Rendicion De Cuentas.docx

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CRISTIAN FABIÁN BASTO CUBILLOS ABOGADO

SEÑOR JUEZ CIVIL DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MULTIPLE (REPARTO) IBAGUE E. S. D.

CRISTIAN FABIAN BASTO CUBILLOS, mayor de edad vecino y residente de esta ciudad, identificado con cedula de ciudadanía No. 1.110.542.926 de Ibagué (T), abogado en ejercicio con tarjeta profesional 319.925 del C.S. de la J., actuando en nombre y representación de JULIA LIBIA CASTRO DE ALVIS, HENRY CASTRO TELLO, HILDA CASTRO TELLO y MERCY SALAZAR CASTRO de acuerdo a poder conferido, con todo respeto presento DEMANDA DE RENDICION PROVOCADA DE CUENTAS, en contra de los señores OMAR CASTRO TELLO y LUCY CASTRO TELLO, igualmente mayores de edad y vecinos de esta ciudad, en su calidad de administradores y condueños del bien inmueble con matricula inmobiliaria 350-133651 ubicado en la calle 39 c # 10-64 Barrio GAITAN de la ciudad de Ibagué (T). HECHOS PRIMERO: el bien comprende dos plantas de tres divisiones para apartamentos repartidas en dos habitaciones con sala, comedor y cocina con todos los servicios públicos de forma independiente, este inmueble se encuentra ubicado en la calle 39 c # 10-64 del barrio GAITAN de la ciudad de Ibagué (T) distinguido con la matricula inmobiliaria 350-133651 y cuenta con un área de doscientos cuarenta y seis metros con setenta y cuatro centímetros cuadrado (246.74Mts2), comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE, en línea recta de treinta y dos metros sesenta y dos centímetros (32.62 mts) con Dioselina Varón; SUR, en línea recta de veintinueve metros sesenta y cinco centímetros (29.65 mts) con N.N.; ORIENTE, en línea recta de ocho metros cincuenta centímetros (8.50 mts) con N.N.; OCCIDENTE, en línea recta de siete metros noventa y tres centímetros (7.93 mts) con calle treinta y nueve C (39c). SEGUNDO: este bien fue adjudicado por medio de sucesión notarial mediante escritura TRES MIL DOSCIENTOS OCHO (3208) del primero de noviembre de dos mil once (2011) en la Notaria Primera del Circulo de Ibague. TERCERA: desde el mes de marzo del año 2017 el señor OMAR CASTRO TELLO Y LUCY CASTRO TELLO se tomaron la administración total del bien y asi arrendando los los tres aparamentos y residiendo en ellos sin consentimiento de los de mas condueños CUARTO: el dia 20 de marzo del año 2017 todos los condueños mediante reunión levantaron acto solicitando la votación para venta del inmueble asi mismo que los señores OMAR CASTRO TELLO Y LUCY CASTRO TELLO, rindieran y entregaran

Calle 12 Número 2-81 Oficina 305 Edificio Acosta E-mail: [email protected] Celular: 3164639189

CRISTIAN FABIÁN BASTO CUBILLOS ABOGADO cuentas los arriendos percibidos en el año 2016 y lo corrido del año 2017. Para lo cual se negaron a presentar los recibos y los gastos del bien inmueble o el dinero.

QUINTO: hasta la presentación de la demanda OMAR CASTRO TELLO Y LUCY CASTRO TELLO no han rendido cuentas de forma voluntaria, y en ese mismo sentido e han negado a entregar los dineros percibidos en arriendos hasta la presente. SEXTO: teniendo en cuenta que la señora LUCY CASTRO TELLO, suscribió contrato de arrendamiento vebral con el señor JOSE ALBERTO SUAREZ ZABALA POR VALOR DE TRESCIENTOS VEINTE MIL PESOS mensuales ($320.000), se establece que esta es la renta mensual del bien inmueble en uno desus apartamentos. SEPTIMO: Estos apartamentos están siendo administrados por los señores OMAR CASTRO TELLO Y LUCY CASTRO TELLO, que constantemente los arriendan no han cumplido con la olibgacion de entregar a mis poderdantes la parte que les corresponde equivalente 1/7 parte que les corresponde del inmubele la cual debe ser fraccionada en partes iguales, es decir la parte que les corresponde a cada uno de mi poderdantes es de SIETE MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS ($7.200.000) PARA UN TOTAL DE VEINTI OCHO MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS ($28.800.000) correspondientes a 32 meses de adminitracion.

Calle 12 Número 2-81 Oficina 305 Edificio Acosta E-mail: [email protected] Celular: 3164639189

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