entidad de apoyo a la IEP y participan a través de los comités de aula. “Corresponde a Promotoría de la IEP establecer la organización, régimen económico y participación de los Padres de Familia en el proceso educativo” (art. 35 del D.S.-009-2006-E.D.Reglamento de Instituciones Educativas Privadas de Educación Básica). Los Padres de Familia se organizan a través de los Comités de Aula. a) El Comité de aula de padres de familia tiene como finalidad participar en las diferentes actividades educativas, colaborando y apoyando lo programado por el Docente o Tutor encargado del aula. Asimismo, el Docente o Tutor es responsable de los estudiantes en dicha aula, coordina

solamente actividades educativas con los

padres de familia o apoderados del aula a su cargo, dando cuenta oportunamente de los acuerdos adoptados a la Dirección académica de la IEP, mediante informe escrito, para su aprobación y/o conformidad de las acciones adoptadas. b) El Comité de Aula, se constituye en la primera Asamblea de Padres de Familia

a nivel de aula, convocado por el Docente o Tutor

responsable del Aula, para lo cual, mediante Acta de Reunión, los padres de familia y tutores eligen a sus representantes del aula por voto directo y universal. Su gestión se inicia a las 24 horas de haber 33

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sido elegido, siendo su vigencia hasta la culminación del año académico escolar. c) El Comité de Aula está constituido a nivel de aula por

-

Presidente

-

Secretario

-

Tesorero

 Funciones del Comité de Aula son:

-

Apoyar y colaborar con el profesor tutor del aula en el desarrollo de las diferentes actividades y en el proceso educativo de sus hijos durante el año.

-

Colaborar con el mantenimiento y conservación del aula.

-

Participar en las diferentes actividades educativas a nivel de padres de familia, fomentando la unión de esfuerzos por la mejora del aprendizaje de los estudiantes y la buena imagen institucional de la IEP.

-

Los Padres de Familia y en especial el Comité de Aula deberá tener presente lo siguiente: Las actividades organizadas y dirigidas por los padres de familia y el comité de aula tales como: fiesta de promoción, viaje de promoción, presentes para el Día de la madre, por el Día del maestro, Aniversario del colegio, Fiestas patrias, Navidad, ayuda social a terceros, donaciones a entidades caritativas y otras que no son estrictamente educativas no son obligatorias; es decir “son voluntarias “.

Artículo 49°

Son deberes y obligaciones de los Padres de Familia:

a. Conocer y respetar la axiología, los fines y objetivos de la IEP. b. Respetar los calendarios de la Matricula y documentos a firmar: Ficha de Inscripción, Compromiso de Padres de Familia y otros documentos que emanen de Dirección. c. Asumir los deberes y compromisos firmados en el CONTRATO DE SERVICIO EDUCATIVO 2018. d. Formar parte de los Comités de apoyo de aula.

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e. Enviar a sus hijos a la IEP con puntualidad y correctamente uniformados según sea el caso. f. Asistir a las reuniones del Comité de Aula. g. Recoger y firmar las Libretas de Notas. h. Controlar los cuadernos de trabajo y demás tareas de su hijo(a). i.

Cancelar con puntualidad la Pensión de Enseñanza establecida por la Dirección de la IEP.

j.

Asumir su responsabilidad sobre los destrozos y daños que puedan causar sus hijos en los bienes de la IEP.

k. Contribuir con el prestigio y la buena marcha de la IEP, fortaleciendo la disciplina y el respeto que debe existir entre Estudiantes, Padres de Familia y Personal de la IEP.

Artículo 50° Prohibiciones de los Padres de Familia a. Ingresar a las aulas y a los patios o pasillo del Plantel, sin previo conocimiento y autorización de la Dirección o Sub Dirección. b. Interrumpir el desarrollo de las clases y las reuniones de trabajo del personal y de los estudiantes. c. Las prohibiciones contenidas en el Contrato de Servicio Educativo.

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CAPITULO IV DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO 4.1 Organización Académica Artículo 51°. PLANIFICACIÓN La organización del tiempo, para la ejecución de las actividades académicas, considera:

a) El Año Escolar se apertura a partir del mes de febrero y el Año lectivo se inicia la primera semana de Marzo y termina la cuarta semana de Diciembre - 2017. b) Durante el mes de febrero el Personal Directivo y Docente, realizan actividades de Planeamiento, organización y matricula.

Artículo 52°.El año lectivo tiene una duración máxima de 39 semanas, se divide en 4 bimestres con un periodo de una semana de descanso para los alumnos, al término de bimestre.

Artículo 53°.El Periodo de Planificación comprende: Recuperación, Plan de Trabajo, Programación curricular por Áreas Curriculares y cuadro de horas. Articulo 54°Plan Anual de Trabajo:

a) El Plan Anual de Trabajo, es un documento normativo de la IEP. que debe ser elaborado, ejecutado y evaluado por sus directivos con participación de la Comunidad Educativa. b) Debe ser aprobado por la Dirección antes del inicio del año escolar. c) Se evaluaran mensualmente las actividades que se desarrollan en sus respectivas áreas. Artículo 55°.El Proyecto Educativo Institucional de la IEP. “SAN PATRICIO”, en lo que se refiere al Régimen Académico, considera: Planificación - desarrollo curricular y Supervisión Pedagógica

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Artículo 56°.El Plan de Trabajo Anual de la IEP, es elaborado, ejecutado y evaluado por el personal Directivo, y Docentes; el Plan es aprobado por el Director con Decreto, antes del inicio del año lectivo.

Artículo 57°.En el Plan Anual, la metodológica y el Sistema Pedagógico de nuestra IEP, estará en concordancia con los Planes y programas del Ministerio de Educación. El Plan de Trabajo, considera fundamentalmente los siguientes aspectos:

1. Información General 2. Línea de Base a) Información Estadística b) Caracterización de la Problemática por Áreas de Análisis. 3. Objetivo. (General y Específico) 4. Metas. 5. Programación de Actividades Ejecución del Proyecto de Educativo Institucional (PEI). a) Propuesta Pedagógica b) Propuesta de Gestión

Artículo 58°

Los Docente elaboran en el mes de Febrero – Marzo del año

lectivo la Programación Curricular. Se organizan en grupos de trabajo y en base a los Planes y Programas de estudio y el análisis del medio circundante y del estudiante, la dosifican en periodos bimestrales y lo reajustan progresivamente, consideran como mínimo los siguientes elementos: Objetivos, actividades de aprendizaje, distribución del tiempo, materiales educativos y evaluación.

Artículo 59° PROGRAMACIÓN. La programación por grupos de trabajo y control se realizará cada fin de mes de Marzo a Diciembre.

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PROGRAMACION CURICULAR

Artículo 60°

Para el desarrollo del Programa curricular se ha de observar

los siguientes documentos y aspectos de tal forma que la implementación de estos y su respectivo control y seguimiento por parte de la dirección asegure su correcta puesta en práctica: 

Proyecto Curricular Institucional con perfiles y objetivos por niveles.



Plan de estudios adecuados a las exigencias del ideario, de los perfiles del nivel y necesidades y características de los estudiantes.



La dosificación

de competencias, capacidades y contenidos

articulados por nivel de estudio. 

Unidades didácticas bimestrales contextualizando la problemática, el enfoque transversal y la matriz axiológica



La sesiones de Clase o Plan Actividades de Aprendizaje Significativo

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CALENDARIZACIÓN

2018

UNIDADES

2018

BIMESTRE

Artículo 61°

DURACIÓN

Del 07 de marzo I

I

Al 11 de mayo

1° VACACIONES DEL 14 DE MAYO AL 18 DE MAYO 1ra ENTREGA DE LIBRETAS 25 DE MAYO Del 21de mayo II

II

Al 26 de julio

2° VACACIONES DEL 30 DE JULIO AL 3 DE AGOSTO 2da ENTREGA DE LIBRETAS EL 10 DE AGOSTO Del 06 de agosto III

III

Al 12 de octubre

3° VACACIONES DEL 15 DE OCTUBRE AL 19 DE OCTUBRE 3ra ENTREGA DE LIBRETAS EL 26 DE OCTUBRE Del 22 de Octubre IV

IV

Al 28 de Diciembre

CLAUSURA DEL AÑO ESCOLAR 2018

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PERIODOS VACACIONALES Artículo62°

Los periodos vacacionales están determinados al final de

cada bimestre, el cual está orientado solo para los estudiantes de la Institución Educativa “San Patricio” y tendrá una duración de 5 días. Comprende los siguientes periodos:  Primera Vacación: del 14 de mayo – 18 de mayo.  Segunda Vacación: del 30 de julio – 03 de agosto.  Tercera Vacación: del 15 de octubre – 19 de octubre.

SUPERVISION, MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO PEDAGÓGICA

Artículo 63° El Director del Plantel es el responsables de la planificación, organización y ejecución del proceso de Supervisión. Atienden en orden de prioridades: Al estudiante, al Maestro y al Padre de Familia, en su mutua relación de estudiante y educador. La tecnología educativa, especialmente: - Normatividad técnico-pedagógica. - Desarrollo de las acciones educativas y avance de los programas. - Métodos y procedimientos de enseñanza. - Materiales educativos. - Formas de Evaluación del estudiante.

Artículo 64° Supervisión Pedagógica

a) El servicio de supervisión Pedagógica está orientado al mejoramiento de la calidad y eficiencia de la educación del proceso educativo y de su administración se ofrece en forma permanente y organizada de un sistema. b) El personal directivo en su respectiva Área, debe elaborar y ejecutar un plan específico de acción y supervisión permanente. c) La dirección de la IEP “SAN PATRICIO”, tiene las siguientes funciones de supervisión: 

Asesorar y orientar la labor del personal docente. 40

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Evaluar conjuntamente con los docentes el proceso de enseñanza - aprendizaje.



Fomentar la experimentación educativa, las innovaciones y la creación tecnológica

educativa; Así como el intercambio de

experiencia técnico - pedagógicas. 

Fomentar y mantener el mejor nivel de relaciones personales y ambiente propicio de trabajo a fin de optimizar la tarea educativa.



Orientar

y

asesorar

la

aplicación

de

la

normatividad

correspondiente. 

Implementar con la normatividad necesaria el área de supervisión correspondiente. - Informe sobre el desarrollo de supervisión.

Artículo 65° El Uniforme Escolar: El uso del uniforme escolar es obligatorio para asistir a la Institución Educativa, así como los actos y ceremonias de carácter oficial. Excepto en los casos autorizados por las Direcciones Regionales y UGEL, de acuerdo a normas específicas del Ministerio de Educación. El Director, profesores y padres de familia velaran por el uso correcto del uniforme. 4.2 ADMINISTRATIVA

Artículo 66°

DE LA ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS

La Promotoría y los Directores en coordinación con el subdirector, fijan el monto anual de matrículas, pensiones de enseñanza y otros ingresos después de un minucioso análisis de la realidad socioeconómica de los estudiantes

Artículo 67° Régimen Interno La Asociación se rige al Régimen Económico del Sector privado y el Régimen Tributario, de acuerdo a la Ley del Impuesto a la Renta DL 774 Cap. IV de las Inafectaciones y Exoneraciones, Art 19 Inciso b y de Acuerdo 41

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al Libro Primero Sección Segunda Titulo 2, Articulo del 80 al 98 del Código Civil DL 295

Artículo 68° La Asociación fijará el otorgamiento de becas, le corresponde exclusivamente a la Promotoría determinar el otorgamiento de ellas.

Artículo 69°.Régimen Económico De acuerdo a la normativa vigente, son considerados ingresos

de la

Asociación (IEP “SAN PATRICIO”), matricula (1), pensiones de enseñanza (10), cuotas de ingreso, ingresos financieros y otros ingresos si los hubiera. Que de acuerdo a las necesidades que tiene el colegio, este se financia fundamentalmente con las pensiones de enseñanza, que a su vez solventan el pago de remuneraciones del personal docente, administrativos y demás gastos de mantenimiento y operaciones. Es por esto que se ha determinado el monto de los costos educativos para el año escolar 2018, de la siguiente manera: 

Matricula

S/.365.00



Pensión Inicial:

S/.365.00



Pensión Primaria:

S/.375.00



Pensión Secundaria:

S/.380.00

Dichos montos han sido informados a los padres de familia en su debida oportunidad en las “CONDICIONES ECONOMICAS, A LAS QUE SE AJUSTARÁ LA PRESTACION DEL SERVICIO EDUCATIVO” ”Artículo 70° DESCUENTOS POR FAMILIAR Por otro lado también se hace necesario apoyar la economía familiar de los padres que tienen a su cargo más de un niño en etapa escolar, hemos visto por conveniente, necesario y sin distinción otorgar facilidades económicas (DESCUENTOS) a los mismos de la siguiente manera: 

Si tuviera 1 (un) niño pagara el 100% de la pensión que le corresponde.



Si tuviera 2 (dos) niños, el primero pagara el 100% de la pensión, y el segundo pagara el 90% de la pensión establecida. 42

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Si tuviera 3 (tres) niños, la primera pagara el 100% de la pensión, el segundo pagara el 90% de la pensión y el tercero pagara el 95% de la pensión establecida.



Si tuviera 4 (cuatro) o más niños, el primero pagara el 100% de la pensión, el segundo pagara el 90% y a partir del tercero en adelante pagaran el 95% de la pensión establecida.

Esto lo podemos apreciar en el siguiente cuadro adjunto:

NIVEL PORCENTAJE

PAGO AL 100 % DESCUENTO DEL 10% DESCUENTO DEL 5%

Artículo 71°.

INICIAL

PRIMARIA

SECUNDARIA

365.00

375.00

380.00

328.50

337.50

342.00

346.75

356.25

361.00

BECAS PARA ALUMNOS EN GENERAL Y FAMILIARES

DE LOS PROFESORES

De otro lado se otorgara becas parciales y/o totales a aquellos alumnos de acuerdo a la disponibilidad económica del Colegio y de la Dirección, coincidente con los siguientes criterios: a) Su buen rendimiento académico. b) La situación socio-económica familiar debidamente sustentada. Asimismo los trabajadores de la Asociación Educativa San Patricio de Santa Anita, podrán acceder a una Beca Parcial para sus hijos, hermanos, primos y hasta sobrinos en cualquiera de los tres niveles que el colegio proporciona, esta beca parcial consta de dos partes: 1. La Primera es que están exonerados al 100% de la Matricula. 2. La Segunda es que pagaran por concepto de Pensión, el monto de S/.250.00 en cualquiera de los tres niveles. 43

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Artículo 72°

La cancelación de las pensiones de enseñanza se realiza

hasta el último día calendario de cada mes del servicio prestado. Después de la fecha de vencimiento se paga una mora según corresponda.

Artículo 73°

El Padre de Familia que, por diversos motivos tenga

dificultades en el pago de sus obligaciones pecuniarias, deberá solicitar por escrito una prórroga, anotando la fecha de cancelación de su deuda (COMPROMISO). Después del incumplimiento de la prórroga, la IEP se reserva el derecho de aplicar medidas que garanticen el cobro de dichas deudas, de acuerdo a las leyes, dispositivos vigentes y al presente Reglamento.

Artículo 74°

Al amparo de las facultades señaladas en el art.6º del

D.S.01-98-ED que modifica el D.S.04-98-ED, la IEP procederá a retener los certificados correspondientes a periodos no pagados.

DEL USO DE LOS RECURSOS, BIENES E INVENTARIOS

Artículo 75°

Los Bienes adquiridos por la IEP serán destinados

únicamente para fines educativos e ingresarán al inventario de la IEP

Artículo 76°

El Director de la IEP, informará al órgano competente del

Ministerio de Educación sobre el Presupuesto Anual de Operación e Inversión, el monto de las Pensiones y Becas.

Artículo 77°

No es procedente la devolución de pagos por conceptos

de matrícula, inscripción, pensión de enseñanza, cuotas de ingreso, donaciones u otros efectuados al colegio, en los casos que el alumno(a) sea retirado del Colegio o trasladado.

Artículo 78° UTILERIA DEPORTIVA

La Utilería Deportiva está a cargo del Profesor de Educación Física. Tiene las siguientes funciones: 44

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a) Disponer del mantenimiento

y limpieza de los diversos útiles

deportivos; y b) Efectuar el inventario de la

utilería deportiva y disponer lo

necesario para incrementarlo.

CAPITULO V

DEL PROCESO DE MATRICULA, EVALUACIÓN, PROMOCIÓN, REPITENCIA Y CERTIFICACIÓN Artículo 79° De la matrícula Tendrá acceso a la Institución Educativa Privada “San Patricio”, los estudiantes que deseen recibir atención Educativa de conformidad al Reglamento Interno y Normas de Convivencia de Nuestra Institución.

Artículo 80° Son requisitos para los estudiantes que ingresan por primera vez al Nivel inicial, lo siguiente: 

DNI del Alumno/ Partida de Nacimiento.



Tarjeta de Vacunas



Presencia del padre, madre o tutor identificándose con su DNI.



Tres fotografías tamaño carnet



Cancelar pagos de matrícula.



Firmar el contrato de servicios educativos con la Institución.

En caso que el estudiante provenga de otra Institución Inicial. 

Libretas de Notas.



Certificado de Estudios.



Dirección de correo electrónico del padre o apoderado que será registrado en el Contrato de servicio educativo.

Artículo 81° Son requisitos para la ratificación de la matrícula, estudiantes antiguos: 

Partida de Nacimiento. (original o copia legalizada). 45

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Copia de DNI del estudiante.



Tres fotografías tamaño carnet (actualizadas)



Cancelar pagos de Ley por matricula.



Firmar el contrato de servicio con la Institución.



Presencia del padre, madre o apoderado del estudiante.



Dirección de correo electrónico del padre o apoderado que será registrado en el Contrato de servicio educativo.

Artículo 82° Son requisitos para el ingreso de estudiantes nuevos: 

Que exista vacante en el grado solicitado.



Ficha de matrícula.



Certificado de estudios.



Partida de nacimiento.



Copia de D.N.I. del estudiante y el de los apoderados.



Tres fotos tamaño carnet.



Resolución de traslado vía SIAGIE.



Constancia de no adeudo.



Presencia de padres u apoderados.



Dirección de correo electrónico del padre o apoderado que será registrado en el Contrato de servicio educativo. En el caso de estudiantes extranjeros que deseen acceder a los servicios educativos de la IEP SAN PATRICIO, deben contar con los siguientes documentos:



Certificado de estudios original visado por su consulado respectivo.



Resolución de Convalidación emitida por el MINEDU.



Acta de convalidación emitida por la institución que la realiza.



Partida de nacimiento.



Carné de extranjería.



3 fotos tamaño carne.



Presencia del padre o apoderado.



Dirección de correo electrónica del padre de familia.

Artículo 83° Para el traslado de la Institución Educativa a otra Institución Educativa, se debe tomar en cuenta los siguientes requisitos: 46

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Solicitud escrita del padre, madre, tutor o apoderado que matriculó al estudiante.



Constancia de vacante de la Institución de destino.



Estar al día en sus obligaciones económicas con la Institución.



Realizar el pago correspondiente al trámite documentario.

DE LA EVALUACIÓN

Artículo 84°

La evaluación del estudiante en Institución Educativa “San

Patricio”, se realiza en base a las competencias, capacidades y desempeños, contenidos en el currículo de Inicial, Primaria y Secundaria, considerado en cada área. Asegurando objetividad, validez y confiabilidad. Se tomaran en cuenta los siguientes puntos:

Artículo 85°

La calificación se efectuará de forma cualitativa en los niveles

de Inicial y Primaria y cuantitativa en el nivel Secundaria. La nota de conducta de los estudiantes se colocará de forma cualitativa en todos los niveles

-

Nivel inicial: A : LOGRO PREVISTO B : EN PROCESO C : EN INICIO

-

Nivel primario: AD : LOGRO DESTACADO

-

A

: LOGRO PREVISTO

B

: EN PROCESO

C

: EN INICIO

Nivel secundario: 0 – 10

: EN INICIO (desaprobado)

11 –13

: EN PROCESO (nota mínima aprobatoria)

14 –17

:

18 –20

LOGRO PREVISTO :

LOGRO DESTACADO (nota máxima

aprobatoria) 47

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En todas las áreas curriculares, los estudiantes deben recibir sus evaluaciones corregidas en un plazo máximo de la clase posterior al de la evaluación, para ser analizadas.



La Dirección académica puede autorizar por escrito, previa solicitud con documentos probatorios, el adelanto o postergación de las evaluaciones escritas de los estudiantes en caso de enfermedad o por cualquier otro motivo debidamente sustentado.

Artículo 86° La evaluación del comportamiento La escala de calificación del comportamiento es literal descriptiva y presenta los siguientes criterios: 

Puntualidad y Asistencia



Respeto a la propiedad ajena



Orden



Limpieza



Presentación personal A:

si cumple con todos los criterios de evaluación aprobatorios.

B:

si cumple con el 50% de criterios de evaluación aprobatorios.

C:

si no cumple con los criterios de evaluación aprobatorios.

En Educación Inicial y Primaria La evaluación del Comportamiento en los niveles de Educación Inicial y Primaria, tiene en cuenta el conjunto de sucesos conductuales que se han registrado en el cuaderno incidencias del aula; ficha de seguimiento en caso sea derivado al CED, correspondiendo al profesor de Aula la interpretación y procesamiento de la calificación; información que será almacenada en el Registro Auxiliar . El Calificativo del comportamiento se da a conocer a los Padres de Familia mediante la Libreta de información del estudiante y estará acompañado de una apreciación descriptiva. Los criterios de evaluación responden al Plan de tutoría propuesto para el presente año académico 2018.

48

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En Educación Secundaria La Evaluación del Comportamiento estará a cargo del tutor, con el apoyo del auxiliar de Educación u otra persona asignada a tal fin. Los docentes de cada Área reportarán al tutor los casos más relevantes del desempeño de los estudiantes. Corresponde a la Institución Educativa, en función del Plan de tutoría, precisar los aspectos o criterios conductuales a evaluar. El Calificativo del comportamiento se da a conocer a los Padres de Familia mediante la Libreta de información del estudiante y estará acompañado de una apreciación descriptiva Al término del año escolar se obtiene una calificación del comportamiento. Los certificados de Conducta se expedirán a solicitud del interesado. Para tal efecto se toma como referencia el acta de comportamiento del estudiante al finalizar la Educación Secundaria.

PROMOCION Y REPITENCIA Artículo 87° De la promoción en la Educación inicial: Todos los estudiantes son promovidos, salvo solicitud expresa del padre de familia para que su hijo o hija, siga en el Nivel por razones de ritmo de aprendizaje. Artículo 88° De la promoción en la Educación primaria: La promoción, se determina de la siguiente manera: a) Los estudiantes del primer grado son promovidos al grado superior en forma automática, salvo solicitud expresa del padre de familia por razones de ritmo de aprendizaje. b) Los estudiantes de 2°, 3° y 4° grados son promovidos si obtienen como mínimo “A” en las Áreas Curriculares de Comunicación y Matemática y, como mínimo B en las otras áreas o talleres curriculares. c) Los estudiantes de 5° y 6° grados son promovidos si obtienen como mínimo “A” en las Áreas Curriculares de Comunicación, Matemática, Personal Social y Ciencia Ambiente y, como mínimo “B” en las otras Áreas. 49

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d) Repiten el grado automáticamente los estudiantes de 2°, 3°, 4°, 5°, 6° grados, que al término del año escolar obtienen “C” en las Áreas Curriculares de Comunicación, Matemática según Directiva No. 0042005 VMGP. e) Repiten el grado los estudiantes que en el Programa de Recuperación Pedagógica y/o la Evaluación de Recuperación no alcancen los calificativos requeridos, tal como lo disponen el inciso d.

Artículo 89° De la promoción en la Educación secundaria: La promoción, se determina de la siguiente manera: a) Serán promovidos los alumnos cuando al término del año escolar aprueben todas las Áreas Curriculares, y el Área Curricular pendiente de subsanación si corresponde (curso a cargo). b) Serán promovidos los alumnos cuando al término del Programa de Recuperación y/o Evaluación de Recuperación, aprobaron todas las Áreas Curriculares o desaprobaron como máximo una Área Curricular. c) Repiten el grado los alumnos que al término del año escolar, desaprueban cuatro o más Áreas Curriculares o tres Áreas Curriculares más el Área Curricular pendiente de subsanación (curso a cargo). d) Repiten el grado los alumnos que al término del Programa de Recuperación Pedagógica y/ o en la Evaluación de Recuperación, desaprueban dos o más Áreas Curriculares, incluyendo el curso a cargo. e) Los alumnos del Quinto Grado de Secundaria que al finalizar el año académico hayan obtenido calificativos desaprobatorios de diez (10) o menos hasta en tres (03) Áreas Curriculares, incluyendo el Área pendiente de subsanación (cargo), podrán participar en el Programa de Recuperación Pedagógica hasta antes del año lectivo siguiente. De persistir la desaprobación en más de un Área Curricular, en el mes de febrero, desaprobarán el año escolar. En caso de desaprobar un Área Curricular, el alumno podrá incorporarse nuevamente al Programa de Recuperación que implemente el Colegio. La evaluación de subsanación podrá rendirla en otro colegio, previa autorización de la Dirección y por razones justificadas. 50

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Información del aprendizaje Artículo 90° La información del avance académico se hace mediante la libreta de información en donde se especificará, con criterios de evaluación, los logros y dificultades que en el proceso enseñanza aprendizaje se ha detectado

1. La información

a los estudiantes debe ser completa y debe ser

proporcionada en cada momento al padre de familia. El estudiante debe participar con el Maestro en la interpretación y la toma de decisiones que afecten su aprendizaje. 2. La información formal del aprendizaje de los niños y niñas a los Padres de Familia y la autoridad de la IEP, será bimestral. Los resultados de la evaluación del aprendizaje de los niños y niñas, al finalizar cada bimestre, serán registrado mediante calificativos de la escala de progreso y los comentarios relevantes, en el “Registro del Docente”, y transcritos después

en el “Libreta de Información

Académica”. Esto implica que el docente deberá emitir, bimestralmente, juicios válidos sobre los logros de aprendizaje en todas las áreas. La información a los Padres de familia deberá hacerse también cuando este la requiera. 3. La información sobre situación del estudiante al concluir el grado y las recomendaciones para el progreso de recuperación pedagógica será registrada en el documento indicado en el numeral 2. Todos los calificativos y los comentarios relevantes correspondientes. 4. La información sobre la situación del estudiante en Recuperación Pedagógica se proporcionará al finalizar dicho proceso, mediante una Hoja Informativa que contendrá las calificaciones y los comentarios relevantes correspondientes. 5. En los casos de los estudiantes que tuvieran dificultades, la comunicación a los padres o tutores, se hará a través de la Hoja de 51

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Rendimiento Académico, de manera puntual y a tiempo para que estos puedan tomar las medidas pertinentes de apoyo a su hijo(a).

Artículo 91° Entrega de calificaciones a los padres de familia Al finalizar cada bimestre y al termino del año escolar, los docentes entregarán a los padres de Familia la “Libreta de Información Académica” .Este documento será devuelto firmado por el padres de familia o tutor, conteniendo además, un comentario con su apreciación sobre el avance de su hijo(a). Artículo 92° Evaluación de ubicación La evaluación de ubicación en el nivel Primaria tiene en cuenta: 1. La evaluación de ubicación es un proceso que se realiza para determinar el grado de estudios en que debe matricularse el menor que no se incorporó oportunamente al sistema escolarizado o desea seguir estudios independientes, siempre que tengan siete o más años de edad. También se aplica para quienes interrumpieron sus estudios por mas e un año lectivo y desean reiniciar sus estudios. Los interesados en estos servicios presentan una solicitud dirigida a la Directora de la IEP, adjuntando la partida de nacimiento. 2. La evaluación se realiza en la IEP cuando se soliciten la matricula, o inscripción

en

el

caso

de

menores

que

seguirán

estudios

independientes. 3. De acuerdo con la edad, la evaluación se realiza conforme al siguiente cuadro: EDAD

GRADO QUE SE EVALUAN

7 años

Primer Grado

8 años

Segundo grado

9 años

Tercer Grado

10 años

Cuarto Grado

11 años

Quinto Grado

12 años

Sexto Grado

4. La evaluación se realizará a través de una actividad, que puede tener una duración máxima de una semana, con asistencia 52

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obligatoria del estudiante. La actividad incluirá capacidades y actitudes de competencias seleccionadas de las diversas áreas del grado que se evaluara.

5. La evaluación es administrada desde la elaboración de la actividad hasta el Informe de los resultados por una Comisión de estudios Independientes que organiza la Directora del Plantel.

6. La comisión observará al estudiante durante el proceso de realización de la actividad y juzgará su actuación y resultados para emitir su juicio evaluativo. Los resultados emitidos por la Comisión son aprobados por Resolución Directoral.

Artículo 93° Exoneración de las áreas

La exoneración de áreas rige por lo dispuesto en RVM. Nº 047-84-ED- Arts. 30º y 31º para en el área de Formación Religiosa. En el caso de la parte práctica de Educación Física, incluida en el área Personal Social de la nueva Estructura Curricular, procede la exoneración según lo dispuesto en la referida RVM. N.º041-84- ED . Art. 29º y 31º.

Artículo 94° Documentos de evaluación Los documentos oficiales de evaluación son los siguientes: Registro, Libreta de Información Académica, Acta y Certificación de Estudios. La IEP otorga el certificado del nivel a quienes concluyan satisfactoriamente los estudios correspondientes.

Artículo 95° El Director de la IEP, puede autorizar por Decreto, previa solicitud con documentos probatorios el adelanto o postergación de evaluaciones bimestrales en caso de enfermedad prolongada, cambio de residencia al extranjero o viajes en delegación oficial.

53

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Artículo 96° Cuando el educando repita un grado, por dos años consecutivos, el Director recomendará su traslado a otra Institución Educativa.

CAPITULO VI

DE

LOS

DERECHOS,

DEBERES,

FALTAS,

ESTIMULOS

Y

SANCIONES DEL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO Artículo 97° Derechos El Personal Docente y Administrativo de la IEP, tiene los siguientes derechos:

a) A percibir una remuneración justa, acorde con su elevada misión. b) Gozar de vacaciones de 30 días al año. c) Ser informado periódicamente del estado de su evaluación permanente. d) Que se respeten los procedimientos legales y administrativos en la aplicación de sanciones. e) Reconocimiento por parte de la Dirección, la comunidad y los Padres de Familia de sus méritos en las labores educativas. f)

Laborar en locales y condiciones de seguridad y salubridad.

g) Los demás derechos pertinentes establecidos en la Ley del Profesorado, en lo referente a profesores de centro educativos particulares, leyes laborales y en la Constitución Política del Perú.

Artículo 98° El Personal Docente y Administrativo, tiene las siguientes atribuciones:

a)

Participar en la formulación, ejecución y la evaluación del Proyecto Educativo Institucional y los Planes de trabajo de la IEP.

54

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b)

Ser informado periódicamente y participar activamente de las acciones educativas que se realicen en el plantel.

c)

Realizar sus funciones en forma creativa dentro del marco de la organización institucional.

d)

Organizar actividades y/o eventos que contribuyan al mejoramiento del nivel cultural de la comunidad educativa.

Artículo 99° DEBERES Y OBLIGACIONES Son deberes y obligaciones de los profesores de acuerdo a las normas correspondientes:

a)

Concurrir al Plantel con toda puntualidad, firmando el parte de asistencia respectivo.

b)

Elaborar

los

instrumentos

pedagógicos

como

programación

curricular, unidades de trabajo y sesión de clase por días. c)

Tener al día el registro de asistencia, aprovechamiento y conducta de los alumnos, así como el registro de evaluación permanente y el registro auxiliar respectivo.

d)

Responsabilizarse de los estudiantes a su cargo desde el ingreso hasta la hora de salida.

e)

Organizar y desarrollar los programas celebratorios de las fechas cívicas dentro de un ambiente de mutua coordinación, elaboración y de acuerdo al rol establecido.

f)

Presentar por escrito a la Dirección Académica

los respectivos

informes y demás documentos solicitados de su competencia. g)

Asistir obligatoriamente a todas las actuaciones cívicas-culturales, así como a las reuniones que convoque el Director.

h)

No abandonar el plantel en horas de labor, aunque su sección tenga cursos especiales, sin el previo permiso del Director.

i)

Citar a los Padres de familia y organizar el comité de apoyo del aula respectivo, previa consulta con el Director luego elevar el informe respectivo.

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j)

Realizar reuniones frecuentes con los padres o apoderados para tenerlos informados sobre el rendimiento, conducta, puntualidad, higiene de sus hijos con la presencia del director.

k)

Colaborar con los ensayos y participar en los desfiles cívicos.

l)

Fomentar un ambiente de cordialidad y camaradería entre los miembros del personal en general.

m)

Trabajar colegiada e institucionalmente en los programas de prevención e intervención educativa (Ley que promueve la Convivencia sin Violencia).

Artículo 100° Son considerados faltas del Personal Docente:

a) Llegar tarde en forma reiterativa a la Institución Educativa. b) Evadir responsabilidades como Docente y/o trabajador del Plantel. c) Delegar funciones docentes a tercera personas sin autorización de la Dirección. d) Dedicar las horas de clases a otras actividades ajenas a la labor docente y/o índole personal. e) Lucrar con sus funciones docentes, vendiendo textos y otros artículos no autorizados. f)

Imponer a los estudiantes castigos que dañen su integridad física y moral.

g) Realizar actividades para recaudar dinero de los estudiantes, sin autorización. h) Concurrir al Plantel en estado de ebriedad. i)

Usar de forma inadecuada instrumentos tecnológicos (celulares, iphone, tablet), durante el desarrollo de las clases.

j)

Tener a los alumnos entre sus contactos en las redes sociales sin autorización específica.

k) Dictar clases particulares a alumnos de la Institución. l)

Está prohibido participar de reuniones que no seas educativas con los padres de familia.

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Artículo 101° ESTIMULOS Los Profesores y personal Administrativo de la IEP, gozan de los siguientes estímulos: a)

Agradecimiento y felicitación, mediante Resolución Directoral de la IEP.

b)

Agradecimiento y felicitación, mediante diplomas de la Dirección.

c)

Resolución Directoral Institucional de Felicitación, por destacada labor, con derivación de oficio a la UGEL.

Artículo 102° SANCIONES El Personal Docente y Administrativo en caso de incumplimiento de los deberes y obligaciones debidamente comprobado, son objeto de las siguientes sanciones en la IEP “SAN PATRICIO”: A. Docentes y Tutores:  A los profesores tiempo completo, cuando acumulen 05 tardanzas en un mes, se le considerara como un día de falta (efectivo).  A los profesores por horas, cuando acumulen 03 tardanzas en un mes, se le considerara como un día de falta (efectivo). B. Toda sanción tendrá el siguiente procedimiento: a)

Amonestación Verbal

b)

Amonestación escrita

c)

Multas

d)

Suspensión del cargo

e)

La disolución del vínculo laboral se produce conforme a la Ley de Fomento del Empleo, Decreto Ley 728

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CAPITULO VII DE LOS DERECHOS, DEBERES, MEDIDAS

CORRECTIVAS

Y

ESTIMULOS, FALTAS Y

REPARADORAS

DE

LOS

ESTUDIANTES Artículo 103° Derechos Son derechos de los estudiantes: a) Ser aceptado en la Institución Educativa, sin discriminación alguna por razones de sexo, color, idioma, religión o de otra índole. Ya sea del propio estudiante o de su familia. b) Recibir formación integral dentro de un ámbito de seguridad moral y físico con los principios constitucionales. c) Participar en todas las actividades, eventos culturales deportivos, artísticos, religiosos, cívicas, etc., organizadas por el plantel. d) Tener tiempo de esparcimiento (recreo) en el patio. e) Llevar la representatividad de la I. E. y recibir apoyo de los profesores, directores y demás personal educativo. f)

Solicitar textos escolares y material educativo en la biblioteca escolar de la I.E. cuando él lo requiera.

g) Recibir la orientación necesaria para su formación integral. h) Recibir todo tipo estímulos en mérito al cumplimiento de sus deberes; i)

Ser evaluado en igualdad de condiciones y oportunidades y conocer de sus evaluaciones y formular reclamos cuando hubiere lugar.

j)

Gozar de permisos y merecer justificación en caso de inasistencias y tardanzas por causa de fuerza mayor.

k) Participar activamente de las organizaciones estudiantiles de las que forme parte (policía escolar, brigada de defensa civil, etc.)

Artículo 104° Deberes Son deberes de los Estudiantes: 58

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A. ÁREA DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD a) Asistir diariamente al Colegio para el logro de los fines educativos propuestos en el horario de: - Ingreso

: 07:30 a 07:45 a.m. Primaria y Secundaria 08:00 a 8:30 a.m. Inicial

- Salida

: 1:30 p.m. (inicial) / 02.10 p.m.(primaria) / 3:00 (secundaria)

- Inicio de clases

: 07.45 a. m

b) El horario de permanencia será respetado,

no autorizándose

permisos a los estudiantes para salir o ingresar antes de tiempo o en otro horario. c) Traer debidamente firmados y en la fecha indicada los desglosables de los comunicados emitidos y enviados por la Dirección de la IEP. d) Justificar sus inasistencias con documentos probatorios, por sus padres o apoderados, al día siguiente de ocurrida mediante Agenda Escolar. e) Las inasistencias, justificaciones y/o permisos deben ser tratados personalmente por los Padres de Familia con el responsable de Disciplina o Dirección, en caso de no ser autorizados por la Dirección de la IEP, la familia asume las consecuencias. f) Llegar puntualmente al salón después de recreo. g) No hacer grupos en las veredas adyacentes a la IEP, al ingreso y salida. h) Entregar a sus Padres los comunicados o avisos y devolver los desglosables a disciplina o la firma en la agenda según sea el caso. i) Los estudiantes que llegaran después de las 8.00 a.m. ingresarán al colegio acompañado por sus padres o apoderado, en caso contrario el padre de familia deberá justificar a más tardar al día siguiente vía agenda explicando el motivo de la tardanza (el estudiante ingresa de todas formas). Es importante señalar que las tardanzas afectan directamente la evaluación del estudiante.

B. ÁREA DE PRESENTACIÓN E HIGIENE 59

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a) Presentarse a la Institución Educativa correctamente uniformado con el uniforme escolar. Los zapatos deben ser de color negro, tipo escolar y zapatillas blancas para Educación Física. b) El estudiante llevará el cabello limpio y ordenado. En el caso de los varones llevarán el pelo corto (corte escolar) c) En el caso de las damas deberán llevar el cabello sujeto con colet guinda o lazo del mismo color. d) En el caso de los varones está prohibido el uso de aretes y alhajas, en el caso de las mujeres, no se permite el uso de alhajas, cosméticos, maquillajes, pintado de uñas y pintado de ojos. e) Usar obligatoriamente el mandil blanco en las clases de Laboratorio de Ciencias. f)

Todas las prendas personales deben estar marcadas con el nombre y apellido del estudiante. Es responsabilidad del padre de familia rotularlas.

g) El uniforme de la IEP no llevará prendas adicionales. En el caso de las estudiantes, la falda debe ser por debajo de la rodilla. h) No traer objetos de valor y accesorios personales y otros no permitidos por la IEP, razón por lo cual la IEP no se responsabiliza de ninguna pérdida. Está prohibido el uso de celulares u otros equipos electrónicos sin autorización de Dirección. i)

Llevar con honor el uniforme y respetarlo dentro y fuera del Colegio.

C. ÁREA DE PERSONAL SOCIAL

a) Respetar a sus profesores, personal de la IEP, compañeros (no practicar el Bullyng) dentro y fuera del Plantel. b) Formar respetuosamente en el patio de honor, todas las mañanas. c) Representar al plantel con orgullo, lealtad y buen ejemplo, siempre que se le solicite. d) Solicitar cordialmente información y/o peticiones fundamentadas, respetando las instancias de la IEP. e) Utilizar un lenguaje adecuado en su comunicación, amable y no lesivo. 60

IEP. “SAN PATRICIO” Av. Huarochirí N° 968 - Santa Anita

f) Participar y dar muestra de modales apropiados en sus juegos. g) Ser honrado, dar muestras de honradez en el desempeño de su quehacer como estudiante patriciano, evitando tomar cosas ajenas sin autorización. h) Respetar y seguir las orientaciones de los estudiantes - brigadieres de aula. Durante el recreo, los estudiantes no deben estar en pasillos de 2° y 3° piso, ni en las escaleras. i) Las manifestaciones de enamoramiento en la IEP y en actividades programadas por el mismo, no están permitidas. j) Salir del aula durante el momento de clase. k) No ingerir alimentos en momentos de clase. l) La celebración de cumpleaños está permitida bajo autorización de Dirección y Supervisión de Profesor tutor. m) No ingresar al ambiente de Profesores (Sala de Profesores). n) Hacer buen uso de las instalaciones de la IEP (Laboratorio, Biblioteca, Sala de Informática, Servicios Higiénicos, griferías, aulas, mobiliario y enseres etc.). o) Asistir a todas las actividades programadas por la Dirección, aún si fuese fuera del horario de clases. p) Está prohibido el consumo de alcohol, cigarro o cualquier sustancia psicoactiva, así como venderlo o portarlo, en cualquier ocasión portando o no el uniforme. q) Prohibido formar parte y participar de pandillas o grupos que generen desorden o actos antisociales o violentos. r) No discriminar a ningún miembro de la comunidad educativa por razón de raza, sexo o cualquier otra circunstancia.

D. ÁREA ACADÉMICA a) Asistir puntualmente al plantel y a las clases. b) Participar activamente en el desarrollo de las clases dentro de un ambiente de respeto, diálogo, libertad, solidaridad y trabajo. c) Ser evaluado con justicia y recibir información oportuna de sus calificaciones. 61

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d) Solicitar, en caso de inasistencia justificada en el plazo de 24 horas, mediante Agenda de Control para rendir algún examen pendiente. e) Evitar salir del aula, excepto en caso de urgencia autorizado por el profesor. f) Colaborar para que la clase se desarrolle en forma ordenada dentro de una correcta disciplina. g) Cumplir responsablemente

los deberes propios de todo buen

estudiante patriciano: dedicación, esfuerzo, constancia, superación, respeto, creatividad, solidaridad y compañerismo. h) Cumplir y presentar en el momento oportuno las tareas y trabajos que los profesores les asignan. En caso que el profesor autorice la entrega fuera de tiempo, será calificada sobre una nota máxima de 15. i) Permanecer en su aula durante la hora de clase y cambio de hora, respetando

la

ubicación

asignada

por

el

tutor

o

profesor

responsable. j) No traer radios, celulares, y otros objetos que no son parte de la clase e impidan la atención. k) Traer los materiales necesarios de cada área para el desarrollo de la clase y debidamente marcados con su nombre. l) El uso de videos, proyector, grabadoras serán exclusivo para temas de clase y manejado por personal autorizado de la IEP.

Artículo 105° Faltas y Prohibiciones Se entiende por falta, toda acción u omisión voluntaria que contravenga con las disposiciones establecidas, que dificulten y/o entorpezcan el proceso educativo individual o grupal, en el orden intelectual, moral, social o disciplinario. Las faltas se tipifican en: faltas leves, faltas graves y faltas muy graves. La gravedad de la falta se determina evaluando las siguientes condiciones: 

Las circunstancias en la que se comete.



Recurrencia de varias faltas.



Participación del estudiante.



Efectos que produce. 62

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Artículo 106° Falta Leve Es la trasgresión simple de las normas de conducta, que no comprometen la integridad física y/o material, ni revela una actitud sistemática del infractor. Se consideran faltas leves: a) Incumplir con sus tareas escolares. b) Dedicarse a una asignatura distinta a la que se está desarrollando en clase. c) Dejar abandonados en el colegio sus prendas de vestir y/o útiles escolares. d) Presentarse con el uniforme incompleto o siendo usada de forma inadecuada. e) Olvidar sus materiales de trabajo en casa. f) No traer la agenda escolar o presentarlo sin firma del padre o apoderado. g) Llegar

tarde

a

sus clases,

talleres,

actividades

curriculares,

extracurriculares y de permanencia. h) Ingresar o salir del aula sin permiso del docente presente o del brigadier. Artículo107° Falta Grave Es la acción reiterada de faltas leves o aquellas que por su característica van en contra de la moral y las buenas costumbres. Se consideran faltas graves: a) Reincidencia en cualquier falta leve. b) Faltar el respeto al personal de la Institución Educativa y/o a sus compañeros a través de páginas sociales de internet o cualquier otro medio. c) Quitar hojas de sus cuadernos, textos, agenda con la finalidad de ocultar información. d) Hacer inscripciones en el mobiliario y/o en la infraestructura de la Institución Educativa. e) Traer celulares y otros artículos electrónicos y/o hacer uso de los mismos dentro del colegio.

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f) No entregar a sus padres los documentos enviados por las autoridades del colegio y no devolver firmada el desglosable de los documentos enviados. g) Faltar el respeto a los símbolos patrios durante la formación semanal. h) Faltar injustificadamente o llegar tarde reiteradamente a la Institución Educativa. i) Evadirse del salón de clases, talleres, actividades curriculares, extracurriculares y de permanencia. j) Provocar desórdenes e indisciplina durante el desarrollo de clases, actividades cívico – patriótico, deportivo, religiosas y otras acciones dentro, en los alrededores de la Institución Educativa y fuera de ella. k) Desprestigiar a la Institución Educativa. l) Malograr o perder los instrumentos e implementos utilizados en clase. m) Proferir palabras soeces en cualquier circunstancia, gestos obscenos, así como, levantar calumnias. n) Sustraer pertenencias de la Institución Educativa, del personal o de los compañeros. o) Salir de la Institución Educativa antes de la hora sin autorización será considerado como evasión. En caso de suma urgencia, solo podrán salir con autorización o en compañía del padre o apoderado. Se sugiere que las consultas al médico y/o dentista, sean fuera del horario de clases. p) Negarse sin causa justificada a participar en los eventos cívico – culturales y deportivos, para los cuales ha sido nominado.

Artículo 108° Faltas Muy Graves Es la condición de actos que afectan la moral, las buenas costumbres y/o ponen en peligro la integridad física y moral de los estudiantes. Se consideran faltas muy graves las siguientes: a) Traer o exhibir material pornográfico. b) Fomentar escándalos y conflictos, así como liarse a golpes dentro o fuera de la Institución Educativa. c) Agredir a sus compañeros (as) de forma física, verbal, psicológica o de cualquier índole, que dañe autoestima de los mismos. 64

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d) Traer objetos de valor y/o equipos electrónicos a la Institución Educativa, siendo estos de su entera responsabilidad en caso de pérdida. e) Copiar o intentar copiar durante una evaluación. El docente aplicador tendrá la potestad de anular la evaluación y colocar la nota mínima desaprobatoria al estudiante. Comunicar al tutor (a), para aplicar la medida correctiva respectiva y citar al padre de familia, para tratar el caso. f) Alterar notas, falsificar firmas o sustraer documentos reservados. g) Traer o consumir, cigarrillos, bebidas alcohólicas, y/o tipos de drogas a la Institución Educativa, así como fomentar su comercialización y consumo entre sus compañeros. h) Practicar actos obscenos que atenten la integridad moral, física o psicológica de sus compañeros (as). i) No participar de las medidas correctivo/reparadoras dictadas por el Departamento Psicológico y el Equipo de Convivencia, tales como: Consejería, Talleres Preventivos y otros.

Artículo 109° Estímulos Los estímulos a que se hacen acreedores los educandos que realizan acciones extraordinarias dentro y fuera de la IEP, son acreedores a: -

Felicitación escrita.

-

Diploma al mérito por participación satisfactoria.

-

Presente por parte de Promotoría.

Artículo 110° Medidas Correctivas y Reparadoras

Las medidas que se aplica

a los estudiantes por el incumplimiento de sus

deberes, son los siguientes:

a. Amonestación Verbal o escrita del Profesor, con conocimiento de sus padres, con la consecuente reflexión y toma de compromisos de parte del padre y/o alumno. 65

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b. Amonestación verbal o escrita del Director, con conocimiento de sus padres,

con

la

consecuente

firma

en

el

Libro

de

Actas

correspondiente. c. Intervención del Comité de Tutoría y/o Equipo de Promoción de Convivencia

Democrática en presencia del alumno y Padre de

Familia d. Recomendar a una derivación urgente a tratamiento psicológico externo (Terapia Familiar) la que obligatoriamente remitirá los informes necesarios y respectivos al plantel sobre la evolución del caso. e. De no cumplirse el punto anterior, el Colegio se verá obligado a informar y pedir

a las autoridades pertinentes su respectiva

intervención.

Artículo 111° En la aplicación de medidas correctivas a los estudiantes, se evita la humillación y se brinda la orientación correspondiente para la recuperación del estudiante.

Las medidas correctivas y reparadoras se

registraran en el libro de actas y/o libro de incidencias correspondiente, el que se tomará en cuenta para la evaluación del comportamiento.

Artículo 112° Las Infracciones a la Ley (drogas, bulliyng, pandillaje pernicioso u otros) serán evaluados y tratados según los protocolos legales vigentes por el Comité de Tutoría y Orientación Educativa o el Equipo de promoción de Convivencia Democrática.

Artículo 113° Normas de Convivencia La sana convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que estas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo, que contribuye a lograr un ambiente tolerante y libre de violencia, a que cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus deberes correlativos. Entonces asume las siguientes normas: 66

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Actuar con responsabilidad y puntualidad en las actividades propuestas dentro y fuera de la Institución Educativa.



Aceptar las opiniones y la forma de ser de los compañeros, logrando un ambiente empático.



Llamar al compañero por su nombre, no utilizando adjetivos calificativo o sobrenombres.



Dialogar asertivamente con los compañeros(as), manteniendo un buen clima de trabajo.



Decir la verdad en toda situación, a pesar de que pueda afectar a algún integrante de la comunidad educativa.



Utilizar responsablemente las redes sociales y no utilizarla como medio para atentar a los integrantes de la comunidad educativa.



Resolver las situaciones problemáticas en forma saludable, con la orientación del tutor(a) y/o docentes.



Informar de manera verbal o escrita, a una persona adulta la situación que afecta a los estudiantes para buscar posibles soluciones.



Apoyar al compañero(a) agredido(a) en situaciones de riesgo con la finalidad de salvaguardar su integridad.



Formar o ser parte de un grupo que actúe positivamente a favor de un compañero(a).



Incluir al compañero en grupos de trabajo sin discriminar, logrando así un buen clima de trabajo.



Participar en las actividades propuestas por el Comité de Convivencia Democrática y el Plan de Tutoría.

CAPITULO VIII DE LAS RELACIONES Y COORDINACIONES Artículo 114°PROMOCION E INVERSION EN LA EDUCACION La Dirección es la primera autoridad responsable de la administración de los recursos y servicios que brinda la IEP “SAN PATRICIO”

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El presupuesto de operaciones e inversión es elaborado por los Directores y el Asesor Contable en base a los ingresos y gastos, considerando como fuente de financiamiento lo siguiente: a. Matricula b. Cuota mensual por derecho de enseñanza c. Ingresos financieros a cargo de la Promotoria. La pensión de enseñanza es anual y se divide en 10 cuotas mensuales (Marzo-Diciembre).

Artículo 115°El pago de matrícula y por concepto de pensión de enseñanza es exigible en relación con: la matricula, su ratificación y la permanencia del estudiante en la IEP.

Articulo116°Los mayores egresos y el déficit presupuestal se cubrirán mediante donaciones y con los reajustes de pensiones en estricta aplicación de los dispositivos legales pertinentes que emanan del Ministerio de Educación. Artículo 117°La lEP “SAN PATRICIO”, cuenta con patrimonio propio. En la contabilidad consta toda inversión hecha con dicho patrimonio y con otros ingresos.

La Asociación Educativa, es la encargada de facilitar el

mobiliario adecuado y suficiente.

Artículo 118°El personal directivo, personal docente, Administrativo y de Servicios son responsables de velar por el buen uso y conservación de la infraestructura, mobiliario, bienes y servicios, equipos y material educativo.

RELACIONES CON LOS PP. FF E INSTITUCIONES

Artículo 119°La IEP, es un organismo de ejecución educativa, depende en los aspectos administrativos y técnico-pedagógicos

del Ministerio de

Educación a través de la Dirección de Educación de Lima y del Director del Programa Sectorial II de la Unidad de Servicios Educativos N° 06 (AteVitarte). 68

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La Unidad de Servicios Educativos N° 06 (Ate-Vitarte) supervisa y controla el funcionamiento de la IEP, prestando el asesoramiento técnico en el campo administrativo, pedagógico e infraestructura, de conformidad con el Art. 13 de la ley 26549 de Centro Educativos Privados.

Artículo 120°La IEP, ofrece al Personal Magisterial y no Magisterial los siguientes servicios: a. Becas y semibecas para educar a sus hijos que cumplen con los requisitos establecidos. b. Actualización Profesional. c. Gratificación por Fiestas Patrias y Navidad.

Artículo 121°La IEP, considera los siguientes servicios de recreación a los docentes. a) Participar en los paseos con los estudiantes fuera de la localidad. b) Homenaje al Profesor en el DIA DEL MAESTRO.

Artículo 122° La IEP, mantiene estrecha relación con la Junta Directiva, de los Comités de Aula los cuales coordinan con el Director y Profesor (a) Tutor (a) para el mejor cumplimiento de los objetivos y funciones de los referidos organismos y de la actividad educativa.

Artículo 123° La Dirección de la IEP, brinda las facilidades del caso a la Juntas Directivas de los comités de aula, para: a) Uso del local para reuniones de los Comités de Aula. b)

Distribución de citaciones o boletines y otros, referentes a actividades educativas en beneficio de la educación de sus hijos.

c) Otras acciones que implementen los objetivos de los Comités de Aula que no signifiquen transgresión de las normas establecidas en el presente reglamento interno y demás dispositivos.

Artículo 124°La IEP,

efectúa Programas de proyección social con

instituciones organizadas. 69

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Artículo 125°La IEP coordina con las Municipalidades para el mejoramiento de los servicios que presta.

Artículo 126°La IEP establece relaciones con instituciones del sector público y privado para la obtención de servicios especializados que permitan el mejoramiento del servicio educativo.

CAPITULO IX DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Artículo 127°El presente Reglamento deberá ser cumplido imperativamente por todos los estamentos que laboran y forman parte de ella, IEP “SAN PATRICIO”.

Artículo 128°Los casos no contemplados en el presente Reglamento interno serán resueltos por la Dirección en coordinación con el Personal Directivo y el personal docente, siempre dentro del marco de las Leyes y dispositivos legales vigentes.

Artículo 129°Toda modificación y/o reajuste del presente reglamento interno, deberá Efectuarse previa coordinación entre la Dirección y Personal Docente, y no Docente con observancia de las normas que sobre el particular establezca el Ministerio de Educación y Ministerio de Trabajo.

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POR AGREGAR: EL PADRE ACEPTA QUE EL MEDIO DE COMUNICACIÓN ES LA AGENDA ESCOLAR

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