REQUISITOS PARA CREAR UNA EMPRESA EN COLOMBIA
PRESENTADO POR: LUZ DARY SANTANA VELÁSQUEZ
INSTITUTO TÉCNICO DEL NORTE ÁREA ADMINISTRATIVA 1ER SEMESTRE
BOSCONIA, CESAR 2019
Requisitos para crear una empresa en Colombia. Constituir una empresa en este país es un proceso cada vez más sencillo y económico. Colombia ha dado pasos de gigante en la simplificación de trámites, por lo menos en lo que a creación de empresas se refiere. Este artículo le permitirá conocer cuáles son los procedimientos y avances en este tema. Las entidades implicadas son la DIAN, las Cámara de comercio y una entidad bancaria. Un porcentaje superior al 90% de las empresas que se constituyen en el país son S.A.S (Sociedades por Acciones Simplificadas) por lo que vamos a usar este tipo social para describir el proceso de formación. Los pasos son los siguientes: Paso 1. Consulte que sea posible registrar el nombre su compañía, es decir, que está disponible para no ser el de ninguna otra. Duración: 1 día Paso 2. Prepare, redacte y suscriba los estatutos de la compañía. Éstos son el contrato que regulará la relación entre los socios; y entre ellos y la sociedad. Recomendamos cualquiera los siguientes. Duración: 1 día Paso 3. Obtener número de identificación tributaria (NIT) para impuestos del orden nacional. Duración: 1 día Paso 4. Inscripción en el Registro. En la Cámara de Comercio llevarán a cabo un estudio de legalidad de los estatutos; debe tener en cuenta que es necesario cancelar el impuesto de registro, el cual tiene un valor del 0.7% del monto del capital asignado. Duración: 1 día Paso 5. Firmar escritura pública de constitución de la sociedad y obtener copias. Duración: 4 día Paso 6. Es obligatorio que con la empresa registrada y el PRE-RUT, se proceda a abrir una cuenta bancaria. Sin la certificación de apertura de la cuenta, la DIAN no procederá a registrar el RUT como definitivo. Duración: 1 día Paso 7. Con el certificado bancario se debe tramitar en la DIAN el RUT definitivo. Duración: 1 día
Paso 8. Llevar el RUT definitivo aportado por la DIAN a la Cámara de Comercio para que, en el Certificado de existencia y representación legal de la compañía, ya no figure como provisional. Paso 9. En la DIAN, se debe solicitar una resolución de facturación, en principio manual. Sin facturas es posible contratar, pero no se pueden cobrar los servicios. Paso 10. Toda compañía debe solicitar la Inscripción de Libros en la Cámara de Comercio; éstos serán el Libro de actas y el Libro de accionistas. La falta de registro de los libros acarrea la pérdida de los beneficios tributarios. Una vez la empresa ha quedado formalmente constituida y registrada, el propietario de esta o el representante legal debe solicitar el registro de los libros del comercio, con carta dirigida a la cámara de comercio, según el domicilio de la empresa y diligenciar el formulario de solicitud respectivo. Duración: 1 día
Paso 11. Se debe registrar a la empresa en el sistema de Seguridad Social y parafiscales para poder contratar empleados.
Afiliación al Sistemas de Seguridad Social en Salud. Todo empleador se encuentra obligado a inscribir a todos sus trabajadores a una Entidad Promotora de Salud (EPS). Con esta afiliación el trabajador queda cubierto contra las contingencias derivadas de la salud cubiertas por el Plan Obligatorio de Salud (POS). La no afiliación del trabajador al Sistema de Seguridad Social en Salud hace responsable al empleador por las contingencias de salud que pueden presentar. Para este proceso, el empresario debe tener en cuenta lo siguiente: Los empleados elegirán autónoma y libremente la EPS a la cual desea vincularse. El empleador es responsable de llevar a cabo los trámites de afiliación de la empresa y de los trabajadores, a la EPS.
Afiliación al Sistema de Seguridad Social en Pensiones. Aspectos generales: Todo empleador se encuentra obligado a afiliar a sus trabajadores a un fondo de pensiones. Con esta afiliación el trabajador adquiere el amparo contra contingencias derivadas de la vejez, la invalidez y la muerte, mediante el reconocimiento de las pensiones y prestaciones, de acuerdo con la ley 100 de 1993 y demás normas complementarías. El no afiliar a los trabajadores al Sistema de Seguridad Social en Pensiones hace responsable directamente al empleador por las contingencias derivadas de la vejez, invalidez y muerte que se puedan presentar. Para este proceso, el empresario empleador debe tener en cuenta lo siguiente: Los empleados elegirán autónoma y libremente el fondo de pensiones al cual sean vincularse. El empleador es responsable de llevar a cabo los trámites de afiliación de la empresa y de los trabajadores, al fondo de pensiones. Duración: 5 días. Afiliación al Sistema de Seguridad Social en Riesgos Laborales. El empleador se encuentra obligado a afiliar a todos sus trabajadores a una administradora de Riesgos Laborales ARL. Con esta afiliación el trabajador adquiere el amparo contra las contingencias relacionadas con salud, invalidez y muerte, resultantes de accidentes de trabajo y enfermedades laborales. La no afiliación del trabajador al Sistema de Seguridad Social en Riesgos Laborales hace responsable al empleador por las contingencias de Riesgos Laborales que se puedan presentar. Para este proceso, el empresario empleador debe tener en cuenta lo siguiente: El empleador es quien elige autónoma y libremente la ARL a la cual desea vincularse.
El empleador es responsable de llevar a cabo los trámites de afiliación de la empresa y de los trabajadores, a la ARL. Duración: 5 días. Aportes parafiscales: son contribuciones del 9% obligatorias que hacen los empresarios a:
Caja de compensación familiar.
Se debe aportar el 4% sobre el salario base de los trabajadores permanentes que devenguen hasta cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes Dentro de los beneficios que entregan las cajas de compensación se pueden encontrar: salud, educación, recreación, cultura, turismo, deporte, vivienda, crédito y microcrédito.
SENA
Se debe pagar el 2%, sobre el valor total de la respectiva nómina Con estos aportes el SENA ofrece y ejecuta formación profesional integral, para la incorporación y el desarrollo de las personas en actividades productivas que contribuyan al desarrollo social, económico y tecnológico del país.
ICBF
Se debe pagar el 3%, sobre el valor total de la respectiva nómina. Con los aportes de los empresarios se trabaja por el desarrollo y la protección integral de la primera infancia, la niñez, la adolescencia en Colombia. Según la Ley 1819 de 2016 (artículo 65) existen unas exoneraciones de aportes para: Las sociedades y personas jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios, correspondientes a los trabajadores que devenguen, individualmente considerados, menos de diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes. Así mismo las personas naturales empleadoras por los empleados que devenguen menos de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Duración: 2 días.
Paso 12. Inscribirse ante administración de impuestos distritales. Duración: 1 día Paso 13. Obtener concepto favorable de uso del suelo de Planeación Distrital o la Curaduría Urbana. Duración: 10 días. Paso 14. Inscribir la compañía ante una Administradora de Riesgos Profesionales (ARP). Duración: 1 día Paso 15. Obtener certificado de higiene y sanidad de la Secretaría Distrital de Salud. Duración: 15 días. Paso 16. Obtener Certificado de Bomberos. Duración: 18 días. Paso 17. Notificar apertura del establecimiento comercial a Planeación Distrital (enviar carta por correo). Duración: 1 día.