ROSA LISBETH TORRES ABOGADO I.P.S.A. Nº 288.367
Nosotros, EDUARD ALBERTO HERNANDEZ VIÑA y FRANCIA ANNE NIEVES LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cedulas de identidad N° V-20.292.928 y V-13.078.761,
respectivamente, civilmente hábiles y de este
domicilio, por medio del presente documento conferimos PODER ESPECIAL amplio y suficiente en cuanto a derecho se requiere a la ciudadana SANDRA MARGARITA VIÑA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V8.604.666, hábil en derecho, de este domicilio, quien es la abuela paterna, para que actúe en nuestros nombres y representación de nuestro menor hijo ALEJANDRO JOSE HERNANDEZ NIEVES, quien nació el día 04 de Noviembre del año 2.010, de siete (07) años de edad, nacido en el Municipio Puerto Cabello, del Estado Carabobo, de la República Bolivariana de Venezuela, según consta en el acta de nacimiento Nº 1.042, del Registro Civil de la Unidad Hospitalaria Dr. José Francisco Molina Sierra, de la Parroquia Fraternidad, Municipio Puerto Cabello, del Estado Carabobo; para que pueda actuar y viajar hacia el exterior como su Representante en nuestra ausencia, y pueda tramitar todos los actos, acciones, gestiones, diligencias, y realice todo lo que sea necesario ante cualquier autoridad pública y privada, en instancia administrativa o judicial, ya sea en sede nacional, regional y/o municipal de la República Bolivariana de Venezuela o ante cualquier embajada o consulado que esta posea en el mundo, por lo que en base al otorgamiento de este PODER pueda sacar cedula de identidad, tramitar pasaporte, solicitar copia certificada de la partida de nacimiento, legalizarla y apostillarla, así como todas las documentaciones que acrediten los estudios aquí realizados, de nuestro menor hijo antes identificados, realizar inscripción escolar, igualmente suscripción en otras actividades deportiva, cultural, o académica. Asimismo gestionar los trámites relacionados a los permisos de viajes por territorio nacional o al exterior en especial ante la República del Perú, ante los organismos competentes, inclusive toda la tramitación que se requiera con la manifestación expresa en este documento de nuestra autorización para ello; y en general para que realice todas aquellas gestiones y actuaciones que nosotros mismos realizaríamos para la mejor defensa de los derechos e intereses de nuestros menor hijo, todas las facultades aquí conferidas son meramente enunciativa mas no taxativa, por lo que puede extenderse en las facultades aquí expresa. En Valencia a la fecha de su presentación..